Date post: | 05-Jul-2015 |
Category: |
Documents |
Upload: | carmen-sanchez |
View: | 3,227 times |
Download: | 3 times |
República BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA Educación UNIVERSITARIA
ALDEA GRAN MARISCAL DE AYACUCHOCAGUA ESTADO ARAGUA
PNF. ESTUDIOS JURÍDICOS
TRABAJO Y SOCIALISMO
Junio, 2011
CATEDRASISTEMA ECONÓMICO, FINANCIERO
Y MUNDO PRODUCTIVO
FACILITADORA: ABOG. MARÌA PÉREZ
BACHILLERES INTEGRANTES:
CARMEN SÁNCHEZ C.I 4.166.563 DAIZI DUARTE C.I 4.562.259 TAHIS ESCALONA C.I 11.O53.893 KATHERINE MIRANDA C.I 20.694.527
ÍNDICE GENERAL
Portada
Contra portada
Índice General
Desarrollo
Trabajo y Socialismo
Relaciones de Producción
Propiedad Social Socialista.
Subordinación-cooperación
Trabajo y Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Principios constitucionales del Derecho del Trabajo
Distribución del ingreso en el Socialismos
Salario y Socialismo
Condiciones de Trabajo
Papel del Derecho del Trabajo en el modo de Producción Socialista
Tributo y Socialismo
Banca y Socialismo
Créditos en el Socialismo
Finanzas en el Socialismo
Conclusión
Referencias Bibliográficas
INTRODUCCIÓN
Dentro del socialismo, el trabajo deja de ser una frustración para
convertirse, por una parte, en una expansión de las facultadas creativas
del hombre y, por otra parte en un enriquecimiento del ámbito en que se
desarrolla su vida.
. Las relaciones de producción constituyen una parte necesaria de
cualquier modo de producción. Como todos sabemos la producción social
sólo puede darse cuando los hombres se unen para obrar en común, para
establecer un intercambio de actividades.
La realidad del derecho laboral y de la economía propuesta por la
Constitución, nos ha demostrado que no hay un modelo preciso de las
relaciones de trabajadores, reconoce, que la protección del Trabajo es
fundamental para el buen desarrollo de la República.
Cabe destacar que las Relaciones Laborales en la República, se
encuentran consagradas en diversos dispositivos constitucionales, en los
cuales se establecen todas las directrices que guiarán la correspondencia
entre el Estado, los patronos y los trabajadores.
Es bien conocido que el salario, bajo el socialismo, expresa
relaciones de producción socialistas y sirve como medida de trabajo y
como medida de consumo. El perfeccionamiento del Salario constituye
una de las medidas más importantes para utilizar plenamente el estimulo
del interés material, objetivamente inherente al socialismo.
Se hace necesario aclarar lo que es derecho al trabajo, que no es
más que la exigibilidad de empleo, y el derecho del trabajo, que viene
hacer como la regulación de la relación laboral.
TRABAJO Y SOCIALISMO
Bajo el socialismo, todos los tipos de actividad laboral que
satisfagan las necesidades de la sociedad, materiales o culturales son
socialmente útiles, necesarios, y en la misma medida honrosa. Ahora
bien, los resultados concretos de esta actividad son diversos, y se
plasman en una enorme multiplicidad de bienes materiales, servicios y
valores espirituales. La división más general de los tipos concretos de
trabajo en relación con sus resultados parte de la relación del trabajo con
la creación de los bienes materiales. Bajo el socialismo, todo trabajo
orientado hacia la creación de bienes materiales y, por ende, del producto
necesario y del plusproducto es trabajo productivo.
La clasificación del trabajo en productivo y no productivo, bajo el
socialismo es por su esencia y por principio distinta de la clasificación
análoga para el régimen capitalista. Como quiera que, bajo el capitalismo,
la finalidad de la producción social estribe en crear plusvalía, en dicho
régimen aparece como productivo cualquier trabajo que proporcione
plusvalía al capitalista, independientemente del lugar en que el trabajo se
aplique.
En el régimen socialista, la clasificación del trabajo en productivo y
no productivo se desprende de la necesidad objetiva de satisfacer lo más
plenamente posible las necesidades tanto materiales como espirituales de
la sociedad y tiene grandísima importancia práctica para determinar las
proporciones en la distribución del trabajo social entre la esfera de la
producción material y la esfera no productiva. La esfera de la producción
material (industria, agricultura, transporte, comunicaciones, entre otros.)
es aquella en que se aplica sobre todo el trabajo productivo; en ella, el
peso específico del trabajo no productivo es relativamente pequeño
(funciones del personal en la contabilidad, protección de la propiedad
socialista y otras). En la esfera no productiva (ciencia, instrucción,
sanidad, cultura, gestión social, fuerzas armadas, entre otros.) se aplica,
sobre todo, el trabajo no productivo; en esta esfera pertenece al trabajo
productivo tan sólo una pequeña parte de las inversiones laborales
(preparación de modelos de máquinas, aparatos y materiales en la
ciencia; de diversos medicamentos en sanidad etc.).
A medida que se desarrollan las fuerzas productivas y crece la
productividad del trabajo social, la relación entre las inversiones de trabajo
en la esfera de la producción material y las realizadas en la esfera no
productiva, cambia en favor de esta última. Esto significa que aumenta el
peso específico del trabajo socialmente útil en las zonas de la esfera no
productiva dedicadas a satisfacer las necesidades de la sociedad con
toda clase de servicios y valores espirituales. Por otra parte, la sociedad
socialista reduce sin cesar las inversiones de trabajo no productivo en la
producción material, en el aparato administrativo y en las fuerzas
armadas, a las que suprimiría por completo si no hubiera que hacer frente
al militarismo y la política agresiva del imperialismo con la consiguiente
amenaza de guerra. El desarrollo planificado de la sociedad socialista
permite establecer para cada período concreto una correlación óptima
entre el trabajo productivo y el no productivo teniendo en cuenta el nivel
existente de las fuerzas productivas y las necesidades de la sociedad.
Durante la creación de la base material y técnica del comunismo a
medida que las relaciones sociales socialistas se vayan transformando en
comunistas irá aumentando más aun la proporción de trabajo socialmente
útil en las ramas de la esfera no productiva. Ello no menoscaba en lo más
mínimo la importancia del trabajo productivo, que siempre será la fuente
de todos los bienes materiales y, por consiguiente, condición principal de
existencia de la sociedad.
Relaciones de producción
Conjunto de relaciones económicas que se establecen entre los
hombres, independientemente de su conciencia y de su voluntad, en el
proceso de producción, cambio, distribución y consumo de los bienes
materiales. Las relaciones de producción constituyen una parte necesaria
de cualquier modo de producción.
La producción social sólo puede darse cuando los hombres se
unen para obrar en común, para establecer un intercambio de actividades.
La base de las relaciones de producción se encuentra en las relaciones
de propiedad sobre los medios de producción. El carácter de las
relaciones de producción depende de quiénes sean los dueños de los
medios de producción, de cómo se realice la unión de esos medios con
los productores.
