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reforma contable El criterio profesional en la preparación...

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1. EL FONDO ECONÓMICO DE LAS OPERACIONES La reforma contable ha abierto las puer- tas a algunos conceptos realmente importan- tes desde el punto de vista de utilidad de la información contable para la toma de deci- siones. Entre todos ellos, nos gustaría refe- rirnos, en este artículo, a uno de los aspec- tos que, desde nuestro punto de vista, se al- za como un concepto clave de toda la refor- ma. Nos referimos a la importancia que ha adquirido la realidad económica de las ope- raciones, más allá de cuál sea su forma jurí- dica (sustancia sobre forma). En este senti- do, Tua (2006. pág. 256) lo resalta como la novedad más importante de la reforma al se- ñalar que “esta preeminencia constituye un requisito indispensable para el cumplimiento de las necesidades de los usuarios y es la columna vertebral de un importante número de diferencias, en las reglas contables con- cretas, entre los sistemas orientados a la predicción y los orientados al control”. Esta apuesta realizada por la reforma contable tiene extensiones e implicaciones muy relevantes desde el punto de vista con- table, que van desde la propia reflexión de las normas contenidas en el texto del nuevo Plan General Contable (PGC), hasta las im- plicaciones que las mismas tienen para los profesionales (tanto los preparadores de los estados financieros como los propios audi- tores). Así, el nuevo artículo 34 del Código de Comercio (1) señala que para mostrar la ima- María Antonia García Benau Ana Zorio Grima Universidad de Valencia pág 50 pd reforma contable La apuesta de la reforma contable por la realidad económica de las operaciones, más allá de cuál sea su forma jurídica, implica que el juicio profesional adquiera gran relevancia, lo cual supone un reto para las empresas españolas El criterio profesional en la preparación de las cuentas anuales en el nuevo marco del PGC 050-059 PD200 Garcia.qxd 22/5/08 11:00 Página 50
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1. EL FONDO ECONÓMICODE LAS OPERACIONES

La reforma contable ha abierto las puer-tas a algunos conceptos realmente importan-tes desde el punto de vista de utilidad de lainformación contable para la toma de deci-siones. Entre todos ellos, nos gustaría refe-rirnos, en este artículo, a uno de los aspec-tos que, desde nuestro punto de vista, se al-za como un concepto clave de toda la refor-ma. Nos referimos a la importancia que haadquirido la realidad económica de las ope-raciones, más allá de cuál sea su forma jurí-dica (sustancia sobre forma). En este senti-do, Tua (2006. pág. 256) lo resalta como lanovedad más importante de la reforma al se-ñalar que “esta preeminencia constituye unrequisito indispensable para el cumplimiento

de las necesidades de los usuarios y es lacolumna vertebral de un importante númerode diferencias, en las reglas contables con-cretas, entre los sistemas orientados a lapredicción y los orientados al control”.

Esta apuesta realizada por la reformacontable tiene extensiones e implicacionesmuy relevantes desde el punto de vista con-table, que van desde la propia reflexión delas normas contenidas en el texto del nuevoPlan General Contable (PGC), hasta las im-plicaciones que las mismas tienen para losprofesionales (tanto los preparadores de losestados financieros como los propios audi-tores).

Así, el nuevo artículo 34 del Código deComercio(1) señala que para mostrar la ima-

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La apuesta de la reforma contable por la realidad económica de lasoperaciones, más allá de cuál sea su forma jurídica, implica que el juicio

profesional adquiera gran relevancia, lo cual supone un reto para las empresasespañolas

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cuentas anualesen el nuevo marco del PGC

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gen fiel se atenderá a la realidad económicade las operaciones y no solamente a su formajurídica. Por su parte, la primera parte delPGC Marco Conceptual de la Contabilidadseñala, en su apartado 1ª referido a las Cuen-tas anuales. Imagen fiel, que “las cuentasanuales deben redactarse con claridad, deforma que la información suministrada seacomprensible y útil para los usuarios al tomarsus decisiones económicas, debiendo mos-trar la imagen fiel del patrimonio, de la situa-ción financiera y de los resultados de la em-presa, de conformidad con las disposiciones

