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NOVEDADES EN LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS 2017...DECLARACIONES INFORMATIVAS 2017 22-11-2017 1...

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NOVEDADES EN LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS

2017

122-11-2017

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MODELOS181, 187, 188, 193, 198, y 289

PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE INTRODUCEN DETERMINADAS

MODIFICACIONES EN LOS MODELOS DE DECLARACIÓN INFORMATIVA.

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1. MODELO 181- DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONESFINANCIERAS RELACIONADAS CON BIENES INMUEBLES

Modificación de la información derivada del reintegro de intereses por anulación decláusulas suelo:

Importe del reintegro de intereses: precisión para incluir las cantidades no sujetas eneste campo y, en su caso, en el de Intereses indemnizatorios

Intereses indemnizatorios: se modifica como consecuencia del RD-Ley 1/2017, que lasconsidera como cantidades no sujetas al IRPF (en 2016 se incorporó este campo porquesegún la DGT (V2429-16) tributaban como ganancia patrimonial sin retención)

Otras cantidades indemnizatorias: costas judiciales (ganancia patrimonial a integrar enbase imponible general): se modifica para precisar que en dicho campo únicamente debenincluirse las cantidades sujetas a la imposición personal del perceptor

NUEVO CAMPO: Cantidades destinadas por la entidad financiera a minorar elprincipal del préstamo derivada de la devolución de cuantías previamente satisfechas adicha entidad en concepto de las “cláusulas suelo”: en la medida que las mismas noconllevan la regularización de las deducciones por inversión en vivienda habitualpracticadas en ejercicios anteriores. Conlleva la recodificación del resto de camposderivados de las cláusulas suelo.

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2. MODELO 187- DECLARACIÓN INFORMATIVA RELATIVA A RENTAS O GANANCIASPATRIMONIALES OBTENIDAS COMO CONSECUENCIA DE LAS TRANSMISIONES O REEMBOLSOS DEACCIONES Y PARTICIPACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Y DE LATRANSMISIÓN DE DERECHOS DE SUSCRIPCIÓN (I)

La Orden HFP/1923/2016, de 19 de diciembre incorporó en el 187 (efectos 1-1-2018) la información derivada de las ganancias patrimoniales por venta dederechos de suscripción. Por tanto:

1-VENTA DS ADQUIRIDOS EN EL MERCADO PRIMARIO (es decir, los adquirió el socio precisamente en su condición de socio):

1.a) DS de valores cotizados: sujetos a retención desde 20171.b) DS de valores no cotizados: sujetos a retención desde 2017

2- VENTA DE DS ADQUIRIDOS EN EL MERCADO SECUNDARIO (los compró en el mercado para su posterior transmisión)

No están sometidas a retención estas ganancias (V5378-16).

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Modelo 187

Modelo 198

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2. MODELO 187- DECLARACIÓN INFORMATIVA RELATIVA A RENTAS O GANANCIASPATRIMONIALES OBTENIDAS COMO CONSECUENCIA DE LAS TRANSMISIONES O REEMBOLSOS DEACCIONES Y PARTICIPACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA Y DE LASTRANSMISIÓN DE DERECHOS DE SUSCRIPCIÓN (II)

Origen de la modificación: aclaración del régimen tributario aplicable en los supuestosde fusión de Fondos de Inversión (FI) con SICAV cuando el de los socios de la SICAVdifiere del que tienen los partícipes de los fondos (V2932-16 y V0828-17):

Nuevas claves de operación (posición 142 del registro de tipo 2):

H, para fusiones de FI y SICAV en las que resulte aplicable el régimen fiscal especial de la Leydel Impuesto sobre Sociedades.

J: para fusiones de FI y SICAV en las que no resulte aplicable el citado régimen especial.

Nuevas claves en “Tipo de Operación”:

P: Transmisiones por canje derivados de operaciones de fusión de fondos de inversión y SICAVcuando proceda computar la ganancia o pérdida patrimonial.

Q. Transmisiones o reembolsos, vinculados a un traspaso a otra institución de inversióncolectiva, de participaciones procedentes de operaciones de fusión de fondos de inversión ySICAV cuando proceda tributar en el momento del traspaso por la parte de la renta que quedódiferida en el momento de la fusión.

