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Date post: 08-May-2020
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UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA Facultad de Educación y Humanidades Departamento de Ciencias Sociales Pedagogía en Historia, Geografía y Educación Cívica ¿TRADICIÓN O MODERNIZACIÓN? RELACIONES LABORALES Y SALARIALES EN LA ARAUCANÍA 1940 – 1960 Tesis para optar al Título Profesional de Profesor de Estado en Historia, Geografía y Educación Cívica y al Grado Académico de Licenciado en Educación. Alumna Tesista: Srta. Carolina González Sierra Profesor Patrocinante: Sr. Jorge Pinto Rodríguez Profesor Co- patrocinante: Sr. Iván Inostroza Córdova Profesor Informante: Sr. Justo Ugarte Jajam Temuco, Diciembre del 2009
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UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA

Facultad de Educación y Humanidades

Departamento de Ciencias Sociales

Pedagogía en Historia, Geografía y Educación Cívica

¿TRADICIÓN O MODERNIZACIÓN? RELACIONES LABORALES Y

SALARIALES EN LA ARAUCANÍA 1940 – 1960

Tesis para optar al Título Profesional

de Profesor de Estado en Historia,

Geografía y Educación Cívica y al

Grado Académico de Licenciado en

Educación.

Alumna Tesista: Srta. Carolina González Sierra

Profesor Patrocinante: Sr. Jorge Pinto Rodríguez

Profesor Co- patrocinante: Sr. Iván Inostroza Córdova

Profesor Informante: Sr. Justo Ugarte Jajam

Temuco, Diciembre del 2009

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Tesis elaborada bajo el marco del proyecto FONDECYT nº 1095052, denominado:

“Empresarios de la Araucanía 1900 - 1960”, Universidad de la Frontera,

Departamento de Ciencias Sociales, dirigido por el profesor Dr. Jorge Pinto

Rodríguez.

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Te abrirá el Señor su tesoro,

el cielo,

para enviar la lluvia

a tú tierra

en su tiempo,

y para bendecir

toda obra de tus manos.

Deuteronomio 28:12

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AGRADECIMIENTOS

Al Padre, que con su misericordia y gran amor ha posado su rostro sobre mi

corazón, me ha sostenido con su mano divina y ha derramado su maravilloso

espíritu. Jamás pensé todo lo que me amabas, lo que tenías preparado para mí,

un camino con escollos, pero por sobre todo bendecido de amor. Sin ti nada de lo

que hice ni lo que haré tendría sentido, y nunca logrado, es que desde el día que

decidí que tú moraras en mí, por tu gracia, he alcanzado la victoria. Porque me

has dado las fuerzas, me has guardado, has dado aliento a mis padres, porque

has puesto ángeles?Gracias Señor.

A mis padres: mi mamita Lila, y mi papito Cochepe, que con su inmenso

amor, esfuerzo y apoyo incondicional me han dado la oportunidad de

desarrollarme en lo que yo más quería, siempre estimulando mis gustos, por

darme esos enormes y apretados besos y abrazos, y gastar sus pesitos que con el

sudor de su frente ganaban trabajando. Los amo. A mi hermanita Cony, la que

siempre soñé y esperé que llegara, para que fuésemos una familia feliz, y lo

somos. Gracias por tú ayuda corazoncito de mi alma, por tus mañitas, tus risas y

tu buen corazón.

Mis abuelitos, mi abuelita Tere y abuelito Emiliano, que el Señor hasta aquí

me los tiene con vida para disfrutarlos. Gracias por sus oraciones, por su

maravilloso amor, sus regaloneos y por ser parte de su casa. A mi abuelita Tila,

por consentirme y quererme siempre, y a mi tata Exe, que a pesar de los pocos

años que hemos estado juntos, siento que es parte mío desde toda la vida. A mis

tíos, la Ginita, la Isildi y mi tío Nano, y sus respectivos cónyuges, más regalos que

el Señor me ha dado, les doy gracias por sus oraciones, por preguntar por mí

siempre, y por el Internet de la tía Gina. Jamás me han cerrado una puerta, que

sus almas siempre estén dispuestas a servir al Señor. En este sentido los

agradecimientos también a mi tía Nadia, porque igualmente ha sido importante por

el afecto, ánimo y ayuda que me ha brindado, a la tía Pilito, porque siempre las

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puertas de su casa estuvieron abiertas, a la tía Mary Fuentes por las flores, y la

tía Flor que desde la distancia me apoya. A mis primos que los amo, por su

presencia en este proceso de alguna u otra manera: Yuvi, Alejandra, Huguito,

Patito, Yessi, Vane, al Alejandro, la Cami, el Oscarín, el Luigi, la Catucha, la Chio

y la Cote. A Rolando, a la Renna, a Maxi, y a la Belencita, por ser mis

experimentos y alegrarme más la vida, con sus pequeñas risas.

A mis grandes amigos, Marly, una gran bendición, la Fanny, amiga del

alma, Mariana, hermosa personita, la Maritza, por siempre escucharme, a mi

amigo David, por ser mi compañero de peripecias académicas, muchas gracias

por aguantar a esta perfeccionista, y al Claudio. Compañeros de Carrera: la Danny

Muñoz, Shultz, Rocol, la Carlala, la Jenia, la Astrid, Joselyn, los Joeles, Fernando,

Andrés, Leito, y de otros niveles, la Dami, la Yesi, la Eve, Miguel, Danny, Gabo,

Pía Parada, Sol, Graciela, Camila y Francisca, y tantas otras hermosas personas

que conocí. A todos mis coralistas, en especial a Juampi, Tebi, Dino y la Uchi. A

cada uno de los profesores porque con sus conocimientos han enriquecido

enormemente mi vida académica, y me han dado la oportunidad de experimentar

en congresos y organizaciones. Profesores: Alan Garín, Raquel Lara, Pedro Riffo,

Gustavo Navarrete, Pablo Martínez, Daniela Cartes, Jessica González, Elisa

Pérez, Flor Marina, Margarita Herrera, Jorge Hernández, Justo Ugarte, Roberto

Araya, Jaime Flores, por tener siempre sus puertas abiertas y estar dispuestos a

contestar mis dudas, cada uno de sus materias, un pedacito de su labor está aquí

en la tesis. En especial al Profesor Jorge Pinto que me apoyó en mi tema, y por

sobre todo al profesor Iván, y su señora Susana, maravillosas personas, que han

abierto las puertas de su corazón a mi amistad, por guiarme y preocuparse

siempre de mí? Muchas gracias. A mi gente del archivo, la señora Maudita, don

Roberto, don Héctor, la señora Blanquita y don Rómulo, por su amistad de este

año, por conversar de lo humano y lo divino y su enorme ayuda y cariño. Sé que

debo agradecer a más personas, pero las hojas se acaban, más no mis oraciones

y las bendiciones que Cristo tiene para ustedes, por ayudarme y acogerme en esta

etapa de mi vida, que ha culminado con éxito.

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ÍNDICE GENERAL

Páginas

CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN

I.1. Planteamiento del problema

I.2. Delimitación del problema

I.3. Pregunta de investigación

I.4. Objetivos

I.5. Hipótesis

I.6. Justificación del problema

I.7. Metodología

I.8. Área de estudio

CAPÍTULO II. MARCO TEÓRICO

II.1. Teoría de las relaciones laborales

II.2. Teoría de las relaciones salariales

II.3. Teoría del conflicto y de la concertación social

CAPÍTULO III. MARCO CONTEXTUAL

III.1. La vía chilena hacia la modernización: el Estado y

génesis de las leyes laborales

III.2. Las leyes laborales en Chile a partir de 1924

III.3. Panorama general de la Región de la Araucanía

CAPÍTULO IV. AL ALERO DE LAS FUENTES, ANÁLISIS DE LOS

EXPEDIENTES JUDICIALES DEL TRIBUNAL DEL TRABAJO DE

NUEVA IMPERIAL Y TEMUCO, Y LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO

EN LAS RELACIONES LABORALES Y SALARIALES 1940 – 1960.

IV.1. El Tribunal del Trabajo

IV.2. Análisis de las fuentes

IV.2.1.Evolución de los casos judiciales

IV.2.2.Distribución de las fechas de las demandas

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IV.2.3. Profesión de los demandantes y demandados, y el rol

de los empleadores y trabajadores en las demandas

IV.2.4. Materias en conflicto

� Accidentes de trabajo

� Caducidad de contrato

� Cobro de salarios

� Cobro de desahucio

� Cobro de comisiones

� Denuncias de infracción

� Nombramiento de curador

� Imposiciones

� Indemnizaciones

� Cobro de diferencia de salario

� Cobro de siembra

� Tercería de dominio

IV.2.5. Sector Geográfico

IV.2.6. Actividad económica

IV.2.7. Contrato de trabajo

IV.2.8. Resultados de los juicios

IV.2.9. Régimen de salario

IV.2.10. Forma de salario

CAPÍTULO V. LA SINDICALIZACIÓN URBANA

V.1. Panorama y génesis de los sindicatos bajo el contexto

de reestructuración capitalista en Chile, mediados del

siglo XX (Industrialización por Sustitución de Importaciones).

V.2. Las condiciones industriales en la Araucanía y formación de

sindicatos. Algunas luces de las fuentes a partir de

los expedientes del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva

Imperial 1940 – 1960.

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CAPÍTULO VI. RELACIONES LABORALES Y SALARIALES EN EL

ÁREA RURAL

VI.1. La sindicalización campesina

VI.2. Los inquilinos – medieros y obreros – agrícolas

CAPÍTULO VII. RELACIONES LABORALES Y SALARIALES EN

TRABAJOS ESPECIALES: MAPUCHES, MUJERES Y NIÑOS.

CAPÍTULO VIII. PROPUESTA PEDAGÓGICA. LO QUE FALTA POR

HACER. LA INSERCIÓN DE LA TEMÁTICA DE LAS RELACIONES

LABORALES EN LOS PLANES Y PROGRAMAS FORMALES DE LA

EDUCACIÓN CHILENA.

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA

ANEXOS

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ÍNDICE DE TABLAS, GRÁFICOS, ILUSTRACIONES Y FOTOGRAFÍAS

TABLAS Páginas

1. Modelo de ficha

2. Sueldo vital y costo de la vida, 1940 – 1954, en porcentaje

3. Imposiciones de los trabajadores, según rubro del trabajo, en %

según remuneración

4. Distribución de las unidades de conservación del Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

5. Distribución de las unidades de conservación del Tribunal del Trabajo

de Temuco 1940 - 1960

6. Evolución de expedientes del Tribunal de Nueva Imperial 1943 -1960

7. Total de expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de Nueva

Imperial de 1944 – 1960, según los meses del año

8. Profesiones de los demandantes en el Tribunal del Trabajo de

Nueva Imperial 1943 - 1960

9. Rol de los demandantes y cantidad de casos, en el Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial, 1943 – 1960

10. Profesión, oficio, u ocupación de los demandados del Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960, y cantidad de casos

11. Cuadro de los roles de demandados en el Tribunal del Trabajo de

Nueva Imperial, 1943 – 1960 y cantidad de casos

12. Nombre de los demandados y demandantes que más demandan y

son demandados del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 –

1960, del área rural

13. Nombre de los demandados y demandantes que más demandan y

son demandado del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 –

1960, del área urbana

14. Profesión, oficio de los demandantes del Tribunal del Trabajo

de Temuco 1940 – 1960 y número de casos

15. Distribución de los roles de los demandantes, y casos del Tribunal

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del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

16. Profesión, ocupación, u oficio de los demandados del Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 – 1960, y número de casos

17. Rol y número de casos de los demandados en el Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 – 1960

18. Materias y número de casos en conflicto en el Tribunal del Trabajo

de Nueva Imperial 1943 – 1960

19. Materia y número de casos en conflicto en el Tribunal del Trabajo

de Temuco 1940 – 1960

20. Propuesta de seguro, según ocupación y sueldo de trabajador rural,

de un empleador en diciembre de 1951

21. Resumen de pagos a Juan Narváez

22. Cantidad de expedientes judiciales, según el Tribunal del Trabajo

de Nueva Imperial 1943 - 1960

23. Cantidad de expedientes judiciales, según área geográfica, en el

Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

24. Actividades económicas en las demandas, en el Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943, según sector geográfico y número de

casos

25. Resumen de pago a Andrés Gálvez

26. Nómina de obreros y sus salarios en un aserradero, año 1954

27. Actividades económicas más demandadas, en el Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 - 1960

28. Presencia de contratos, cantidad según Tribunal, 1940 - 1960

29. Contratos, según la situación geográfica y el Tribunal. 1940 - 1960

30. Situación de término de las causas, cantidad, según Tribunal y

sector geográfico

31. Régimen de trabajo, según tribunal y área geográfica

32. Formas de pagar los salarios en el Tribunal del Trabajo de Nueva

Imperial 1943 - 1960

33. Tabla de formas de pagar los salarios en el Tribunal del Trabajo de

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Temuco 1940- 1960

34. Producción de las industrias de Cautín, por rubro y porcentaje de

participación en las ganancias, en 1954

35. Capitales, obreros y establecimientos industriales, en 1949 a 1954,

en la Provincia de Cautín

36. Planilla de reajustes de salarios de los obreros, del sindicato

molinero de Valck hermanos, de Carahue, en 1951

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ILUSTRACIONES Páginas

1. Mapa de la Región de la Araucanía

2. Configuración de demandantes y demandados, y principales figuras

legales

3. Modelo de relaciones laborales y salariales, del campo chileno, en el

siglo XX

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GRÁFICOS Páginas

1. Evolución de casos del Tribunal del Trabajo de Imperial 1943 – 1960

2. Total de casos de los años 1944 a 1960, distribuidos en meses

3. Profesión, oficio u ocupación de los demandantes del Tribunal del

Trabajo de Imperial de 1943 – 1960

4. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los demandantes

del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

5. Profesión, oficio u ocupación de los demandados del Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

6. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los

demandados, según el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 -

1960

7. Profesión, ocupación u oficio de los demandantes del Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 – 1960

8. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los demandantes

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del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

9. Profesión, oficio u ocupación de los demandados del Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 – 1960

10. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los

demandados del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

11. Número de expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de

Nueva Imperial, según materia de conflicto

12. Número de expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de

Temuco, según materia de conflicto

13. Expedientes judiciales según sector geográfico en el Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

14. Expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de Temuco según

área geográfica 1940 - 1960

15. Actividades económicas más demandas en el Tribunal del Trabajo

de Nueva Imperial 1943 – 1960

16. Actividades económicas de las relaciones laborales, más

demandadas en el Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

17. Distribución de la presencia de contratos de trabajos en las

relaciones laborales de los Tribunales del Trabajo de Temuco y Nueva

Imperial, 1940 - 1960

18. Distribución de la presencia de los contratos de trabajos en las

relaciones laborales de Temuco y Nueva Imperial, según ubicación

geográfica. 1940 – 1960

19. Resultado de término de las causas, según Tribunal y área

geográfica

20. Régimen del trabajo por Tribunal y situación geográfica

21. Porcentaje del régimen de trabajo según Tribunal

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FOTOGRAFÍAS Páginas

1. Modelo de expediente judicial

2. Carnet profesional de periodista de Adolfo Pineda, de 1953

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CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN

El trabajo, en su definición más empírica, se constituye como una acción de

producir algún bien o servicio, donde a cambio se podría recibir un salario, o

remuneración. Sin embargo su trasfondo es más complejo aun. En primer lugar es

necesario que haya una persona dispuesta ha trabajar, al que se le llamará

trabajador, y alguien que contrate, que será el patrón, y la respectiva interacción

entre ellos. Es lo que se llama relación laboral.

Incluye la interacción con otros, la construcción de una identidad,

conflictos, concertaciones y organizaciones, envolviendo a la sociedad toda,

incluso al Estado y sus leyes. En su estudio, es posible distinguir el devenir

histórico de su desenvolvimiento en la sociedad, estudiar los actores que la

componen, sus relaciones y desavenencias, como mecanismos de interacción y

cambio social.

Lo que este estudio pretende es mostrar como se presentaban las

relaciones laborales y salariales en la Araucanía, entre 1940 – 1960, y ver si éstas

son modernas o tradicionales, dependiendo del grado de inserción de las leyes

laborales impartidas por el Estado chileno en la relación, al alero de los

expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial.

Los capítulos se organizan de acuerdo a las necesidades de estudio. Se

comienza con una introducción donde se dan los planteamientos y lineamientos

generales del problema, luego el marco teórico entregando ciertas explicaciones a

los procesos que se evidencian a lo largo de este trabajo, un marco contextual,

que da cuenta acerca de la situación histórica, social, económica y política de la

época, a nivel nacional y regional. Además se analizan las fuentes con todas las

variables que implican: presencia de contratos, tipos de conflictos, entre otros,

mostrados desde diferentes perspectivas. Asimismo se realiza un apartado

interpretando algunas fuentes, tocando tópicos, tales como la sindicalización

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urbana, las relaciones laborales y salariales en el área rural, y de los trabajos

especiales, entre ellos está el de la mujer, el indígena e infantil, llegando a las

conclusiones, la propuesta pedagógica que aborda la importancia del estudio de

las relaciones laborales y su inserción en los Planes y Programas del Ministerio de

Educación, y anexos, que servirán para esclarecer el panorama laboral que se

presentaba.

La metodología empleada es básicamente la revisión cuantitativa y

cualitativa de la fuente histórica, en este caso de los expedientes judiciales de

Temuco y Nueva Imperial entre 1940 – 1960, a partir de cuadros, gráficos, y

algunas ilustraciones, para dar paso a la interpretación de lo que ellos entregan.

A continuación se tratará de mostrar como evolucionaron las relaciones

laborales y salariales en la Araucanía entre 1940 – 1960, y sí éstas se tornaron

tradicionales o modernizadoras, constituyendo un aporte más para el estudio de

esta fronteriza región.

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I.1. Planteamiento del problema: En los años 1940 – 1960 se vive un proceso

creciente donde el Estado benefactor actuó como regulador de las relaciones

entre el capital y el trabajo, introduciendo aspectos modernizadores, como fueron

las leyes laborales, que comenzaron a ser elaboradas más sistemáticamente en

1924, para luego formar parte en 1931 del Código del Trabajo -entre otras

medidas- bajo un contexto de producción capitalista. Estas relaciones laborales

“modernas” se pueden distinguir en las formas de contratación de la mano de obra

y su inserción en las unidades de producciones, los tipos de pago por el empleo

efectuado (salario), modos de organización de los trabajadores y agentes

estatales que crearon mecanismos de reclamación, tales como el Tribunal del

Trabajo (1928), la Inspección del Trabajo (1927), entre otras.

Sin embargo, este proceso no es homogéneo. Existen formas de relaciones

laborales y salariales que aun persisten y son tradicionales, como por ejemplo: la

mediería o el inquilinaje o maneras de pago en especies, en vez de dinero, que se

pueden reconocer en las fuentes: los expedientes judiciales del Tribunal del

Trabajo de Temuco y Nueva Imperial, desde los años 1940 a 1960. Son pues, una

característica del trabajo en la Araucanía, que fue ejercido distintamente, tanto en

el ámbito rural, como urbano.

I.2. Delimitación del problema: Esta investigación tratará de ver qué tipo de

relaciones laborales y salariales se dan en la Araucanía, entre 1940 – 1960,

distinguiendo si el trabajo realizado es en el ámbito rural o urbano, y si tienen un

aspecto tradicional o modernizador en la interacción entre el trabajador y el patrón,

a la luz de las fuentes de Archivo del Tribunal del Trabajo, utilizándolas

cualitativamente, porque permiten conocer las realidades específicas y

particulares de cómo se configura y organiza la sociedad, lo que le da connotación

histórica al estudio.

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I.3. Pregunta de investigación: ¿Las relaciones laborales y salariales en la

Araucanía, entre 1940 – 1960 poseen una tendencia hacia la modernización o, a

lo tradicional?

I.4. Objetivos:

- General

• Comprender los aspectos modernizadores y tradicionales de las relaciones

laborales y salariales en la Araucanía, entre 1940 – 1960.

- Específicos

• Distinguir los tipos de relaciones laborales y salariales en la Araucanía entre

1940 – 1960, que se dan en el ámbito rural y urbano, detectando en cuáles

predomina la modernización o la tradición.

• Definir cuáles son los aspectos modernizadores impulsados por parte del

Estado en la época.

I.5. Hipótesis: Entre los años 1940 – 1960, las relaciones laborales y salariales

tenían un doble carácter, tanto moderno como tradicional.

I.6. Justificación del Problema: La historiografía chilena ha incursionado según

mi criterio en la historia de los trabajadores, bajo el escenario del desarrollo

económico capitalista. Destacadas son las obras de Hernán Ramírez Necochea,

Julio César Jobet, Marcelo Segall, José Barría y Luís Vitalle, aun cuando la

historiografía más conservadora, también desarrolló trabajos con respecto a los

trabajadores. Por lo tanto los estudios históricos acerca del trabajo, como una

actividad socioeconómico, que involucra variados actores, tales como el

empresario, el empleado, el peón, la empleada doméstica, el Estado, etc. han

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pasado a un segundo plano, teniendo como resultado, falta de investigaciones.

Por otra parte la Araucanía, en sí, es una fuente rica para ser estudiada, ya que

debido a las particularidades históricas que en ella se dan, es posible desplegar

variadas temáticas, bajo el marco de una sociedad fronteriza y tardíamente

incorporada al Estado chileno. Asimismo es primordial plasmar el interés personal

que despierta en mí el estudio, emerge de la pregunta acerca de mis antepasados

en la Frontera, y de sus trabajos como fuentes de construcción de sociabilidad y

tradiciones familiares. Cabe mencionar, que el estudio se desarrolla bajo las

sugerencias del profesor Iván Inostroza, con el que tras largas conversaciones

hemos concertado abordar las relaciones laborales y salariales en la Araucanía.

I.7. Metodología: La metodología empleada es primordialmente bajo la base de

la revisión cualitativa y cuantitativa de los expedientes de los Tribunal del Trabajo

de Nueva Imperial y el Tribunal del Trabajo de Temuco de 1940 a 1960, como

fuentes primarias.

Los Tribunales del Trabajo fueron creados a partir de 1928 en todo el país,

bajo el marco de una serie de leyes sociales impulsadas por los gobiernos de

turno, Arturo Alessandri y Carlos Ibáñez del Campo, por la necesidad de aplacar

los movimientos sociales, que habían agitado vertiginosamente la época. En una

sociedad en cambio, con fuerte migraciones campo – ciudad y transformaciones

en lo económico por el sistema imperante, habían trastocando de forma

importante la sociedad y el panorama del trabajo, debiendo crear una nueva

manera de disciplinamiento que permitiera solucionar los problemas, no por la vía

de la violencia - al menos no tendría que ser la primera opción - construyendo una

forma de resolución de conflicto individual, que bajo las leyes sociales y el Tribunal

del Trabajo entre otras medidas, trataron de enmarcar la sociedad de la época.

Los Tribunales del Trabajo fueron constituidos en los principales

departamentos de la región de la Araucanía, presentándose en Angol, Nueva

Imperial y Temuco, los que dan cuenta de las relaciones laborales existentes en

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estos espacios, y por supuesto sus conflictos, trasluciendo una realidad

heterogénea: relaciones desarrolladas en el marco de la ley, modernas, mientras

que otras bajo la tradición, consuetudinarias, dándose a conocer un escenario

diferente, tanto en el ámbito urbano, como en el rural.

El procedimiento de entablar una demanda, podría efectuarse por

intermedio de la Inspección del Trabajo, que de no ser resueltas los conflictos

laborales pasaban directamente al Tribunal del Trabajo - según fuese los lugares

de residencia de los demandantes, del lugar más cercano para demandar o

espacio donde se realizó el trabajo. Otra de las alternativas es que las denuncias

fueran hechas directamente al Juzgado. Luego se procedía a configurar la materia

del conflicto, se presentaban pruebas: testimoniales, contratos de trabajo, diarios,

finiquitos, certificados, etc. que comprobaran los hechos. Posteriormente según las

leyes laborales y con la autoridad de un juez del trabajo se procedía a dictaminar

la sentencia.