FICHA RESUMEN

Autor: María Antonia García Benau y Ana Zorio GrimaTítulo:El criterio profesional en la preparación de las cuentas anuales en el nuevo marco del PGCFuente: Partida Doble, núm. 200, páginas 50 a 59, junio 2008Localización: PD 08.06.05Resumen: Este artículo pretende analizar el significado e implicaciones que supone que se otorgue mayorimportancia al fondo económico de las operaciones sobre la forma, lo que necesariamente requiereque se emitan normas contables basadas en principios, dando, en consecuencia, gran importancia alcriterio profesional. Es decir, serán las propias empresas las que, en muchas ocasiones, deberán elegirentre distintas posibilidades aquella que mejor refleje sus operaciones, para lo cual se plantea lanecesidad de emitir un juicio profesional.Para ello, la estructura del artículo parte del análisis del significado del fondo económico de lasoperaciones, para seguir con el papel relevante dado al juicio profesional, y continuar mostrando casosconcretos en los que se requiere utilizar dicho juicio a la luz del texto del PGC, ofreciendo algunosejemplos ilustrativos que ayuden a entender mejor lo expuesto.Descriptores ICALI: Cuentas anuales. Plan general contable. Reforma contable. Normas Internacionales deInformación Financiera.

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(1) De acuerdo con el artículo primero de la Ley 16/2007, de4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantilen materia contable para su armonización internacional conbase en la normativa de la Unión Europea (B.O.E. nº 160, de5 de julio de 2007).

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legales. La aplicación sistemática y regular delos requisitos, principios y criterios contablesincluidos en los apartados siguientes deberáconducir a que las cuentas anuales muestrenla imagen fiel del patrimonio, de la situaciónfinanciera y de los resultados de la empresa”.

Este artículo pretende analizar el significa-do e implicaciones de la frase anterior. Nues-tro estudio está desarrollado sobre la siguien-te idea: el hecho de que se otorgue mayor im-portancia al fondo económico de las operacio-nes supone necesariamente que se emitannormas contables basadas en principios, lo queimplica que se dé, en consecuencia, gran im-portancia al criterio profesional. Es decir, se-rán las propias empresas las que, en muchasocasiones, deberán elegir entre distintas posi-bilidades aquélla que mejor refleje sus opera-ciones, para lo cual se plantea la necesidadde emitir un juicio profesional.

Para ello, la estructura del artículo partedel análisis del significado del fondo económi-co de las operaciones, para seguir con el pa-pel relevante dado al juicio profesional, y con-tinuar mostrando casos concretos en los quese requiere utilizar dicho juicio a la luz del tex-to del PGC, ofreciendo algunos ejemplos ilus-trativos que ayuden a entender mejor lo ex-puesto.

2. ¿SON LAS NORMAS DEL PGCACORDES CON LA IMPORTANCIADADA AL PREDOMINIOECONÓMICO DE LASOPERACIONES?

El significado de esta cuestión suponevolver al consabido concepto de sustancia so-bre forma, reiteradamente apoyado por distin-tos organismos internacionales (véase, porejemplo, AICPA, 1968, ASB, 1994).

En este sentido, el estadounidense Finan-cial Accounting Standards Board (FASB) no

ofrece una definición precisa del concepto desustancia sobre forma, señalando que no dejade ser un concepto vago que debe abordarseal plantear conceptos como la “reliability” (fia-bilidad) y la “faithful representation” (repre-sentación fiel). Ello evidencia claramente undeseo de relegar el contenido de este con-cepto (puede consultarse, Meyer, 1976; Rut-herford, 1985).

Por otro lado, las normas del IASB sí querecogen este concepto. Así pues, la NIC 1(IASB, 2003) hace referencia en algunos desus párrafos a la importancia del “fondo eco-nómico” de la transacción para contabilizardeterminadas operaciones (párrafos 33, 34,114.c, 114.d). El Marco Conceptual (IASC,1989), por su parte, precisa que “la sustanciade las transacciones no es siempre consis-tente con lo que en apariencia es su forma le-gal”, resaltando que para que la informaciónrepresente fielmente las transacciones y de-más sucesos, deben contabilizarse de acuer-do con su fondo y realidad económica y nosolamente con su forma legal.

Si nos adentramos en algunas normas delIASB podemos encontrar referencias concre-tas a esta cuestión. Por ejemplo, una empre-sa puede tener un activo cuya propiedad yano posee pero que, sin embargo, existenacuerdos que aseguran que la empresa conti-nua disfrutando de beneficios económicos fu-turos del activo. Lo mismo ocurre con la nor-ma de arrendamientos que resulta aplicablecuando el acuerdo otorga el derecho a utilizarun activo durante un período de tiempo, conindependencia de si el contrato se estructurao no formalmente como un arrendamiento.Otros ejemplos podemos encontrarlos en lasnormas sobre partes vinculadas, inmovilizadomaterial, reconocimiento de ingresos por ven-ta de bienes o negocios conjuntos, entreotras, en las que se observa que la sustanciaeconómica de las transacciones no es siem-pre consistente con lo que se deduce de suforma legal.