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3. MODELO 188- DECLARACIÓN INFORMATIVA. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. RENTASO RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO PROCEDENTES DE OPERACIONES DECAPITALIZACIÓN Y DE CONTRATOS DE SEGURO DE VIDA O INVALIDEZ. RESUMEN ANUAL.

Origen de la modificación: modificaciones técnicas:

Campo “% retención”: se evita la referencia a un determinado tipo de retención,

Campo “Clave” (posición 152 del registro de perceptor): eliminación de la clave Aderivado de la supresión de la disposición transitoria decimotercera de la Ley35/2006, de 28 de noviembre

Como consecuencia de la eliminación de la clave A anterior, se modifica también elcampo “Información adicional” (posiciones 92 a 104 del registro de perceptor).

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4. MODELO 193- DECLARACIÓN INFORMATIVA. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DELIRPF SOBRE DETERMINADOS RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO. RETENCIONES EINGRESOS A CUENTA DEL IS E IRNR (ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES) SOBREDETERMINADAS RENTAS. RESUMEN ANUAL.

Origen de la modificación: modificaciones técnicas:

Clave de percepción C (Otros rendimientos de capital mobiliario):

Subclave 12 (otros rendimientos de capital mobiliario o rentas no incluidas en lassubclaves anteriores): modificación para precisar que dicha subclave debereferirse a rentas que deban ser objeto de integración en la base imponiblegeneral del IRPF.

Subclave 13 (NUEVA): para incluir este tipo de rentas que deban integrarse en labase imponible del ahorro del IRPF

Subclave 14 (NUEVA): cuando el perceptor no sea un contribuyente por el IRPF.

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5. MODELO 198- DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE OPERACIONES CON ACTIVOSFINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS

Campo “Importe de los fondos propios”: se amplía el nº de posiciones, recodificandoal mismo tiempo las posiciones de los campos posteriores, “Beneficios distribuidoscon anterioridad” y “Reservas indisponibles”.

ORIGEN DE LA MODIFICACIÓN: el Real Decreto XX/XXX de modificación del RIRPF modifica elartículo 69.5 RIRPF (obligación de información para operaciones de reducción de capital condevolución de aportaciones o de distribución de prima de emisión correspondiente a valores noadmitidos a negociación, que no se hallen sometidas a retención, realizadas a favor de personasfísicas):

MODIFICACIÓN DEL SUJETO OBLIGADO A PRESENTAR EL 198: Cuando en dichasoperaciones intervenga algún intermediario (art. 42 RGAT), dicho intermediario únicamentedebe informar de los datos identificativos de la entidad que ha llevado a cabo la operacióny la fecha en la que se ha efectuado la operación, información independiente de la que debepresentar la propia entidad que realiza la operación.

NUEVO CAMPO (Naturaleza del declarante, en los registros de tipo 1), a cumplimentarexclusivamente por los intermediarios de dichas operaciones a las que se refiere el artículo 69.5del RIRPF.

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6. MODELO 289- DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE CUENTAS FINANCIERAS EN EL ÁMBITODE LA ASISTENCIA MUTUA (I).Se actualiza el contenido de los Anexos I y II a los países comprometidos al intercambiode información a partir del ejercicio 2018.

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UEPAÍSES Y

JURISDICCIONES CON ACUERDO UE

PAISES Y JURISDICCIONES RESPECTO DE LOS QUE

SURTA EFECTOS EL AMAC Y PAÍSES CON ACUERDO

BILATERAL

PAISES Y JURISDICCIONES RESPECTO DE LOS QUE

SURTA EFECTOS EL AMAC Y PAÍSES CON ACUERDO

BILATERAL (cont.)