Quienes demandaban o podrían ser demandados, eran los patrones,

trabajadores o instituciones del Estado. Los empleados exigían a sus patrones

cobro de sueldos, condiciones de trabajo, pago de seguro, entre otros. Mientras

que los patrones demandaban a sus trabajadores para que éstos pudieran cumplir

con los contratos; y el Estado demandaba a los empleadores para exigirles un

trato adecuado y digno a su personal.

Dentro de las figuras legales más recurrentes, que a lo largo de la

investigación se desarrollará con más profundidad, son:

• Cobro de salarios: también aparece en los expedientes como cobro de

sueldos o de pesos, por el trabajo efectuado. Es la figura legal más

recurrente.

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• Cobro de desahucio: dinero que debiese pagar al trabajador cuando es

despedido sin aviso previo o causa justificada, aparente.

• Cobro de asignaciones familiares, gratificaciones, regalías, feriados,

etc.: Figura legal poco común en las causas revisadas, sin embrago

apuntan al cobro de las cargas familiares y otras regalías, según sueldo y

cargo del trabajador.

• Accidentes de trabajo: esta figura legal aduce el pago de indemnizaciones

parciales o de por vida por accidente laboral, cobro de seguros en caso de

muerte del trabajador, para su familia, por accidentes laborales. Figura legal

asociada es el nombramiento de curador, procedimiento en el cual se elige

a la persona más cercana de la familia para recibir los cobros de seguro.

• Caducidad de contrato: figura legal utilizada por el patrón, o empleador,

que por diversas causas, principalmente la negativa de trabajo por parte del

empleado, para terminar con el contrato de trabajo y desligar de la actividad

al trabajador. Se presenta generalmente cuando un inquilino ocupa una

puebla o una casa del patrón, y por intermedio de este medio debe ser

expulsado, o también es utilizado por parte del empleador, cuando éste

quiere enajenar de la labor a un empleado que está suscrito a un cargo en

los sindicatos, o que ha realizado mal su trabajo.

• Incumplimientos de contrato: utilizada tanto por el empleador como por

los empleados1, para exigir que se cumplan los términos iniciales del

contrato, ya fuese éste escrito o verbal.

1 Si bien la ley del Código Laboral es explícito en la separación de los actores: obrero y empleado

particular, para efectos de explicación, sólo en esta primera parte, se utilizará la palabra empleado,

como sinónimo de la palabra obrero, trabajador, etc.

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• Tercería de dominio: estrategia utilizada por parte de empleadores,

quienes traspasan sus bienes a otras personas, siendo susceptibles de

embargo por el Tribunal del Trabajo, pero por estar en nombre de otras,

entablan un juicio en contra de las personas afectadas para devolverles los

bienes. Es una figura legal poco común.

• Infracción al código del trabajo: figura legal empleado por organismos

estatales, tales como la Inspección del Trabajo, la Caja de Seguro Obrero,

la Caja de Accidentes, la Caja de Empleados Particulares, Caja de Ahorros,

exigiendo al empleador, tras previa inspección o investigación de estos

organismos, acerca de las condiciones laborales de los trabajadores, por lo

que exigen que esta situación se revierta, junto con el pago de multas, que

van en directo beneficio fiscal.

• Cobro de imposiciones: exigencia hecha tanto por los trabajadores, como

por los organismos estatales, para dar cumplimientos al pago de las

imposiciones, las que deben ser proporcionales a los sueldos de éstos y a

cargos desempeñados.

• Restitución de empleo: exigencia de los trabajadores que desean que su

puesto de trabajado sea restituido, como en los términos iniciales, o bien

según la voluntad del empleador, que por causas de enfermedades o

despidos, según éstos, son injustificados.

• Cobro de siembras: figura legal recurrente en los trabajos que se dan en

el campo, y que es equivalente al cobro de salarios, ya que el producto de

su trabajo es el pago de sus salarios: mediería.

Como se ha mencionado, fueron utilizados los expedientes de los

tribunales del trabajo. Inicialmente era abarcar sólo el Tribunal del Trabajo de

Nueva Imperial, que está a disposiciones en el Archivo Regional de la Araucanía,

21

desde los años 1943 – 1971, pero fueron utilizados para efectos de estudios

desde los años 1943 a 1960, revisando en total 14 unidades de conservación (en

su totalidad cubren los años de 1943 a 1960), con una cantidad de casos de 957.

Si bien esta investigación se enmarca dentro de los años 1940 al 1960, los

expedientes de este tribunal están sólo disponibles a partir de 1943, ya que el

tribunal de ese lugar se incendió.

Pero, por efectos de ampliar el espectro del estudio, fueron elegidos

también 1 unidad de conservación por año, del Tribunal del Trabajo de Temuco,

de 1940 a 1960, de una totalidad de 10 unidades de conservación promedio por

año, las que fueron elegidas al azar, revisando entonces 21 unidades de

conservación, con un total de 598 casos.

Primeramente, se procedió a fichar los casos, con el siguiente modelo de

ficha:

Tabla 1. Modelo de ficha

ROL: 19 FECHA DE INICIO: 25 de noviembre de 1943 MATERIA: cobro de salario DEMANDANTE: Mercedes Fernández vda. de Gallegos DEMANDADO: Bernardo de la Sierra U.C.: 3 RESUMEN: Mercedes Fernández, de profesión empleada doméstica, domiciliada en la ciudad de Carahue, demanda a Bernardo de la Sierra, de profesión comerciante, domiciliado en Carahue, ya que no le ha cancelado sus salarios que corresponden a $660 por 11 meses de trabajo, y devolverle su máquina de coser que la tiene retenida. El demandado dice que nada adeuda, ya que presentó el pagaré donde le canceló su trabajo y un documento firmado donde consta que le compró la máquina de coser por $1000 pesos. Se desecha la demanda en todas sus partes. NOTA: Finiquito; Documento por compra – venta de máquina de coser; contrato.

Fuente: Archivo Regional de la Araucanía.

Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial

22

Es así como se presenta el rol de la causa, número de la causa, correlativo,

e irrepetible, por lo menos en el año de la demanda. Tenemos la fecha de inicio,

que es el momento cuando la causa comienza a dar curso. El demandante, es

aquel que entabla la demanda y el demandado, la persona que se le está

demandando. La unidad de conservación, consiste en una caja, que es

confeccionada en el Archivo Regional de la Araucanía, donde están contenidas

las causas, el resumen de la causa, explicita los términos de la demanda, lo que

se exige, montos, y la resolución. Mientras que las notas, son todas aquellas

pruebas escritas, anexadas a las causas, ya sean contratos de trabajo, finiquitos,

tasaciones de embargo, certificados médicos, etc.

Luego éstos fueron clasificados en una matriz de datos, construida en

Excel, con el fin de sistematizar y ordenar la información, para luego analizar en

gráficos u otras vías los resultados de la investigación, para ello se utilizaron los

siguientes campos.

• Tribunal

• Número de caso

• Número de rol

• Unidad de conservación

• Fecha de inicio

• Materia

• Demandante

• Profesión del demandante

• Demandado

• Profesión del demandado

• Resultado del juicio

• Sector geográfico: espacio donde

se realizó el trabajo, este puede ser

en el ámbito rural o urbano

• Actividad económica: se entiende

como el sector de la economía, ya

sea primario, secundario o terciario,

donde ejercieron la actividad

laboral.

• Posible de ocupar: esto es si la

fuente puede ser susceptible a ser

utilizada en la investigación.

• Tema: a cuál de los temas de la

investigación, la fuente es posible

de ser utilizada, previo

establecimiento de un índice con

éstos.

• Contrato de trabajo: si es que existe

o no.

23

• Sueldo en pesos al mes: aquí se

explicita la cantidad cancelada al

mes por el trabajo realizado.

• Forma de pago: en pesos, en trigo,

en peso y trigo, en peso y

mercadería, u otras formas.

• Régimen del salario: por servicio,

es decir por el trabajo efectuado, se

le remunera, ya sea semanalmente,

diariamente, anualmente o

mensualmente. Por trato, por un

trabajo echo, o por producto, según

lo que produzca se le cancela.

Luego se procede a interpretar y describir lo que las fuentes entregan,

según la pertinencia de los temas, utilizando alrededor de 200 casos. Asimismo

para construir de mejor manera la investigación, se procede a la revisión de

fuentes secundarias, tales como, libros, tesis, memorias, seminarios, entre otros.

I.8. Área de estudio: Se explícita en el título que el área de estudio es la

Araucanía, ya que los Tribunales del Trabajo de Imperial, abarcan los sectores de

la costa y del interior de la provincia de Malleco: Nueva Imperial, Galvarino,

Traiguén, Carahue, Puerto Saavedra, Toltén, mientras que el Tribunal de Temuco,

lo hace en Temuco, Cunco, Vilcún, Melipeuco, Pucón, Gorbea, Pitrufquén, Freire,

Curacautín.

24

CAPÍTULO II. MARCO TEÓRICO

II.1. Teoría de las relaciones laborales

Se partirá analizando algunos conceptos básicos de las relaciones

laborales, luego sobre su teoría, y los diferentes planteamientos que hubieron en

la historia, al respecto.

El trabajo es una acción concreta del hombre, una actividad que puede ser

individual o colectiva, con un carácter social, complejo, dinámico. Se diferencia de

cualquier otra práctica animal por su naturaleza reflexiva, consciente, propositiva,

estratégica, instrumental y moral2. Es preciso agregar que éste se desarrolla en un

contexto socioeconómico, con diferentes sentidos socioculturales en el devenir

histórico.

Modernamente el trabajo además supone un medio racional de lograr el

sustento material, una fuente de riquezas para individuos, familias y naciones. Por

su parte Marx y Engels agregan que en las sociedades clasistas, como las

capitalistas, estas riquezas son mucho mayores para los propietarios de los

medios de producción, que para otros, los proletarios, quienes no pueden acreditar

una propiedad más que la de su “prole”, es decir, la fuerza de trabajo. Forman

parte del llamado modo de producción que se entiende como el complejo

integrado por las fuerzas sociales productivas y las relaciones ligadas a un

determinado tipo de propiedad de los medios de producción, ya que éstas influyen

las formas de canalización del excedente económico y el grado efectivo de la

división del trabajo.

Por otra parte, las condiciones de trabajo es el conjunto de circunstancias

en el marco en que se desarrolla el trabajo e influye de forma relevante en su

2 Blanch, José María. Espuny, María Jesús. Gala, Carolina. Martín, Antonio. Teoría de las

relaciones laborales. Fundamentos. Editorial UOC. Primera edición. Barcelona. 2003. p. 34.

25

ejercicio y en las relaciones laborales, también son diferentes desde el punto de

vista de la época histórica que se está viviendo, y al realce económico que se está

presentando, por ejemplo si de la importancia del sector primario al secundario, el

lugar del trabajo se desplaza del campo a la fábrica, el protagonismo pasa del

agricultor al obrero industrial, la propiedad de la tierra cede la primacía al capital,

la cotización de los bienes baja en la medida que suben los productos, la actividad

económica evoluciona desde la autoproducción al autoconsumo hacia el

intercambio.

En una perspectiva más amplia las relaciones laborales se definen en el

orden del trabajo asalariado en la sociedad capitalista, las relaciones entre el

Estado y el mundo socioeconómico, las leyes laborales, los grupos de interés y la

posición de la empresa en la sociedad. Dista de la sociedad precapitalista en que

las relaciones eran paternalistas y de una relación de individuos, donde el

trabajador tenía un status. Si embargo a medida que avanza la sociedad, la

relación individual se acerca a lo colectivo, se enmarcan dentro de las leyes

laborales, a partir de la época fordista en donde las relaciones laborales se dieron

en un marco más transparente de institucionalización, con normas y actores bien

definidos.

La teoría de las relaciones laborales comprende a lo menos el análisis de 3

cuestiones: un punto de vista estructural, que estudia a los actores, viendo sus

límites y horizontes para su constitución y práctica, el actorial, que estudia los

actores sociales o colectivos, su posición dentro de la relación laboral y su

organización, y finalmente examina las prácticas, que tiene que ver con la

actuación de los actores por sí mismos sobre otros, su comportamiento adaptador

o modificador en la estructura económica y sociohistórica.

La evolución del estudio de las relaciones laborales se encuentran dentro

de las teorías sociales desarrolladas, a partir del siglo XVIII, con los primeros

estudios acerca del liberalismo económico. A continuación se analizarán las

26

teorías clásicas de las relaciones laborales desde Adam Smith a Durkheim hasta

las más actuales.

Adam Smith nos habla que para el desarrollo económico del capitalismo, es

necesario un complemento entre la división del trabajo y la nueva maquinaria, lo

que aumentaría la destreza de los trabajadores, al dedicarse a un aspecto de la

fase de producción, y ahorro para el empleador, pero reconoce que hay un hecho

innegable: la brecha entre el progreso económico y el desarrollo humano. Para

éste, el salario no es el resultado de la oferta y la demanda en un mercado laboral,

como lo señala la teoría clásica, si no que es una relación de poder entre dos

clases.

Carl Marx nos habla de la reproducción social del sistema capitalista, más

que de un modo de producción de bienes y servicios. Una de estas dialécticas es

la de la potenciación del trabajo mediante la fragmentación, y disgregación del

trabajador al que se refiere como la patología industrial. Así el capital ejerce una

relación social de alineación y cosificación sistemática, del proletario que se

caracteriza por la pobreza y la imposibilidad de alcanzar los medios de producción,

cuestión necesaria para el mantenimiento del sistema económico capitalista, que

obtiene sus beneficios a partir de la plusvalía generada sobre el valor de los

productos, por el trabajo del proletariado asalariado

Las relaciones laborales son una interacción entre el capital y el trabajo,

teniendo dos vertientes, la primera con el contrato de trabajo donde el capital

compra el derecho a uso de la fuerza laboral, el que no especifica el número de

tareas, ni su calidad, forma o intensidad, si no sólo el tipo de tarea. El salario,

horas de trabajo y el lugar donde se realizará. Es así como en el mercado laboral,

aquel que vende su trabajo siempre mantiene una parte de la disposición sobre su

fuerza laboral vendida, y es cierta autonomía, que pone en constante conflicto al

empleador, con el trabajador. El primero tratará de utilizar al máximo la mano de

obra comprada, mientras el segundo lucha por su integridad física, siendo esta

27

relación laboral parte de la materialización de la lucha de clases. El salario del

trabajador dependerá de las condiciones histórico – culturales y de la relación de

fuerzas que hay entre el trabajador y el empresario, como por ejemplo lo hacen los

sindicatos.

Mientras que para Weber, el estudio de las relaciones laborales es un

proceso de racionalización, una construcción histórica – intelectual occidental, la

cual de forma numérica, todos sus fenómenos van siendo calculables y

predictibles3.

Weber considera que la fábrica y la empresa representan junto con el

Estado, el prototipo de racionalidad moderna. Es así como para éste, el

capitalismo genera una forma dominante de institucionalización como es la

burocracia, la que permite una relación laboral deshumanizada dominada con

objetividad, donde ya no existe un jefe, que supervisa el orden y las reglas

generales, si no que están las leyes abstractas que son suficientes para su

subordinación. Aparecen así los elementos de la racionalidad total del proceso

productivo y la organización del trabajo, con la deshumanización, la calculabilidad

y la mecanización metódica, con automatismo y sin sujetos, todo queda en

funcionalidad optimizada y objetivizada. Por lo que son estudios susceptibles de

ser analizados a partir de la individualidad histórica del suceso.

Otro que desarrolla teoría de las relaciones laborales es Durkheim, que

analiza la transformación social ocurrida a partir del capitalismo. En una primera

instancia para él, existió una sociedad mecánica, donde hubo una conciencia

colectiva, y un entorno, que determinó las conductas individuales, con un tipo de

castigo represivo, y con fuerte coacción para no poner en peligro la armonía de la

sociedad primitiva. Sin embargo con la evolución social, se desarrolla la

solidaridad orgánica, es decir se socavan las bases de la sociedad descrita

3 Holm – Detlev, Antonio. Martín, Artiles. Manual de la sociología del trabajo y de las relaciones

laborales. Publicaciones Delta. 2º edición. Madrid. 2007. pp. 81 – 93.

28

anteriormente, provocando una mayor diferenciación y especialización del trabajo,

teniendo como resultado la interdependencia funcional. O sea cada individuo es

importante, cumpliendo una función particular. Cuando se provoca un conflicto

laboral, se le categoriza como una anomía, que igualmente afecta a toda la

sociedad, y que obliga replantearse, a tener una mejor coordinación, así, si se

provoca una división del trabajo, en donde se supone que los obreros dependerán

más de sus jefes, asimismo los jefes de sus obreros, debiendo generar una nueva

solidaridad.

Las relaciones laborales hasta ese momento fueron vistas como meras

teorías, sin embargo a partir de la reorganización de las disciplinas, después de la

Segunda Guerra Mundial, fueron formalmente una ciencia de estudio, los que se

desarrollaron bajo un contexto en que las relaciones laborales comenzaron a ser

reguladas por leyes, al igual que las vías de conflicto, y de acuerdo al desarrollo

fordista de la economía, eran reguladas sobre todo en Europa, por los sindicatos.

Los primeros fueron el matrimonio Weeb, donde el centro de las relaciones

laborales, estarían dadas en la industria – capitalistas - la que establecería

interacciones con los proveedores de materia prima, hasta con los consumidores,

y trabajadores, y por donde el Estado figuraría por sobre estos entes, para el

funcionamiento de la sociedad en conjunto. Se deberían de tomar tres decisiones,

una de ellas es la de los consumidores, exigiendo los productos que salen de las

fábricas, la segunda el dominio de los capitalistas, quienes establecen las

relaciones con los proveedores y, los sindicatos que en conjunto con la empresa

regularían las relaciones laborales.

Por otra parte el enfoque management, fue pionero, introduciendo el ámbito

del unitarismo en las relaciones laborales y la introducción del factor externo de la

empresa. Esto es, que en la industria donde confluyen los intereses tanto de

capitalistas como de trabajadores, donde sus conflictos se pueden prevenir por

medio del diálogo, y de la distensión ejercida por los grupos informales en el

trabajo, por aquellos que bromean y no pertenecen necesariamente a la jerarquía

29

estricta de la empresa. Fue desarrollada en los años 1930, y buscaba aumentar la

productividad, y reducir conflictos laborales.

Otra de las escuelas fue el pluralismo de Oxford, que entiende las

relaciones laborales como instancias de negociación y de relaciones económicas,

que por cuestiones coyunturales se produce un conflicto, caracterizándose como

no permanente. Esta no es una lucha de clases persistente, y la ley actúa como

agente regulador de éstas.

Complementario postulado es también el institucionalismo, que entiende los

hechos económicos en una dimensión social. Explica que las relaciones laborales

estarían influidas por leyes consuetudinarias, formas tradicionales de trabajo, en

una sociedad tradicional, pero que ante el cambio del sistema económico, la

aparición de la industria, generarían conflictos, teniendo una actitud defensiva

ante ella. Asimismo estudió las instituciones que regulan las condiciones del

trabajo ya fuesen formales o informales. También sugirió el concepto de relaciones

industriales. Se basaría en 3 actores primordiales: los empresarios, trabajadores y

organismos gubernamentales especializados en la regulación laboral, los cuales

explican las características tecnológicas del trabajo, los imperativos del mercado,

la distribución del poder, las condiciones ambientales del trabajo, donde cada

actor tiene sus propias ideas, con diversos derechos y obligaciones, que aplican y

enmarcan ciertas reglas en los conflictos.

Se postulan otras teorías como la neomarxista, que entiende que todo

fenómeno social está interconectado, y que el conflicto del trabajo forma parte de

la lucha de clases, esto permite que cambien dinámicamente, así lo que existe en

el momento, es producto de prácticas del pasado y con potencial desarrollo futuro.

Las relaciones laborales, se ven como resultado del control del trabajo, que tiende

a coartar la cultura del trabajo construida por los trabajadores, para convertirlas

hacia sus intereses corporativistas o capitalistas de la empresa o empleador.

30

Para el estudio que se emprende, estas teorías presentadas no serán

arbitrarias, ninguna entendida de forma individual, si no que de manera

complementaria. Esto por ejemplo que las relaciones laborales no son

necesariamente industriales, es que el trabajo no implica tan sólo la producción

material, si no es la extensión de la producción inmaterial y la transformación de

objetos simbólicos, que comprime en un solo acto de producción, circulación y

consumo. Y las relaciones laborales deben ser vistas desde el punto de vista de la

interacción con los agentes sociales que implican subordinación, cooperación,

explotación o autonomía. También pueden ser estudiadas en ámbitos económicos

precapitalistas, más tradicionales.

Se reconoce que las relaciones laborales, poseen fases de conflicto, pero

también de interacción y reciprocidad, porque los actores involucrados

necesariamente están conectados: el empleador necesita de su empleado, para

poder producir, y acumular sus riquezas, mientras que el empleado necesita de su

salario, que es la interacción mayor de la relación laboral para poder vivir y por

ende exige ciertas condiciones laborales. Esto no excluye que el conflicto laboral

puede ser también un conflicto de clase, o sólo una coyuntura para lograr ciertos

objetivos. Sin embargo en Chile a partir del siglo XX, y con la inauguración del

siglo de los estallidos sociales, el Estado se debió perfilar como un actor más de

las relaciones laborales, regulándolas bajo el dictamen de leyes sociales, para

poder menguar estos movimiento que se tornaban violentos, y que en el momento

alteraban profundamente a la sociedad, por su carácter reaccionario, de los

actores populares y el Estado.

El Estado moderno, plantea Maquiavelo en El Príncipe, hace nacer las

nuevas leyes y modos que se ven forzados a introducir para fundar un Estado y su

seguridad. Con Hobbes se puede agregar que a la vez, aparece como la negación

a la guerra civil y como la garantía de un orden social donde la autoconservación

de los individuos aparece asegurada. Por lo tanto el poder temporal, el Estado, se

hace valer de la ley y codifica las leyes consuetudinarias, de costumbre y tradición,

31

y por lo demás del interés de la elite4. Si bien la ley cumple con este objeto, lo que

se observará es que también la ley sirvió como contenedor de los estallidos y

enmarcó las relaciones laborales, proceso que llamaremos modernización de las

relaciones laborales, pero persistieron los modos tradicionales, en un escenario de

sociedad fronteriza, que aun tiene problemas para su integración al Estado –

nación chileno.

II.2. Teoría de las relaciones salariales

Mediante el contrato de trabajo, entendido como un momento de

concertación de acuerdos, constituye una serie de obligaciones y derechos

recíprocos y que se conoce como relación laboral, siendo lo que uno considera

como un derecho, para el otro es una obligación. En este caso para el trabajador

su deber es trabajar y para el empresario, su deber es pagar el salario. Este último

es fundamental, porque sin trabajo no se puede hablar de una relación laboral, y el

salario explica la ajenidad en la utilidad del trabajo, quedando estipulado en un

contrato laboral, o trato. Igualmente el salario se regula por un modelo normativo,

es decir las orientaciones político – jurídicas, pero que a lo largo de la historia,

esto no se ha dado5. Este puede ser efectivo por periodos de no prestación

laboral, tanto por trabajo efectivo, como por la prestación no laboral, ya sea por

descanso, o por norma legal. También el salario tiene una dimensión social,

porque puede influir en las condiciones económico – sociales, no tan sólo del

trabajador si no que de su familia. Por eso es que se llaman leyes sociales más

que laborales.

Esto es en cuanto a la dependencia económica, pero igualmente es

pertinente aclarar la dependencia jurídica esto es al hecho de trabajar bajo las

4 Lagarrigue, Luís. La cuestión social. Imprenta El globo. Santiago. 1925 pp. 4 - 10. Disponible en

www.memoriachilena.cl 5 Castro, Macarena. El sistema normativo del salario: ley, convenio colectivo, contrato de trabajo y

poder del empresario. Editorial Dikinson. Madrid. 2007. p. 19

32

órdenes de otro. En este plano la dependencia involucra una dimensión

organizativa en la realización del trabajo, en el curso del cual el trabajador

asalariado se coloca “bajo la dirección y supervisión” del empleador6. Es una de

las teorías más aceptadas, ecléctica y utilizada por la mayoría de los sociólogos y

economicistas contemporáneos.