Pero ¿qué características tienen las nor-mas contables cuando se apuesta por consi-derar la sustancia sobre la forma? Algunasnormas contables, como por ejemplo las deEstados Unidos (US GAAP), son muy espe-cíficas en su definición y en cuanto a los re-querimientos impuestos. Dichas normas, de-nominadas habitualmente normas basadasen reglas, constituyen la otra cara de la mo-

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Las normas basadas en principios

suelen contener pocas reglas y es

fundamental el criterio profesional

en su aplicación

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neda de las normas basadas en principios,que son normas concebidas en su génesisdesde una perspectiva más general basadaen el predominio de la sustancia sobre la for-ma.

La importancia de la distinción entre lasnormas basadas en principios y las normasbasadas en reglas es fundamental para en-tender el nuevo texto del PGC. Las normasbasadas en principios suelen contener po-cas reglas y confían en que los preparado-res de la información financiera se inspirenen los principios y apliquen juicios profesio-nales respecto a la norma que han de utilizaren la contabilización de una determinadatransacción. Por su parte, las normas basa-das en reglas suponen que los usuarios delas mismas sigan las pautas y se restrinjan ala literalidad de la norma contable a la horade aplicar el tratamiento contable adecuadoa una transacción. Es decir, en el primer ca-so es fundamental aplicar el criterio profesio-nal, mientras que en el segundo la contabili-dad regula con mucha más precisión el deta-lle concreto de las características, límitesnuméricos y otros aspectos muy concretosde transacciones muy específicas.

El enfoque de normas basadas en princi-pios se apoya en el concepto de sustancia so-bre forma y ha sido utilizada desde hace mu-chos años (Clarke y Dean, 1992, la sitúan enla década de 1920). Sin embargo, no siempreha estado “de moda”, ya que en muchas oca-siones a lo largo de la historia reciente se haestado reclamando, por parte de los usuarios,unas normas más precisas que dejen pocomargen a la interpretación subjetiva.

No obstante, en los últimos años y espe-cialmente tras el escándalo Enron, se han es-cuchado voces críticas a los planteamientosde los US GAAP, cuestionando su alto conte-nido de reglas y su escaso margen de actua-ción, de forma que en muchas ocasiones laforma legal de las operaciones había llevadoa ocultar le transfondo económico de las ope-raciones (véase Baker y Hayes, 2004). Porello, escándalos como Enron y WorldComhan supuesto todo un revulsivo en el trata-miento contable de las operaciones, que haprovocado un verdadero aluvión normativo enEstados Unidos.

A estos efectos, conviene destacar elmensaje de la Ley Sarbanes-Oxley (2002)que viene a solicitar a la Securities and Ex-change Commission que estudie si los princi-pios contables norteamericanos deberían mo-dificarse para que estuvieran basados en prin-cipios en lugar de estar basados en reglas (vé-ase Largay, 2003; Shipper, 2003). Este plan-teamiento se presenta con el objetivo de evi-tar este tipo de situaciones y el hecho de quelas compañías se escuden en la forma jurídi-ca de las operaciones a la hora de reconocercontablemente ciertos hechos cuyo transfon-do económico requeriría “trajes contables amedida”, si el enfoque de las normas conta-bles está basado en reglas.

Todo ello ha supuesto que las normas ba-sadas en principios hayan ganado adeptos enlos últimos años, a pesar de que algunos re-saltan que una inadecuada utilización puedellevar a abusos por parte de los preparadoresde la información contable (Clarke y Dean,1993; Henry, 1999).

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Si nos situamos en el entorno español, ypartiendo de la premisa de que el PGC mues-tra una posición cercana a las normas inter-nacionales del Internacional Accounting Stan-dards Board (IASB), observamos que ofrecenunas características muy distintas de las nor-mas estadounidenses (US GAAP). En ellasencontramos que el concepto sustancia sobreforma aparece subrayado de manera especialy de forma mucho más clara que en los USGAAP. El motivo de ello se debe a que sepretende que la información financiera mues-tre de forma más clara la posición financiera ylos resultados de la empresa, desde unaperspectiva económica.

El nuevo PGC, tal y como está definido,tiene un contenido normativo diferente a loque estábamos acostumbrados en el pasado.Su contenido aparece sustentado sobre la im-portancia de definir el trasfondo económicode las operaciones, por lo que, en muchasocasiones, se ofrece menos técnica contabley más necesidad de aplicar los criterios quemejor se adecuen a nuestra empresa. Lasprácticas contables están ahora menos preci-sadas en la normativa y se promueve unamayor discrecionalidad (puede consultarseMonterrey, 2005). De ahí que pueda existirahora un mayor margen a la interpretación dela norma.