La historia conoce dos tipos fundamentales de propiedad: la
privada y la social. La propiedad privada expresa relaciones de dominio y
subordinación, pues los dueños de los medios de producción tienen la
posibilidad de explotar a los hombres carentes de propiedad. A lo largo de
su desarrollo ascendente, las relaciones de producción basadas en la
explotación del trabajo aparecen bajo las formas esclavista, feudal y
capitalista. La propiedad social elimina las relaciones de explotación, da
origen a la colaboración en los lazos de camaradería y a la ayuda mutua
entre los hombres.
En el régimen de la comunidad primitiva, existía en forma de
propiedad colectiva gentilicia y tribal. En la época actual, las relaciones
socialistas de producción se basan en dos formas de propiedad: la estatal
(de todo el pueblo) y la cooperativa. Además de los tipos de relaciones de
producción indicados, existen relaciones de producción transicionales,
que combinan elementos de los diversos tipos de relaciones económicas
en el período del tránsito de una formación económica-social a otra.
Las relaciones de producción se desarrollan en conexión directa y
en dependencia recíproca con las fuerzas productivas de la sociedad y
actúan como forma de existencia y desarrollo de estas últimas. Las
relaciones entre unas y otras son determinadas por la ley de la
correspondencia entre las relaciones de producción y el carácter de las
fuerzas productivas. En el marco de una formación económico-social
concreta, las relaciones de producción se modifican por influjo del
crecimiento de las fuerzas productivas, mas su esencia permanece
invariable. Se debe ello a los intereses de las clases dominantes que
procuran consolidar y conservar las relaciones de propiedad existentes.
En una determinada etapa del desarrollo de la sociedad, las relaciones de
producción sustentadas en la propiedad privada se convierten en un freno
para el avance sin obstáculos de las fuerzas productivas; entre éstas y
aquéllas surge un conflicto, resuelto por medio de una revolución social
que derroca a la clase reaccionaria dominante e instaura nuevas
relaciones de producción. La supresión de la propiedad capitalista y el
establecimiento de la propiedad social socialista eliminan las
contradicciones antagónicas entre las fuerzas productivas y las relaciones
de producción, se abre un horizonte ilimitado a su desarrollo. Bajo el
socialismo, no existen clases interesadas en conservar las relaciones de
producción caducas y, por ende, las contradicciones que surgen en el
desenvolvimiento social se resuelven sin revoluciones políticas, a través
de la actividad consciente y creadora de los trabajadores dirigidos por el
Partido Comunista y por el Estado socialista. En el período de la
edificación del comunismo en todos los frentes, el perfeccionamiento de
las relaciones de producción y de todas las relaciones sociales constituye
una tarea capitalísima. La creación de la base material y técnica del
comunismo, la transformación del trabajo en la primera necesidad vital del
hombre es el fundamento para transformar en comunistas las relaciones
socialistas de producción.
Propiedad social socialista
Sobre los instrumentos y medios de producción, base económica
del socialismo, surge como resultado de la revolución socialista por medio
de la socialización de la propiedad privada capitalista y por la
transformación, en consonancia con los principios socialistas, de la
pequeña propiedad privada de trabajo (Nacionalización Socialista). La
propiedad social se consolida y se multiplica en el proceso de la
reproducción socialista ampliada. El dominio de la propiedad socialista
pone fin a la explotación del hombre por el hombre, lo libera de todas las
formas de opresión y de todos los tiros de dependencia social, ofrece
amplias posibilidades para el desarrollo planificado y sin obstáculos de la
producción social, para el incremento incesante de la productividad del
trabajo social, para elevar el bienestar del pueblo y para el libre
desenvolvimiento de la personalidad de cada trabajador.
En la fase socialista ese tipo de propiedad presenta dos formas: la
de propiedad de todo el pueblo estatal, y la de propiedad cooperativo-
koljosiana. La existencia de las dos formas de propiedad socialista se
halla condicionada, en primer lugar, por el hecho de que el socialismo,
como fase primera e inferior de la sociedad socialista, proviene
directamente del capitalismo, donde el nivel de las fuerzas productivas y
de la productividad del trabajo no es aún suficientemente alto, y en
segundo lugar, porque la clase obrera y el campesinado van al socialismo
y al comunismo por caminos que poseen sus peculiaridades y diferencias.
Lo que estas dos formas de propiedad socialista tienen de común y de
decisiva trascendencia estriba en que tanto en las empresas del Estado
como en las cooperativo-koljosianas los medios de producción son
sociales, se ha liquidado la explotación del hombre por el hombre, el
trabajo está organizado colectivamente, la remuneración se efectúa en
consonancia con la cantidad y la calidad del trabajo, el objetivo de la
producción es satisfacer las crecientes necesidades de la sociedad y de
cada uno de sus miembros.
Las diferencias entre las dos formas de propiedad socialista
radican en el grado de madurez, en el nivel en que se hallan socializados
los medios de producción, en el grado en que la producción está dotada
de maquinaria moderna, en la altura a que están organizados el trabajo y
su remuneración. La propiedad estatal socialista es la de todo el pueblo
en la persona del Estado socialista. En este tipo de propiedad se hallan
socializados todos los medios de producción y los productos del trabajo.
Es la forma principal y más elevada de propiedad socialista, pues expresa
el grado más alto de socialización y organización de la propiedad social,
abarca todos los medios fundamentales de producción de la sociedad. La
significación principal de la propiedad estatal estriba asimismo en que
sólo partiendo de ella y con la ayuda de ella puede surgir y desarrollarse
la propiedad cooperativo-koljosiana. La propiedad cooperativo-koljosiana
es la de diversas agrupaciones de trabajadores en las que no están
socializados todos los medios de producción, sino los fundamentales y
decisivos que, junto con la producción pertenecen a la colectividad dada
(koljós). Tanto la propiedad del Estado como la cooperativo-koljosiana se
desarrollan en estrechísima acción reciproca, formando una unidad
orgánica. Son de propiedad socialista estatal las riquezas naturales, la
tierra (toda o parcialmente), el subsuelo, los bosques, las aguas, las
empresas industriales, las empresas agrícolas del Estado (sovjoses),
distintas clases de transporte, las empresas comunales y la red de
instituciones de carácter cultural y de servicios sociales, el fondo básico
de viviendas en las ciudades y en los centros industriales, toda la
producción que se obtiene en las empresas del Estado. Son de propiedad
cooperativo-koljosiana la maquinaria agrícola, los tractores, las
segadoras-trilladoras, las centrales eléctricas koljosianas, los talleres de
reparaciones mecánicas, los medios de transporte, de construcción y los
depósitos, las empresas para elaborar los productos agrícolas, el ganado
socializado de tiro y engorde, las dependencias destinadas al ganado,
semillas, laboratorios, estaciones de experimentación, edificios sociales,
toda la producción que obtienen los koljoses y las cooperativas.
En el decurso de la construcción comunista, en el proceso de
creación de la base material y técnica del comunismo, de la educación de
los trabajadores en el espíritu comunista, prosigue el desarrollo de las dos
formas de propiedad socialista, que se funden en una sola propiedad de
todo el pueblo, comunista.
Subordinación-Cooperación
La racionalidad social de la actividad económica exige que las
actividades de las empresas particulares se hallen subordinadas a un
objetivo que abarque el conjunto del proceso social de producción y
distribución; en otras palabras: exige las coordinaciones de la actividad
de las empresas individuales, las sincronización de sus objetivos con el
objetivo general rector de la actividad económica en la sociedad. En esta
coordinación se denomina planificación de la economía social. La
necesidad de superar de la racionalidad empresarial y la necesidad de
coordinar actividades de las empresas individuales, la necesidad de
planificar, también aparecen ciertas medidas en el capitalismo.