2018 y siguientes 2018 y siguientes 2018 y siguientes 2018 y siguientesAlemania Liechtenstein Antigua y Barbuda Jersey (Reino Unido)Austria San Marino Arabia Saudí KuwaitBélgica Andorra Argentina LíbanoBulgaria Mónaco Aruba (Países Bajos) MalasiaChipre Suiza Australia MauricioCroacia Barbados MéxicoDinamarca (**) Belice Montserrat (Reino Unido)Eslovenia Bonaire (Países Bajos) NiueEstonia Brasil Nueva ZelandaFinlandia Canadá NoruegaFrancia Chile PakistánGibraltar (Reino Unido) China PanamáGrecia Colombia RusiaHungría Corea Saba (Países Bajos)Irlanda Costa Rica SamoaItalia Curasao (Países Bajos) San Cristóbal y NievesLetonia Ghana San Eustaquio (Países Bajos)Lituania Granada San Martín (Países Bajos)Luxemburgo Groenlandia (Dinamarca) San Vicente y las GranadinasMalta Guernsey (Reino Unido) Santa LucíaPaíses Bajos (**) India SeychellesPolonia Indonesia SingapurPortugal Islandia SudáfricaReino Unido (**) Islas Cook (Nueva Zelanda) TurquíaRepública Checa Islas Feroe (Dinamarca) UruguayRepública Eslovaca Isla de Man (Reino Unido)Rumanía IsraelSuecia Japón

Anexo I

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6. MODELO 289- DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE CUENTAS FINANCIERAS EN EL ÁMBITODE LA ASISTENCIA MUTUA (II).Se actualiza el contenido de los Anexos I y II a los países comprometidos al intercambiode información a partir del ejercicio 2018.

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Anexo II

Lista de Jurisdicciones

Lista de Jurisdicciones participantes2

Lista de Jurisdicciones participantes3

Albania Ghana MéxicoAlemania Gibraltar (Reino Unido) MónacoAndorra Granada Montserrat (Reino Unido)Anguilla (Reino Unido) Grecia NauruAntigua y Barbuda Groenlandia (Dinamarca) Niue Arabia Saudí Guernsey (Reino Unido) NoruegaArgentina Hungría Nueva ZelandaAruba (Países Bajos) India Países BajosAustralia Indonesia PakistánAustria Irlanda PanamáBahrain Isla de Man (Reino Unido) PoloniaBarbados Islandia PortugalBélgica Islas Caimán (Reino Unido) Reino UnidoBelice Islas Cook (Nueva Zelanda) República ChecaBermuda (Reino Unido) Islas Feroe (Dinamarca) República EslovacaBrasil Islas Marshall RumaníaBulgaria Islas Seychelles Rusia

Canadá Islas Turca y Caicos (Reino Unido)

Samoa

Chile Islas Vírgenes Británicas (Reino Unido)

San Cristóbal y Nieves

China Israel San MarinoChipre Italia San Martín (Países Bajos)Colombia Japón San Vicente y las GranadinasCorea Jersey (Reino Unido) Santa LucíaCosta Rica Kuwait SingapurCroacia Letonia SudáfricaCurasao (Países Bajos) Líbano SueciaDinamarca Liechtenstein SuizaEmiratos Árabes Unidos Lituania TurquíaEslovenia Luxemburgo UruguayEstonia MalasiaFinlandia MaltaFrancia Mauricio

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MODELOS190, 171, 184, 345 y 347

ORDEN HFP/1106/2017, DE 16 DE NOVIEMBRE,POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDENEHA/3127/2009, DE 10 DE NOVIEMBRE, POR LAQUE SE APRUEBA EL MODELO 190 Y LOS PLAZOSDE PRESENTACIÓN DE LOS MODELOS 171, 184,345 Y 347.

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1. MODELO 190- DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA.RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Y DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADASGANANCIAS PATRIMONIALES E IMPUTACIONES DE RENTAS. RESUMEN ANUAL

Se modifica para incluir todos los importes satisfechos a un mismo perceptor enconcepto de becas exentas del artículo 7.j) de la Ley del IRPF en este modelo,aunque su importe no supere los 3.000 euros; aunando así, en un solo modelo dedeclaración informativa este tipo de rentas exentas (antes se incluían en el 347 lasinferiores a 3.000 euros)

Se aprueba también un nuevo modelo y unos nuevos diseños de registro queactualizan en una solo disposición normativa todas las modificaciones que se hanvenido introduciendo en los últimos años.