Esta idea no es más que hacia la que pa-recen tender también las normas estadouni-denses, pues téngase en cuenta que en2005, el FASB y el IASB iniciaron un proyec-to conjunto para revisar sus marcos concep-

tuales. De hecho, esta ha sido una conse-cuencia del escándalo de Enron, que condu-ce a ambos reguladores (especialmente alestadounidense) a replantearse el protago-nismo que debe darse a la sustancia sobrela forma, y por consiguiente al juicio profe-sional, en un entorno de normas basadas enprincipios (de forma preferible a las basadasen reglas).

3. EL CRITERIO PROFESIONAL,PIEZA CLAVE DEL MODELOCONTABLE ESPAÑOL

La apuesta por las normas basadas enprincipios supone una mayor flexibilidad, loque otorga un mayor protagonismo al juicioprofesional, requiriendo la utilización de cri-terios subjetivos que permitan dibujar conprecisión las políticas contables de las em-presas. Con dichos criterios se pretende quelos profesionales seleccionen la que consi-deren que es mejor solución para reflejar eltrasfondo económico de sus operaciones.Pero, ¿cuál es el verdadero papel de los jui-cios profesionales?, ¿cuál es el impacto realque la aplicación de dichos criterios tiene so-bre la presentación final de las cuentasanuales?

Aunque hay pocos estudios realizados so-bre esta cuestión (puede consultarse, Cucciaet al., 1995, Libby et al., 2002; Psaros y Trot-man, 2004) y algunos muestran que no existeun efecto significativo en la forma de interpre-tar la norma. Pretendemos plantear en esteartículo la gran importancia que tiene la apli-

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cación de dicho criterio profesional y la formaen la que lo están utilizando los preparadoresde la información contable. Por ello, vamos apresentar algunos ejemplos que pretendenllamar la atención sobre la gran relevancia delcriterio profesional en el marco del nuevoPGC. En este sentido, sería interesante cono-cer cómo lo están aplicando los propios profe-sionales. Ahora bien, el hecho de que el PGCsea de aplicación para los ejercicios económi-cos que empiecen a partir de enero de 2008nos impide poder ilustrar este artículo conejemplos reales propios de las cuentas anua-les confeccionadas según las normas conta-bles españolas. No obstante, vamos a recurrira la información de grupos cotizados españo-les para ayudarnos a entender la forma quehan abordado estas cuestiones los gruposque están aplicando las normas del Interna-cional Accounting Standards Board (IASB)desde 2005, pues las soluciones adoptadasfinalmente por el regulador español en elPGC se inspiran en dichas normas internacio-nales.

Queremos resaltar que siempre ha existi-do un tipo de información financiera sobredeterminados elementos patrimoniales querequiere la realización de estimaciones. Sinembargo, nosotros no vamos a referirnos aestas cuestiones que sin duda son importan-tes, pero no suponen ningún cambio respec-to a lo establecido en el PGC 1990 (comopor ejemplo la estimación de la vida útil deun activo o la elección del método de amorti-zación, entre otros aspectos). En el texto delnuevo PGC las áreas que se abordan dandocabida al juicio profesional van mucho másallá, debido a que están diseñadas para quelas cuentas anuales reflejen el fondo econó-mico de las operaciones. Sirva como ejem-plo los casos de Repsol YPF y del GrupoSacyr Vallehermoso, en cuyas cuentas con-solidadas para el ejercicio 2007 se pone derelieve la importancia del tema que nos ocu-pa (ver cuadro 1).

En ambos ejemplos observamos que sehacen referencias a la necesidad de aplicarun criterio profesional (como el caso del testde recuperación de activos en Repsol YPF ylas posibles pérdidas por deterioro de deter-minados activos), para realizar las oportunasestimaciones.

En este sentido, hay que resaltar que, enmuchas ocasiones, es necesario recurrir a in-

formes de expertos independientes. En elcuadro 2 puede apreciarse que Sacyr, paradeterminar si procede reconocer pérdidas pordeterioro en los inmuebles, acude a estánda-res internacionales para establecer el valorrazonable. El concepto de valor razonable esimprescindible para llegar a determinar el im-porte recuperable del activo, aunque no es elúnico concepto que se utiliza. Lo que quere-mos resaltar en este epígrafe es el hecho deque Sacyr ha optado por acudir a expertosajenos a la empresa e independientes parallegar a determinar si procede, contablemen-te, registrar o no un deterioro de valor. Asi-mismo, esta empresa valora sus planes depensiones aplicando el juicio profesional deexpertos actuarios, como puede verse en elcuadro 2.