Los más clásicos postulan que la relación salarial está dada por una

retribución generosa del trabajo, que estimula la reproducción e incrementa la

laboriosidad de la gente del pueblo. Los salarios son un estímulo que como

cualquier otra cualidad humana mejora en proporción su producción. Una

manutención abundante incrementa la fuerza corporal del trabajador, la esperanza

de mejorar su condición y de acabar sus días con desahogo y tranquilidad, le

animan a utilizar su fuerza hasta el máximo7.

Para la corriente marxista, la relación salarial comenzó con la

industrialización la que dio origen al salario, y la gran empresa es el lugar por

excelencia de la relación salarial moderna. El salario existió desde mucho antes en

estado fragmentario en la sociedad preindustrial, sin llegar a imponerse hasta

estructurar la unidad de una condición. Con la revolución industrial comenzó a

desarrollarse un nuevo perfil de obreros de las manufacturas y las fábricas, que

anticipaba la relación salarial moderna, pero sin desplegarla todavía en toda su

coherencia. Los principales elementos de esta relación salarial de los inicios de la

industrialización, correspondientes a la condición proletaria, que puede

caracterizarse como sigue: una retribución próxima a un ingreso mínimo que

aseguraba sólo la reproducción del trabajador y su familia y no permitía invertir en

el consumo no imprescindible, el carácter débil de la relación del trabajador con la 6 Palomino, Héctor. Trabajo y teoría social: conceptos clásicos y tendencias contemporáneas.

Revista de Ciencias Sociales de la Universidad de Montevideo nº 17. 2004. Disponible en

http://sites.google.com/site/catedrapalomino2/recomendados2 7 Rodríguez, Juan Carlos. Oferta de trabajo, demanda y salarios en la Escuela Clásica de

pensamiento económico. Universidad de Valladolid. Disponible en

http://www.hcdsc.gov.ar/biblioteca/ISES/economiaadministracion.ASP

33

empresa: cambiaba a menudo de lugar, se alquilaba al mejor postor (sobre todo si

tenía una competencia profesional reconocida) y descansaba algunos días de la

semana, o durante períodos más o menos prolongados, si podía sobrevivir sin

someterse a la disciplina del trabajo industrial. Formalizando estas características,

se dirá que una relación salarial supone un modo de retribución de la fuerza del

trabajo, el salario (que gobierna en gran medida el modo de consumo y de vida de

los obreros y sus familias), una forma de disciplina del trabajo que regula el ritmo

de la producción, y el marco legal que estructura la relación de trabajo, es decir el

contrato de trabajo y las disposiciones que lo rodean8. Esto es a lo que se llamará

moderno, por lo menos en la época fordista.

II.3. La teoría del conflicto y de la concertación social

La teoría del conflicto, fue desarrollada por Marx y Engels, quienes

postulaban que el conflicto es primordial para producir un cambio social y lucha

de clases, por las contradicciones del sistema capitalista. Estas clases se

diferencian porque una de ellas tiene la tenencia de los medios productivos, y su

propiedad privada, genera desigualdad económica y de poder, provocando

relaciones de dominación y subordinación. Pero igualmente es el medio para

alcanzar un nuevo modelo de integración social.

Esta teoría del conflicto en la sociedad moderna, tiene diversos ribetes. Por

un lado tiene funciones sociales, que permite una conexión en la sociedad o parte

de ella frente a una problemática, permitiendo establecer y reafirmar la identidad

del grupo. Es por otra parte una manera de interacción social, porque protege al

grupo manteniendo sus relaciones.

Al conflicto se le llama real, cuando surge de la frustración de demandas

específicas, en una sociedad en constante cambio. Si bien los conflictos laborales,

8 Castel, Robert. La metamorfosis de la cuestión social. Editorial Paidos. Buenos Aires. 1997. pp.

45 – 55.

34

se dan por diferencias de riquezas y detentación de los medios de producción,

también se presenta por aquellos que los administran, ejerciendo poder sobre

ellos, esto son los burócratas, tecnócratas, entre otros. Así la desigualdad también

se genera en el ejercicio del poder y su distribución establece el control sobre los

bienes y servicios (salarios, mejoras de las condiciones de trabajo, etc.), por lo

tanto hay conflicto laboral cuando existe un abuso, el titular de un derecho, al

ejercerlo, tiene intención de perjudicar a otro, existiendo una disconformidad entre

el espíritu de la ley y el móvil perseguido por el agente. Es que el orden social

reposa en la coacción y en la colaboración, es decir, la lucha y la armonía

simultáneamente. Sólo el ejercicio del poder por parte de las instituciones y los

agentes sociales posibilita la existencia de sistemas de relaciones laborales

estables. Es en las sociedades plurales, democráticas y tolerantes, donde se

reconoce el conflicto y permite su canalización por medio de un entramado de

normas y reglas, ayuda a impedir un estallido social9.

Por ello complementario es la teoría de la concertación social, que aborda

una especie de consenso que establecen los diferentes actores sociales, para

terminar con los conflictos, dando paso a la armonía prosiguiendo con el

crecimiento de la sociedad democrática. Es tal vez por esta razón que las leyes

sociales fueron establecidas por el Estado, para ordenar y conciliar a la sociedad,

aumentando el espectro político, típico10 de la época.

9 De Alós – Moner, Ramón y Artiles Martín, Antonio. Teorías del conflicto y negociación laboral.

Editorial UOC. Barcelona.1998. pp. 9 – 16. 10 Martínez, Carlos. Perspectivas de la concertación social en México. Instituto de Investigaciones

Sociales UNAM. pp. 1 – 2. Disponible en

http://www.urbared.ungs.edu.ar/recursos_bibliografia_p.htm

35

Capitulo III. MARCO CONTEXTUAL

III.1. Vía hacia la modernización. El Estado y génesis de las leyes laborales.

Afines del siglo XIX, el modelo exportador de materias primas, vivía sus

últimos días. La caída de los mercados extranjeros que recepcionar los

monoproductos de la agricultura, entre otros, caían de precio y demanda debido a

que estaban sujetos a grandes tensiones políticas y económicas. Los mercados,

principalmente europeos, cierran sus fronteras y establecen una política

económica más proteccionista. Pero aun en Chile se perfilaba el salitre como una

fuente de riquezas, sin embargo éste cae, igualmente, gracias a su reemplazo por

uno sintético y la crisis del 29`. Esto genera grandes fluctuaciones y descontentos

por parte de la población trabajadora chilena, la cesantía, bajos salarios y las

nuevas formas de trabajo que se presentaban a principios del siglo XX, habían

llegado a la ciudad donde había una inexistencia de redes establecidas de

solidaridad y protección, o de normas reconocidas para mediar conflictos. Hasta

que los sectores más desequilibrados, aun acostumbrándose a su nuevo

escenario no elaboró mecanismos de defensa más articulados, en donde los

desajustes se expresaron por medio de la violencia, existiendo un dilema de cómo

lograr la cohesión en la sociedad11 . El Estado en ese sentido había actuado con

violencia y represión, donde las clases emergentes o ya existentes, no estaban

incluidas, porque éste respondía más bien a un acuerdo grupal de la elite, grupo

hacendal y rentista, para salvaguardar y coordinar ciertos privilegios,

fundamentalmente económicos, y por supuesto demostración de status y poder12.

Sin embargo los nuevos grupos comenzaron a exigir sus espacios y

participación en este Estado, fue así que en 1924, los militares irrumpieron en el

11 Pinto, Julio y Valdivia, Verónica. ¿Revolución proletaria o querida chusma? Socialismo y

Alessandrismo en la pugna por la politización pampina (1911 - 1932). LOM. Santiago. 2001. p. 9. 12 Fernández, Enrique. Estado y sociedad en Chile 1891 – 1931. El Estado excluyente, la lógica

estatal oligárquica y la formación de la sociedad. LOM. Santiago. 2003. pp. 42 – 54.

36

poder. Ese es el momento en que surge lo que ha sido llamado Estado de

Bienestar, Asistencial o de Compromiso, que se caracterizaría por atender

prioritariamente las necesidades de la población. No obstante, el significado y la

profundidad de lo sucedido entonces, escapan a esos conceptos político-

normativos, que ocultan más de lo que hacen posible ver. No era un movimiento

unidireccional en que el Estado asumía nuevas tareas respecto a la población, si

no que el pueblo le asignaba nuevas funciones13. Estas fueron compatibles con el

nuevo modelo de desarrollo que se implanta en Chile, comenzando un proceso de

modernización del Estado, con el establecimiento de una serie de leyes sociales y

por ende laborales.

El desarrollo hacia adentro o también denominado ISI (Industrialización por

Sustitución de Importaciones), puso término a las economías abiertas,

inaugurando un período de cierre de fronteras y de un volcamiento hacia dentro, lo

que tuvo efectos devastadores, ya que todos los esfuerzos económicos realizados

hasta 1929, daban cuenta de un país eminentemente dependiente del sector

externo, donde el Estado asumió un papel mucho más activo en el estímulo a la

actividad productiva privada a través de medidas tributarias, crediticias y de control

de precios. Por lo que se desplazaba el eje fundamental de la economía desde el

mercado externo, al interno apostando por la diversificación productiva y por un

esfuerzo industrializador, así el Estado deja de ser un mero colaborador de las

fuerzas del mercado para convertirse en un conductor activo de la economía,

planificando los cursos a seguir, tomando las decisiones primordiales en materia

de determinación de prioridades y asignación de recursos, es decir un timonel del

esfuerzo desarrollista. Igualmente reformuló y reforzó los instrumentos de control,

fortaleciendo la cobertura social, teniendo por primera vez la esperanza de un

desarrollo en el mercado interno14.

13 Fernández, Enrique. Estado y sociedad en Chile 1891 – 1931: Ib.Id. pp. 42 – 54. 14 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia Contemporánea de Chile III. La economía: mercados,

empresarios y trabajadores. LOM. Santiago. 2002. p. 37.

37

Según la teoría desarrollista, la economía chilena tiene una tendencia

estructuralista, con una debilidad tecnológica y de innovación por parte de los

empresarios en una economía abierta y pequeña como la chilena, y la necesidad

histórica de la intervención del Estado para impulsar el proyecto de

industrialización. Esto se reflejó en la creación de una nueva institucionalidad. Una

parte de los empresarios comenzó a ver que eran beneficiados por el Fisco, por lo

que se diversificó la estructura industrial y se desarrolló una nueva clase

empresarial, más dinámica y modernizante, pero siempre muy dependiente del

Estado. Esta clase fue muy influyente en las orientaciones gremiales y terminó

imponiéndose sobre los sectores de empresario más tradicionales. Pero esta

época se caracterizó por una mayor polarización política derivada del clima de la

Guerra Fría, que en Chile tuvo extraordinaria importancia por la gravitación que

había alcanzado, los partidos marxistas y su incidencia en el movimiento sindical,

más aun cuando hacia los años 50`, las pugnas distributivas adquirieron especial

virulencia y dieron origen a sucesivos períodos de políticas económicas muy

restrictivas, bajo un marco de creciente inflación. Este proceso ejerció una fuerte

influencia en el carácter conflictivo de las relaciones laborales entre el empresario

y el trabajador, las que dieron origen a un número crecientes de huelgas, protestas

populares, represión e inestabilidad política15.

Sin embargo la ansiada independencia económica no se había conseguido

de verdad, ya que la industrialización no se podía llevar acabo, porque aun seguía

en la capacidad de importar la mayor parte de tecnología, insumos y bienes de

capital que se requerían para la elaboración de artículos de consumo, tales como

los alimentos, bebidas, vestuario, calzado. Así mientras más crecía la expansión

industrial nacional, mayor era la capacidad de divisas para importar medios

intermedios y de capital, por lo tanto en una estructura productiva desequilibrada,

incompleta o trunca.

15 Muñoz, Oscar. Los inesperados caminos de la modernización económica. Editorial Universidad

de Santiago. 1995. Santiago. pp. 41 – 43

38

El empresario siempre una tendencia con una visión más liberal, ha

preferido el mercado por sobre las corporaciones como agente regulador de la

vida económica, siendo más especulador que productor: Pero en esta época el

mercado lo decepciona volviendo la mirada hacia el proteccionismo aprovechando

de construir en el período desarrollista16.

Así, con el avance de la modernización, la actitud paternalista del

empresario se complejizó y disfrazó. A partir del siglo XX a un bajo pueblo

organizado y rebelde, debían alejarlos del marxismo, del anarquismo, de la

creencia de que podían decidir sus propios destinos a través de las jerarquías

sociales existentes. Había que darles leyes sociales y mejorar sus horribles

condiciones de vida, un proceso de disciplinamiento hacia los grupos de obreros17.

Éstos no pudieron establecer una organización permanente, pero su experiencia

cotidiana, y sus aspiraciones de vida, nació una conciencia, una identidad, y un

proyecto histórico, por lo que fueron promovidos por la modernidad laboral, en el

sentido de una sociedad mejor.

III. 2. Las leyes laborales en Chile, a partir de 1924, y su contexto económico

– político de desarrollo.

La historiografía marxista clásica, se refirió sobre los movimientos obreros,

como una vía rupturista, contestataria y revolucionaría, ante las políticas

oligárquicas imperantes18. Mientras la corriente de la “nueva historia”, postuló que

había un cambio de actitud del Estado respecto a los problemas sociales. Al

parecer la elite y la clase media profesional, desplegó una política de contención

social que buscaba la integración popular a las instituciones de asistencia, a través

16 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia de Chile Contemporáneo II. Actores, identidad y

movimiento. LOM. Santiago. 2002. p. 51 17 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia de Chile Contemporáneo II.. op. cit. pp. 55 - 56 18 Desarrolladas en los trabajos de Julio Cesar Jobet, Hernán Ramírez Necochea, Marcelo Segall y

Jorge Barría.

39

de la protección, en la perspectiva de un nuevo pacto social19. Es así como los

primeros esfuerzos para legislar acerca del trabajo, fue el proyecto presentado por

Malaquías Concha del partido democrático, con una serie de medidas referentes a

regular el pago de salario, descanso dominical, etc. Simultáneamente la elite,

también diseñaba sus propuestas20, es así como años más tardes en 1906, se

crea la primera legislación social, sobre la ley de habitaciones obreras. En 1907,

en la huelga ferroviaria, se menciona el deseo de instaurar un tribunal arbitral, que

debía ser capaz de zanjar las diferencias entre el capital y el trabajo, idea que

provocará una gran adhesión, ante la indefensión en que se encontraban los

obreros, junto con la precariedad en sus condiciones de vida y trabajo21.

Pero, la cuestión social de principios del siglo XX, en gran parte centrada en

el problema del reconocimiento desde el trabajo, finalmente no se resolvió por la

vía revolucionaria, si no por el nuevo pacto lubricado por las leyes sociales y el

Estado de compromiso. Se construyó una nueva relación salarial, éste dejó de ser

una retribución puntual de una tarea, si no que aseguraba derecho de

prestaciones fuera del trabajo, tales como de enfermedades, accidentes,

jubilación, y permitía una participación más amplia de la sociedad: consumo,

vivienda, educación incluso ocio. La relación entre el trabajador y la sociedad era

menos excluyente de lo que había sido en el siglo XIX, por ello se echó mano a

diferentes mecanismos regulatorios, como las leyes, por el temor de las cúpulas a

un estallido social, pero también resolvía las necesidades de un modelo

económico, que producía bienes más complejos y necesitado de un mercado

interno con mayor capacidad de consumo, suponiendo una clase obrera,

técnicamente más capacitada y salarialmente más desahogada22.

19 Grez, Sergio. El escarpado camino hacia la legislación social: debates, contradicciones y

encrucijadas en el movimiento obrero y popular (Chile: 1901 – 1924). pp. 3 – 5. 20 Propuestas y leyes muchas veces inoperantes, pero que sin embargo marcaron el inicio de las

legislaciones laborales en Chile. 21 Grez, Sergio. El escarpado camino : op. cit. p. 10. 22 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia Contemporánea de Chile III: p. 176

40

Así los estímulos por bonos de producción generaban espontáneamente

una mejor disposición hacia el trabajo, con esfuerzo sostenido e intenso. Tras las

medidas de asignación familiar, y la formación de la familia y la educación, los

hombres internalizaron su condición de proveedores y responsables del bienestar

de su familia. Les ilusionaba el hecho de que los derechos de trabajador podían

ser reconocidos, respetados, lo cual provocó una domesticación de la mano de

obra.

Claro es que a partir de 1920, el fomento de la legislación social fue

creciente. Se utilizó como el mecanismo de enmarcar los conflictos sociales dentro

del esquema legal, así los enfrentamientos laborales pasaban a tener una pugna

exclusiva económica inmediata23. Fue la forma institucional que especifica las

modalidades adoptadas históricamente por la relación existente entre los

trabajadores asalariados y los propietarios o responsables de la gestión de los

medios de producción, definida como el conjunto de condiciones jurídicas e

institucionales que rigen el uso del trabajo asalariado y el modo de existencia de

los trabajadores que asegura su reproducción social. Bajo este contexto y

ayudado por la crisis de 1929 el sistema respondía a la diversificación hacia el

sector industrial, con un Estado progresivamente interventor. Se aprobó una nueva

constitución que estableció el régimen presidencial y democrático, se comenzó a

legislar sobre el derecho de los trabajadores y se modernizó la institucionalidad del

Estado para administrar las finanzas públicas, luego se avanzó en la creación de

varias cajas de crédito para financiar los sectores productivos y consolidar la

política arancelaría como instrumento de manejo de la modernización del Estado.

Todos estos cambios institucionales se inspiraban en una nueva idea que

comenzó a permear en el sistema político, el Estado como instrumento de

modernización y progreso, más que como espacio para el ejercicio del poder24.

23 Rojas, Jorge. La dictadura de Ibáñez y los sindicatos. Editorial Universitaria. 1993. Santiago. p.14 24 Ibáñez A. “Los ingenieros, el Estado y la política en Chile – del Ministerio de Fomento a la

Corporación de Fomento, 1927 – 1939”. Revista Historia nº 18, Universidad Católica de Santiago,

en Muñoz, Oscar. Los inesperados caminos : p.14

41

Los gobiernos sucesivos, comenzaron a responder. Al respecto, Alessandri,

no lideró ni implementó el proyecto constitucional levantado por los movimientos

sociales y la oficialidad joven del ejército, si no el propuesto por la propia clase

política parlamentaría, así su acción primordial fue la de reformar la constitución

de 1833, defendiendo la legitimidad que emanaba de la ley escrita y la autoridad

constituida, e imponer la armonización de los conflictos por el arbitraje del

Estado25.

El proyecto político de Ibáñez, en cambio, se basaba principalmente en su

disposición al cambio, lo que provocó una gran adhesión. El propósito era en una

primera instancia la de mantener un clima de orden, con tal que hiciera imposible

la revolución social. Es que la paz era esencial en los momentos de reconstrucción

nacional y todo aquel que quería alterarla, debía ser sancionado con el máximo de

rigor. Para ello utilizó dos mecanismos, el represivo, y por otra parte reorganizó el

aparato político creando una estructura que facilitara la concordia entre los

integrantes de la sociedad, por lo tanto el Estado se modernizando, creando así

las leyes sociales, dentro de las cuales contenían las laborales. Fue Ibáñez, ese

representante de un grupo de militares jóvenes que se propuso moralizar el

ambiente nacional, mediante decretos – leyes, tales como la tributaria,

educacional, de nacionalización del comercio exterior, laborales, crédito, es decir

todo lo que no pudo, no quiso o no le interesó hacer el gobierno de Alessandri, por

lo que respondió a varios de los movimientos sociales. No modificó mayormente la

constitución de 1925, pero si la reformó para dotar al Estado de un centralismo, y

así fuera capaz de intervenir en la economía, administración interior y en la

organización social, como lo fue la creación del Código del Trabajo.26

Para la descoordinada clase capitalista chilena, en ese entonces, el Estado

no fue sólo un instrumento de dominación, sino también una herramienta tosca,

25 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia Contemporánea de Chile I. Estado, legitimidad, y

ciudadanía. LOM. 1999. Santiago. p. 43 26 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia Contemporánea de Chile I: op.cit. p. 48

42

indócil y permeable al manejo lateral, por la clase política, y a veces por abajo, por

los movimientos sociales27.

Una de las primeras leyes aplicadas en este contexto, proceso que se llevó

a cabo a partir de 1924, fue la nº 4053 que se refería a los contratos de trabajo,

que regulaba la relación entre los patrones y el obrero, por tal trajo un importante

innovación, donde el trabajo realizado, tenía una duración determinada, la libertad

de comercio en los recintos de poblaciones obreras dependencias de empresas, y

el pago obligatorio en moneda de curso legal, más postergó en esta legislación al

trabajo agrícola y al doméstico.

La ley nº 4055 sobre el accidente de trabajo, tuvo en su creación

problemas, los que se fueron completando en el tiempo, consensos acerca de las

indemnizaciones, seguros, pensiones por las enfermedades profesionales. La ley

4054 sobre seguro obligatorio fue la primera en ser resistida por los trabajadores.

La razón principal nacía del descuento que debía hacerse por concepto de

cotización, porcentajes que se dividían entre el obrero, el patrón y el Estado, lo

que traducía una merma en los ingresos del obrero. Además existía la oposición

de las organizaciones revolucionarias que se negaban a aceptar la intervención

del Estado, incluso los anarquista levantaron una campaña en contra de la

medida, mientras que los comunistas la avalaban28.

También se tradujo en una distinción entre obrero y empleado, quedando

estipulado legalmente en la ley 4059, que estableció una propia legislación para el

rubro, en cuanto a la previsión, conciliación y arbitraje.

Las primeras vías para el arbitraje fue creada por la ley 188 que había

establecido que los tribunales de conciliación y arbitraje, quienes estarían

integrados por un representante del ejecutivo, un representante de los empleados

27 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia Contemporánea de Chile I: op,cit. p. 52 28 Rojas, Jorge. La dictadura de Ibáñez y los sindicatos: Ib. Id. pp. 61 – 63

43

elegidos por la Cámara o Asociación de Comercio y otro representante elegido por

la Unión de Empleados de Chile, pero en 1925 se creó una segunda instancia

para resolver los conflictos, las Juntas de previsión de empleados particulares.

Los mecanismos de conciliación y arbitraje eran importantísimos, porque a

partir de ellos podría reducir el conflicto social. El decreto 4353 de 1917, contenía

las soluciones entre obreros y patrones, pero no fueron exitosas, así actuaron

directamente las autoridades de trabajo, y política en las soluciones de los

conflictos entre el capital y el trabajo. La conciliación era obligatoria y el arbitraje,

opcional. En general no tenía un poder para hacer ejercer sus resoluciones,

además el complicado proceso de elegir los miembros de la constitución, hizo aun

más engorroso este mecanismo.

En cuanto al derecho a huelga siempre y cuando se cumplieran ciertas

condiciones y plazos de negociación, así nació la huelga legal. Asimismo el código

del trabajo estableció un tiempo en el fuero laboral, es decir, una vez comenzado

el conflicto, no podían ser despedidos durante un tiempo, al menos que

boicotearan los bienes productos de la empresa.

Por el decreto 2100 se unificó el sistema vigente hasta entonces, ya fuesen

los tribunales de conciliación y arbitraje, sus juntas y tribunales de la vivienda,

quedaron refundidos en una sola instancia, el Tribunal del Trabajo.

El Tribunal del Trabajo eran de carácter administrativo, no dependientes del

poder judicial, sino del Ministerio de Bienestar Social y conocían los conflictos

creados en la aplicación de las leyes de empleados particulares y de contratos de

trabajo, y en los problemas que hasta entonces conocían los tribunales de

vivienda.

44

La última ley implementada fue la nº 4057 que daba personalidad jurídica a

los sindicatos, eran de dos tipos, el primero de los profesionales, por oficio común

o profesión, y los industriales.

En el principio, los conflictos laborales entre 1927 – 1931, el interés del

gobierno se situaba en enmarcar la situación laboral dentro de un camino de

conciliación y por motivos económico – laborales, no necesariamente se

resolverían bajo mecanismos legales, si no que más bien por la intervención de

autoridades locales29.

Es así como se crea finalmente el Código del Trabajo, que deriva del

Código Civil, es primordialmente individualista, con libertad contractual y en sus

disposiciones no se aborda las desigualdades económicas existentes, entre el

capital y el trabajo.