La planificación de la economía social, la realización de la
racionalidad social en cuanto a la producción y distribución sólo es
posible en el modo de producción socialista.
La propiedad social de los medios de producción transforma el
carácter de la empresa, la convierte en una empresa socialista. La
maximización del beneficio ya no es el fin último. La actividad de una
empresa socialista se halla subordinada al objetivo social general de la
economía social establece el objetivo bajo la forma de un pasivo
cuantificado del plan, normalmente respecto a la magnitud de la renta
nacional.
En la empresa socialista se conserva la categoría del beneficio
pero deja de ser el fin último de su actividad, convirtiéndose en el medio
de subordinación al objetivo general del plan para toda la sociedad. El
beneficio sirve de estimulo para el cumplimiento de los objetivos del plan
y como prueba para saber hasta qué punto se observa en el principio
económico. Por tanto en el modo de producción socialista los objetivos
económicos de las empresas individuales se integran a través de un
objetivo general establecido por el plan económico-social
La actividad de una empresa se verá subordinada más bien a un
plan parcial que directamente al plan de político económico general.
Pero todos los planes parciales se hallan subordinados al plan de la
economía social; los objetivos establecidos por ellos son medios para la
realización del plan económico general.
La síntesis de los objetivos de la actividad de las empresas
socialistas a través de un objetivo establecido por el plan de la economía
social, conduce a una ordenación jerárquica de las finalidades. En la
cumbre de esta ordenación jerárquica se halla el objetivo principal, el
objetivo del plan de la economía social, que clasificamos en primer
grado. Los medios que sirven al cumplimiento de los objetivos de
segundo grado, son objetivos de tercer grado, etc. Los objetivos
económicos de las diversas empresas ocupan lugares distintos a esta
organización jerárquica.
La ordenación jerárquica de los objetivos es una propiedad del
modo de producción socialista, así como la existencia de las finalidades
paralelas, independientes, de las empresas individuales, su búsqueda
de la maximización de beneficios, es una característica del plan
económico social y la determinación de los objetivos de las empresas
socialistas individuales a través del objetivo principal establecido en el
plan económico social.
Trabajo y Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Nuestra nueva Carta Magna establece novísimas iniciativas en el
campo de los derechos sociales, tanto así que incluso le da rango
constitucional a diferentes aspectos afines con las relaciones laborales
que eran de rango legal. Reconoce, que la protección del Trabajo es
fundamental para el buen desarrollo de la República; aunque es de suma
importancia asentir que muchas de esas “novísimas” propuestas ya
estaban establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento
(vigentes al momento del nacimiento de la Constitución de 1999) en uso
actualmente.
La constitución es la columna vertebral de las instituciones políticas
y jurídicas, es la fuente principal de todas las ramas del derecho, es el
alma y espíritu del ordenamiento jurídico venezolano. En la constitución
están contenidos todos los dispositivos técnico legales que estructuran
todo el sistema jurídico del Estado venezolano.
Las Relaciones Laborales en la República, se encuentran
consagradas en diversos dispositivos constitucionales, en los cuales se
establecen todas las directrices que guiarán la correspondencia entre el
Estado, los patronos y los trabajadores, afincando en la República,
mayores responsabilidades y deberes, así como “...apelar a la
ciudadanía y a la sociedad organizada a que se movilice y contribuya
(...) a la toma de decisiones...” (J. Garay. 2001), que en nuestro objeto
de estudio se refiere a los trabajadores y cómo deben organizarse y
actuar. Ya en su preámbulo, la Carta Magna dispone la seguridad que
profesará el Estado a los derechos laborales al ubicarlo como uno de
sus fines supremos, “El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus
poderes (...) asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura (...) a la
justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación
alguna...”, además del artículo tres (3). También ésta Constitución
reafirma disposiciones ya recogidas por los cuerpos de leyes especiales
referentes a la legislación laboral.
La Constitución propone un modelo Social de Derecho, en el que
promueve, la diversidad laboral, “si la gente trabaja, tiene ingresos” (A.
Isturiz. Sin fecha), [ergo, si el Estado crea mayores fuentes de trabajo,
habrá mejores condiciones económicas] en la que el Estado se
compromete al fomento de la formación de la medida de aptitud de
participar de los trabajadores, además de la forma de promoción de las
empresas en la intervención de éstos (los trabajadores) como esencias
centrales de una estrategia de productividad. Es de hacer notar que el
modelo laboral esta evidenciado en un excesivo paternalismo y
proteccionismo estatal en el que el Estado, valga la redundancia,
absorbe unas garrafales cargas de obligaciones y garantías hacia los
trabajadores para con las trabajadores de imposible cumplimiento, dada
las condiciones económicas y sociales de las instituciones de la
República.
La prestación de Servicios en Venezuela y su regulación está
enmarcada por el principio de Libertad de trabajo y proteccionista, donde
las relaciones Trabajador-Patrono son intercambio de actividades que
benefician a ambas partes, en la cual, el trabajador recibe la protección
de la ley.
El autor Iturraspa (1998) plantea un modelo para América Latina
propuesta por la Escuela Cepalina quien propuso un modelo de
“Desarrollo Hacia Dentro, basado en la sustitución de importaciones, el
proteccionismo, fuertes barreras arancelarias y el intento de desarrollar
el mercado interno.” (p.11).
Principios constitucionales del Derecho del Trabajo.
La Carta Magna contiene una serie de principios de carácter
laboral de suma importancia para la consecución de sus fines, éstas
claves jurídico-laborales según Pérez Perdomo son: “...normas
permanentes que constituyen las bases del ordenamiento jurídico laboral
y sirven de guías al juez o a los intérpretes de esas disposiciones para
realizar la justicia.”(2002).
Los Principios Constitucionales del Derecho del Trabajo se
encuentran consagrados en su mayoría en el artículo 89 constitucional,
el cual reza:
Artículo 89.- El trabajo es un hecho social y gozará de la
protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las
condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores (...).
Para el cumplimiento de esta obligación del Estado se establecen los
siguientes principios:
1. Ninguna ley podrá establecer disposiciones que alteren la
intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. En
las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o
apariencias.
2. Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción,
acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de estos
derechos. Sólo es posible la transacción y convenimiento al término de
la relación laboral, de conformidad con los requisitos que establezca la
ley.
3. Cuando hubiere duda acerca de la aplicación o concurrencia de varias
normas, o en la interpretación de una determinada norma, se aplicará la
más favorable al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se
aplicará en su integridad.
4. Toda medida o acto del patrono o patrona contrario a esta
constitución es nula y no genera efecto alguno.
5. Se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad,
raza,
sexo o credo o por cualquier otra condición.
6. Se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar
su desarrollo integral. El Estado los protegerá contra cualquier
explotación económica o social.