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C U A D R O 1

REALIZACIÓN DE ESTIMACIONES APLICANDO JUICIOPROFESIONAL

Repsol YPF, 2007 (pág. 52)

Los principios contables y las áreas que requieren una mayor cantidad dejuicios y estimaciones en la preparación de los estados financieros son: i)las reservas de crudo y de gas natural, ii) provisiones por litigios y otrascontingencias, iii) el cómputo del impuesto de beneficios y activos por im-puestos diferidos y iv) test de recuperación de activos.

Sacyr Vallehermoso, 2007 (págs 27-28)

En la preparación de las cuentas anuales consolidadas, los administradoreshan realizado estimaciones para la determinación de ciertas partidas, quese basan fundamentalmente en la experiencia histórica y en otros factorescuya consideración se entiende razonable de acuerdo con las circunstan-cias. Estas estimaciones se refieren a: a) la evaluación de posibles pérdidaspor deterioro de determinados activos, b) la vida útil de los activos materia-les e intangibles, c) la recuperabilidad de impuestos diferidos de activo y d)las estimaciones de consumo de activos concesionales.

C U A D R O 2

JUICIO DE PROFESIONAL INDEPENDIENTE

Sacyr Vallehermoso, 2007 (pág. 46)

Existen determinados inmovilizados materiales por un valor neto contablede 402.247 y 378.042 miles de euros a 31 de diciembre de 2007 y 2006,respectivamente, correspondientes a la división de Patrimonio cuyo valorrazonable en función de las tasaciones realizadas por un experto indepen-diente a 31 de diciembre 2007 y 2006 ascienden a 504.326 y 478.486 mi-les de euros, respectivamente. Esta valoración ha sido realizada de acuerdocon los estándares de valoración y tasación publicados por la Royal Institu-tion of Chartered Surveyors de Gran Bretaña y de acuerdo don los están-dares internacionales de valoración publicados por el Comité Internacionalde Estándares de valoración por el consultor CB Richard Ellis.

Sacyr Vallehermoso, 2007 (pág. 38)

Ambos planes de pensiones han sido valorados por expertos actuarios alcierre del ejercicio, de acuerdo con la NIC 19.

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En las páginas que siguen vamos a plan-tear unas consideraciones respecto a algunasde las transacciones más habituales que re-quieren la aplicación del criterio profesionalen el PGC, basándonos en algunos ejemplosreales que ayudan a conocer la posición queal respecto están aplicando los grupos cotiza-dos españoles de acuerdo con las normas delIASB.

4. EJEMPLOS QUE PONEN DERELIEVE LA NECESIDAD DEREALIZAR JUICIOS PROFESIONALES

Uno de los conceptos más novedosos enel texto del PGC es el “Deterioro de valor”, querecoge las correcciones de valor motivadaspor pérdidas de valor no sistemáticas y rever-sibles. El PGC señala en el caso del Inmovili-zado Material e Intangible que “… se produci-rá una pérdida cuando su valor contable su-pere a su importe recuperable, entendido éstecomo el mayor importe entre su valor razona-ble menos los costes de venta y su valor enuso”. Dicha definición supone que el profesio-nal contable debe tomar varias decisiones ba-sándose en su criterio profesional.

Quizás la primera de ellas hace referenciaal hecho de que el PGC indica que la pérdidapor deterioro se realizará “elemento por ele-mento de forma individualizada”, pero que sino fuera posible se determinará el importe re-cuperable de cada Unidad Generadora deEfectivo (UGE), entendida como el grupoidentificable más pequeño de activos que ge-nera entradas de efectivo que son indepen-dientes de los flujos de efectivo derivados deotros activos o grupos de activos. Es decir,dado que para el cálculo del deterioro es ne-cesario establecer los flujos de efectivo futu-ros, se trata de establecer grupos de activos(lo más pequeños posibles) que sean capa-ces de generar efectivo.

Pero ¿cómo se delimitan las UGEs? Esnecesario aplicar el juicio profesional y ade-más constituye uno de los más difíciles de es-tablecer. Para determinar las UGEs, la deci-sión clave es determinar si dicha unidad tienecapacidad de generar flujos de efectivo demanera independiente. Por ejemplo, imagine-mos que un hotel destina 5 salas al alquilerpara impartir cursos y seminarios; el conjuntode las 5 salas puede considerarse una UGEporque genera sus propios ingresos de mane-ra independiente del resto del hotel. Sirva elcuadro 3 para conocer la forma en la que In-ditex y Sacyr han establecido las UGEs.