El Código del Trabajo fue ideado por Ibáñez, con el objetivo de refundir en

un solo texto las leyes del trabajo vigentes en Chile, armonizar sus disposiciones,

corregir sus defectos y subsanar sus vacíos, legislando sobre algo nuevo. La

cámara de diputados no la alcanzó a revisar, y aprovechándose de las facultades

extraordinarias que se le concedieron, el 13 de mayo de 1931, por decreto de

fuerza de ley nº 178 fue dictaminada las Leyes del Trabajo, que comenzaron con

una vigencia del 28 de noviembre del mismo año. Pero no es una sola refundición

de leyes, si no que crea otras nuevas y reglamenta otra clase de trabajos, como

ser los trabajos agrícolas, del servicio doméstico, el marítimo, etc. Se ha ordenado

pues la confusa legislación chilena. Comprende principalmente las leyes del 8 de

septiembre de 1924 de Alessandri, contó originalmente con 576 artículos y se

divide en 4 libros, el primero del contrato de trabajo, abordando aquellos de los

obreros, de trabajos de toda especie y de los empleados particulares. El segundo

de la protección de los obreros y empleados en el trabajo, que se refiere

primordialmente a los accidentes del trabajo, el reglamento de la maternidad

29 Rojas, Jorge. La dictadura de Ibáñez y los sindicatos: Ib. Id. p. 66

45

obrera, el descanso dominical, el trabajo de las panaderías, etc. el libro tres,

acerca de las organizaciones sindicales tanto industriales como profesionales, y el

libro cuarto, acerca de los Tribunales del Trabajo y la Inspección General del

Trabajo30 .

Pero ello provocó, para Aníbal Pinto, que: “este país sobresalga por un

desarrollo casi deforme de la cabeza, entendiendo por tal su institucionalidad, sus

organismos políticos, su armazón de relaciones sociales, que parece plantada en

un cuerpo raquítico”31.

Explica que hay una presencia activa y poderosa de un conglomerado

obrero, organizado en las relativamente grandes concentraciones de la actividad

minera templado por una lucha a veces violenta. Por otro lado, emerge la clase

media, una categoría social imprecisa, pero no por eso menos real del crecimiento

de las actividades profesionales, públicas, comerciales e intelectuales, y con una

clase alta muy parecida a un “club”. En cada coyuntura crítica, donde resiste a

todo lo posible, pero cuando había realmente peligro negociaba las concesiones,

para luego conservar en gran parte sus tradiciones, pero sin rechazar por

completo las nuevas ideas, prácticas o intereses. Se puede decir entonces, que

Chile es un país adolescente.

Se establecieron sueldos vitales para mejorar el ingreso de los

trabajadores, creyendo que habría un alza en la oferta de bienes y servicios, sin

embargo en vez de éstos, los precios subieron, variaban según el equilibrio del

poder y en la pugna por parte de los grupos sociales en el conflicto por modificar la

distribución del ingreso.

30 Archivo Regional de la Araucanía en adelante ARA. Walter, Francisco. Economía social y

legislación del trabajo. Universidad de Chile. 1933. pp.100 – 110. 31 Pinto, Aníbal. Chile, un caso de desarrollo frustrado. Editorial Universidad de Santiago. 1º

edición. 1996. Santiago. p.167

46

Es así como a partir de la tabla 2, se puede visualizar ya que al aumentar el

sueldo vital, aumenta el costo de la vida, pero que muchas veces tiene

repercusiones en la estructura del reparto de la renta, porque no todos pueden

seguir con el mismo paso, como por ejemplo los jubilados, obreros, pero tienden a

beneficiar a los empresarios, lo cual lo único que genera es el empeoramiento

relativo de la posición obrera, que debilita aun más la demanda de bienes32, por

tanto el sistema se vuelve defectuoso.

Tabla 2. Sueldo vital y costo de la vida, 1940 – 1954, en porcentaje.

SUELDO VITAL COSTO DE LA VIDA

1940 3,3 12,6 1941 30,4 15,2 1942 35,9 25,6 1943 28,9 29,4 1944 12,8 11,8 1945 11,4 8,8 1946 11,4 15,9 1947 35,7 33,5 1948 20,3 18,0 1949 26,7 18,9 1950 25,0 15,2 1951 22,9 22,3 1952 30,0 22,2 1953 24,4 25,3 1954 53,6 72,2

Fuente: Banco Central 1955, con datos de la comisión mixta de sueldos y del Servicio Nacional de Estadísticas33

Existe un fenómeno importante, que es el atraso del sector agrícola, dado

por la desproporción en el desarrollo de los sectores productivos, especialmente lo

que atañe el retraso agrícola. Se buscó fomentar la industrialización para dar un

empleo productivo a los recursos que no se encuentran en el sector exportador,

32 Pinto, Aníbal? Ib. Id pp. 179 - 181 33 En Pinto, Aníbal. Chile, un caso de desarrollo frustrado. Editorial Universidad de Santiago. 1º

edición. 1996. p.175

47

por ejemplo a la mano de obra, ya que se ha tenido que sustituir las importaciones

por lo tanto el empleo está allí. Por otra parte hay mucha más población, no puede

ser absorbida por la agricultura, ya que en esa actividad hay un sobrante virtual de

fuerza de trabajo. Otra parte también engrosa las filas del sector servicios,

aumentado considerablemente la población consumidora de alimentos y que ha

decrecido la mano de obra que los produce, con el agravante de que las

transferencias de habitantes activos del sector primario a las labores industriales y

de provisión de servicios, involucra una elevación de los ingresos y por ende de

las demandas agrícolas. En definitiva, ha provocado una falta de alimentos, lo que

ha hecho que exijan un aumento en salarios nominales, en el caso de los salarios

de campesinos podría haber sido positivo, porque permitiría una mayor demanda

en los otros sectores productivos y amplíe las escalas de producción, porque cada

tres trabajadores, hay un comprador (campesino) potencial, por ejemplo de los

bienes de primera necesidad. Pero ésta no se da, debido a la explicación de tres

tesis, el primero de la derecha la cual exige un mayor control de los precios por

parte del Estado, la otra tesis es de la izquierda, arguyen que es el sistema de

tenencia de la tierra y a la supervivencia de formas precapitalistas o semifeudales,

esto es, la desigual distribución del sueldo explotable y a la existencia de

relaciones sociales de producción como el sistema de inquilinaje , que no

corresponde a una economía capitalista moderna, y la otra es técnica que culpa al

monto de las inversiones, sistema de transportes y comercialización, etc.

El régimen y distribución de la propiedad, la calidad empresarial o ejecutiva

de los propietarios y las relaciones sociales prevalecientes en la esfera, serían los

elementos que detonaron la crisis en el agro. Hay un pequeño número y

proporción de empresarios agrícolas que dispone de más suelos de lo que es

capaz de aprovechar, y sobre todo, de combinar adecuadamente con los otros

factores productivos, capital, capacidad empresarial, mano de obra, equipo, etc.

pero existe una cantidad considerable de propietarios que está en la situación

opuesta, tiene menos tierra de la que requería para desarrollar una explotación

nacional y que le permita un nivel de vida aceptable, donde la situación sería la

48

capitalización del campo, la explotación colectiva de la tierra o la equitativa

repartición de la propiedad rural.

Aníbal Pinto habla de las ficciones de la previsión social, que buscó sólo

proteger a cierto grupo de asalariados, que no tienen contacto con la realidad

económica que se estaba viviendo. Significa que un puñado de legisladores de

buena voluntad, y sin noción del trasfondo social del asunto, ha creído que del

ingreso real, se considera bajo del asalariado, pueden reservarse cuotas tan

elevadas de destinos ajenos a las necesidades vitales de techo, pan y abrigo34.

Tabla 3. Imposiciones de los trabajadores, según rubro del trabajo, en %

según remuneración35

Instituciones Asalariados Patrón Fisco Total Servicio de Seguro Social 7,0 25,0 5,5 37,5 Caja de EE. Particulares 11,0 34,36 - 45,36 Caja de EE. Públicos 17,5 5,5 24,24 47,24 Caja de Carabineros 14,5 - 47,89 62,39 Caja de EE. Municipales 15,5 21,26 - 36,76 Caja de la Defensa Nacional 14,5 - 59,93 72,43 Caja de los FF.CC. del E. 8,0 60,49 - 687,49 Caja de los EE. Del Banco del Estado 19,0 53,53 - 75,53

Es en este período donde hay un relativo adelanto de la organización social

y las formas institucionales, respecto a los cambios en el nivel de la estructura

económica, productiva y políticas. En una época de adopción de un nuevo modelo

de desarrollo, que afectó el devenir de las relaciones laborales en Chile.

34 Pinto, Aníbal. Chile, un caso de desarrollo frustrado. Editorial Universidad de Santiago. 1º

edición. 1996. p. 233 35 El aporte patronal de 5% para la caja de EE. Públicos corresponde al aporte que hace el fisco

como patrón. El aporte fiscal para las cajas de Carabineros y de Defensa es mayor que el

consultado en atención que los porcentajes se han calculado tomando como base los presupuestos

de las respectivas instituciones, los cuales no incluyen el total de los aportes y gastos. Extraído de

Pinto, Aníbal. Chile, un caso de desarrollo frustrado. Editorial Universidad de Santiago. 1º edición.

1996. p. 232

49

III.3. Panorama general de la región de la Araucanía.

Ilustración 1. Mapa de la Región de la Araucanía

Una vez asentados en la Araucanía, los organismos del Estado a principios

del siglo XX, se comenzaron a fraguar las nuevas ciudades, dejando atrás el

escenario de la selva boscosa, teniendo como base la economía agro – pastoril y

forestal, de forma profusa y creciente, durante los primeros años del siglo

pasado36.

36 León, Leonardo. Tradición y modernidad: vida cotidiana en la Araucanía (1900 – 1935). Revista

PUC. Número 40, Vol. II, julio-diciembre 2007. 333-378. ISSN 0073-2435

50

Las condiciones de trabajo, se daban en un ámbito de una economía

moderna, modificando las antiguas prácticas tribales de recolección y ganadería,

cambiando los sistemas salariales, utilizando nuevas tecnologías, y transportes,

reemplazando los antiguos buhoneros fronterizos por una sociedad que se

organizaba en el trabajo a partir del latifundio, la industria y la madera,

produciendo para el mercado. Las ciudades se levantaban ante la migración

desde el campo de los peones, que igualmente crecían por el establecimiento de

organismos estatales, y la elaboración de diversos productos para el mercado

nacional y regional. Pero, al parecer esto contrastaba con una Araucanía que aun

guardaba los resabios de la tradición. Eran entonces la agricultura, la ganadería y

la actividad forestal, quienes constituyeron el eje de la conexión del mercado

regional y nacional, articulándose grandes, medianos, pequeños propietarios,

mapuche, no mapuche, colono37.

La población creció gradualmente en toda la región, perfilándose Temuco

como una ciudad importante, centro de servicios y concentración de población. Sin

embargo, a partir de 1930, sólo algunas ciudades resistieron la crisis, con una

población en permanente crecimiento, mientras que otras, la disminuyeron, por la

migración de la población a lugares donde había una mayor oferta de trabajo. La

base económica de la región hacia 1940, seguía siendo la agricultura, ganadería y

actividad forestal, pero, era un momento en que el plan de desarrollo del país se

acentuaba en la industrialización por sustitución de importaciones. Junto con ello y

ya hacía 1950, el agotamiento de la tierra en la agricultura, decaimiento de la

producción de la madera, se perfilaron ya no como fuentes laborales primordiales.

Serán los servicios y otras ocupaciones, que darán trabajo en la Araucanía38.

37 Flores, Jaime. Economías locales y mercado regional. La Araucanía. 1883 – 1935. Revista de

Estudios Sociales. Espacio Regional. Departamento de Ciencias Sociales. Universidad de Los

Lagos. Volumen 2, número 3. Año 2006. p. 5 38 Pinto, Jorge. La población de la Araucanía en el siglo XX. Crecimiento y distribución Espacial.

Departamento de Ciencias Sociales. Ediciones Universidad de la Frontera. 2009. p. 133

51

Capítulo IV. AL ALERO DE LAS FUENTES, ANÁLISIS DE LOS EXPEDIENTES

JUDICIALES DEL TRIBUNAL DEL TRABAJO DE NUEVA IMPERIAL Y

TEMUCO, Y LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO EN LAS RELACIONES

LABORALES Y SALARIALES.

IV.1. El Tribunal del Trabajo

Los antecedentes del Tribunal del Trabajo, se pueden establecer a partir del

decreto 2100, emitido en 1927, y puestos de funcionamiento en 1928, que se crea

por primera vez el lugar donde se dirimiría entre el capital y el trabajo. Existían las

Juntas Permanentes de Conciliación que debían conocer los conflictos colectivos

e individuales entre los patrones y obreros. Estaban también los Tribunales de

Conciliación y Arbitraje de los Empleados Particulares. Los Tribunales de la

Vivienda concebidos por decreto fuerza ley 264 del 19 de febrero de 1925, para

legislar acerca de los alquileres y condiciones habitacionales de los obreros. Fue

la génesis del Juzgado del Trabajo39. Finalmente el Código del Trabajo lo

incorpora en el Título I del libro IV, referente a la judicatura del trabajo (artículos

416 al 502) como la forma de denunciar los conflictos laborales en primera

39 Los fundamentos jurídicos del Tribunal del Trabajo, está fundado en lo que se llama el derecho

subjetivo que tiene que ver con el poder de una voluntad o voluntades, para imponerse, cuando

quiere una cosa que no está al margen de la ley, ya que toda persona, según este postulado, tiene

derecho a la igualdad jurídica. Es decir la capacidad de particulares de crear una situación jurídica,

para satisfacer sus necesidades. Pero al enfrentar una situación de conflicto laboral, se da por

hecho que esta igualdad no es tal, ya que por ejemplo en el terreno contractual, los contratos no

son el resultado de la libre discusión de las partes, si no que son impuestos por uno de los

contratantes al otro, que se ve forzado adherirse a las condiciones, o simplemente no contratar. La

ley obliga al hombre a cumplir sus deberes, a conducirse con la debida diligencia y cuidado,

respetando sus compromisos. Toda trasgresión constituye un atentado al ordena social y origina

una responsabilidad jurídica. Es que es la responsabilidad, en su definición tradicional, la

contractual se refiere al cumplimiento íntegro y oportuno de los acuerdos. En ARA. Valenzuela,

Fernando. Ensayo sobre el abuso del derecho en la legislación del Trabajo. Memoria de prueba

para optar al grado de Licenciado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad

de Chile. Santiago 1945. pp. 12 – 13.

52

instancia, por lo que en segunda instancia se establecerían los Tribunales de

Alzada del Trabajo. Estaban a cargo de hacer cumplir las disposiciones del Código

del Trabajo y las estipulaciones del contrato de trabajo. También están a cargo de

hacerse presentes de denuncias de accidentes del trabajo, los que hasta ese

minuto se habían resuelto en la justicia ordinaria, de la ley 4353, sobre Seguro

Obligatorio de enfermedad, invalidez y vejez, en el cumplimiento del V y VI título

de la ley de Empleados Particulares, que se refiere al fondo de retiro y de

seguro40. Tratándose de denuncias acerca de las leyes sociales, también se harán

en este lugar, pero donde las multas no excedieran los $500 pesos de la época.

Los Tribunales del Trabajo se establecían en ciudades y lugares, según lo

estableciera el presidente de la República, y donde hubiera una Inspección del

Trabajo, que serían en una primera instancia un lugar de denuncia y acuerdos, y

donde no haya un juez del trabajo, será reemplazado por un juez de letras. Su

competencia en una primera instancia estaría dada en juicios que no cobrarán

más allá de $2.000 mil pesos de la época.

En cuanto al procedimiento la demanda debe interponerse verbalmente o

por escrito, conteniendo el nombre y apellido y oficio del demandante y del

demandado, junto con la exposición clara y precisa de los hechos que se fundan,

deben explicitar enunciados sobre los medios de prueba. Debe citar a ambos

después de 5 días hábiles de presentada la demanda y con ello las pruebas, por

tal efecto si no se cumple se decretará en apercibimiento de rebeldía. Cuando

ambos comparezcan el Tribunal siempre llamará a un avenimiento Si no se llega a

un acuerdo, el Juzgado resolverá a partir de las pruebas presentadas. Mientras

que las apelaciones podrán ser echas al tribunal de apelación más cercano41. Por

ejemplo en Nueva Imperial, y Temuco, el Tribunal de Apelación era Concepción:

Alberto Inostroza, de profesión obrero - molinero, demanda a la Compañía

Molinera “El Globo”, porque se han negado a pagarle su sueldo del mes de junio

40ARA. Valenzuela, Fernando. Ensayo sobre el abuso.. op.cit.. p. 189 41ARA. Valenzuela, Fernando. Ensayo sobre el abuso.. Ib. Id. pp. 190 – 193.

53

del presente año, lo que no puede suceder de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 153 del código del trabajo- Agrega que su sueldo es de un total líquido de

$2.900. Los demandados arguyen que este robó en la empresa por tanto no

puede recibir este beneficio. Sin embargo esto no se ha probado judicialmente así

que ha lugar la demanda. Esto se lleva la corte de Concepción para ser apelada

por parte del demandado, pero la causa es paralizada42.

Fotografía 1. Modelo de expediente judicial

Fuente: ARA. Fondo Judicial del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

42 ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial, en adelante F.T.T.N.I. Unidad de

Conservación 5. Rol nº 346, con fecha de inicio del 17 de julio de 1946. pp. 2 – 6.

IV. 2. Análisis de las fuentes

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1950

1951

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1953

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1960

Unidad de

Conservación

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2

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7

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9

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11

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13

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12

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Número de

casos

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85

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1952

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225

234

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204

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IV.2.1. Evolución de los casos

Gráfico 1. Evolución de casos del

Tribunal del Trabajo de Imperial 1943 - 1960

Fuente: ARA. Fondo Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Tabla 6. Evolución de expedientes

del Tribunal de Nueva Imperial

1943 - 1960

Fuente: ARA. Fondo Tribunal del Trabajo de Nueva

Imperial 1943 – 1960

Año Casos 1943 22 1944 65 1945 74 1946 50 1947 85 1948 31 1949 37 1950 45 1951 60 1952 100 1953 60 1954 40 1955 63 1956 44 1957 61 1958 39 1959 26 1960 25

Evolución de expedientes del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial (1943 - 1960)

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1957

1958

1959

1960

Años

Nº de casos

Número de casos

57

La evolución de los casos, no siguen una constante, ya que dependen de

la voluntad del que va denunciar, las condiciones que se dan para hacerlo, y la

coyuntura del problema. En 1943 es el comienzo de los registros acerca del

Tribunal del Trabajo. Se tiene antecedentes que el Tribunal, sí funcionaba antes

de esa fecha, pero los registros se quemaron: Enrique Valenzuela, dice haber

prestado servicio como empleado particular desde 24 de febrero de 1924 al 4 de

octubre de 1942, a Eleodoro Santander, en la feria que el tenía en el Fundo

Bellavista, que hasta el día de la denuncia se arrendaba a Suárez y Barroso. El

desahucio no le fue cancelado por años de servicios, las gratificaciones, y el

reajuste, por lo que le deben una suma de $16.915,8 pesos, pide el remate del

fundo Bellavista. El demandado alega la prescripción de la demanda, es decir los

hechos que cuenta ya han cumplido más de 60 días para ser presentados. El

demandante argumenta que los hechos ya habían sido denunciados, pero el

Tribunal se quemó como los registro, lo que debió entablar nuevamente la

demanda, además las lluvias le habían impedido llegar al lugar43. Recién en el

mes de septiembre comienzan a recepcionarse juicios. Luego presentan una

tendencia muy variada, con gran cantidad de casos, en años, definidos en 1945,

1947, 1952, 1955 y 1957, que pueden corresponder a un comportamiento donde

las ofertas del trabajo o su disponibilidad, se presenta de forma inestable y

fluctuante, propio del momento económico en la Araucanía, que a partir de los

años 40`, es que los empresarios que proporcionan trabajo, comienzan a

evidenciar una crisis: desde fines del siglo XIX hasta mediados del XX, éstos

utilizaron las ventajas comparativas que presentaba el territorio, cuando se

acabaron, no fueron capaces de establecer mecanismos para revertir tal situación,

generando precariedad y inestabilidad en los empleos. Por ejemplo entre los años

1950 al 1953, se comienza a vivir un fuerte decaimiento en la actividad molinera,

es por eso que los juicios del trabajo presentados, a lo menos el 30% de ellos, de

ese año, correspondían a este tipo de juicios: Emilio Artigas, jornalero domiciliado

en Villa Damas de Carahue, Juan Alfaro, jornalero domiciliado en Villa Damas,

43 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 2, con fecha de inicio del 25 de septiembre de

1943. pp. 5 – 10.

58

Supertino Baeza, jornalero, domiciliado en Villa Estación, Sebastián Fritz, fogonero

mecánico, Juan Jimenes, domiciliado en Villa Damas, Alberto Herrera, jornalero,

Juan Bautista Paredes, jornalero domiciliado en Villa Estación, Abdón Pezo,

molinero 2º, Gabriel Pereira, jornalero, Agustín San Martín, Héctor Herrera,

jornaleros, Alejandrino Herrera, jornalero, Andrés Troncoso, jornalero, Gerardo

Ríos, jornalero de villa estación, Crispido San Martín, jornalero y Héctor Artigas,

jornalero, fueron obreros del molino de cilindros de la firma “Valck Hnos. Ltda.” de

Carahue, siendo desahuciados en forma legal el 3 de marzo, por el cierre del

molino44.

Situación similar vivieron los obreros – molineros de la Compañía el Globo

en Nueva Imperial: Elías Contreras Soto, Prudencio Meza, Manuel Sanhueza

Ortiz, José Zambrano Riquelme, Eduardo Riquelme Castillo, Juan Villalobos Oliva,

Juan Bautista Soto Vásquez, Marcial Sanhueza Heredia, Alfredo Riquelme

Castillo, Herminio Sanhueza Heredia, y Julio Ortiz Herrera, todos obreros

molineros en el molino “El Globo”, en donde ésta paralizó sus funciones

dejando a todos cesantes45. Por lo dispuesto en el art. 86 del Código del

Trabajo, modificado mediante la ley nº 7.747, letra b del artículo 27, la mencionada

sociedad para poder paralizar sus labores en forma definitiva, debió solicitar la

autorización correspondiente a los Ministerios de Economía y Comercio y del

Trabajo y como no lo hizo debe cancelar la Compañía, una indemnización

equivalente a 15 días de salario por cada año de servicios y fracción superior a

nueve meses, a cada uno46. Ya hacia los años 60`, se ve una clara tendencia a

que las denuncias disminuyen, lo cual puede corresponder a que los conflictos

laborales se politizan y toman otras vías de resolución.

44Énfasis propio. ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 6. Rol nº 456, con fecha de inicio 25 de

marzo de 1951. 45 Énfasis propio 46 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 9. Rol nº 641, con fecha de inicio Sin referencia, sólo el

año 1952.

59

Este análisis no se puede efectuar en el caso del Tribunal del Trabajo de

Temuco, por que se tomó una unidad de conservación por año, entonces podían

contender casos de un mes, o hasta de tres meses. No constituye por tanto el

análisis del fondo completo, sin embargo sus expedientes judiciales del trabajos

serán utilizados de forma hermenéutica.

IV.2.2. Distribución de las fechas de las demandas.

Gráfico 2. Total de casos de los años 1944 a 1960, distribuidos en meses

Total de casos en el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial (1944 - 1960) en meses

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Fuente: ARA. Fondo del Tribunal de Imperial 1943 – 1960

Nota: no se toma en cuenta el año 1943, ya que el juzgado comienza con la actividad en septiembre de ese añio

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Juan Millanao, obrero – agrícola, demanda a Emilio Venegas, agricultor, por

haber trabajado con él en labores agrícolas de cosecha en el fundo “El Calvario”

desde el 5 de marzo al 20 de marzo de 1951, que no han sido cancelados, por lo

que se le debe: 15 días de trabajo a $45 pesos el día $675, más 2 noches de

trabajo a $90 pesos la noche, son $180, más 6 días de

desahucio $270, haciendo un total de $1.125. Se llega a un avenimiento y se le

paga la suma de $127,50 pesos47. En el caso forestal: Hernán Mejías y Cornelio

Mejías, obreros, dicen que desde el 26 de diciembre de 1956 hasta el 20 de enero

de 1957, trabajaron para Chandía en Huilio, conviniendo en preparar una cancha

para instalar un aserradero y además labrar 4 bases en el mismo48. Por lo que

demuestra una precarización en este tipo de trabajos.