Se incluye un nuevo campo “Correo electrónico de la persona con quienrelacionarse” del Tipo de Registro 1: “Registro de Declarante”, para consignar unadirección de correo electrónico.

Se introducen nuevos campos en el tipo de Registro 2: “Registro de Perceptor”, parapoder diferenciar entre prestaciones dinerarias y en especie derivadas deincapacidad laboral, cuando concurran ambos tipos de prestaciones derivadas deincapacidad laboral en un mismo perceptor.

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2. MODELOS 171, 184, 345 Y 347: ANTICIPACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN

En 2018 (ejercicio 2017) se anticipa al mes de enero el plazo depresentación de los modelos 171, 184 y 345.

En 2019 (ejercicio 2018) se anticipa al mes de enero el plazo depresentación del modelo 347.

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NUEVO MODELO 179

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE LA CESIÓN DE VIVIENDAS CON FINES

TURÍSTICOS.

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NUEVO MODELO 179- CESIÓN DE VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS

Declaración informativa:

Origen del modelo : nuevo artículo 54.ter del Reglamento General de las actuacionesy los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT), añadido por elProyecto de Real Decreto XX/2017, DE XX, por el que se modifican el ReglamentoGeneral de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria yde desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de lostributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Real Decreto1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa delContribuyente.

Obligados a su presentación: personas y entidades que presten el servicio deintermediación entre los cedentes y cesionarios. En particular, las personas oentidades constituidas como plataformas colaborativas que intermedien en la cesiónde uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de lainformación.

Fecha prevista de entrada en vigor: julio de 2018, incluyendo la información del totaldel ejercicio.

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NUEVO MODELO 179- CESIÓN DE VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS

Información a suministrar:

a) Identificación del titular de la vivienda, la del titular del derecho en virtud del cual secede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y de las personas o entidadescesionarias.

b) Identificación del inmueble con especificación de la referencia catastral, en su caso.

c) Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.

d) Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del derecho.

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NOVEDADES EN OTRAS DECLARACIONES Y

AUTOLIQUIDACIONES 2018

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PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICAN LA ORDEN HAC/3625/2003,DE 23 DE DICIEMBRE POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 309 DEDECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN NO PERIÓDICA DEL IMPUESTO SOBRE EL VALORAÑADIDO, LA ORDEN EHA/3695/2007, DE 13 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SEAPRUEBA EL MODELO 030 DE DECLARACIÓN CENSAL DE ALTA EN EL CENSODE OBLIGADOS TRIBUTARIOS, CAMBIO DE DOMICILIO Y/O VARIACIÓN DEDATOS PERSONALES.1. MODELO 309- DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL DE CUENTAS FINANCIERAS EN EL ÁMBITODE LA ASISTENCIA MUTUA.

Incluir como dato identificativo del transmitente de medios de transporte nuevos, elNIF-IVA.

Identificar al adjudicatario E o P en los procedimientos administrativos o judiciales deejecución forzosa (DA 6ª LIVA): adjudicatario pueda, sin necesidad de estarapoderado, hacer uso las diferentes formas de presentación utilizando sus propios

2. MODELO 030-DE DECLARACIÓN CENSAL

Creación de un nuevo apartado de teléfonos y direcciones electrónicas para recibiravisos informativos.

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PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICAN LA ORDEN EHA/1274/2007, DE 26 DE ABRIL, POR LAQUE SE APRUEBAN LOS MODELOS 036 DE DECLARACIÓN CENSAL DE ALTA, MODIFICACIÓN Y BAJA EN ELCENSO DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y RETENEDORES Y 037 DECLARACIÓN CENSALSIMPLIFICADA DE ALTA, MODIFICACIÓN Y BAJA EN EL CENSO DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES YRETENEDORES, LA ORDEN EHA/3434/2007, DE 23 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LOSMODELOS 322 DE AUTOLIQUIDACIÓN MENSUAL, MODELO INDIVIDUAL, Y 353 DE AUTOLIQUIDACIÓNMENSUAL, MODELO AGREGADO, Y LA ORDEN EHA/3786/2008, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SEAPRUEBAN EL MODELO 303 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, AUTOLIQUIDACIÓN.