Estos principios son los siguientes en el mismo orden:
1. Principio de la Intangibilidad y progresividad del derecho.
2. Principio de la irrenunciabilidad de los derechos.
3. Principio de la interpretación más favorable. “in dubio pro operario”.
4. Principio de nulidad de actos inconstitucionales.
5. Principio de la prohibición de la discriminación.
6. Principio de la prohibición del trabajo de los adolescentes.
La carta de la OEA de 1948, en el inciso b) del artículo 29, dentro
del Capítulo “Normas Sociales”; estableció lo siguiente: “El trabajo es un
derecho y un deber social; no será considerado como un artículo de
comercio, reclama respeto para la libertad de asociación y la dignidad de
quien trabaja y ha de efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la
salud y un nivel económico decoroso, tanto en los años de trabajo como
en la vejez o cuando cualquier circunstancia prive al hombre de la
posibilidad de trabajar”.
Es importante destacar que no solo la constitución consagra al
trabajo como un hecho social y que está protegido por el Estado, sino
que también lo hace la Ley Orgánica del Trabajo en su artículo 1.
Además del artículo 89 constitucional, la Carta Magna contiene
otra serie de Principios, que no están expresados de manera tácita como
laborales, sino que de forma implícita como por ejemplo los Principios
relacionados a los Derechos Humanos, los Principios a fines a los
Tratados y Acuerdos que firme la República, entre otros de igual
importancia pero que llevarían todo un trabajo particular el desarrollarlos
y no estarían en tono con la materia que estamos desplegando.
Las funciones de los Principios Constitucionales Laborales: “(...)
Inspiran, Informan, Gestan el contenido del Derecho positivo, están, en
cierto modo, condicionado por este...” (Plá Rodríguez.1990); son el
fundamento del ordenamiento jurídico del derecho del trabajo. Tienen
una función normativa ya que en caso de ausencia de la ley actuarán
como fuente supletoria. Los Principios Laborales, consagrados en la
Constitución y en la Ley, tienen como función orientar al Juez para
impartir Justicia.
Distribución del ingreso en el socialismo
La distribución de la renta es la manera en que se reparten los
recursos materiales fruto de la actividad económica en los distintos
estratos socio-económicos. En general, es independientemente de cómo
se obtengan las rentas, su reparto no es necesariamente igual, pues
existe una desigualdad de ingreso.
El socialismo puede caracterizarse sobre la base de dos criterios
muy generales. Uno de ellos se vincula con la distribución del ingreso. En
el sistema capitalista, cada individuo percibe una remuneración
proporcional a su capacidad. Para el socialismo, en cambio, la totalidad
de los seres humanos deben aportar a la comunidad todo lo que puedan,
en función de su talento; aunque el reparto de la riqueza se lleva a cabo
teniendo en cuenta las necesidades de las personas. También es posible
definir el socialismo en función de la propiedad de los medios de
producción. Las máquinas o la tierra, en el sistema capitalista, pertenecen
a particulares. En los sistemas socialistas, los medios de producción
están en manos de toda la sociedad.
Sin embargo, en la práctica el significado de facto del socialismo ha
ido cambiando con el transcurso del tiempo. La ideología del sistema
moderno del socialismo es tratar de reducir las diferencias económicas
entre clases; para ello los países basados en ideologías socialistas tienen
medidas para redistribuir la riqueza; las personas de clase alta (personas
que poseen más riquezas/dinero que la media) se les requiere pagar
impuestos más altos que a la media de las personas de ese país, con el
fin de distribuir la riqueza en la sociedad y ofrecer o facilitar oportunidades
que individuos de clase baja no podrían tener.
Si es moderado podría traer una mejor distribución de las riquezas
evitando que unas pocas acaparen todos los recursos pero si se convierte
a una forma radical, podría desaparecer toda forma de propiedad y todo
quedaría en manos del estado y de nuevo solo unos cuantos tendrían
todos los recursos.
Salario y Socialismo
El salario es el valor de cambio o precio de la fuerza de trabajo.
Durante el tiempo en que el obrero trabaja para el capitalista produce una
determinada magnitud de valor. Parte de este valor generado por el
obrero se le devuelve en forma de salario. De resto se apropia el
capitalista (plusvalía).
La magnitud del salario está determinada por el valor de los medios
de subsistencia del obrero y de su familia, vale decir por el precio de
aquellos bienes que el obrero y su familia deben consumir para sobrevivir.
El socialismo tiene en la terminología marxista un sentido bien
preciso y además diferente del sentido que otras corrientes de
pensamiento le han dado. El marxismo identifica al socialismo como un
régimen de transición al comunismo.
La doctrina de Marx y Engels acerca del socialismo, conocida
como teoría del socialismo científico, señala que se trata de un régimen
superior al régimen capitalista. En palabras de sus teóricos, "sustituye la
propiedad privada de los medios de producción por la de los medios de
producción por la propiedad colectiva, instaura la dictadura del
proletariado para poder realizar esta tarea y lanza las bases para una
sociedad superior basada en la abundancia, la igualdad social y el pleno
desarrollo del individuo".
El socialismo no elimina las contradicciones de clase sino que crea
las condiciones para eliminarlas. No elimina la dominación estatal, ni las
relaciones de producción asalariadas, ni la división del trabajo entre
trabajadores intelectuales y manuales, sino que echa las bases para su
eliminación posterior en la sociedad comunista.
Los teóricos del marxismo han caracterizado al régimen socialista
como aquel en que a cada uno se pide la entrega de todas sus
capacidades y se lo remunera de acuerdo a su trabajo; esto significa la
conservación de desigualdad de los individuos, determinada para por las
diferencias individuales y de origen social. La sociedad comunista pide a
cada uno de acuerdo a su capacidad y lo remunera de acuerdo con su
necesidad; de esta forma se eliminan los antagonismos sociales que
subsistían en el socialismo.