En el mes de julio, si bien las condiciones climáticas en está área de la

Araucanía es adversa, es en este mes donde los organismos del Estado, más

demandan a empleadores, por incumplimientos de las condiciones laborales, así

es como: La inspección del trabajo tras el reclamo de Santiago Liempe, mecánico

– agrícola, demanda a Ignacio Caniuñir quien cometió la siguiente infracción, que

no le hizo contrato de trabajo a éste por lo que pide al tribunal, una multa de

$2.000 pesos. El tribunal resuelve el pago49. O la Caja de Seguro Obligatorio quien

demanda a Feliciano San Martín y por lo menos 8 personas más por una serie de

incumplimientos50. En el mes de octubre se ve la misma tendencia: Caja de

Seguro Obrero demanda a Nieves Henríquez por no contratar un seguro a sus

47 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 7. Rol nº 462, con fecha de inicio 11 de abril de 1951, a

lo que se agregan a lo menos 7 demandas más para Emilio Venegas, por trabajos devengados, de

la misma naturaleza, en los nº de roles 461, 463, 464, 465, 466, 467, 468, en la misma unidad de

conservación. 48 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 870, con fecha de inicio 7 de marzo de 1957. 49 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 13. Rol nº 842, con fecha de inicio 28 de junio de 1956,

en materia cobro de imposiciones y multa. 50 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 1. Rol nº 126, con fecha de inicio 20 de junio de 1945.

62

trabajadores por lo que le adeuda la suma de $54, por lo que tendrá que cancelar

por multa $50051.

IV.2.3. Profesión de los demandantes y demandados, y el rol de empleadores

y trabajadores.

La profesión u oficio de demandantes y demandados, constituyen una

valiosa fuente de información que permiten conocer las posiciones de los que

demandan, y qué trabajos han ejercido, identificando además cuál es el rol dentro

de las relaciones laborales, ya sea de trabajador, patrón o como parte de alguna

institución del Estado.

Gráfico 3. Profesión, oficio u ocupación de los demandantes del Tribunal del

Trabajo de Imperial de 1943 – 1960

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

51 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 79, con fecha de inicio 26 de octubre de 1944,

con más 10 casos similares en el mismo año, en materia infracción al Código del Trabajo.

Profesión, ocupación u oficio de los demandantes del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

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63

Tabla 8. Profesiones de los demandantes en el Tribunal

del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

Profesión u oficio Casos Administrador de fundo 2 Agricultores 53 Comerciante 4 Constructor 2 Contador 1 Chofer 4 Empleado doméstica 30 Empleado Particular 12 Estado 150 obrero aserradero 9 carpintero 33 industrial 3 inquilino mediero 11 mecánico 9 mediero 5 muebliesta 3 musicos 3 obrero 89 obrero agrícola 34 obrero molinero 11 obrero forestal 7 obrero panificador 8 profesor 3 rentista 1 otros 122 especialidades 21

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

64

Los principales demandantes del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial,

son los profesionales, ocupados o de oficio que se dedican a la agricultura, los

empleados domésticos, las instituciones del Estado, carpinteros, obreros, obreros

agrícolas y del ámbito otros, que corresponden a actividades realizadas, pero no

son declaradas en el Tribunal. Dan cuenta, en las primeras luces, de una sociedad

en transición, entre lo tradicional y lo moderno. Hay una gran cantidad de obreros,

los que están en vías o ya formando parte del proletariado, extendiéndose este

fenómeno al campo, con los obreros agrícolas, forestales, molineros,

panificadores. Sin embargo aun persisten los medieros y otros resabios del

sistema tradicional.

El trabajo rural aparece poco específico, con muchas tareas, y el trato

verbal: Jesús Pinto, obrero – agrícola, demanda a Hernán Pérez, que le adeuda la

suma de $2.000 por sus trabajos, ya que no lo dejó sembrar las 3 cuadras que

tenían preparadas, quedando la semilla maquilada en la bodega del patrón. No le

ha cancelado una partida de carbón, que son $1.500 por la hechura de 50 sacos, y

$480 pesos por la venta de unas habas. No se da ha lugar la demanda por falta de

testigos52. Así el trabajo más que la inserción capitalista como tal, con una

especialización productiva, contrato o pago en pesos, muestra una sociedad en

transición, José Collío, obrero – agrícola, demanda a Heriberto Machuca, quién le

debe por limpiar un terreno (roce) la suma de $280, por 1 ½ a $15 diarios por

hacer 100 sacos de carbón vegetal, a razón de $10 el saco, por lo que hace un

total de $1.302,50 pesos adeudados53. En la ciudad los obreros reclaman: José

Gutiérrez, obrero – molinero, dice que desde el 20 de abril de 1951 y hasta el 5 de

marzo de 1957 estuvo al servicio del industrial molinero Mariano Farandato,

trabajando en calidad de obrero – molinero, y una vez regresado de haberse

tomado el feriado legal, fue despedido, por lo que le quedó debiendo reajuste de

52 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 8, con fecha de inicio 14 de octubre de 1943,

en materia cobro de salarios. 53 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 7. Rol nº 497, con fecha de inicio 22 de octubre de

1951, en materia cobro de salarios.

65

salarios, reajustes de asignación familiar, envases de harina, desahucio,

gratificaciones y otros beneficios, que en total ascienden a $158.98454. La

demanda mucho más clara, precisa, y con conocimiento por parte del obrero, de

sus beneficios.

Los obreros, con importante explosión en sus demandas, debido al proceso

de urbanización creciente, que se dio por la reorientación productiva del país,

pasando desde una economía exportadora de materias primas, a una orientada a

la sustitución de importaciones, forzada, produciendo la concentración de la

población en centros urbanos55, por las actividades económicas, esencialmente

industriales, que en el caso de Nueva Imperial, Carahue, Puerto Saavedra, lo

constituía la molinería, y servicios, como la construcción, el comercio, entre otros.

De esta manera si las actividades económicas presentadas, aumentan su

importancia, o la disminuyen, estarán poniendo en conflicto las relaciones

laborales, ya que éstas pueden estar presionadas para producir más, provocando

una precarización en sus condiciones laborales y una estandarización en sus

relaciones laborales. Ésta se refiere a un proceso de cosificación del trabajador en

el proceso productivo.

Considerable es la intervención de los organismos creados por el Estado

chileno, para regular las relaciones laborales, es el caso de la Inspección del

Trabajo, la Caja de Seguro Obrero, la Caja de Empleados Particulares, demandan

a los empleadores para generar mejores condiciones laborales del empleado: la

Caja de Seguro Obrero, demanda a Alland Mac Lean, agricultor domiciliado en el

fundo Loncotripay (Tirúa) por lo que adeuda $6.375,22 de imposiciones a su

54 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 890, con fecha de inicio 4 de mayo de 1957,

en materia, cobro de sueldos, etc. 55 Hurtado, Carlos. Concentración de población y desarrollo económico. El caso chileno.

Universidad de Chile. Instituto de Economía. Santiago. 1966. pp. 21 – 22.

66

personal y ha hecho caso omiso de las notificaciones, por lo que exige al Tribunal

que se le imponga una multa de $1.78356.

Menor porcentaje de demandas, lo constituyen los que trabajan en el

ámbito de la administración, mecánicos, músicos, o los llamados trabajos de

especialistas, aquí se agruparon los siguientes trabajos: albañiles, herreros

barrenderos, mozos, garzonas, gasfiter, hortelanos, jardineros, y lavandera,

individualmente no traspasan de 3 casos, por actividad.

Gráfico 4. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los

demandantes del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

56 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 4. Rol nº 256, con fecha 5 de febrero de 1947, en

materia, cobro ejecutivo de pesos

Distribución del rol de los demandantes en el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

16%

82%

2%

Estado

Trabajadores

Patrones

67

Tabla 9. Rol de los demandantes y cantidad de casos, en el

Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial, 1943 – 1960

Rol Casos Estado 150 Trabajadores 787 Patrones 20

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Quienes demandan son principalmente los trabajadores, que reclaman por

diversas materias, pero como se verá más adelante, será por cobro de salarios. Es

una variable importante, ya que demuestra que no tan sólo puede demandar los

trabajadores, si no que también lo pueden hacer instituciones del Estado, como

asimismo los patrones.

El trabajador ya sea individual o colectivamente es el más afectado, al

parecer en las relaciones laborales, ya que éste proceso implica necesariamente

una subordinación, la que pude estar sujeta a irregularidades: Francisco Medina

oficial panificador trabajó por lo menos 5 años en la panadería “La Estrella” en la

ciudad de Nueva Imperial, como obrero - panificador. No había tenido ningún

problema hasta que el industrial Juan Sheid asumió la administración teniendo una

política tiránica y despótica con los trabajadores, especialmente aquellos

indígenas. Por ello es que se establecieron como sindicato oficialmente

constituido, en donde Medina rige como director. El día sábado recién pasado le

agredió con un objeto contundente en la cabeza y el patrón lo amenazó que no

tenía miedo por juicios, porque tenía dinero. Trabajó un año y medio, por lo que

deben pagarle la suma de 475 días a $30 diarios más regalías57.

57 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 2. Rol nº 185, con fecha 17 de enero de 1946, en

materia, cobro de salarios, pp. 1 – 4.

68

Mientras que en menor medida el Tribunal es utilizado para resolver casos

entre el Estado y Patrón, o viceversa: La Compañía Molinera el Globo demanda a

la Caja de Seguro Obligatorio, pidiéndole una rebaja, para no cancelar $15.540,3

pesos por concepto de imposiciones, ya que algunos salarios fueron calculados

con horas extras58. Pero el patrón igualmente demanda a sus trabajadores: Gavino

Castro, agricultor, demanda a Andrés Aguayo, obrero – agrícola, que por contrato

de trabajo del primero de abril de 1955, en la hijuela San Francisco, Castro le da

su terreno a Aguayo para hacer chicha de manzana, a partir de una cosecha, de la

que el patrón reservará tres carretadas para su beneficio. Los trabajos de

mantener los manzanos correrán por parte de Aguayo, la patente de expendio de

chicha será cancelado por ambos, sin embrago pide la terminación de contrato,

porque Aguayo ha agredido a su familia59.

58 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 39, con fecha 4 de marzo de 1944, en materia,

reclamación, pp. 1 – 3. 59 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 873, con fecha 19 de marzo de 1957, en

materia, terminación de contrato de trabajo, pp. 1 – 4.

69

Profesión u oficio de los demandados del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

0

100

200

300

400

500

600

Admini

strad

or d

e fu

ndo

Agricu

ltor

obre

ro

carp

inte

ros

com

ercia

nte

cons

truct

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ratis

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dueñ

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cas

a

chof

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niero

s

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obre

ros a

gríc

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ánico

mue

blista

prof

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rent

ista

traba

jado

r ind

epend

ient

e

zapa

tero

otro

s

Gráfico 5. Profesión, oficio u ocupación de los demandados del Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

70

Tabla 10. Profesión, oficio, u ocupación de los

demandados del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960, y

cantidad de casos

Profesión u oficio Casos Administrador de fundo 0 Agricultor 2 obrero 96 carpinteros 12 comerciante 7 constructor 59 contratistas 4 dueña de casa 14 chofer 3 dueño de fundo 3 empleado 3 Estado 9 industrial 1 herrero 35 ingenieros 6 inquilinos medieros 5 obreros agrícolas 7 maquinista 11 matarife 3 mecánico 1 mueblista 4 profesor 1 rentista 6 trabajador independiente 4 zapatero 13 otros 5

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

71

Los demandados más recurrentes, son los otros, que constituye un grupo

de personas que en el Tribunal no se ha identificado su profesión, oficio u

ocupación, ya que los demandantes presentan una falta de conocimiento de lo que

hacen sus empleadores, o simplemente omiten esta información, así más de 500

de los casos del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial, el demandante no es

capaz, no sabe u omite el oficio de su empleador. Ahora, por la naturaleza del

trabajo realizado por el que demanda y sus descripciones, probablemente la

mayoría de ellos corresponden a agricultores o inquilinos medieros de otros

fundos, de los que vivían, que subarriendan la propiedad o los ayudan

temporalmente ha realizar algún trabajo, pero es difícil de comprobar: Domingo

Huircapán, cortador de trigo, dice que desde el 17 de febrero y hasta el 18 febrero

estuvo al servicio de Meliqueo Lehue, que no sabe su profesión60, trabajando en

su reducción con un salario de $2.000 pesos la cuadra, y cortó 1 ½, por lo que

cobra $3.000 pesos, los cuales no han sido cancelados. Otro de los casos es de,

Juan Maripil, Lorenzo Antileo, Benigno Melipil, Manuel Yanqui y Aurelio

Quintriqueo, dicen que desde el 16 de enero de 1957 y hasta el 11 de febrero de

1957, estuvieron al servicio de Ramón Chávez, que no saben su profesión61 con

un salario de $300 pesos diarios, pero el demandado, reconoció ante el inspector

del trabajo que debía los salarios, pero a un precio muy inferior. Los afectados

exigen el pago íntegro de éstos: Juan Maripil, $6.900, Lorenzo Antileo, $6.900,

Sebastian Catrileo $8.100, Benito Melipil, $6.900, Manuel Llanqui, $8.100 y Aurelio

Quintriqueo, $6.900, haciendo un total de $43.800 pesos.

Forman el grupo de los más demandados, los comerciantes, agricultores e

industriales: Carlos Casella, de profesión músico, demanda a Carmen Lillo,

comerciante62, por la suma de $700 por saldo de sueldo, ya que tocaba el violín 60 Énfasis propio. ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 912, con fecha 23 de

septiembre de 1957, en materia, cobro de salario, pp. 1 – 3. 61 Énfasis propio. ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 877, con fecha 22 de marzo

de 1957, en materia, cobro de salario, pp. 1 – 2. 62 Énfasis propio. ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 4. Rol nº 317, con fecha 23 de octubre

de 1947, en materia, cobro de salario, pp. 1 – 3.

72

en el cabaret “Las Carmelitas” pagándole $40 pesos por noche. Otro caso es el

de, Gumersindo Saavedra, obrero – panificador quien trabajó para las órdenes de

Celso Gutiérrez, industrial – panificador63, desde el 15 de octubre de 1952 hasta

el 24 de junio de 1953 en calidad de oficial – panificador, con un salario de $110

pesos diarios, también tenía como ración diaria dos kilos de pan.

Gráfico 6. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los

demandados, según el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

Tabla 11. Cuadro de los roles de demandados en el Tribunal del Trabajo

de Nueva Imperial, 1943 – 1960 y cantidad de casos

Rol Casos Estado 7 patrón 936 trabajador 14

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

63 Énfasis propio. ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 10. Rol nº 682, con fecha 12 de agosto

de 1953, en materia, cobro de salario, pp. 1 – 5.

Distribución de rol de los demandados del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

98%

1% 1%

Estado

patrón

trabajador

73

Sin duda los más demandados son los patrones, y en menor medida los

trabajadores y el Estado, siendo los primeros, a los que se les alude en los

Tribunales, demostrando que éste cumple con su objetivo. Sin embargo este

centro judicial, cumple con el rol para enmarcar las relaciones laborales, y

disciplinar al trabajador a qué cumpla con sus obligaciones.

En la siguiente tabla se explicará, cuáles eran las personas que más

demandaban, la cantidad de casos en la que estuvieron involucrados, y luego da

entender si es que los demandados son las mismas o diferentes. Asimismo

demuestra aquellos patrones más demandados, la cantidad de casos en los que

aparecen, y si es que los trabajadores o entes del Estado que los demandas, son

los mismos o diferentes, en cada caso. Todo ello se enmarca dentro del ámbito

rural.

74

Tabla 12. Nombre de los demandados y demandantes que más demandan y

son demandados del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960, del

área rural64.

Nombre demandante nº de casos

Personas a las que demandan Nombre del demandado

nº de casos

Persona que los demandan

Caja de Seguro Obligatorio 3 diferentes Alejandro Navarro 2 diferentes

Cayetano Beltrán 2 diferentes Andrés Carvajal 3 diferentes

Celso Silva Ríoz 2 diferentes Antonio Fonseca Morales 2 diferentes

Domingo Huircapán 2 diferentes Antonio Kind 3 diferentes

Ernesto Cid 2 mismos Artemio Sánchez Rosales 4 diferentes

Fidel Retamal 2 mismos Aurora Hernández vda. de Bodegaray 2 diferentes

Guillermo Zapata 2 diferentes Carlos Conus 3 diferentes

Herminio Morales 2 diferentes Constantina González viuda de Suárez 2 diferentes

Herminio Picheira 2 mismos David de la Maza Santander 4 diferentes Inspección del Trabajo 37 diferentes Domingo Currihual 2 diferentes

Isaías Landeros 2 diferentes Elcira Pruessing vda. de Reyes 7 diferentes

Juan de la Cruz Ramírez 3 mismos Eric Hilchinson 2 diferentes

Juan de la Cruz Sanhueza 2 diferentes Humberto Chávez 6 diferentes

Juan Millanao 3 diferentes Germán Rolof 2 diferentes

Jorge Bordegaray 7 diferentes

Jorge Schleyer 3 diferentes

José Anduesa Eyleramendy 3 diferentes

Juvenal Morales 5 diferentes

Meliqueo Caniulao 2 diferentes

Reinaldo Sánchez 4 diferentes

Salomé Anríquez 4 diferentes

Sucesión Domingo Suárez 4 diferentes

64 ARA. Fondo Judicial del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960.

75

En el ámbito rural, los demandantes que más concurren al Tribunal, están

presentes en un 11% de los casos. Entre ellos se encuentran primordialmente

obreros – agrícolas, que teniendo problemas laborales, recurren al Juzgado, y al

volver a tener estos conflictos, volvieron a demandar a los mismos u otros

empleadores, es el caso de Juan Millanao Millanao, que demandó en los años

1950, 1951 y 1955, obteniendo resultados favorables, o Cayetano Beltrán Morales

que lo hizo en 1943 y 1947: Cayetano Beltrán Morales, demanda a Alberto Kreps,

ambos domiciliados en el Fundo San Alberto, por la suma de $2.270, por una serie

de trabajos extras, que no estaban estimulados en el contrato de mediería. Llega a

un avenimiento y se le cancela todo lo adeudado65 . Cayetano Beltrán Morales,

obrero - agrícola, demanda a Herminia Quijada, agricultora por sus medias de 600

kilos de trigo que dieron 17 sacos de 80 kilos y una chacra que avalúa en $1.500,

producto de 4 sacos de siembra de porotos azufrados y 88 m3 de picadura de

madera a $5 el metro haciendo un total de $440, y sin contrato de trabajo. La

demandada dice que se sembraron 711 k. y se cosecharon 1.388 kilos de los

cuales debe rebajarse la semilla quedando un saldo de 677 kilos que divididos por

la mitad resulta 338,50, de los que ya pagó 330 kilos, lo que adeuda $8,50. Se

llega a un avenimiento donde se le entrega los 771 kilos66. Pero en general no

demuestra que el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial, en el área rural, exista

una costumbre de concurrir a estas instancias para reclamar, ya sea por lejanía

del lugar, o por la existencia de otras formas de resolución de conflictos laborales.

Por otro lado, la presencia del Estado, también está allí, pero de menor medida,

con respecto a la urbana, como se verá más adelante.

Acerca de los demandados más concurrentes, participan en el 13% del total

de casos del ámbito rural. Quienes presentan más casos, son Elcira Pruessing

vda. de Reyes y Jorge Bordegaray, a la que también se suma su esposa, ella

65 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 7, con fecha 7 de octubre de 1943, en materia,

cobro de salario, pp. 1 – 4. 66 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 4. Rol nº 271, con fecha 26 de septiembre de 1947, en

materia, cobro de salario, pp. 1 – 4.

76

enviuda de éste, Aurora Hernández vda. de Bodegaray. Asociado a esta misma

situación, se encuentra la sucesión Domingo Suárez, y su mujer quien queda a

cargo, Constantina González viuda de Suárez. Se evidencia claramente que las

viudas forman parte de los mayores demandados, ya que tras las muertes de

importantes y reconocidos empresarios de la zona, hay una desorganización

productiva, tal vez casi natural, quedando manifestado: José Cariqueo, obrero –

agrícola, dice haber prestado servicios a Elcira Pruessing, agricultora, dueña del

fundo Ranquilco, desde el 1 de junio hasta el 17 de septiembre de 1953, con un

salario de $35 pesos diarios, por lo que le adeuda $1.592,50 La demandada

arguye que no es ella la persona que se encarga de contratar a los obreros ni

organizarlos, desde que su marido murió lo hace el administrador Julio

Neuman.67 El demandante no es capaz de precisar quién lo contrató, pero sabe

que no fue la señora Pruessing, sólo conoce que ella es la dueña del fundo. Se

llega a un avenimiento y en el acto le cancela la suma de $560,50 pesos68. Otro

caso lo demuestra: Luís Villegas, obrero – agrícola, dice que trabajó desde 1923

en el fundo Ranquilco, donde en 1948 muere su empleador don Vicente Reyes,

y luego su patrona fue Elcira Prussing, quedando actualmente en manos de

su hija Emma Prussing69. Fue despedido el 15 de junio de 1954 sin aviso previo,

quedándole debiendo por concepto de asignación familiar establecida por los

artículos 33,34 y 35 de la ley nº 8811, de fecha 8 de julio de 1947, publicada en el

diario oficial nº 20813 de fecha 29 de julio del mismo año desde el 29 de julio de

1947 al 31 de julio de 1953, $13.333,32. Más la bonificación conforme al D.F.L. nº

165, de fecha 4 de julio de 1953, desde el 16 de julio de 1953 hasta el 15 de junio

del año 1954, $4.125, más sueldo de $2.500 pesos mensuales desde el 1º de

enero de 1954, al 15 de junio de 1954, $13.750, más feriado de 15 días a

67 Énfasis propio 68 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 10. Rol nº 691, con fecha 2 de octubre de 1953, en

materia, cobro de salario, pp. 1 – 7. 69 Énfasis propio

77

$1.343,75, más un desahucio de 60 días a $5.375, adeudándole en total:

$37.927,0770.

Humberto Chávez con demandas en los años 1954, 1956, 1957, 1959, en

ellas se plantean generalmente el cobro de salarios por parte de obreros –

agrícolas: Domingo Caniullan, obrero – agrícola, demanda a Humberto Chávez, a

quien le trabajó desde el 27 de enero al 29 de febrero de 1956, con un salario de

$250 pesos diarios, quedándole un saldo impago de $3.500 pesos71. En este

mismo sentido, Juvenal Morales: Manuel Barriga, Julio Briones, Custodio Muñoz,

obreros agrícolas, demandan a Juvenal Morales por la suma de $576 que

corresponde a un saldo de salario por su trabajo en construcción de camino y

destrozadura de madera, en la hijuela Santa Laura de Huilio, por la temporada72.

Y Salomé Anríquez: José Miguel Sánchez, mediero – agrícola, dice que ha

trabajado para Salomé Anríquez, sembrando 65 kg. de lentejas, 55 kg. de porotos,

200 kg. de trigo, 6 sacos de papas y además hizo un cerco de 200 metros, pero le

retuvo las lentejas 174 kg. por una deuda de $14.000 que tiene, pero pensando

que el kilo está a $130, queda un saldo y le debe cancelar $8.620, más la hechura

del cerco, más el 50% del producto de los porotos y trigo, más 5 carros de paja, lo

que en pesos se traduce en $127.62073.

70 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 11. Rol nº 731, con fecha 9 de julio de 1954, en

materia, cobro de salario, pp. 1 – 5. 71 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 13. Rol nº 824, con fecha 27 de marzo de 1956, en

materia, cobro de salario, pp. 1 – 6. 72 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 4. Rol nº 324- 323 - 322, con fecha 27 de noviembre de

1947, en materia, cobro de salario, pp. 1 – 10. 73 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 955, con fecha 24 de junio de 1958, en

materia, cobro de salario, pp. 1 – 9.