Para determinar el importe de la pérdidapor deterioro, el PGC introduce también elcriterio de valoración del valor en uso, enten-dido como “el valor actual de los flujos deefectivo futuros esperados…teniendo encuenta su estado actual y actualizados a untipo de interés…”. El principal problema del

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C U A D R O 4

CÁLCULO DEL VALOR EN USO

Sacyr Vallehermoso, 2007 (pág. 62)

El importe recuperable del grupo Europistas está basado en el valor en uso.Para calcular dicho valor se ha utilizado el método del descuento de divi-dendos que recibirá el accionista hasta el final de la concesión. Para dichodescuento se ha utilizado una TIR referenciada a un bono nacional a 10años, concretamente el bono utilizado se sitúa alrededor de 4,10%, conun Spread entre 100 p.b. y 400 p.b. en función del riesgo.

C U A D R O 3

DELIMITACIÓN DE LAS UGEs

Inditex, 2006 (pág. 127)

El grupo ha definido como unidades generadoras de tesorería básicas, deacuerdo con la gestión real de sus operaciones, cada uno de los locales co-merciales en los que desarrolla su actividad (tiendas), si bien estas unidadesbásicas pueden ser agregadas a nivel de cadena-país, o incluso de todas lassociedades ubicadas en un país.

Sacyr Vallehermoso, 2007 (págs. 64-66)

Las UGEs establecidas para estimar le valor en uso de Eiffage son:✓ Construcción: engloba todas las actividades de edificación e inmobiliaria✓ Obras públicas: desarrolla todas las actividades relacionadas con la obra

civil✓ Instalaciones: engloba fundamentalmente todas las actividades de insta-

lación eléctrica✓ Construcciones metálicas: desarrolla todo tipo de estructuras metálicas✓ Concesiones: engloba la construcción, explotación y mantenimiento de

concesiones de infraestructuras de transporte

En el nuevo PGC hay cuestiones

que requieren del juicio

profesional, debido a que está

diseñado para reflejar el fondo

económico de las operaciones

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valor en uso es realizar la estimación de losflujos futuros. ¿Cómo se establecen dichosflujos?¿cómo se delimita el horizonte tempo-ral? Los flujos de efectivo serán los específi-cos de la empresa. Para obtener respuestasa estas preguntas se debe utilizar el criterioprofesional que permita atender el fondoeconómico de las operaciones y a la propiarealidad de la empresa (cuadro 4).

Para ayudar a establecer el criterio profe-sional, los flujos de efectivo deben incluiraquellos generados por su uso continuado,así como las salidas de efectivo necesariaspara ser capaces de generar las entradas deefectivo. No debe considerarse equivalente elconcepto de flujo de efectivo con el conceptode resultado del ejercicio. Únicamente podríallegar a utilizarse tras una fase de ajuste delmismo, que permitiera aproximarlo al concep-to de efectivo relacionado con el activo dete-riorado.

El tipo de descuento es la tasa de retornoque los inversores exigirían si tuvieran queelegir una inversión que genere flujos deefectivo similares en lo relativo a su distribu-ción temporal y riesgos, no debiendo incluirseningún riesgo no considerado a la hora de es-timar los flujos de efectivo.

En términos generales, las empresas pue-den tomar un tipo de interés de mercado ajus-tado. Muchas empresas en el ámbito interna-cional utilizan el coste medio ponderado delcapital, aunque quizás sería más adecuadorealizar ajustes que no incluyeran la estructu-ra financiera de la empresa (cuadro 5).

Otra de las cuestiones relevantes en elPGC es el hecho de que se haya asignado auna UGE el fondo de comercio surgidos poruna combinación de negocios. Su tratamientocontable requiere una alta precisión en la deli-mitación de los distintos conceptos que se uti-lizan.

Como puede observarse en el cuadro 6,el hecho de utilizar dos metodologías diferen-tes en la valoración de Itinere supone que elcálculo del deterioro se establecerá según eldescuento de dividendos durante el períodoconcesional (primer caso), o el descuento deflujos de caja derivados de las proyeccionesfinancieras de cada una de las concesioneshasta el final de las mismas. Ambos importesno suelen coincidir, debido a las restricciones

legales que existen al reparto de dividendos(como, por ejemplo, la necesaria dotación dela reserva legal).