Forma de remuneración según el trabajo realizado aplicada en el
sector estatal de la economía socialista, remuneración con que se repone
en su valor la parte fundamental de los gastos de trabajo necesario de
quienes laboran en la esfera de la producción material y de quienes
realizan una labor social útil en la esfera no productiva. La necesidad
objetiva de dicha categoría en la economía socialista se halla
condicionada por la acción de la ley de la distribución con arreglo al
trabajo y por el hecho de que, bajo el socialismo, se conservan la
producción mercantil y el dinero, a diferencia de lo que ocurre en el
régimen capitalista, el salario en el régimen socialista no se presenta
como forma transfigurada del valor y del precio de la fuerza de trabajo,
dado que ésta última, bajo el socialismo, no es una mercancía. El salario,
bajo el socialismo, expresa relaciones de producción socialistas y sirve
como medida de trabajo y como medida de consumo. Su magnitud se
halla en dependencia de la cantidad y la calidad del trabajo; caracteriza,
por ende, la aportación laboral de cada trabajador. El perfeccionamiento
del Salario constituye una de las medidas más importantes para utilizar
plenamente el estimulo del interés material, objetivamente inherente al
socialismo. Como medida de consumo, el salario sirve de fuente principal
para satisfacer las necesidades materiales culturales de los obreros y de
los empleados. El Estado socialista fija el nivel de los salarios según un
plan, teniendo en cuenta, en primer lugar, las diferencias entre trabajo
calificado y no calificado, entre trabajo pesado y no pesado. Por otra
parte, regulando el nivel de los salarios se asegura una distribución más
racional de las reservas de mano de obra entre las diversas ramas de la
economía y las regiones económicas del país. Se tienen en cuenta las
múltiples condiciones de la remuneración del trabajo a través de un
sistema de tarifas tomadas como base para la organización del salario. En
la economía socialista existen dos formas principales de salario: por obra
realizada y por tiempo. El salario por obra realizada -salario que depende
de lo que el trabajador elabora- puede ser directo, progresivo con pago de
primas, e indirecto por obra realizada. También existe el salario individual
por obra realizada y el colectivo. Las formas colectivas de salario van
ganando en importancia sin cesar, pues contribuyen a elevar la
productividad del trabajo, a mejorar la calidad de la producción y a formar
en los trabajadores el espíritu del colectivismo, la actitud comunista ante
el trabajo. El salario por tiempo -en este caso el salario depende de la
duración del tiempo de trabajo y de la calificación del trabajador- se
subdivide en salario simple por tiempo y salario por tiempo con pago de
premios. Dado que en la producción se establecen cada día más métodos
de mecanización compleja del trabajo, de producción continua y en
cadena, se va ampliando la esfera en que se aplican salarios por tiempo
(sobre todo con pago de premios). Cuando se planifican los salarios y se
controla cómo se han aplicado, es de enorme trascendencia para la
economía nacional hacer que el incremento de la productividad del trabajo
preceda a la elevación de los salarios, pues esto permite que la
producción social aumente y, en última instancia, que se eleve el
bienestar de los trabajadores. Para la economía nacional de la U.R.S.S.,
la regulación de salarios efectuada con el fin de elevar el salario mínimo y
el de muchas categorías bajas ha sido de gran importancia. Se han
eliminado las diferencias salariales entre los departamentos
administrativos fijando tarifas únicas por ramas de la producción y por
profesiones; se ha regulado la concesión de premios. También en el
período de la amplia edificación del comunismo sigue siendo necesario
perfeccionar los salarios. Durante el período de perspectiva general, el
volumen de los ingresos reales se elevará en más de 3,5 veces por
habitante. Se irá reduciendo sin cesar la diferencia de niveles salariales
entre las categorías de trabajadores de baja remuneración y las de
remuneración elevada. Este hecho, junto con la creciente satisfacción de
las necesidades de los trabajadores a cuenta de los fondos sociales de
consumo, creará las premisas del paso a la distribución según las
necesidades.
En el “socialismo la propiedad de los medios de producción es
monopolizada por el estado y el salario se mantiene con sus
características heredadas del capitalismo.
La idea de que con el uso adecuado del salario se motivará a los
trabajadores a impulsar un incremento consiente de la producción y los
servicios, lo que desarrollaría la economía de nuestro país. Una de las
cosas más importantes a lograr: que el salario cumpla su papel y objetivos
que parte de la situación actual del modelo económico. “El ser humano se
mueve por intereses. En el socialismo son otros los intereses: altruistas,
humanistas, de hermandad, solidaridad, de producir cada vez más y
mejor para el pueblo. Pero cuando el trabajador, así como el
administrador, no pueden resolver sus necesidades esenciales merma la
calidad del trabajo que realizan, disminuye la honestidad, se instala el
compadreo, el robo, crece el desinterés por el cuidado de la propiedad
estatal social, desaparece el tan necesario control y el salario, insuficiente
la mayoría de las veces, deja de cumplir su rol en la solución de las
necesidades cada vez más crecientes del ser humano. Y una de las
cosas más importantes a lograr es, que el salario cumpla su importante
papel y los trabajadores y administradores se consideren entonces
dueños de su propiedad estatal socialista.
Condiciones de Trabajo
La naturaleza social de la jornada de trabajo es determinada por
las relaciones de producción que dominan en la sociedad. La jornada de
trabajo se divide en tiempo de trabajo necesario y tiempo de trabajo
adicional. Bajo el capitalismo, esta división presenta un carácter
antagónico. El capitalista procura aumentar el tiempo de trabajo adicional
para obtener mayor plusvalía. Los términos máximos de duración de la
jornada de trabajo, en el régimen capitalista, dependen de dos tipos de
factores. Por una parte, dependen de los límites físicos en que puede
usarse la fuerza de trabajo, pues el obrero necesita cierto tiempo para el
sueño, el descanso, la comida y la satisfacción de otras necesidades
físicas indispensables. Por otra parte, dependen de exigencias de
carácter social y moral; el obrero necesita tiempo para satisfacer sus
necesidades espirituales y sociales, cuyo nivel y carácter dependen del
estado general de la cultura en un país dado, del grado de desarrollo de la
clase obrera y de la lucha clasista del proletariado. El afán de obtener
mayor plusvalía induce a los capitalistas a prolongar la jornada de trabajo
más esta tendencia choca constantemente con la resistencia de la clase
obrera que procura limitar a una magnitud normal la duración de la
jornada de trabajo. De ahí que en última instancia, la duración de la
jornada de trabajo se halle determinada por la correlación de fuerzas en la
lucha entre los capitalistas y la clase obrera. Sobre la duración real de la
jornada de trabajo, influyen en gran manera el grado de intensidad del
trabajo, la magnitud del paro forzoso, el nivel del salario real, el
movimiento de las fases del ciclo industrial, etc.
Establecido el modo socialista de producción, todo el tiempo de
trabajo de la jornada va en favor de los trabajadores. Bajo el socialismo,
la reducción de la jornada laboral hace más fáciles las condiciones de
trabajo y aumenta el tiempo libre de los trabajadores, con lo que se crean
mejores condiciones para el desarrollo integral del hombre de la sociedad
socialista, para que todos los trabajadores participen en la vida estatal,
económica y cultural del país. La principal condición para que se reduzca
la jornada de trabajo bajo el socialismo estriba en el crecimiento incesante
de la productividad del trabajo social. La jornada laboral se reduce a la
vez que se mantiene ocupada toda la población útil para el trabajo, y ello
se logra introduciendo maquinaria de mayor productividad, mejorando la
tecnología, mecanizando y automatizando los procesos productivos,
perfeccionando la organización de la producción y del trabajo. El
incremento de la productividad del trabajo hace posible que la jornada
laboral sea de menor duración y que aumente el volumen del producto
necesario y adicional. De este modo, en la sociedad socialista, la jornada
de trabajo se reduce a la vez que se eleva el nivel de vida material de los
trabajadores, se aumenta el salario, ante todo el de los trabajadores que
perciben bajas remuneraciones.
Bajo el capitalismo, los medios de producción actúan como capital
constante, como instrumento de explotación de los obreros asalariados.
En el socialismo dejan de ser capital y actúan como fondos de producción
que pertenecen a los trabajadores. Los medios de producción se han
convertido de instrumento de explotación del trabajo asalariado en base
material de la producción, que persigue el objetivo de satisfacer cada vez
más las demandas sociales y personales de los trabajadores organizados
de modo socialista.
Los fondos de producción se diferencian del capital fijo por su
pertenencia (son patrimonio de los propios trabajadores), la fuente de su
desarrollo (no son resultado de la explotación, sino de la actividad
creadora de los trabajadores), el objetivo de su utilización en el proceso
de producción (no el enriquecimiento de unos cuantos, sino la
consecución de los mejores resultados productivos en aras del desarrollo
multilateral de todos los miembros de la sociedad), el modo y las formas
de funcionamiento (no las partes aisladas y opuestas mutuamente de la
producción social, sino los elementos interrelacionados indisolublemente
del único proceso de producción) y por el carácter de desarrollo y empleo
(no espontáneo, sino armónico).