78

Tabla 13. Nombre de los demandados y demandantes que más demandan y

son demandados del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960, del

área urbana74.

Nombre del demandante nº de

casos Personas a las que demandan Nombre del demandado

nº de casos

Persona que los demandan

Caja de Seguro Obligatorio 2 diferentes Abelino Venegas 2 diferentes

Compañía Molinera el Globo 4 diferentes Adolfo Volphal 2 diferentes

Inspección del Trabajo 63 diferentes Agapito Cid 2 diferentes

Servicio de Seguro Social 15 diferentes Argimiro García 3 diferentes

Avendaño, Lavín y Cía. Ltda.. 3 diferentes

Carlos Carmona 3 diferentes

Compañía Molinera el Globo 5 diferentes

Compañía Ciro Fernández Ltda.. 4 diferentes

Francisco Travieso 2 diferentes

Guillermo Valck 3 diferentes

Hugo Mac – Donald 2 diferentes

Luís Garzzotto 4 diferentes

Martín Martínez Loncón 3 diferentes

Municipalidad de Nueva Imperial 11 diferentes

Olaf Larzón 3 diferentes

Renato Perugi 3 diferentes

Saúl Alsina 4 diferentes

Segú hnos. 2 diferentes

Celim Jadue y familia 8 diferentes

Los demandantes más recurrentes en el área urbana, participan en el

23,7% de los casos, siendo los de mayor ingerencia, los organismos del Estado, y

la Compañía Molinera el Globo. La Inspección del Trabajo, se encarga de vigilar

que las condiciones de trabajo se cumplan, al igual que el resto de los organismos.

Llama especial atención el caso de la Compañía Molinera el Globo, el que

74 ARA. Fondo Judicial del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960.

79

teniendo el rol de empleador realiza varias demandas, entre ellas se encuentra:

Luis Consiglio, gerente de Compañía el Globo, demanda a Inostroza, porque éste

se desempeñaba como cajero de la molinera, es un cargo bastante importante

donde se manejaba mucho dinero, por lo que el 8 de junio, debía entregar la suma

de $44.660,15, y entregó sólo $42.043,96, debiendo $2.616,19. Este individuo

forma parte de la junta departamental de Conciliación y Arbitraje, por lo cual para

echarlo es necesario causa justificada75. Tiene a lo menos 4 demandas parecidas.

Los demandados más recurridos en el área urbana, forman parte del 5,3%

de los demandados, y participan en el 19,4% de los casos. Lideran la lista por

reclamos, la Municipalidad de Nueva Imperial, Celim Jadue y familia y la

Compañía Molinera el Globo. Al parecer la Municipalidad de Nueva Imperial,

atravesaba por un desajuste, ya que las demandas están concentradas en un año

en específico y desempeño de sus obreros similares, los cuales eran

esencialmente barrenderos, jardineros y carpinteros: Lorenzo Carrillo demanda a

la Municipalidad para que le pague en concepto de desahucio $3.000 además en

concepto de salario por los feriados legales de $300. Desempeñaba el oficio de

obrero, barriendo calles percibiendo por día la suma de $20 pesos, desde 1940 al

15 de junio del presente año. Se le paga por todo estos conceptos la suma de

$3.669,7076. En el caso de Celim Jadue y familia, todos ellos comerciantes: Abel

Fernández, mueblista demanda a Celim Jadue, comerciante, quien le ordenó la

confección de una mueble vitrina para exhibición de mercaderías, trabajo que vale

$2.500, pero se negó a pagarlo una vez echo ya que dijo que el precio era

obsesivo, y le abonó la suma de $610, quedando un saldo de $1.89077.

75 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 5. Rol nº 341, con fecha 10 de junio de 1948, en

materia, caducidad de contrato y cesación, pp. 1 – 7. 76 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 1. Rol nº 147, con fecha 12 de julio de 1945, en

materia, cobro de desahucio, pp. 1 – 3. Se agregan los roles 145 - 146 – 148 – 152 - 153 – 155 -

156 – 160 - 176 77 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 530, con fecha 26 de febrero de 1952, en

materia cobro de salarios, pp. 1 – 2.

80

Gráfico 7. Profesión, ocupación u oficio de los demandantes del

Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Tabla 14. Profesión, oficio de los demandantes del Tribunal del Trabajo

de Temuco 1940 – 1960 y número de casos.

Profesión Total de casos administración 3 agricultor 26 albañil 4 aprendices 2 especialización 20 carpintero 28 empleado doméstico 70 comerciante 4 constructor 2 contador 3 chofer 5

Profesión, oficio u ocupación de los demandantes del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

0

20

40

60

80

100

120

140

160

adm

inist

ració

n

agric

ultor

alba

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apre

ndice

s

espe

cializ

ació

n

carp

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ro

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o

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obre

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gríco

la

obre

ro d

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erra

dero

perio

dista

pint

or

prof

esor ot

ro

81

empleado particular 44 enfermero 1 Estado 70 inquilino 5 obrero 152 mecánico 10 médico 2 mediero 4 mueblista 4 músicos 2 obrero agrícola 48 obrero de aserradero 1 periodista 1 pintor 3 profesor 4 otro 48

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

La situación de Temuco, en cuanto a los demandantes, se ve una

diversificación en la rama productiva de los servicios, con respecto al Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial, éstos son: constructores, médicos, contadores,

enfermeros, periodistas, profesores, mueblistas y los llamados especializados, que

agrupan de alguna manera a los bodegueros, carniceros, hortelanos, gasfiter,

mozos, lecheros, zapateros y escribientes. Sin embargo los que más demandan

son los obreros, los empleados domésticos, el Estado, obreros agrícolas y

empleados particulares. Los obreros predominan en sus demandas: Juan Mellado,

obrero, dice que fue contratado por Julio Paredes, contratista, como valijero y

como mensajero para atender el servicio a domicilio de información a Ferrocarriles

del Estado, el 10 de diciembre de 1946, y por lo que realizaba le pagaban $40

pesos diarios y $1.200 mensuales. Dice que la relación entre obrero y patrón era

de armonía, hasta que lo despidió del trabajo78. O el caso de, Guillermo Carrasco,

Luís Valdés Mora, José Grandon Suazo, Hipólito Sáez, Manuel Cartes, Víctor

78 ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco. en adelante F.T.T.T. Unidad de Conservación

194. Rol nº 12347, con fecha 27 de septiembre de 1949, en materia cobro de salarios, pp. 1 – 2.

82

Lavados, Moisés Carrillo y José Pacheco, todos obreros, dicen que han trabajado

para SOCOSUR (Sociedad de Ingeniería y Construcciones Sur Ltda.) desde el 1

de febrero de 1960 hasta el 12 de marzo de 1960, en calidad de obreros a trato en

remoción de arena, ripio, piedra y tierra, por lo que removieron 280 metros cúbicos

de material, para la hechura de caminos79. Temuco con un claro predominio en las

actividades secundarias y terciarias de la economía, ya que la ciudad, se perfilaba

como la ciudad más importante de la Araucanía80, presentaba mucho más esta

naturaleza de conflictos.

La denominada profesión, otros, la que no es posible de precisar, por su

vacío en la fuente, disminuye, con respecto al Tribunal del Trabajo de Nueva

Imperial, es decir, en la ciudad el trabajador posee más conciencia de cuál era su

rol en el proceso productivo.

79 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 272. Rol nº 18926, con fecha 21 de marzo de 1960, en

materia cobro de salarios, pp. 1 – 4. 80 Pinto, Jorge. La población de la Araucanía en el siglo XX. Crecimiento y distribución Espacial..

op. cit. p. 115

83

Gráfico 8. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los

demandantes del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Tabla 15. Distribución de los roles de los demandantes, y casos del Tribunal

del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Rol Casos Estado 71 trabajador 512 patrón 15

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Los demandantes más comunes, son los trabajadores con un 85%, lo sigue

el Estado con un 12% y los patrones con un 3%. Con respecto al otro Tribunal,

menor ingerencia tienen los organismos del Estado, mientras que crecen las

demandas de los patrones y de los obreros, levemente. Persistentes son los

cobros de salario, Gregorio Morales, obrero, dice que estuvo trabajando para

Rolan Rohrborn, industrial, haciendo muebles, donde le pagaban la suma de $75

Distribución de roles, de los demandantes en el Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

12%

85%

3%

Estado

trabajador

patrón

84

pesos al día, y lo despidió sin aparente causa justificada. El demandado responde

que este le robó madera, por eso lo echó. Llega a un avenimiento y le cancela la

suma de $30081.

Uno de los casos más comunes en las demandas de los patrones, se

encuentra: Ernesto Escobar, por el diario El Sur, demanda al empleado del diario

Juan Mansolet Mermoud, quien trabajaba en la sección corrección de pruebas,

goza de la inmovilidad de su cargo que establece el artículo 599 del código del

trabajo ya que no han pasado 6 meses después de haber sido parte de la Junta de

Conciliación de Empleados Particulares. Pero Manoslet, ha incurrido en faltas

graves a las obligaciones que le imponía su contrato de trabajo, quien no corrigió

una serie de informaciones, por lo que pide la autorización de despido de Juan

Mansolet82.

81 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 226. Rol nº 15005, con fecha 7 de agosto de 1953, en

materia cobro de salarios, pp. 1 – 4. 82 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 203. Rol nº 12637, con fecha 13 de abril de 1950, en

materia caducidad de contrato, pp. 1 – 4.

85

Gráfico 9. Profesión, oficio u ocupación de los

demandados del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Tabla 16. Profesión, ocupación, u oficio de los demandados del Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 – 1960, y número de casos.

Profesión Casos agricultor 84 chofer 3 dueño de fundo 2 empleado 18 Estado 2 ingeniero 1 administración 4 arquitecto 1 asegurador 1 camionero 2 carpintero 3 comerciante 82

Profesión, oficio u ocupación de los demandados del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

0

50

100

150

200

250

300

agric

ultor

chof

er

dueñ

o de

fund

o

empl

eado

Estad

o

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adm

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ració

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mec

ánico

méd

ico

med

iero

obre

ro a

gríco

la

perio

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otro

s

86

constructor 8 contador 2 contratista 16 industrial 69 ingeniero 5 inquilinos medieros 6 obreros 16 especialistas 19 mecánico 3 médico 4 mediero 1 obrero agrícola 2 periodista 1 otros 250

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Los principales demandados son los otros, que tras el vacío que se

presenta en la fuente, con falta de información al respecto, o que simplemente sus

trabajadores desconocen la actividad ejercida por sus empleadores, o tal vez

fueron contratados por enganchadores o contratistas, y sólo saben el nombre de

su patrón directo. En menor medida son demandados aquellos patrones

dedicados a alguna especialidad, término que se ha impuesto para denominar de

alguna manera, y hacer más fácil la lectura del gráfico. Ello agrupa a las

ocupaciones de pintores, carniceros, electricistas, abasteros, sastres, y mozos. Se

agregan al grupo de los menos demandados a obreros, mecánicos, constructores.

87

Gráfico 10. Distribución de roles, en las relaciones laborales de los

demandados del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Tabla 17. Rol y número de casos de los demandados en el Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Rol Casos patrón 575 trabajador 16 Estado 9

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Como se puede apreciar, los más demandados son los patrones, pero

igualmente aumentan levemente con respecto al otro Tribunal los trabajadores y el

Estado, dentro de este último tipo de demanda se puede destacar: Aladin Pineda,

empleado, dice que según documentos que acompaña la Caja de Previsión de

Empleados Particulares procedió a reconocer el derecho que el suscrito tenía para

percibir asignación familiar, con fecha 7 de junio de 1957, y se lo suspendieron en

Distribución de los roles de los demandados en el Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

95%

3% 2%

patrón

trabajador

Estado

88

julio de 1958, por considerar que sus obligaciones no eran propias de empleado

particular, por lo que pide la restitución del beneficio83.

IV.2.4. Las materias en conflicto

Ilustración 2. Configuración de demandantes y demandados, y principales

figuras legales

Fuente: Elaboración propia

Cada uno en las relaciones laborales cumple un papel, como tal. Posee

diferentes derechos y obligaciones, que enmarcarán la configuración de las

demandas. En la ilustración 2 se demuestra claramente quienes demandan y

cuáles son sus reclamaciones en específico y se desarrollarán a lo largo de este

83 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 269. Rol nº 18602, con fecha 15 de agosto de 1959, en

materia de restitución de beneficio, pp. 1 – 4

89

apartado, identificando qué demandas son más recurrentes, y por parte de

quienes son implantadas, las que serán reafirmadas con la utilización de los casos

de los expedientes judiciales, tanto del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial de

1943 – 1960, como del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940- 1960.

Gráfico 11. Número de expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de

Nueva Imperial, según materia de conflicto

Fuente: ARA. Fondo Judicial del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Tabla 18. Materias y número de casos en conflicto en el Tribunal del Trabajo

de Nueva Imperial 1943 – 1960

Materia de conflicto Casos Accidentes de trabajo 25 caducidad de contrato 6 cobro de desahucio 48 cobro de diferencia de sueldos 4 cobro de gratificaciones 1 cobro de indemnizaciones 5 cobro de salario 701 cobro de siembra 5

Cantidad de casos del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960, según materia de la demanda

25 648

4 1 5

701

5 7 16

93

637

30

100

200

300

400

500

600

700

800

Acc

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abaj

o

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C.T

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cura

dor ot

ros

recl

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90

cumplimiento de contrato 7 imposiciones 16 Infracciones al C.T. 93 nombramiento de curador 6 otros 37 reclamos 3

Fuente: ARA. Fondo Judicial del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Gráfico 12. Número de expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de

Temuco, según materia de conflicto

Fuente: ARA. Fondo Judicial del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

Nº de expedientes del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960, según materia

de denuncia

18 6 26 6 9 12 447 52

3 5

410

050

100150200250300350400450

acci

dent

es d

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abaj

o

cadu

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rato

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91

Tabla 19. Materia y número de casos en conflicto en el Tribunal del Trabajo

de Temuco 1940 - 1960

Materia de conflicto Casos accidentes de trabajo 18 caducidad de contrato 6 cobro de desahucio 26 cobro de diferencia de sueldos 6 cobro de gratificaciones 9 cobro de indemnizaciones 12 cobro de salario 410 cobro de siembra 4 imposiciones 47 Infracciones al C.T. 52 tercería de dominio 3 restitución 5

Fuente: ARA. Fondo Judicial del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

� Accidente de trabajo: denuncia echa por el patrón o por el mismo

empleado, por un accidente de trabajo. Asociada a esta causa, vemos también los

cobros de indemnización por accidentes de trabajos, y cobro de salario por

accidentes de trabajos.

Esta ley fue creada en 1927, bajo el número 4055, luego fue sistematizada

e incorporada en el Código del Trabajo, en 1931. Es entendido como accidente de

trabajo toda lesión que el empleado sufra a causa o con ocasión al trabajo y que le

produzca incapacidad para el mismo, se responsabiliza de ello el patrón, además

se hará cargo del pago de indemnizaciones, que irán en directa relación, según

sea la cantidad de obreros que tenga a su cargo. Así los gastos correrán por

cuenta exclusiva de él, si tiene menos de 5 obreros, y si no tiene la respectiva

aseguradora, el patrón de manera responsable cancelará. Es una de las

obligaciones que se contraen, una vez firmado un contrato de trabajo escrito o

trato84. Éstas se producirían, por la peligrosidad y malas condiciones del trabajo,

84 ARA. Valenzuela, Fernando. Ensayo sobre el abuso.. op.cit.. pp. 167 - 178

92

cansancio, descuido del trabajador, fortuito, etc. La formulación de esta ley, es

parte de una teoría moderna, ya que incorpora la noción de riesgo en el trabajo,

por eso es que se crea el Seguro Obligatorio contra accidentes, ideadas en

Alemania en 1886. Cumplirá una función similar la sección de accidentes de la

Caja de Ahorros, también puede ser conocida como la Caja de Accidentes.

El Tribunal del Trabajo será el encargado de recibir estas denuncias, para

que las personas puedan tener sus respectivas indemnizaciones. Así es como la

Compañía de Electricidad demanda a Carlos Echeverría: Daniel González por la

Compañía General de Electricidad, dice que el 21 de junio a las 11 a.m. explotó un

émbolo de un motor diesel de la central hidráulica de calle Montt, por lo que el

empleado Carlos Echeverría tuvo un accidente, una fractura de un tercio circular

de la pierna derecha, estando 2 meses inhabilitado de trabajar, y no está

asegurado. El demandante cancela todo el salario del demandado además de sus

gastos, por lo que el obrero no lo contra demanda. El tribunal resuelve que la

Compañía ha respondido satisfactoriamente85. En este sentido el Tribunal sólo

actuó como un garante de que se cumplieran las disposiciones legales.

Pero, no todos los patrones denuncian, también deben de hacerlo los

trabajadores, cuando no se les han cancelado sus indemnizaciones: Isabel

Salazar, labores de casa, dice que con fecha 28 de febrero de 1959, falleció su

marido Raúl Esparza, por un accidente de trabajo, prestando servicios a Carlos

Biolley, industrial, produciendo la muerte de su marido. El demando está de

acuerdo, ya que esto se produjo mientras estaban dirigiendo un camión y se volcó,

porque hubo un desplazamiento de tierra, en el sector Conguillio de Cunco,

debiéndose hacer cargo, la Compañía Aseguradora La Industrial86. Pero también

el propio obrero demanda: Domingo Lizama, obrero de aserradero del fundo

85 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 121. Rol nº 6387, con fecha 25 de junio de 1940, en

materia de denuncia de accidente, pp. 1 – 5 86 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 269. Rol nº 18613, con fecha 31 de agosto de 1959, en

materia de denuncia renta vitalicia, pp. 1 – 5

93

“Huamaqui”, demanda a su patrón Bolívar Alarcón, porque dice que le ocurrió un

accidente de trabajo el día 19 de noviembre lo que lo ha dejado inmovilizado para

el trabajo hasta la fecha. Su patrón lo trasladó al Hospital de Cholchol, pero no le

ha pagado la indemnización, que de acuerdo a la amputación de la primera y

segunda falange del dedo meñique de la mano izquierda, que según la temporada,

la indemnización debe ser equivalente al 75% del salario diario de $45, pero nada

ha hecho. Asimismo no ha cancelado los gastos del hospital, y no ha denunciado

el accidente, por lo que Alarcón exige $2.160, por 64 días a razón del 75% del

salario, $5.940 por indemnización de la falange, por pérdida de un 80% de la

movilidad de las manos $6.490, pago del hospital $990, viajes a Nueva Imperial y

Temuco $1.000, haciendo un total de $16.570. No se encuentra a Alarcón por lo

que las notificaciones se harían ha Temuco donde tiene domicilio, o al fundo de

Quepe “Aurelio”, ya que “Huamaqui” lo vendió. Se llega a un avenimiento el patrón

le cancela la suma de $6.00087.

87 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 520, con fecha 26 de enero de 1952, en

materia accidente de trabajo, pp. 1 - 10

94

Tabla 20. Propuesta de seguro, según ocupación y sueldo de trabajador

rural, de un empleador en diciembre de 195188

Oficio personal

asegurado

Período

Remuneración

diaria Regalías Remuneración total

Mayordomo 2 año 1.100 900 48.000

Capataces y

vaqueros 2 año 700 700 33.600

Medieros e

inquilinos 3 300 20 600 39.600

Trabajadores

al día 10 200 22 - 44.000

Trilla motorizada

Cosecha 10 30 22 - 6.600

Empleados

domésticos 1 año 200 500 8.400

Ley 8.198

5% $360

Total $7.560

Impuesto

Ley

9311-11% $831,60

Total $8.391,60

Pero a veces los empleadores argumentan que lo sucedido en los puestos

de trabajo no corresponden a accidentes laborales, o simplemente el trabajador

igual aprovecha su situación: Benjamín Leal, agricultor declara salvarse de toda

responsabilidad por el accidente de trabajo de Auristela Pinto, quien trabajó de 88 Tabla que presenta una propuesta al Tribunal, acerca de los montos que un empleador debe

cancelar, según la remuneración del trabajador y su cargo, en ARA. F.T.T.N.I. Unidad de

Conservación 8. Rol nº 520, con fecha 26 de enero de 1952, en materia accidente de trabajo, p. 15

95

empleada doméstica en su hogar, y que actualmente se encuentra medicándose

en el hospital de Temuco, tras haberse caído en estado de ebriedad. Se cayó de

una escalera al seguir a un obrero José Rosales, quebrándose la tibia y el peroné

de la pierna derecha. Es una invalidez parcial por lo que la demandante exige la

indemnización correspondiente. Se llega a un avenimiento en donde se le paga la

suma de $550 pesos89. Otro caso similar, José Albornoz, obrero, jefe de la

cuadrilla del Ferrocarril de Freire a Toltén, demanda a Baltasar González,

ingeniero de la oficina fiscal de FF.CC. de Freire a Toltén, quien el 10 de octubre

de 1942 se le produjo una lesión en la cabeza, lo que le provocó una ceguera del

ojo derecho, y ganaba $25 pesos diarios. El demandado argumenta que hace 3

días que éste no había ido a trabajar, y fue inusualmente a caballo a buscar su

anticipo a Toltén, luego de noche caminó a su casa en evidente estado de

ebriedad, porque se cayó del caballo, y fue encontrado por el subdelegado. El

tribunal resuelve que no es un accidente de trabajo90.

Como se puede ver tanto en los gráficos 11 y 12, referentes a las materias

de conflicto, los accidentes del trabajo, y sus denuncias, están presentes en

ambos tribunales, con una cantidad secundaria de casos, acerca de accidentes

laborales, considerándose que hay otras materias con demandas más recurrentes.

Su denuncia puede ser considerada como un rasgo moderno, ya que denota

conciencia de la importancia del trabajador como agente en el proceso productivo.

� Caducidad de contrato: denuncia realizada por el patrón, para terminar

con los contrato de trabajo de los empleados, generalmente porque no los pueden

despedir, a un cuando han incumplido en su trabajo, y están sujetos a la directiva

de un sindicato, o una Junta de Conciliación y de Arbitraje, o simplemente los

quieren enajenar del trabajo por efectuar estas funciones, o bien no ha cumplido

89 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 1. Rol nº 123, con fecha 17 de mayo de 1945, en

denuncia de accidente de trabajo, p. 4. 90 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 148. Rol nº 8696, con fecha 25 de febrero de 1943, en

materia de demanda de accidente, pp. 1 – 5

96

con las disposiciones de los contratos. Asociada a estas causas se encuentran

término de contrato, donde se pide el término anticipado, cesación de contrato,

desalojo, separación de 5, terminación de contrato y servicios, entrega de puebla,

cumplimiento de contrato.

El siguiente caso demuestra como un patrón demanda al Tribunal la

separación de su empleado, lo cual no puede hacer por pertenecer éste a un

sindicato: José Egyhazi, ingeniero, dice que tiene a su cargo la construcción del

camino longitudinal de Temuco a Lautaro, y entre los obreros contratados se

encuentra Eduvige Castro Rivas, jornalero, quien es actualmente presidente del

sindicato de Pavimentación y Caminos de Empresas Particulares de Cautín. Este

obrero, según el ingeniero, ha faltado varios días a su trabajo, y con fecha 28 de

marzo, la Inspección Fiscal del camino longitudinal sur, sector de Temuco a

Lautaro, comunicó al contratista Ignacio Hurtado, que la obra del kilómetro 18.767

adolece de graves defectos técnicos de construcción por lo que comprueba la nula

competencia del obrero, demostrándose en las agrietaduras del alcantarillado,

infringiendo una falta grave dentro de las obligaciones que exige su contrato,

pidiéndose la caducidad del mimso. El demandado responde que estas

acusaciones son arbitrarias, ya que la dirección técnica de este trabajo, no puede

serle confiado a un obrero que simplemente tiene la labor de hacer mezclas y de

ubicar el material de enmaderamiento. Por lo de la alcantarilla, ya fue despedido el

5 de marzo de 1953, pero, por los requerimientos del Sindicato, intervino la

Inspección del Trabajo quien arbitró en estas dificultades, reincorporándose al

trabajo, pero ya no en las funciones de obrero a trato, si no que de obrero a jornal

encargado de la areneadura de arena y ripio, por lo cual ninguna responsabilidad

tiene en los errores, esta cuestión respondería a hostilizar a Castro y al sindicato.