1. MODELO 036- DECLARACIÓN CENSAL DE ALTA, MODIFICACIÓN Y BAJA EN EL CENSO DE EMPRESARIOS,PROFESIONALES Y RETENEDORES

Incluir opción de diferimiento del IVA a la importación por sujetos pasivos exclusivamente forales.

Habilitar campos específicos para poder comunicar los sucesores en la declaración de baja delCenso

Creación de un nuevo apartado de teléfonos y direcciones electrónicas para recibir avisosinformativos.

2. MODELO 037- DECLARACIÓN CENSAL SIMPLIFICADA DE ALTA, MODIFICACIÓN Y BAJA EN EL CENSO DE

EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y RETENEDORES

Habilitar campos específicos para poder comunicar los sucesores en la declaración de baja delCenso.

Creación de un nuevo apartado de teléfonos y direcciones electrónicas

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PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICAN LA ORDEN EHA/1274/2007, DE 26 DEABRIL, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS 036 DE DECLARACIÓN CENSAL DEALTA, MODIFICACIÓN Y BAJA EN EL CENSO DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES YRETENEDORES Y 037 DECLARACIÓN CENSAL SIMPLIFICADA DE ALTA, MODIFICACIÓN YBAJA EN EL CENSO DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y RETENEDORES, LA ORDENEHA/3434/2007, DE 23 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS 322 DEAUTOLIQUIDACIÓN MENSUAL, MODELO INDIVIDUAL, Y 353 DE AUTOLIQUIDACIÓNMENSUAL, MODELO AGREGADO, Y LA ORDEN EHA/3786/2008, DE 29 DE DICIEMBRE, PORLA QUE SE APRUEBAN EL MODELO 303 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO,AUTOLIQUIDACIÓN. (Continuación)

3. MODELOS 303 Y 322 – AUTOLIQUIDACIÓN DE IVA

Incluir una nueva opción en el apartado de Identificación

Sujeto pasivo que tributa exclusivamente a una Administración tributariaForal con IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso…

Incluir una nueva pregunta en el apartado de Identificación para

¿Ha llevado voluntariamente los Libros registro del IVA a través de la Sedeelectrónica de la AEAT durante el ejercicio? ..............................................

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PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/3316/2010, DE 17 DE DICIEMBRE, PORLA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN 210, 211 Y 213 DEL IMPUESTO SOBRE LARENTA DE NO RESIDENTES Y LA ORDEN EHA/3290/2008, DE 6 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBANEL MODELO 216 «IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES. RENTAS OBTENIDAS SIN MEDIACIÓN DEESTABLECIMIENTO PERMANENTE. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. DECLARACIÓN-DOCUMENTO DEINGRESO» Y EL MODELO 296.

1. MODELO 210

Se crean nuevos códigos de tipo de rentas 35 y 36:

35: podrán agruparse rendimientos de inmuebles arrendados o subarrendados no sujetos aretención de varios pagadores que procedan del mismo bien o derecho.

36: para identificar las autoliquidaciones realizadas al amparo de un procedimiento especialpara declarar GP exentas por ventas de derechos de derechos de suscripción.

La documentación se podrá remitir en cualquier sobre, requisitos: debe constar como conceptoIRNR y el número de justificante.

Presentación por ambos cónyuges de una única autoliquidación modelo 210 de rentas derivadasde transmisiones de bienes inmuebles: con el certificado de uno de ellos previamente apoderadopor el otro.

2. MODELO 296

Se crea una nueva clave 11: contribuyente que ha acreditado al pagador haber hecho uso delprocedimiento previsto en el artículo 32 del TRLIRNR

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NOVEDADES EN EL MODELO DE IRPF 2017

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• Cambios relacionados con la mejora en la presentación de lasdeclaraciones conjuntas: los RT, RCM y determinadas gananciasse distinguen según el contribuyente que los ha obtenido. Mejora enlas validaciones y especificaciones.

• Nuevo anexo “C”: se informará de las cantidades pendientes deaplicación en ejercicios futuros.