Hay que tener presente que el Fondo deComercio no genera entradas de efectivo porsí mismo, por lo que su deterioro debe anali-zarse distribuyéndolo entre los distintos com-ponentes de la UGE o UGEs adquirida/s, demanera que se reducirá (con carácter irrever-sible) el valor contable del fondo de comercioy el exceso se distribuirá proporcionalmente

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C U A D R O 5

DETERMINACIÓN DE LA TASA DE DESCUENTO

Sacyr Vallehermoso, 2007 (pág. 60)

El descuento se realiza utilizando una TIR referenciada a un bono a 10años y una beta que refleje el apalancamiento de la sociedad. Para el cál-culo de la tasa de descuento se ha considerado el método del Capital As-set Pricing Model, estableciendo una tasa libre de riesgo más una prima demercado acorde con el nivel de apalancamiento y percepción de riesgo dela sociedad.

Telefónica, 2007 (pág.15)

Para determinar los cálculos del deterioro, la compañía utiliza los planes es-tratégicos de las distintas UGEs a las que están asignadas los activos. Di-chos planes estratégicos generalmente abarcan un período de 5 años. Paraperíodos superiores, a partir del quinto año se utilizan proyecciones basa-das en dichos planes estratégicos aplicando una tasa de crecimiento espe-rado constante o decreciente. Las tasas de descuento se determinan antesde impuestos y son ajustadas por el riesgo país y riesgo negocio correspon-diente. En los ejercicios 2006 y 2007 las tasas utilizadas se han situado enlos siguientes rangos:

Tasas 2007 2006

Negocios en España

Negocios en Latinoamérica

Negocios en Europa

7% - 11,3%

8,1%-18,6%

7,7%-8,1%

7% - 10,6%

7,7%-17,6%

7,2%-9,1%

C U A D R O 6

FONDO DE COMERCIO ASIGNADO A UNA UGE

Sacyr Vallehermoso, 2007 (pág. 57)

Se realiza el test de deterioro para cada una de las unidades generadorasde efectivo a las que se ha asignado fondos de comercio. A tal efecto, serealiza un análisis con el objeto de identificar el valor recuperable (…)cuando el valor recuperable no pueda determinarse de forma fiable se cal-cula mediante otros métodos de valoración (…). El importe recuperable delos fondos de comercio se basa en el valor de uso obtenido conforme almétodo de valoración de descuento de flujos de caja futuros esperados,aplicando una tasa de descuento que refleja el valor del dinero en el tiem-po y considerando los riesgos específicos asociados al activo.

En la valoración de Itinere se ha realizado conforme a 2 metodologías. Laprimera se basa en el descuento de dividendos durante todo el períodoconcesional; la segunda se basa en el descuento de los flujos de caja deri-vados de las proyecciones financieras de cada una de las concesiones hastael final de las mismas.

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entre el resto de activos de la UGE o UGEs,atendiendo a su valor contable con el límitedel mayor valor entre: el valor razonable me-nos el coste de venta, su valor en uso y cero.Ello nos puede llevar a realizar varios ajustes,tal y como puede verse en el ejemplo del cua-dro 7.

Otro de los conceptos importantes, desdeel punto de vista de la necesidad de realizarjuicios profesionales, es el relativo a las com-binaciones de negocios. Uno de los criteriosfundamentales es determinar quién es la em-presa adquirente, ya que dicha empresa nomodifica sus valore contables mientras que laempresa adquirida se incorpora mostrando suvalor razonable.

Para delimitar la empresa adquirente, elPGC se indica que es la que obtiene el con-trol sobre el negocio. Su identificación re-quiere atender a la realidad económica y noa la forma jurídica de la operación, ya queaunque se señala que la regla general esidentificar a la que entregue una contrapres-tación a cambio del negocio adquirido, se in-dica que también se tomarán en considera-ción, entre otros, la empresa que tiene ma-yor valor razonable, la que tiene la facultadde asignar el equipo de dirección, etc. Dadoque no existe una jerarquía entre ellos, ladelimitación de la empresa adquirente re-quiere realizar juicios.

La incorporación de los activos adquiridosy de los pasivos asumidos se realiza en lascombinaciones de negocios al valor razona-ble y la diferencia entre dichos valores y elcoste de la adquisición, determina el importedel Fondo de Comercio.

Ahora bien, las combinaciones de nego-cios pueden también dar lugar al reconoci-miento, por parte de la empresa adquirente,de inmovilizados intangibles no recogidospreviamente en la empresa adquirida, siem-pre que sea probable que la entidad obten-ga los beneficios futuros atribuidos al mis-mo, pueda ser medido con fiabilidad y cum-pla el criterio de identificabilidad. Dicho cri-terio supone que el inmovilizado cumpla al-guno de los requisitos siguientes: a) sea se-parable, es decir, susceptible de ser separa-do de la empresa y vendido, cedido, entre-gado para su explotación, arrendado o inter-cambiado; b) surja de derechos legales ocontractuales, con independencia de que ta-

reforma contable nº 200 junio 2008

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C U A D R O 9

RECONOCIMIENTO DE INTANGIBLES EN LA COMPRA DE O2

Telefónica, 2007 (pág. 26)

Reconocimiento de Intangibles en la compra de O2En las licencias, el valor razonable se determinó mediante un método deconstrucción (Método Greenfield), que consiste en valorar un activo apartir de la valoración de una compañía hipotética de nueva creaciónque inicia su negocio sin activos, con la excepción del activo que se estávalorando.