Y en caso de que fuera despedido, el fuero sindical al cual estaría suscrito a pagar

el demandante es de la suma de $35.510. El demandante responde que nada

97

adeudaría, porque pide la caducidad de contrato. Ha lugar la demanda, pero no en

el pago del fuero91.

Similar demanda es la de la Compañía Molinera el Globo de Nueva

Imperial, la que pide la separación de 5 obreros: Arsenio Muñoz, Juan Castillo,

Herminio Sanhueza, Roberto Jiménez, Pedro Braganza, que formaron parte del

sindicato “el Globo” que está en liquidación por tener menos de 25 obreros. Por lo

que se pide que sean autorizados por el tribunal para ser apartados de sus faenas,

ya que no hay trigo, pero por su calidad de ser miembros de un sindicato esto no

se puede realizar. Los obreros acusan que tal situación es injusta ya que hay trigo,

además existen otras sucursales donde pueden ser trasladados, si esta situación

fuese contraria92.

Estos casos demuestran como el Tribunal es utilizado para poder disolver

los sindicatos, de alguna manera, forma evidentemente moderna de asociación de

trabajadores, aduciendo a diferentes razones.

Otra de las causas, por las que se pide término en los contratos, es por la

falta de medios de producción para que puedan ejercer bien su trabajo. Todo

patrón que en ese momento no quería estar al margen de la ley, debió pedir

autorización para finalizar con los términos del trabajo, y más aun si estos son

dirigentes de un sindicato: Arturo Gebert, médico, dice que actualmente tiene en

construcción un edificio, pero se le han acabado los fondos, por lo que tienen que

darle un desahucio legal a los siguientes trabajadores: Román Matamala, Alberto

Cid, Oscar Sepúlveda, que son dirigentes sindicales93.

91 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 226. Rol nº 14990, con fecha 31 de julio de 1953, en

materia terminación de contrato, pp. 1 – 11 92 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 17, con fecha 12 de noviembre de 1943, en

materia autorización para separar a 5. pp. 1 – 7. 93 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 194. Rol nº 12324, con fecha 10 de septiembre de 1949,

en materia terminación de contrato, pp. 1 – 4.

98

Casos habituales, se dan en el ámbito rural, aquellos términos de contrato,

pidiendo abandonar alguna puebla, o casa que tiene regalía el trabajador, una vez

finiquitadas las relaciones laborales, que pudieron finalizar de forma conflictiva. O

bien, se les exige disposiciones, estipuladas en un contrato, a las que aun el

empleado no ha respondido. Así es como: Eduardo Artigas y Elsa Artigas,

demandan a Juan de la Cruz Vega, por abuso de confianza ya que no ha

declarado unas siembras que realizó por lo que se pide la caducidad del contrato,

el que decía que el patrón entregaría la parcela nº 95 y 96 del fundo “Santa Celia”,

que son 60 hectáreas, para la siembra de avena y trigo, crianza de animales,

además le proporcionaría la mitad de la semilla, y los medios de trabajo y

labranza, donde al final de la cosecha retiraría el 50% de la siembra. Además

debía cuidar una quinta, plantación de pinos y productos de un frutillar94. Caso

parecido es el de: Emilia Caro y Amador Caro, que son dueños de la hijuela El

Guindo, donde contrataron al mediero Pedro Chávez, al que se le dio puebla y

goce, pero las relaciones entre el obrero y sus patrones son inaceptables, pues no

cumple con sus obligaciones y no acata las ordenes por lo que piden caducidad de

contrato. Pero el demandado dice que nunca ha recibido ningún sólo sueldo. Se

llega a un avenimiento, se le cancela la suma de $110.000 y se va de la hijuela95.

Los trabajadores por lo general no están dispuesto a dejar sus trabajos, y

las regalías que estos conllevaban, debiendo ceder o pedir algunas prorrogas para

cumplir con lo estipulado: Miguel Biava, agricultor, demanda a Ricardo Melo, quien

se niega a dejar la puebla del fundo El Alambrado, por lo que exige que cuanto

antes se vaya. El demandado dice que no tiene adonde ir, por eso pide que en

Septiembre pueda irse. El juzgado le da 2 meses plazo96. Caso antagónico es el

siguiente: La empresa Saiz hnos. & CIA se dedica a la compraventa y explotación 94 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 7. Rol nº 507, con fecha 29 de noviembre de 1951, en

materia terminación de contrato de trabajo. pp. 1 – 3. 95 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 259. Rol nº 17756, con fecha 3 de enero de 1958, en

materia caducidad de contrato, pp. 1 – 2 96 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 135. Rol nº 6943, con fecha 19 de mayo de 1941, en

materia caducidad de contrato, pp. 1 – 5

99

de madera, por lo que contrató el 1º de enero de 1949 hasta el 1º de enero de

1950 a González para la administración del fundo Los Canelos, debiéndolo

abandonar inmediatamente, sin embargo a pesar del término del contrato este aun

sigue viviendo en el fundo, por lo que se exige la expulsión de éste, y la entrega

total de los aperos y herramientas entregadas. Finalmente por fuerza pública fue

expulsado97. Distinta situación, en la cual hay un interés más allá de la casa por

parte del trabajador, si no de lo que allí contiene: Justo Segú Roya, comerciante,

en representación de la sociedad Segú Hermanos, dice que el obrero Pedro

Osorio Moya, se le cambiaron las condiciones de su contrato, aumentando su

sueldo en $1.000 pesos el 2 de noviembre de 1952, con la condición de que el

empleado abandonara la casa de propiedad de la Sociedad, cosa que aun no ha

hecho, por lo que el demandante exige que entregue la casa – habitación con un

plazo hasta de 3 días luego de ejecutada la demanda. Se llega a un avenimiento

donde el demandado entregará la casa el 20 de febrero, una vez que haya

cosechado sus siembras que posee en tal lugar, y sí esto no se da en al fecha, se

recurrirá a la fuerza pública98.

También son motivo de términos de contrato, no cumplir con éstos, por lo

cual terminar con ellos, es una forma que tiene el empleador para presionar y

lograr que éste se cumpla: Aurora Hernández, dice haber tenido como inquilino

mediero en el año agrícola de 1951 en el fundo “Tres Esquinas” a Luís Rodríguez,

y su contrato expiraba al término de la cosecha por lo que debía retirarse. Al

enterarse de esta situación, el trabajador sembró apresuradamente la semilla en

medio del pasto, y así no ser expulsado de su puebla. De ello no tendrá ninguna

ganancia, además no quiere volver a contratarlo porque tuvo problemas en la

repartición de las siembras en medias99. Similar es el caso de Pedro Mora, 97 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 6. Rol nº 399, con fecha 9 de mayo de 1950, en materia

terminación de contrato de trabajo. pp. 1 - 2 98 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 10. Rol nº 646, con fecha 3 de febrero de 1953, en

materia terminación de contrato de trabajo. pp. 1 - 3 99 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 561, con fecha 24 de abril de 1952, en materia

terminación de contrato de trabajo. pp. 1 – 5.

100

comerciante que demanda a Genaro Gallegos, que en agosto del año pasado

convinieron verbalmente efectuar una siembra de papas y porotos en medias,

poniendo el demandante el terreno, la mitad de la semilla y abono. Pero Gallegos

al no tener el dinero para comprar el abono, Mora lo compró a la Caja de Crédito

Agrario. En total fueron 20 sacos de abono de guano de covaderas, cada uno a

$1.400 pesos, más 6 sacos de huesos a $1.600 cada uno, de los cuales Gallegos

aun no ha cancelado, exigiendo Mora que se cumpla el contrato o en definitiva se

apoderará de más de la mitad de la cosecha. Se llega a un avenimiento donde

Genaro Gallegos paga la suma de $4.000, y el resto quedará a cuenta de su

trabajo efectuado100.

En ambos Tribunales del Trabajo, este tipo de demandas no presentan un

gran protagonismo, ya que para su ejecución es necesario un acuerdo escrito,

para comprobar los hechos, cuestión que no todas las relaciones laborales

poseen.

� Cobro de salario: demanda más común en ambos Tribunales, en el

Juzgado del Trabajo de Imperial, las demandas corresponden a un 73,2% del

total, y de Temuco, un 68,5%. Asociada a esta materia de conflicto, es posible

encontrar los casos de cobro de pesos, cobro de jornal, cobro de jornales, cobro

de sueldo, cobro de trabajo. El salario es el precio por el trabajo, el pago por el

esfuerzo y producción, ya sea de bienes o de servicios, lo cuales varían según la

posición en el encadenamiento productivo, las horas trabajadas, el tipo de trabajo.

Generalmente no tan sólo beneficia al trabajador, si no que a su familia, la que

generalmente depende de éste, por eso de su importancia en las demandas.

Los configurados por cobro de salarios: Luis Urrutia, agricultor, domiciliado

en el fundo Poco a Poco, dice que fue inquilino – mediero de Oscar Fisterbuch,

uno de los dueños del fundo Poco a Poco, pero fue despedido por el patrón

100 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 11. Rol nº 771, con fecha 26 de abril de 1955, en

materia cumplimiento de contrato de trabajo. pp. 1 – 6

101

abusivamente, ya que empezando las cosechas echa a sus inquilinos para

arrebatarles la mediería y luego les paga $140 pesos por cuadra, lo cual es ilegal,

pero está estipulado en el contrato. Además apalió a su hijo para obligarlo a que

se fuera del fundo, por lo que exige el pago de $15.000 pesos. El demandado

acepta el avenimiento y propone que termine con las cosechas y se vaya a más

tardar el 30 de marzo101.

Por diferentes razones los salarios no son cancelados como corresponden:

Domingo Becerra, obrero, demanda a Rubén Contreras, dentista, reclama por

$960 por salarios, por $30 pesos el día. El demandado dice que llevó una serie de

obreros para hacer una faja de camino a su fundo, entre ellos Becerra, pero vio

que éste no era apto para el trabajo por lo que quedó haciendo otras labores de

recolección de leñas, piñones, etc.102. Bernardo Hirschel Hertz, profesor, demanda

a Francisco Stein, agricultor, por pago de clases de inglés a la hija del

demandado, Margot, que ascendieron en total a $150. El demando responde que

le fueron canceladas $60 pesos, por lo que le quedó un saldo de $90 pesos.

Incluso envió desde Osorno a su esposa para cancelar lo adeudado, y lo dejó en

el colegio de señoritas de la ciudad de Temuco, que ya cerró, a la directora del

establecimiento103.

En materia cobro de trabajos: Alejandro Condeza, reclama a su patrón Juan

Toledo por no respetar los acuerdos de trabajo, ya que fue desalojado de la

puebla que le había proporcionado, y no le canceló lo trabajado104.

101 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 148. Rol nº 8649, con fecha 6 de enero de 1943, en

materia cobro de salarios, pp. 1 - 3 102 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 169. Rol nº 10108, con fecha 16 de mayo de 1946, en

materia cobro de salarios, pp. 1 – 5. 103 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 135. Rol nº 6972, con fecha 9 de junio de 1941, en

materia cobro de salarios, pp. 1 – 2. 104 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 1. Rol nº 119, con fecha 24 de abril de 1945, en

materia cobro de trabajos, pp. 1 – 4.

102

En materia cobro de pesos: Alfredo Monsalve, agricultor, domiciliado en

Huilio entabla una demanda en contra de Maximiliano Muñoz para que pague la

suma de $17.100 pesos, porque hasta la fecha había sido inquilino mediero, con

un contrato verbal, tiendo sembrado a medias 500 kilos de trigo por lo que se

produce quince por uno, por lo que representa una producción de 7.500 kilos de

los que le corresponde la mitad, alcanzando un valor comercial de $12.000.

Además de una siembra libre de arvejas lo que representa una producción de dos

sacos con un valor de $800, una siembra de 5 almudes de habas por lo que tendrá

una producción mínima de 400 kilogramos por lo que representa un valor de $800,

y la suma de $900 por el cuidado de 46 vacas que tomó a talaje. Fue despedido

sorpresivamente y continuamente el patrón lo amenaza por lo que es lógico que

deba salir de allí. El demandado rechaza la demanda en todas sus partes ya que

dice que este no es inquilino mediero, hizo unos trabajos de ladrillos y tejuelas, y

mientras tanto se le dieron 350 kilos de trigo para sembrar, sin embargo ésta, está

llena de zarzamora por lo que los rendimientos serán mínimos, asimismo en

cualquier momento puede ir y cosecharlos, más las habas y arvejas son de

propiedad del demandado105. En la materia cobro de jornales: José Rivera, obrero,

reclama a Luís Gayoso $140 pesos que se le adeuda por salarios y 60 horas

extraordinarias de trabajo por trabajar más de 10 horas diarios durante un mes y 6

días de desahucio por haber sido despedido sin aviso y sin causa justificada, total

reclama $650106.

Los mecanismos de pago son diversos, entre ellos se encuentra: Víctor

García, obrero, demanda a Carlos González, declarando que no le han cancelado

$500 pesos por concepto de un roce de junquillo, quila, y hualles. El demandado

dice que no hizo contrato con éste, si no que con Juan Nárvaez, un contratista, y a

éste debe demandar, porque le pagó en dinero y en mercaderías, no adeudando :

105 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 5. Rol nº 392, con fecha 8 de noviembre de 1949, en

materia cobro de pesos, pp. 1 – 12. 106 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 2. Rol nº 209, con fecha 23 de mayo de 1946, en

materia cobro de jornales, pp. 1 – 2.

103

Tabla 21. Resumen de pagos a Juan Narváez

FECHA PRODUCTO TOTAL

3 de septiembre de 1949 20 kilos de harina $112

3 de septiembre de 1949 15 kilos de trigo $54

3 de septiembre de 1949 20 kilos de papas $30

3 de septiembre de 1949 2 kilos de sal $3

3 de septiembre de 1949 3 cueros de cabras $45

6 de septiembre de 1949 20 kilos de harina $112

12 de septiembre de 1949 35 kilos de harina $196

12 de septiembre de 1949 30 kilos de papas $45

12 de septiembre de 1949 15 kilos de trigo $54

12 de septiembre de 1949 5 kilos de arvejas $20

1 kilo de grasa $50 TOTAL: 721107

Dentro de lo que se reclama, va desde que se cumplan los sueldos vitales,

o mínimos: Lucila Silva, Zoila Baeza, Lucy Cox, reclaman ante la comisión

provisional mixta, por sus sueldos a la compañía Camhi, Deramond y Cía. porque

no les ha cancelado el sueldo vital, por lo que sentenciaron el pago de $3.440,66,

$2.170,99, $2.360,33 por diferencias de sueldos. Se da ha lugar la demanda108.

No se les cancela el salario, por cierre de local, esto es: José Venegas, dice que

fue contratado como garzón por Enrique Pacheco, por $300 pesos semanales,

pero dice que lo despidió sin darle desahucio. El demandado dice que no es cierto

los cargos, ya que trabajaba sólo sábado y domingo, y que inmediatamente le

eran cancelados los salarios, además sabía del despido, ya que su restorant El

Rosedal, cerró, y eso se le comunicó a todos los trabajadores109. Otro de los

107 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 194. Rol nº 12337, con fecha 21 de septiembre de 1949,

en materia de cobro de salarios. pp. 1 – 2 108 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 159. Rol nº 9427, con fecha 14 de agosto de 1944, en

materia cobro de salarios pp. 1 - 5 109 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 226. Rol nº 15027, con fecha 19 de agosto de 1953, en

materia de cobro de salarios, pp. 1 – 3

104

recurrentes excusas de los demandas o es que no conocen a quienes demanda, o

existen otras vinculaciones, no necesariamente las laborales: Etelvina Paredes,

empleada doméstica, estaba al servicio de Florentino López desde julio de 1949 a

7 de enero de 1952, no le pagó las imposiciones, ni feriados ni tampoco le hizo

contrato de trabajo, por lo que debe cancelar la suma de $1.470 pesos. Pero el

demandado dice que es imposible que tenga empleada ya que es sólo un obrero

molinero, además ella desde 1950 hizo vida marital con él, ignorando que ya era

casada con un carabinero en Santiago, dice que tres meses se fue a Santiago a

cuidar a su madre y luego volvió se embarazó y el corrió con todos los gastos, por

lo que no es él quien le debe si no ella110.

� Cobro de desahucio: Se refiere al hecho del beneficio de dinero, que

deben tener los trabajadores, una vez que hayan sido despedidos sin causa

justificada. Generalmente son 6 días de trabajo pagados, si se tiene menos de 1

año de antigüedad o 15 días pagados, si se lleva más de 1 año de trabajo,

obviamente con el mismo patrón. Asociada a estas materias, se encuentra el

cobro de desahucio y salario, cobro de desahucio, cobro de indemnización de

desahucio, cobro de desahucio sindical, autorización de desahucio.

De los demandas tienen mucha más ingerencia en el Tribunal del Trabajo

de Temuco, que en el de Nueva Imperial. El trabajador de la ciudad, seguramente

tiene mucha más conciencia de sus derechos.

Por cobro de desahucio, Eduardo Guiñéz, carpintero, demanda a

Fernández Coma, contratistas - ingenieros, dice que había sido despedido sin

110 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 521, con fecha 29 de enero de 1952, en

materia de cobro de salarios, pp. 1 – 2

105

previo aviso, por haber participado en un conflicto colectivo. El demandado dice

que éste abandonó el trabajo111.

Asociado al cobro de salarios y desahucio se encuentra igualmente: Onofre

Salazar, obrero de Cherquenco, dice que el 28 de mayo su patrón Marcelo Duhart,

industrial, lo despidió sin pagarle desahucio, ni feriado legal, ni la diferencia de

salarios para completarle el mínimo que exige la ley 12.006, ni el fuero sindical

que lo ampara como director del sindicato Duhart de Cherquenco, y el salario era

de $400 pesos diarios. Por el desahucio, exige $2.400, por el feriado $6.800, por

la diferencia de salarios con respecto al mínimo $5.030, y por el fuero sindical de 6

meses es $72.000112 . La materia igualmente que tiene que ver en este sentido es

la del desafuero sindical: Segundo Marchant, contratista, dice que tenía bajo sus

órdenes las obras de pavimentación de la ciudad, al obrero Luís Sánchez como

colocador de soleras, pero durante el invierno las obras se suspendieron, por lo

que se tuvo despedir a la gente. Pero Sánchez es presidente del Sindicato de

Pavimentadores los que gozan de un fuero especial a quienes no se les puede

desahuciar ni despedir sin orden de juzgado113.

Otro de los casos es que sólo demandan en la materia por cobro de

salarios, pero incluyen en sus demandas el cobro por desahucio: Lisandro

Carrasco, obrero, demanda a José Fernández, comerciante, que desde el 1 de

diciembre de 1958 hasta el 15 de mayo de 1959, le trabajó en calidad de jornalero

de bodega, con un sueldo de $26.250 por mes, de los cuales sólo ha cancelado

111 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 243. Rol nº 16340, con fecha 3 de agosto de 1955, en

materia de cobro de desahucio, pp. 1 – 2 112 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 248. Rol nº 16893, con fecha 3 de julio de 1956, en

materia de cobro de salarios y desahucio, pp. 1 – 3 113 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 135. Rol nº 6953, con fecha 27 de mayo de 1941, en

materia de fuero sindical, pp. 1 – 2

106

$60900, quedando debiendo $83.475, más la suma de $5.250 por concepto de

desahucio114.

Los desahucios son nuevamente cobrados, por considerar que se les ha

calculado mal el sueldo base, ya que al ser empleados particulares, ganarían más

dineros, y por ende les correspondería mayor pago, por este concepto: Guillermo

Bensch, empleado dice que con fecha 20 de octubre de 1951, fue contratado por

Arturo Gajardo, para desempeñarse en funciones de jefe de su fábrica de calugas,

por un sueldo de $3.600 pesos, pero nunca le ha pagado como empleado

particular, por lo que debe la diferencia de sueldo de $2.035 pesos, desahucio

legal, y las imposiciones115.

Otro caso masivo de cobro de desahucio, es tras el cierre de la Molinería el

Globo: Elías Contreras Soto, Prudencio Meza, Manuel Sanhueza Ortiz, José

Zambrano Riquelme, Eduardo Riquelme Castillo, Juan Villalobos Oliva, Juan

Bautista Soto Vásquez, Marcial Sanhueza Heredia, Alfredo Riquelme Castillo,

Herminio Sanhueza Heredia, y Julio Ortiz Herrera, todos obreros molineros en el

molino “El Globo”, en donde esta paralizó dejando a todos cesantes. Por lo que

dispuesto en el art. 86 del Código del Trabajo, modificado mediante la ley nº 7747,

letra b del artículo 27, la mencionada sociedad para poder paralizar sus labores en

forma definitiva, debió solicitar la autorización correspondiente a los Ministerios de

Economía y Comercio y del Trabajo y como no lo hizo debe cancelar la Compañía,

una indemnización equivalente a 15 días de salario por cada año de servicios y

fracción superior a nueve meses, por lo que Elías Contreras ingresó el 12 de

marzo de 1932 y trabajó hasta el 31 de octubre de 1952, ganando $97 diarios, por

lo pide que se le cancele $29.370; Meza ingresó el 1º de marzo de 1910 hasta el

31 de octubre de 1952 pide $61.677, Sanhueza 1º mayo de 1947 hasta 31 octubre

114 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 14. Rol nº 1005, con fecha 7 de julio de 1959, en

materia cobro de salarios, pp. 1 – 2 115 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 217. Rol nº 13684, con fecha 23 de enero de 1952, en

materia de sueldos y desahucio, pp. 1 – 3.

107

de 1952, trabajó, pide $10.279,50; Riquelme trabaja el 1º de julio de 1951 hasta el

31 de octubre de 1952, pide $1.468,50; Villalobos del 3 de enero de 1946 hasta el

4 de diciembre de 1952 recibe $9.027 ha $100,30 diarios; Soto del 15 de marzo de

1928 al 4 de diciembre de 1952 a $98,70, la cantidad de $35.532, Sanhueza del 7

de marzo de 1939 y trabajó hasta el 4 de noviembre de 1952 por lo que le

corresponde $194.450; Alfredo Riquelme del 13 de octubre de 1948 y trabajó

hasta el 4 de noviembre de 1952, Herminio Sanhueza Heredia ingresó el 1º de

1939 y trabajó hasta el 4 de noviembre de 1952 por lo que exige $19.558,50, y

Julio Ortiz desde el 15 de agosto de 1935 y trabajó hasta el 4 de noviembre de

1952, lo que exige $24.964,50, y piden que la Compañía pague el coste de la

causa. Chandía, representante de la Compañía que rechaza en todas sus partes

la demanda porque dice que aun la molinería está en funcionamiento, prueba de

ello es que tras una partida de trigo desde el mes de noviembre están trabajando y

con un personal adecuado, el hecho de querer vender el molino no significa que

se terminaron las faenas de molienda. Es natural que en la época de diciembre,

enero y parte de febrero esté paralizado porque lo revisan anualmente los

mecánicos. Ahora la renuncia a la patente de la municipalidad es de carácter

táctico que fue para obtener trigo, importado del Instituto de Economía Agrícola

para tener más actividad en el Molino, y concediera unos miles de quintales

importado y también chileno, después de que el gobierno realizó una investigación

para descubrir la existencia de pérdida no declarada en manos de particulares de

este cereal. Por otra parte no ha habido despido masivo por lo que han venido de

a grupos a entablar demanda. También los salarios que las indemnizaciones son

de un alto costo y no todos tienen una continuidad trabajando. La resolución dice

que desecha en todas sus partes la demanda porque en primer lugar se

despidieron a 7 trabajadores primero y después a 4 por lo que no fue masivo, y

por otra parte la empresa no paralizó sus faenas por lo que no ha lugar la

indemnización116.

116 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 9. Rol nº 641, con fecha (-), en materia cobro de

desahucio, pp. 1 – 35.

108

� Cobro de comisiones: se asocian a esta causa las horas extras,

asignaciones familiares, feriados y gratificaciones, finiquito, comisiones.