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1) PÁGINA 3: DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA: se desglosan los supuestos

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2) PÁGINA 4: RENDIMIENTOS DEL TRABAJO

Se incluye una nueva casilla para identificar el contribuyente que obtiene losrendimientos.

Los gastos deducibles del artículo 19.2.f) se aplican por unidad familiar, motivo por elque se separan del resto.

En caso de tributación conjunta se visualizarán tantas casillas 001-015 comocontribuyentes que obtengan rentas tenga la unidad familiar.

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3) PÁGINA 4: RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO

Tanto en RCM a integrar en la B.I.General como en la B.I. Ahorro, se incluye una nuevacasilla para identificar el contribuyente que obtiene los rendimientos.

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4) PÁGINA 5 : BIENES INMUEBLES NO AFECTOS A ACTIVIDADES ECONÓMICAS,EXCLUIDA LA VIVIENDA HABITUAL E INMUEBLES ASIMILADOS

• Se incluyen nuevas casillas para consignar la dirección del inmueble y facilitarla identificación del inmueble Mejorar la cumplimentación.

• Se incluye una nueva casilla para consignar el NIF (DNI o NIE) del excónyuge que se cumplimentará únicamente en el caso de que la casilla [054]toma el valor de 6 (vivienda que en caso de separación o divorcio residen loshijos y el otro progenitor) Mejora calidad

• En el nuevo anexo “C” se incluye un apartado para identificar los intereses ygastos de ejercicios anteriores pendientes de aplicación.

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5) PÁGINA 10

Se incluye una nueva casilla para identificar el contribuyente que obtiene losrendimientos en los siguientes apartados:

Apartado F. Subapartado: Imputaciones de rentas procedentes de derechos deimagen

Apartado G1. Subapartados:

• Premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinacionesaleatorias sin fines publicitarios

• Premios obtenidos por la participación en concursos o combinacionesaleatorias con fines publicitarios

• Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión deelementos patrimoniales

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6) PÁGINA 11

Apartado G2: Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión deelementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro): Se incluyendos casillas sumatorias, para mantener la coherencia con los demás apartados delmodelo en los siguientes subapartados:

• Ganancias y pérdidas patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuentaderivadas de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones deinstituciones de inversión colectiva (sociedades y fondos de Inversión)

• Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones oparticipaciones negociadas

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7) PÁGINA 11

Se crea un nuevo Subapartado: Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas detransmisiones de derechos de suscripción.

Se incluirán en este apartado las Ganancias/Pérdidas derivadas de la venta derechossuscripción:

• independientemente de que coticen o no

• independientemente de que el rendimiento este o no sujeto a retención

Retención:

Estarán sometidas a retención las GP derivadas de la transmisión de los derechos de suscripción alos que se refieren las letras a) y b) del artículo 37.1 de la LIRPF (derechos de suscripción que lecorrespondan al contribuyente por su condición de socio o partícipe en el capital de la entidad);

No procede retener cuando la GP deriva de acciones adquiridas a terceros.

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8) PÁGINA 12

Subapartado: Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones deotros elementos patrimoniales

Se incluyen tres casillas se sumas, para mantener la coherencia con los demásapartados del modelo.

Subapartado: Otras ganancias patrimoniales

Se incluye una nueva casilla para identificar el contribuyente que obtiene losrendimientos.

9) PÁGINA 13

Apartado G4. Ganancias patrimoniales por cambio de residencia fuera delterritorio español (artículo 95 bis de la Ley del Impuesto, a integrar en la baseimponible del ahorro)

Se incluye una casilla se sumas, para mantener la coherencia con los demás apartadosdel modelo.

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10) PÁGINA 14

Apartado H. Base imponible general y base imponible del ahorro.

Subapartado. Base imponible del ahorro.

• En 2017 los RCM negativos del ejercicio se pueden compensar con las Gananciasdel ejercicio, con el límite del 20 %. Y viceversa.