La cartera de clientes se valoró con el método MEEM (Multiple Excess Ear-nings Method), que está basado en un cálculo de descuento de flujos deefectivo de los beneficios económicos futuros atribuibles a la base de clien-tes. Para estimar la vida útil remanente de la base de clientes, se efectuóun análisis de la vida de las relaciones con los clientes, usando un métodode tasa de retiro basado en técnicas actuariales.

En la marca se calculó el valor razonable con el método “relief-from-ro-yalty”, capitalizando los royalties que se ahorran debido a tener la propie-dad intelectual…

C U A D R O 8

COSTE DE LA COMBINACIÓN Y DETERMINACIÓN DELFONDO DE COMERCIO SURGIDO DE UNA COMBINACIÓNDE NEGOCIOS

Telefónica, 2007 (pág. 26)

Reconocimiento de activos adquiridos y pasivos asumidosTelefónica Compra O2

Valor en libros Valor razonable

Total activos adquiridos 20.630 24.646

Total pasivos asumidos 5.321 7.827

Coste adquisición 26.135

Fondo de comercio 9.316

C U A D R O 7

ASIGNACIÓN DEL DETERIORO DE VALOR A UNA UGE

Supongamos que una UGE ofrece los siguientes valores contables en loselementos que la integran: Instalaciones 350.000, Mobiliario 65.000, Ma-quinaria 210.000 y Fondo de Comercio 45.000. Tras los oportunos cálcu-los, se observa que a UGE ha sufrido un deterioro de 95.000. ¿Cómo seasigna el deterioro entre los componentes sabiendo que el valor razona-ble de las instalaciones es 330.000, del mobiliario 55.000 y de la maqui-naria 180.000 (máximo deterioro asignable a instalaciones 20.000, al mo-biliario 10.000 y a la maquinaria 30.000)?

Reparto inicial Reparto final

Fondo de Comercio 45.000 45.000

Instalaciones 350/625 x 50.000 == 28.000 20.000

Mobiliario 65/625x 50.000 == 5.200

30.000/(5.200+16.800)x 5.250 = 7.159

Maquinaria 210/625x 50.000 == 16.800

30.000/(5.200+16.800)x 16.800 = 22.909

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le derechos sean transferibles o separablesde la empresa o de otros derechos u obliga-ciones. En el cuadro 9 observamos la solu-ción dada por Telefónica en la compra deO2, en la que se plantea el reconocimientocontable de unas licencias y de una carterade clientes.

5. IDEAS FINALES

Como la propia Comisión Europea reco-noce en un informe reciente, la introducciónde una contabilidad basada en principios, querequiere la aplicación de un considerable jui-cio profesional, ha supuesto un importante re-to para las empresas cotizadas, que en su in-formación consolidada han tenido que aplicarlas normas internacionales (Unión Europea,2008). Sin embargo, es de esperar que a me-dida que los preparadores de la informacióncontable y los auditores vayan adquiriendoexperiencia en este sentido, se subsanaránlas dificultades iniciales. Las empresas espa-ñolas que comiencen a aplicar el nuevo PGCse van a encontrar con estos mismos proble-mas de partida, originados por nuestra tradi-ción contable más enfocada a la proteccióndel acreedor.

La nueva filosofía que suponen las nor-mas del IASB y la reciente reforma contableen nuestro país se basa en la idea de que

los usuarios de la información se verán be-neficiados si las empresas presentan esta-dos financieros en los que prevalezca lasustancia económica. Por ello, los prepara-dores de la información contable tendránque aplicar su criterio profesional o, en sucaso, basarse en los informes de peritos in-dependientes, para contabilizar determina-dos elementos patrimoniales, algunos de loscuales han sido examinados e ilustradoscon ejemplos reales a lo largo de las pági-nas de este artículo. En este sentido, es re-señable el incremento de la información quelas empresas deben divulgar en la memoria,sobre la aplicación precisamente de ese cri-terio profesional. ✽

pd www.partidadoble.es

El criterio profesional en la preparación delas cuentas anuales en el nuevo marco del PGC

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