En las condiciones de producción socialista cambió
sustancialmente el papel de los objetos de trabajo, que han dejado de
constituir la base material del capital circulante y se encuentran en giro no
en aras de absorber cantidades cada vez mayores de trabajo no
remunerado, lo que les era propio bajo el capitalismo. Componen la parte
circulante de los modos de producción. El proceso de su movimiento se
subordina, en definitiva, a la ley económica fundamental del socialismo.
Toda la sociedad está interesada ahora en acelerar su circulación y en
utilizarlos más racionalmente. Las posibilidades de la satisfacción de las
demandas de la sociedad son tanto mayores, cuanto menos tiempo ocupa
la circulación de los objetos de trabajo (desde su entrada en la empresa
hasta la obtención de artículos) y cuanto mayor es su utilización.
La ganancia en el socialismo es una parte del ingreso neto que el
Estado destina planificadamente, a través de los precios de venta, a las
empresas en forma de pluses al coste. La ganancia se utiliza para
estimular a los trabajadores y permite a las colectividades laborales
perfeccionar y desarrollar constantemente las empresas. La ganancia es
una importantísima categoría estimulante, destinada a unir en el sentido
económico los intereses de la colectividad laboral con los de la sociedad.
No tiene nada que ver, a excepción de su denominación, con la ganancia
capitalista que es una forma de apropiación de la plusvalía por la clase
burguesa.
La ganancia de la empresa socialista no constituye, ni mucho
menos, una expresión monetaria del plusproducto. Es menor que este
último por la parte que se incluye, en forma de impuesto sobre la
circulación, directamente en el ingreso neto centralizado del Estado. Al
mismo tiempo, la ganancia comprende una parte del producto necesario,
ya que se destina para remunerar adicionalmente el trabajo altamente
productivo y para otras formas del fondo de medios vitales, que necesitan
los miembros de la colectividad laboral. La ganancia no es el objetivo del
socialismo, sino un medio conscientemente utilizado para que las
empresas alcancen un mejor resultado de producción en bien de toda la
sociedad, comprendida la propia colectividad laboral. La ganancia
calculada de la empresa se destina para la creación de los fondos de
estímulo económico (de desarrollo de la producción, de estímulo material,
de medidas socioculturales y de construcción de viviendas), así como
para otros objetivos económicos (financiación de las inversiones
centralizadas, amortización de los créditos bancarios, crecimiento de los
medios circulantes de la empresa, restitución de pérdidas debidas a la
actividad que no crea bienes materiales y formación de la reserva de las
organizaciones superiores).
Papel del Derecho Del Trabajo en el Modo de Producción Socialistas
No es posible concebir al hombre sin asociarlo a alguna actividad
productiva, ni se concebiría el estado actual de desarrollo de la sociedad
si no se tuviera presente el papel que el trabajo ha desempeñado en la
creación de todo el conjunto de bienes de que disfruta la humanidad para
la satisfacción de sus múltiples necesidades. Todo el progreso que puede
admirar la humanidad es fruto del trabajo. Sin la actividad
productiva del hombre seguramente fuera muy distinta la realidad que hoy
se nos ofrece a la vista. Y parte del principio de que el trabajo es la
base del Bienestar Nacional, la fuente principal del Desarrollo y el medio
de la realización material y espiritual de la persona.
El derecho del trabajo se desarrolló a partir de la percepción del
agudo desequilibrio que, en la esfera del poder negocial, caracterizaba -y
aún hoy caracteriza- a la interacción entre los sujetos de la relación de
trabajo y, con mayor precisión, como imperativo de paz social frente a la
explotación de que fue objeto la clase trabajadora, apenas traspasado el
pórtico de la revolución industrial, por virtud del ejercicio de los poderes
exorbitantes que asistían al patrono o empleador en una relación jurídica
regida por la autonomía de la voluntad.
Precisamente, la explotación aludida -y la "cuestión social" que ella
produjo- impulsó la aparición de normas de excepción, frente al derecho
común, llamadas a tutelar al trabajador mediante la fijación de límites
infranqueables al patrono, esto es, contenidos mínimos de la relación de
trabajo, intangibles a la autonomía de la voluntad y contemplados, por
tanto, en normas de derecho público estricto.
La articulación sistemática de las aludidas normas de excepción
condujeron al nacimiento de una nueva disciplina, cuyos principios
rectores emanan de la necesaria protección o tutela que es dado
garantizar al trabajador para impedir así que su menguado poder
negocial, su hipo suficiencia económica, conlleve a la fijación de términos
y condiciones –en su interacción con el empleador- incapaces de
salvaguardar su vida y salud.
De algún modo, al lado del imperativo de justicia que se sugiere,
debe atribuirse el advenimiento del derecho del trabajo, también, a un
cierto ánimo profiláctico de parte de los detentadores del poder político,
esto es, para desestimular la acción coaligada de los trabajadores, a
través de sindicatos o partidos políticos.
Esencialmente concebido como exigibilidad de empleo por unos
(derecho al trabajo), y como regulación de la relación laboral por otros
(derecho del trabajo), su consideración y consagración han sido el
resultado de la organización, la movilización y la manifestación de los
sectores trabajadores en contra de las injustas condiciones que siempre
se han impuesto por el capital en todos los tiempos, desde el momento
que se considera al trabajo como un “pecado”, hasta el momento que se
considera al trabajo, con todas sus garantías, como una pesada carga
para la consecución de una real igualdad y libertad entre todos, en el
mercado de la libre competencia.
Es preciso hacer este reconocimiento por cuanto el conflicto
entre trabajo y capital ha permitido consagrar este derecho como
un derecho internacional, lo que se ha dado en denominarse el derecho
internacional del trabajo y como tal, cuenta con un espacio de
interlocución entre representantes de los Estados, representantes de los
trabajadores y representantes de los patronos o capitalistas, en el que se
definen reglas de juego a tener en cuenta por los Estados para regular en
su interior, la relación entre el capital y el trabajo; además, en cada uno de
los Estados ha dado origen a conjuntos normativos reguladores del
conflicto entre el capital y el trabajo, en medio de las numerosas
regulaciones que protegen al capital.
La disparidad normativa se asienta sobre una desigualdad
originaria entre trabajador y empresario que tiene su fundamento no solo
en la distinta condición económica de ambos sujetos, sino en su
respectiva posición en la propia y especial relación jurídica que los vincula
que es de dependencia o subordinación de uno respecto al otro (...) el
legislador, al regular las relaciones de trabajo, contempla necesariamente
categorías y no individuos concretos y constatando la desigualdad socio-
económica del trabajador respecto al empresario, pretende reducirla
mediante el adecuado establecimiento de medidas igualatorias.
Tributos y Socialismo
En el socialismo se busca principalmente darle participación y
poder al pueblo, mediante la socialización de importantes sectores de la
economía, la cultura, la educación, la salud y las finanzas, tanto públicas
como privadas. En la constitución de la República el sistema tributario lo
rigen los artículos 316 y 317 respectivamente. “El sistema tributario
procurará la justa distribución de las cargas publicas según la capacidad
económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de
progresividad, así como la protección de la economía nacional y la
elevación del nivel de vida de la población; para ello se sustentará en un
sistema eficiente para la recaudación de los tributos” (art 316).