• Dicho limite también será de aplicación:

- a los RCM negativos de 2015 y 2016 pendientes de compensación,que se podrán compensar con las ganancias del ejercicio;- a las pérdidas de 2015 y 2016 pendientes de compensaciónque se podrán compensar los RCM positivos del ejercicio;

LIMITE CONJUNTO DEL 20% DE LOS RCM O GANANCIAS DEL EJERCICIO

• Se incluye una referencia al anexo “C” para efectuar el desglose de las cantidadespendientes de compensar de ejercicios anteriores.

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11) PÁGINA 14

Apartado I. Reducciones de la base imponible.

Se desglosan las aportaciones realizadas a sistemas de previsión social constituidos afavor de personas con discapacidad, distinguiendo las aportaciones realizadas por lapersona con discapacidad y las aportaciones realizadas a de personas con discapacidadcon las que exista relación de parentesco o tutoría, ya que los límites son distintos, ydeben desglosarse ambas aportaciones en la cumplimentación del anexo “C”,cantidades pendientes de reducir e los ejercicios futuros.

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13) ANEXO A.1

Deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación

Para mejorar la información, se desglosa el importe de la inversión con derecho adeducción, según el NIF de cada entidad.

Deducción por alquiler de la vivienda habitual

Para mejorar la información, se desglosa el importe de las cantidades satisfechas acada arrendador.

14) ANEXO A.3

Apartado de las Deducciones por incentivos y estímulos a la inversiónempresarial.

Se mantiene la deducción por inversión en beneficios del artículo 37 TRLIS, si bien seespecifica que sólo se cumplimentará si existe un plan especial de inversión aprobadopor la Administración que permita invertir en este ejercicio.

Se actualizan los acontecimientos de excepcional interés público (LPGE).

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15) ANEXOS B. DEDUCCIONES AUTONOMICAS.

Al margen de las deducciones introducidas en cada CCAA, según las modificacionesnormativas autonómicas, destacamos:

Se reorganiza la información de las deducciones autonómicas por inversión en laadquisición de acciones y participaciones sociales en entidades nuevas o dereciente creación o similares, que es común en todas las deducciones autonómicas.Para ello se crean tres apartados, al final del anexo B, para recoger la informaciónadicional a estas deducciones.

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16) ANEXO C : INFORMACIÓN ADICIONAL

Se informará sobre:

• las cantidades pendientes de aplicar al inicio del ejercicio,• las cantidades aplicadas• las cantidades pendientes de aplicar en ejercicios futuros;

Apartados:

• Los intereses de los capitales invertidos en la adquisición o mejora delinmueble y los gastos de reparación y conservación pendientes de deducir enlos ejercicios siguientes.

• El saldo neto negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar enla base imponible general.

• El saldo neto negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar enla base imponible ahorro.

• Saldo neto negativo de los rendimientos de capital mobiliario a integrar en labase imponible del ahorro.

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• Exceso no reducido de las aportaciones y contribuciones a sistemas deprevisión social (régimen general) pendientes de compensar en los ejerciciossiguientes.

• Excesos no reducidos derivados de contribuciones empresariales a seguroscolectivos de dependencia pendientes de compensar en los ejerciciossiguientes.

• Exceso no reducido de las aportaciones y contribuciones a sistemas deprevisión social constituidos a favor de personas con discapacidad pendientesde compensar en los ejercicios siguientes.

• En este apartado se diferencia, ya que tiene límites de aplicación distintos, lasaportaciones realizadas por la persona con discapacidad partícipe y lasaportaciones realizadas a favor de parientes.

• Exceso no reducido de las aportaciones a patrimonios protegidos de personascon discapacidad pendientes de compensar en los ejercicios siguientes.Exceso no reducido de las aportaciones a la mutualidad de previsión social dedeportistas profesionales pendientes de compensar en los ejerciciossiguientes.

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• Bases liquidables generales negativas pendientes de compensar en losejercicios siguientes.

• Por coherencia, también se trasladan a este anexo, (C.1):

- la exención por reinversión por transmisión de la vivienda habitual,- exención en la transmisión de acciones o participaciones en entidades de

nueva o reciente creación,- y de la exención por reinversión en rentas vitalicias.

( algunos ejemplos en las siguientes diapositivas)

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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