“No podrá cobrarse impuestos, tasas, ni contribuciones que no estén
establecidos en la ley, ni concederse exenciones y rebajas, ni otras
formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por las leyes.
Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio.
No podrán establecerse obligaciones tributarias pagaderas en servicios
personales. La evasión fiscal, sin perjuicio de otras sanciones
establecidas por la ley, podrá ser castigada penalmente.
En el caso de los funcionarios públicos o funcionarias públicas se
establecerá el doble de la pena.
Toda ley tributaria fijará su lapso de entrada en vigencia. En ausencia del
mismo se entenderá fijado en sesenta días continuos. Esta disposición no
limita las facultades extraordinarias que acuerde el Ejecutivo Nacional en
los casos previstos por esta Constitución.
La administración tributaria nacional gozará de autonomía técnica,
funcional y financiera de acuerdo con lo aprobado por la Asamblea
Nacional y su máxima autoridad será designada por el Presidente o
Presidenta de la República, de conformidad con las normas previstas en
la ley”.
El código orgánico tributario constituye una pieza fundamental
dentro del ámbito tributario a nivel estadal, municipal y nacional, con la
intención de regir conjuntamente con normas especiales todos los
parámetros en materia de Impuestos, multas, sanciones, así como
aspectos de administración, procedimientos, fiscalización y penalización
de la materia fiscal; obligando de esta manera a crear en la sociedad
tanto a personas naturales como jurídicas una visión tributaria que genera
mejores condiciones de vida a la sociedad en general con la debida
recaudación del impuesto considerado tributo, que se aplicara
correctamente al beneficio social.
El sistema tributario, no solo es considerado como una herramienta
que permite el ejercicio eficiente del poder tributario por parte del estado,
sino también sirve como instrumento para la correcta aplicación de la
norma jurídica amparado en nuestra carta magna; dando una uniformidad
fiscal que refleja un margen de responsabilidad jurídica tanto para el
estado como para los contribuyentes, creando en el estado una seguridad
jurídica y autonomía en el derecho tributario.
En la actualidad la aplicación de la unidad tributaria a los fines de
recaudación genera beneficios a nivel fiscal de percepción de impuestos.
Toda persona natural o jurídica son acreedores de deberes y
derechos, por lo que generan la posibilidad de tener capacidad jurídica
reuniendo y cumpliendo requisitos exigidos en nuestro código civil
venezolano, como por ejemplo: la mayoría de edad; al establecer la
capacidad jurídica tributaria estaríamos hablando de las capacidades
propias de los sujetos activos del derecho tributario como lo son el sujeto
activo y el sujeto pasivo de la relación tributaria, limitando y exigiendo la
individualidad de las condiciones para cada sujeto conforme a la relación
tributaria.
La visión del Sistema Tributario en el socialismo, “procurará la justa
distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la
contribuyente atendiendo al principio de progresividad, así como a la
protección de la economía nacional, y a la elevación de vida de la
población, y se sustentará para ello en un sistema eficiente para la
recaudación de los tributos” (Art. 316)
Banca y Socialismo
La propuesta entregada recientemente por la Comisión de
Finanzas al Ministro Cabezas y contenida en la ley de Bancos promete
redefinir a partir de este año el papel de las instituciones financieras y la
administración del dinero, dejando a un lado las ganancias brutas que
hasta hace poco obtenían las entidades que operan como intermediarios
financieros.
Ahora los banqueros deben pagar más impuestos. El estado
descarta la nacionalización de la actividad bancaria, pero fomenta la
incorporación de los bancos cooperativos y hace un alto a las operaciones
no controladas del mercado monetario.
La banca tendrá un carácter más social que especulativo, una vez
que se estrene la nueva estructura económica socialista que en estos
momentos estudia la comisión técnica del Ministerio de Finanzas.
Esta ley sólo busca que la economía sea más socialista y que
luche por beneficiar a los más necesitamos, las ganancias tendrán un
sentido más humano que mercantilista”.
Se quiere hacer una banca más al servicio del colectivo, más
preocupada por el usuario, la nueva ley de bancos protegerá más a los
débiles, los banqueros deben entender que el dinero no les pertenece.
La nueva Ley de Bancos se propone incorporar la creación del
denominado Consejo Nacional del Usuario del Sistema Financiero, ente
integrado por un representante de cada una de las asociaciones civiles
sin fines de lucro que representan un mínimo de 300 usuarios del sistema
financiero debidamente inscritos en el INDECU, el cual tendrá como
objetivo, velar por los derechos, no sólo de sus asociados, sino de los
clientes y usuarios del sistema bancario, tendrá atribuciones específicas
como el Consejo Bancario Nacional.
Créditos en el Socialismo
Los créditos son los sistema de relaciones monetarias que el
Estado utiliza para movilizar los recursos en dinero, temporalmente libres,
de las entidades económicas, del presupuesto y de la población, para
aplicarlos de manera planificada sentadas las condiciones de devolución y
plazos de la misma con el fin de asegurar la reproducción socialista
ampliada.
Las fuentes del crédito son: los recursos monetarios temporalmente
libres de las empresas y que se forman en el transcurso del ciclo y de la
rotación de los fondos de producción de las empresas; los recursos
monetarios del Estado acumulados por el superávit anual del presupuesto
y los recursos presupuestarios corrientes disponibles debido a que los
ingresos y los gastos en el presupuesto no coinciden en el tiempo; los
recursos temporalmente libres de la población por haberse acumulado
ahorros del trabajo. Los principios en que se asienta el crédito en el
socialismo son: su carácter planificado, directo y de fines concretos, la
concesión del crédito a plazo fijo y con carácter reintegrable, el de ser
garantizado por valores materiales. Los créditos son concedidos por los
bancos a las empresas estatales y cooperativas en forma de crédito
bancario directo.
El volumen y la orientación de los créditos concedidos a las
empresas socialistas se prevén de antemano en los planes crediticios del
sistema bancario. Los créditos se otorgan directamente a las empresas
del Estado y cooperativas para fines concretos, en consonancia con los
planes de producción y financieros de la entidad. El crédito concedido a
las empresas ha de devolverse al banco en los plazos establecidos, que
se hacen coincidir con los plazos en que los valores materiales y los
recursos monetarios pasan por las diversas fases del ciclo y de la rotación
de los fondos de producción y de los fondos de circulación. Según el
tiempo por el que se conceden los recursos monetarios a las empresas, el
crédito bancario puede ser a corto plazo y a largo plazo. Los créditos a
corto plazo suelen concederse por el tiempo máximo de un año, sobre
todo para completar los medios de rotación. También pueden ser objeto
de créditos a corto plazo las inversiones para restablecer y ampliar los
fondos básicos si tales inversiones revienen rápidamente (reparaciones
fundamentales introducción de nuevas técnicas, racionalización y
mecanización del proceso de producción, organización de la producción
de bienes de amplio consumo).
Los créditos a largo plazo suelen concederse para ampliar o
reponer los fondos básicos. Dichos créditos los reciben sobre todo las
empresas cooperativas. En pequeñas sumas, el crédito se otorga a la
población para cubrir necesidades de consumo. En los países socialistas,
existen también relaciones crediticias en que el Estado aparece como
prestatario de recursos a la población en forma de empréstitos del Estado
y en forma de diversos depósitos monetarios de la población en las cajas
de ahorros y en los bancos. Estos recursos se utilizan en provecho del
pueblo. Por el crédito concedido, los bancos perciben un interés cuyo tipo
fija el Estado.
Finanzas en el Socialismo
Este es el sistema de relaciones económicas por medio de las
cuales se forman y utilizan según un plan los recursos monetarios para
asegurar la reproducción socialista ampliada y para satisfacer las
necesidades sociales de los miembros de la sociedad. Bajo el socialismo,
las finanzas afectan a la utilización del dinero y de las relaciones
monetario-mercantiles en la actividad económico-financiera de las
empresas en el proceso de la formación y utilización del producto social
global y de una parte considerable de éste, constituida por la renta
nacional, así como en el proceso en que, por medio del rublo, se
controlan los planes económico-financieros y se establece un régimen de
economías. Por su contenido material las finanzas son el conjunto de los
fondos centralizados compuestos por los recursos monetarios,
directamente concentrables en manos del Estado y los fondos de
recursos monetarios descentralizados, que están a disposición de
diversas empresas y organizaciones bajo el régimen del cálculo
económico.
Las finanzas estatales generales se hallan directamente vinculadas
a la actividad económica del Estado socialista en lo que concierne a
organizar la producción social, dirigir la economía y la cultura elevar el
nivel de vida del pueblo, controlar la medida del trabajo y la medida del
consumo, consolidar la capacidad defensiva del país y desarrollar las
relaciones de colaboración y ayuda mutua entre todos los países del
sistema mundial del socialismo. La función decisiva para crear
acumulaciones monetarias en el país y para constituir el fondo de
recursos monetarios pertenecientes a todo el pueblo, corresponde a las
empresas del Estado.
Los principios fundamentales para la organización de las finanzas
en las empresas socialistas son: planificación, enlace con el cálculo
económico de las empresas, estímulo para obtener elevados índices de
producción, delimitación de los recursos fijos y los circulantes y de las
fuentes de su correspondiente financiación, formación de reservas
financieras. Los métodos financieros y las formas principales para
distribuir y redistribuir la renta nacional, son: el impuesto sobre la
circulación, la ganancia, las asignaciones para seguros sociales, la
financiación de las inversiones básicas y de los medios rotativos, la
constitución de los fondos sociales de consumo y de otros fondos.
CONCLUSIÓN
Luego del análisis y estudio del tema podemos concluir que el
trabajo en socialismo deja de ser una frustración para convertirse, por una
parte, en una expansión de las facultadas creativas del hombre y, por otra
parte en un enriquecimiento del ámbito en que se desarrolla su vida.
Así mismo bajo el socialismo, todo trabajo orientado hacia la
creación de bienes materiales y, por ende, del producto necesario y del
plusproducto es trabajo productivo.
El dominio de la propiedad socialista pone fin a la explotación del
hombre por el hombre, lo libera de todas las formas de opresión y de
todos los tiros de dependencia social, ofrece amplias posibilidades para el
desarrollo planificado y sin obstáculos de la producción social, para el
incremento incesante de la productividad del trabajo social, para elevar el
bienestar del pueblo y para el libre desenvolvimiento de la personalidad
de cada trabajador.
Las Relaciones Laborales en la República, se encuentran
consagradas en nuestra Constitución en la cual se establece novísimas
iniciativas en el campo de los derechos sociales, tanto así que incluso le
da rango constitucional a diferentes aspectos afines con las relaciones
laborales que eran de rango legal. Reconoce, que la protección del
Trabajo es fundamental para el buen desarrollo de la República.
El socialismo puede caracterizarse sobre la base de dos criterios
muy generales. Uno de ellos se vincula con la distribución del ingreso. En
el sistema capitalista, cada individuo percibe una remuneración
proporcional a su capacidad. Para el socialismo, en cambio, la totalidad
de los seres humanos deben aportar a la comunidad todo lo que puedan,
en función de su talento; aunque el reparto de la riqueza se lleva a cabo
teniendo en cuenta las necesidades de las personas.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFIA
BREWER-CARÍAS, Allan. La Constitución de 1999. Editorial Arte. Caracas, 2.000.
BRICEÑO A., Claudia y NÚÑEZ M., Ana Cristina. Aspectos Económicos
de la Nueva Constitución en COLECTIVO DE AUTORES DEL
ESCRITORIO TINOCO, TRAVIESO, PLANCHART Y NÚÑEZ.
Comentarios a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Caracas, TINOCO, TRAVIESO, PLANCHART Y NÚÑEZ. 2000, pp.177 a
199
CLIMENT B.,Juan B. La Modernidad Laboral. México, Esfinge, 2.000.
pp.76-104.COMBILLAS, Ricardo. Derecho Constitucional. Caracas. Mc.
Graw Hill.2001. P.p 1a 24.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (2001). Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 5453, Marzo 24, 2000.
ESPINOZA P., Antonio. Los Derechos Laborales Regulados por la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas.
Editorial Buchivacoa, 2000.
ISTURIZ, Aristóbulo. EL Nuevo modelo Político-económico y el proceso
constituyente en MAIGNON, Thais (Coord) La Cuestión social en
Venezuela. Caracas. CENDES. 2000. Pp. 1 a 13.ITURRASPE O.,
Francisco. Globalización, Integración, cláusulas Sociales y Relaciones
Laborales
ITURRASPE, Francisco y FISCHBACH, Noemí (Coord).Globalización,
Integración, Dumping Social y Cláusulas Sociales. Caracas, UCV,
1998.Pp. VII a XIV.
JAIME, Héctor. Normas Fundamentales en: HERNÁNDEZ., Oscar
(coord) Comentarios a la Ley Orgánica del Trabajo. 2 Ed. Barquisimeto.
Topografía y Litografía Horizonte.
MARTÍNEZ ANDRADE, Don. Tendencias Actuales de le Economía Esp.
en Gestión Administrativa.(Entrevista. Mérida 11 de Marzo de 2003)
Marxismo, diccionario. De "Almanaque 1971", Santiago de ChileDiccionario de economía política de Borísov, Zhamin y Makárova
PALOMEQUE L., Manuel Carlos. Los Cuatro Debates Actuales del
Derecho del Trabajó en MORAD D., Omar
PERDOMO, Juan R. Y Valbuena C., Alfonso (Coord) Congreso
Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Serie
Eventos N° 7. Caracas, República Bolivariana de Venezuela, Tribunal
Supremo de Justicia, 2002. P.23 – 45.
PÉREZ PERDOMO, Juan R. Principios Constitucionales del Derecho del
Trabajo en MORA DÍAZ, Omar; Perdomo, Juan R; VALBUENA C.,
Alfonso y otros (Cord). Congreso Internacional de Derecho del Trabajo y
de la Seguridad Social. Caracas, Tribunal Supremo de Justicia.
PLA RODRÍGUEZ, Américo. Los Principios del Derecho del Trabajo. 2
Ed. Actualizada. Buenos Aires, De Palma, 1.990. Pp 5 a 22.
Diccionario de economía política de Borísov, Zhamin y Makárova