Para las gratificaciones es necesario que se trate de un establecimiento

industrial o comercial, donde se repartirá un porcentaje del 10% del capital del

empleador117, uno de los ejemplos es el siguiente:

Enrique Hanenstein, empleado, demanda a Leoncio García de la Plaza,

contador, de Loncoche quien reclama imposiciones del Fondo de Retiro desde el 1

de abril de 1943 hasta la fecha, gratificaciones y sueldo, cobra un total de $1.880 y

no tiene contrato de trabajo118. Asimismo, Valdimir Pérez, empleado demanda a la

firma Wittingh, Sievers y Cía, a quienes les trabajó como empleado particular,

desde el 20 de diciembre de 1955 y le han quedado pendientes sus

gratificaciones. Ha lugar la demanda119.

En el caso de las comisiones, que sí son estipuladas por contrato deben ser

canceladas: Ernesto Gutiérrez, empleado, quien demanda a Germán Guzmán por

la suma de $2.500 pesos, por concepto de comisiones por venta de ampliaciones

fotográficas e imposiciones al fondo de retiro. Guzmán niega ser el demandado

porque es peluquero y peruano. El demandado insiste que es el representante de

la Compañía Artística Sudamericana, y lo comprueba con talonarios y testigos, por

lo que se da ha lugar la demanda en cuanto a las comisiones120.

117 ARA. Edwards, Ismael. Deberes del empleador frente al empleado. Memoria de prueba para

optar al Grado de Licenciado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de

Chile. Ediciones Ercilla. Santiago 1939. p. 170 118 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 159. Rol nº 9345, con fecha 3 de junio de 1944, en

materia de gratificaciones, pp. 1 - 4 119 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 248. Rol nº 16850, con fecha 12 de junio de 1956, en

materia de gratificaciones, pp. 1 – 2. 120 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 148. Rol nº 8652, con fecha 15 de enero de 1943, en

materia de cobro de gratificaciones, pp. 1 – 2.

109

Y los cobros de los feriados, no han sido tomados por los trabajadores,

pues tienen que ser cobrados: Juan de la Cruz Sanhueza, empleado doméstico,

dice haber prestado servicios en calidad de mozo, desde mayo de 1949 hasta el

24 de marzo de 1953, a doña Aurora Hernández Bordegaray, agricultora,

pagándole todos los salarios de $600 pesos mensuales, adeudados desde que lo

despidió, pero no así unos feriados, que alega haber cancelado por intermedio de

un empleado Alejandro López, ya que conforme a lo que se dispone en el artículo

65 del código del trabajo y 10 del decreto reglamentario nº545 del 24 de mayo de

1932 del ministerio del Trabajo, si el feriado hubiese sido otorgado, habría tenido

que firmar los recibos, que acreditaran dicho pago, y como no existen, no se han

cancelado. Exigen el pago de tres años de feriados impagos que serían $900, más

15 días de desahucio que serían $300 pesos. Se llega a un avenimiento y se le

cancela la suma de $500 pesos121.

Como se puede apreciar en los gráficos anteriores, la demanda es más

diversificada en el departamento de Temuco, que en el de Nueva Imperial, el cual

presenta menores índices y tipos de demanda, concluye que en la ciudad se

ejercen otras funciones productivas, con otras dinámicas capitalistas, las que

enmarcan las relaciones laborales, y por ende la naturaleza de las demandas.

� Denuncia de infracciones: asociada a esta causa se encuentra la

infracción al Código del Trabajo, infracción a la ley de Seguro Obrero, infracción a

la ley nº 4054, infracción al artículo 143 del Código del Trabajo, infracción al

artículo 548 del Código del Trabajo, cobro de multa. Infracción al D.F.L.245

Las instituciones creadas por el Estado para fiscalizar que las leyes se

cumplieran, operaron de manera diferente en el ámbito urbano como rural. El

Departamento de Temuco, tiene al parecer mayor eficacia en sus resultados, que

en el de Imperial, pero se ve claramente la opción del Estado de querer entrar a

121 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 10. Rol nº 661, con fecha 17 de abril de 1953, en

materia cobro de feriados, pp. 1 – 5.

110

regular estas relaciones. Si las disposiciones legales no se cumplían, los

empleadores que eran los demandados, se les multaba: La Caja de Seguro

Obrero, solicita el pago de las imposiciones de sus trabajadores, del patrón

Eleodoro Contreras, adeudando la suma de $72 pesos, por lo que debe pagar una

multa a beneficio fiscal de $500. El 30 de diciembre de 1944 se archiva por

retardada122.

Lo importante, que se hacían cumplir otras disposiciones como lo era el

contrato de trabajo: La Inspección del Trabajo demanda a Luís Redondo,

domiciliado en el Fundo de San Luis, por no realizar contrato de trabajo a su

obrero – agrícola Humberto Jara, por lo que debiera pagar una multa de $1.000

pesos123.

El pago de las imposiciones: Tras el reclamo de un obrero, por el no pago

de imposiciones, que asciende a la suma de $500 pesos, el Seguro de Servicio

Social de Imperial pide una multa de $1.650, a Nabor Sepúlveda, agricultor124.

Otra de las cuestiones que este organismo demanda es la de pago de

asignaciones familiares: Osvaldo Vásquez no ha cancelado las asignaciones

familiares correspondientes, a su asegurado Luis Dartwing, por lo que se le

impone una multa de $5.100. Canceló lo adeudado. Canceló lo adeudado125.

Relevante era el pago de los respectivos seguros: La Caja de Seguro

Obrero demanda a Nieves Henríquez por no contratar un seguro a sus

122 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 85, con fecha 26 de octubre de 1944, en

materia cobro ejecutivo de pesos, pp. 1 – 2 123 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 15, con fecha 8 de noviembre de 1943, en

materia infracción al Código del Trabajo, pp. 1 – 2 124 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 972, con fecha 15 de octubre de 1958, en

materia cobro de multa e imposiciones, pp. 1 – 2 125 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 14. Rol nº 1026, con fecha (-), en materia cobro de

multa Infracción al D.F.L. 245, pp. 1 – 2

111

trabajadores por lo que le adeuda la suma de $54, por lo que tendrá que cancelar

por multa $500126. Se ha comprobado que Agimiro García industrial, dueño del

molino “Casa Blanca” ha infringido el código 548, donde Miguel Ángel Díaz, sufrió

un accidente registrando fracturas múltiples, donde posteriormente falleció, pero

su empleador no lo denunció, debiendo pagar $200 pesos de multa a beneficio

fiscal127.

Pero también está atenta a que los trabajadores, estén en buenas

condiciones trabajando: La Inspección del trabajo concurre al establecimiento de

abarrotes de Guillermo Torres, y ese día domingo mantenía las puertas abiertas,

por lo que debe pagar $25 pesos a beneficio fiscal y $2,50 por concepto de

notificaciones128.

El establecimiento de panadería, denominado “La industrial” y de propiedad

de Agapito Cid, ha infringido la ley dispuesta en el artículo 345 del Código del

Trabajo, ya que el inspector acompañado por carabineros, se percatan que a las

3.10 de la mañana trabajaban obreros en horas prohibidas por ley, los señores:

Eulogio Hermosilla, Juan de Dios Riquelme, Arnaldo Bello, Francisco Mendoza y

José Retamal, por lo que se condena a una multa de $2.500. Sin embargo el

demando dice que no estaban elaborando pan, si no que haciendo la masa,

además había llegado a un acuerdo verbal con la inspección para comenzar con

las faenas a las 2:00 de la mañana, por lo que se decide que sólo pague $100 de

multa por los 5 trabajadores129. Por un acuerdo internacional se habría prohibido

que los trabajadores laboraran de noche.

126 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 39, con fecha 29 de octubre de 1944, en

materia infracción a la ley de Seguro Obrero, pp. 1 – 3 127 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 6. Rol nº 433, con fecha15 de septiembre de 1950,

infracción al artículo 548 del código del trabajo, pp. 1 – 2 128 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 4. Rol nº 243, con fecha 2 de enero de 1947, en

materia infracción al Código del Trabajo, pp. 1 – 2 129 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 6. Rol nº 426, con fecha5 de septiembre de 1950,

infracción al Código del Trabajo, pp. 1 – 2

112

� Nombramiento de curador: el Tribunal del Trabajo procede a denominador

curador, a aquel que se va hacer cargo de las indemnizaciones por muerte de un

trabajador, y que tiene descendencia, por lo que se nombra a un miembro de la

familia la misión de velar por estos dineros de los menores de edad. Este

fenómeno no se da en el Tribunal de Temuco, tal vez porque es competencia del

Tribunal de menores.

El Tribunal nombra a Alberto Henríquez Durán, como curador especial de

sus sobrinos Ildefonso y Aliro Luarte Henríquez, para que cobre y reciba el seguro

obligatorio por el fallecimiento de su cuñado tras un accidente de trabajo, don Juan

Luarte Molina130

� Imposiciones: referente a esta materia es posible ver también las causas

de cobro de imposiciones, imposiciones, imposiciones y multas.

Son también más persistentes estas demandas en el Tribunal del Trabajo

de Temuco, que en el de Imperial, aun cuando los casos se dan en ambas, y sus

proporciones son menores con respecto a otras demandas

Enrique Gómez, contador, dice que trabajó para la sucesión de Domingo

Suárez, desde los primeros días de de julio de 1927 hasta el 31 de mayo de 1938,

con un sueldo de $400 pesos, como cajero y contador de la sucesión, pero no le

fueron cancelados las imposiciones. Se declara ha lugar la demanda131.

Alejandro Vergara, chofer, dice que el 14 de abril de 1948 fue contratado

por Moisés Camhi, empresario, para la atención del chofer de microbus marca de

Soto que hacía el recorrido de Pueblo Nuevo a Pedro de Valdivia, de Alvo hnos.

130 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 18, con fecha 13 de noviembre de 1943, en

materia nombramiento de curador pp. 1 – 2. 131 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 14. Rol nº 1008, con fecha 25 de julio de 1959, en

materia de cobro de imposiciones de empleado particular pp. 1 – 2.

113

Siempre su empleador le pagó como empleado particular, pero nunca le hizo

imposiciones, por lo que tampoco recibió asignación familiar. Se llega a un

avenimiento, el demandado se compromete a pagar las imposiciones de un año,

con un sueldo vital de $2.000, y $5.000 por daños y perjuicios132.

� Indemnizaciones: materias que tienen que ver al respecto, son:

indemnizaciones según el art. 78 del código del Trabajo, cobro de indemnización,

cobro de indemnización por accidente de trabajo. Donde los empleados tienen

conciencia de lo que son, y los posibles daños que les causan o perjuicios. Tienen

una menor ingerencia este tipo de expedientes en los Tribunales:

Paredes, obrero – agrícola demanda a Llancaleo, que vive en la radicación

“Chanleo”, que tras un convenio verbal Paredes realizó un destronque y preparó el

terreno para unas chacras, y que estas una vez terminadas, se le daría para que

sembrara trigo, pero el señor Llancaleo se negó, por lo que pide indemnización por

los daños causados133.

José Gajardo, empleado, demanda a la firma comercial de la plaza Martínez

y Rueda, y les exige el pago de $7.493, 82 como indemnización. Fue contratado

en 1939 como empleado particular, pero faltó porque estaba enfermo, y cuando

volvió a trabajar sus patrones lo despidieron por haberse suprimido

supuestamente su sección, que era el corte y confección, en sastrería del local la

Bienhechora. Los demandados, dicen que los hechos son falsos ya que le

ofrecieron trabajar en otro rubro. Se llega a un avenimiento y le cancela la suma

de $3.200 pesos134.

132 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 203. Rol nº 12629, con fecha 6 de abril de 1950, en

materia de cobro de imposiciones, pp. 1 – 3. 133 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 527, con fecha 19 de febrero de 1952, en

materia de indemnización conforme al art. 78, del C.T. pp. 1 – 2. 134 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 159. Rol nº 9338, con fecha 26 de mayo de 1944, en

materia de cobro de indemnización, pp. 1 – 3

114

� Cobro de diferencia de salario: Problema asociado al ámbito urbano,

donde algunos trabajadores dicen que sus trabajos son de empleados particulares

y no de obreros, por lo que cobran sus salarios con respecto a este sentido, donde

se supondría que en su actividad laboral predominaría el uso del intelecto más que

del esfuerzo físico:

Ricardo Crespo, empleado particular dice que el 31 de mayo de 1940 Jesús

Hoyuelas, en representación de la Sociedad Martínez Rueda y Compañía

(establecimiento comercial la Bienhechora) puso término a sus servicios. Dice que

trabajó por 5 años, y que no fue empleado doméstico si no que particular, por lo

que le debe una diferencia de sueldos de $6.320,89. El tribunal resuelve el pago

de $2.930135.

Juan Carreño, dice éste haber prestado servicio como empleado particular

desde 24 de febrero de 1924 al 4 de octubre de 1942, a Eleodoro Santander, en la

feria que el tenía en el Fundo Bellavista, que hasta el día de la denuncia se

arrendaba a Suárez y Barroso. El desahucio no se le fue cancelado por años de

servicios, las gratificaciones, el reajuste y el desahucio, por lo que hacen una

suma de $16.915,81 pidiéndo el remate del fundo Bellavista136.

Pero los reajustes de salario, también se pide el no cobro de los viáticos:

Luís Mercado, contador, dice que ha prestado servicios para Ernesto Lauri,

industrial de Cunco desde mayo de 1936 hasta el 2 de septiembre de 1942, pero

no pudo concurrir al trabajo por estar enfermo, y fue despedido por Lauri, teniendo

que trasladarse desde Pucón hasta Cunco para dar las explicaciones

correspondientes, viaje que le costó $900, su sueldo era de $691,53, por lo que

135 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 121. Rol nº 6360, con fecha 11 de junio de 1940, en

materia de cobro de sueldos, pp. 1 – 3 136 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 2, con fecha 25 de septiembre de 1943, en

materia de cobro de salario. pp. 1 – 2

115

pide una indemnización de 6 meses y el pago del viaje. Se llega a un avenimiento

y le cancela la suma de $2.500 pesos137.

� Cobros de siembra: se asocia a esta demanda derecho a siembras,

restitución de trigo, partición de avena, derecho a participación, cobro de

medierías, sobre todo en el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial: Desiderio

Cayupi, mediero, dice que tiene siembras en media con Turreuman, en la

reducción indígena Cuyinco, pero como éste no dio la semilla para sembrar,

quedaron en que no participaría, pero ya cortó la sementera y tiene listo para

trillar, no dándole lo que le corresponde. Sembró 140 Kg. de trigo con un posible

rendimiento de 10x1, es decir 1.400 kg. de los cuales él cosechó el 50%. El

demandado expone que este hombre sembró sin su consentimiento, más bien

porque no quiso ocupar sus semillas, y como sembró en sus terrenos, vio que era

justo trillar la mitad. El juzgado ordena la retención de la cosecha por parte de los

carabineros y posterior devolución a Desiderio Cayupi138.

� Tercería de dominio: materia de menor importancia de denuncia, y que

tiene que ver con el pago o devolución de bienes que se han embargado a un

empleador, pero que son de propiedad de otra persona, y son sólo perceptibles en

Tribunal del Trabajo de Temuco: Ángela Romero, agricultora, dice que por una

diligencia de embargo se llevaron una carreta de llantas de Fierro con ruedas de

madera, el tenedor de ella temporal y para que realizara un trabajo, era un

indígena, pero a éste le fue embargada la carreta por un juicio de trabajo, la cual

no era de Pablo Sandoval Quidel, de Millahueco de la comunidad indígena

Currihuil Sandoval, por lo que pide que se le devuelva la carreta que le tiene el

servicio social. Ha lugar la demanda139. 137 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 148. Rol nº 8695, con fecha 13 de febrero de 1943, en

materia de cobro de reajuste de sueldo, pp. 1 – 3 138 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 863, con fecha 20 de febrero de 1957, en

materia de cobro de siembra de trigo. pp. 1 – 5 139 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 248. Rol nº 16841, con fecha 7 de junio de 1956, en

materia de cobro de tercería de dominio, pp. 1 – 3

116

V.2.5 Sector geográfico

Gráfico 13. Expedientes judiciales según sector geográfico en el Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960.

Tabla 22. Cantidad de expedientes judiciales, según el Tribunal del Trabajo

de Nueva Imperial 1943 - 1960

Sector Geográfico Nº de casos no especificado 45 rural 610 urbano 302

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960.

Nº de casos según sector geográfico del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 - 1960

32%

5%

63%

no especif icado

rural

urbano

117

Gráfico 14. Expedientes judiciales del Tribunal del Trabajo de Temuco según

área geográfica 1940 - 1960

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Tabla 23. Cantidad de expedientes judiciales, según área geográfica, en el

Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Sector Geográfico Nº de casos Rural 228 Urbano 369

Fuente: ARA. Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

La época estudiada de 1940 – 1960, es una etapa dentro del desarrollo del

capitalismo, y que se contempla a nivel mundial: el fordismo, un modo de

producción, que se caracteriza por utilizar como base energética los hidrocarburos

y electricidad, hay una tendencia a la fragmentación y especialización de la

actividad del trabajador manual en operaciones elementales y repetidas, bajo la

organización de una gran fábrica que se ubicará en los sectores urbanos. A la

gran empresa se le sumará la gran ciudad. Habrá una concentración de efectivos

en el territorio, formando grandes áreas metropolitanas, que provocará una

expansión de la clase media. En América Latina se vive un control de los sectores

Casos según sector geográfico, ámbito rural y urbano. Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

62%

38%

Rural

Urbano

118

más dinámicos de la economía por el capital extranjero, hay un comienzo del

transporte caminero moderno, movilización de una serie de movimientos sociales,

la entrada del capitalismo en el campo sin remover significativamente las

relaciones productivas y centrado en áreas muy particulares de explotación que

beneficiaban sobre todo a los latifundistas, aumento de la importancia del sector

terciario, comercio, transportes, bancos. Hay una difusión más amplia del salario

como forma de pago, el aumento del poder adquisitivo de algunos sectores

sociales en la demanda establecida en los sectores económicos nacionales y al

mercado potencial que estaban representando las concentraciones de

población140.

Al hablar de lo que es y lo que no es urbano, se transita en un concepto que

tiene multicriterios para definirse, ya que siempre se enmarca desde el punto de

vista poblacional o administrativo, y no siempre da una precisión al respecto. Se

habla de lo urbano, cuando se toman los aspectos, ya mencionados, agregando lo

espacial y los fenómenos histórico – económicos, que se presentan. El proceso

que le da ha lugar es la urbanización, en donde se dan dos fenómenos

interconectados el de la concentración de la población y sus relaciones sociales de

producción, consumo y distribución.

Por lo tanto es Temuco, que se perfila como la gran ciudad donde las

relaciones laborales se darán en este marco, abordando estas temáticas de

trabajo asociadas, a la industria y sobretodo a la terciarización de la economía.

Como lo explica el gráfico referente al espacio donde se encuentran los mayores

conflictos es en el área urbana, con un 62%, sector profundamente afectado, a

propósito del modelo de desarrollo de la época, que potenció los sectores

económicos anteriormente descritos.

El ámbito rural será el escenario donde predominarán las relaciones

laborales en el Tribunal de Nueva Imperial, donde se encuentran los mayores

140 Méndez, Ricardo. La lógica del capitalismo global. Arial geografía. Madrid. 1997. pp. 97 – 99

119

conflictos, debido a que es un departamento con vocación agrícola, presionando

más el capital en este sector de la economía.

IV.2.6. Actividad económica

Gráfico 15. Actividades económicas más demandas en el Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Porcentaje de las actividades económicas en las demandas. Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial. 1943 - 1960

46%

5%

1%

5%

1%4%

5%0%

1%

0%

1%

1%

0%

0%

30%

servicios

agricultura

administración

aserradero

caminos

carpintería

construcción

chacarería

forestal

f rutícola

ganadería

minería

industria

docencia

No identif icado

120

Tabla 24. Actividades económicas en las demandas, en el Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial 1943, según sector geográfico y número de casos

Las actividades económicas más demandadas, que están en evidente

conflicto, es la agricultura, con un 46%, los servicios en un 30%, siguiéndole un

5% de actividades económicas no evidenciables a partir de la fuente, un 5% de

construcción, y un 4% dedicados a los caminos.

Las relaciones laborales en la agricultura, se configuran de la siguiente

manera:

Ilustración 3. Modelo de relaciones laborales y salariales, del campo chileno,

en el siglo XX141

141 Bauer, Arnold. La sociedad rural chilena. Desde la conquista española hasta nuestros días.

Editorial Andrés Bello. Santiago. 1994. p. 162

Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial servicios agricultura administración aserradero caminos carpintería construcción chacarería forestal rural 95 446 1 5 4 1 13 6 46 urbano 191 0 0 0 5 3 38 0 0

frutícola ganadería minería industria docencia No identificado

rural 5 8 1 0 0 39 urbano 0 1 1 34 1 13

121

Es así como, el que se encarga del campo es el administrador, cuya misión

es la de ser administrador, persona natural o jurídica donde el productor le delega

la responsabilidad administrativa. En el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial,

hubo un caso al respecto: Oscar Gálvez, administrador del fundo “Buena Suerte”

en Pellahuén en el departamento de Traiguén, demanda a Andrés Contardo dueño

del fundo, quien ha dado incuplimiento de contrato de los años 1943, 1944, 1945

pues no le ha pagado $100 pesos en gratificaciones, ni el 10% de las utilidades y

la nueva parición de los años ya indicados. El demandado dice que sí le ha

cancelado en las siguientes proporciones:

Tabla 25. Resumen de pago a Andrés Gálvez142

Para comprar un caballo $300

1/2 cajón de azúcar $54

Un ciento de cigarros favorita $54,50

48 1/2 yerba a 12 k. $583

12 k. 100 gr. De grasa $193,60

Un cheque Caja de ahorros $700

Encargo que le hizo al Campero $65

Cheque del Banco Español $800

En dinero $10

50 cigarros Ganzas $35

$30 en dineros para pagar $30

Para comprar cigarros $36

Un cajón de azúcar $116

Un Cajón de Jabón Capito $190

Un ciento de cigarros favorita $70

un Cheque C.A. $200

Dinero $300

142 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 1. Rol nº 180, con fecha 27 de diciembre de 1945, en

materia de cobro de salarios. pp. 1 – 5

122

Dinero $300

un Cheque C.A. $300

un Cheque C.A. $300

$5.786,10

Además se le prestó un revólver Smith y Wasson, que no ha devuelto por lo

que debe la suma de $1.500, una carreta con eje de fierro y ruedas de rayos, que

se avalúa en $10.000 y que tampoco ha sido devuelta, además de dos vaquillas

que vendió entre $1.200 c/u, 10 chanchos a razón de $200 pesos y 14 ovejas a

razón de $200 pesos. Dentro de las condiciones de trabajo, según carta del 17 de

mayo de 1943 a Oscar Gálvez por la orden de Andrés Contardo, debía construir

una villa llevando carabineros, posta, escuela y oficial civil, incluso se pudiendo

establecer una feria. Le ordena que contrate la mayor cantidad de inquilinos

posibles y que trate de juntar la mayor cantidad de adeptos confiables para que se

inscriban en los registros electorales y así conseguir su causa. En sus regalías

estaría darle una propiedad al demandado en Pellahuén, la remuneración de 10%

de utilidades líquidas que se obtenga en la agricultura y crianza, después de las

cosechas en el mes de abril, además se le dará una gratificación de $100 pesos

mensuales. Si bien este tipo de casos no son frecuentes, demuestra la situación

de la Araucanía, dando algunas luces del porqué hay un fuerte incremento de este

tipo de demandas en el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial. En el siglo XIX fue

la capilla y la pulpería de la hacienda el centro de la vida rural. En el siglo XX los

mecanismos de dependencia y clientelismo estarán dados por construcción de

escuelas, carabineros, y mantener el sistema tradicional. A partir de los inquilinos

conseguía los votos electorales que sustentaban su posición social y política143.

En la agricultura, los principales conflictos estarán entonces con los

inquilinos – medieros y por sobre todo con los obreros agrícolas, que trabajaban

por una temporada - siendo generalmente de otros fundos, o de la ciudad - en

épocas de cosecha, que no se les cancelaban sus salarios.

143 Bauer, Arnold. La sociedad rural chilena. Desde la conquista española : op.cit. p. 196

123

Otra de las actividades que generan itinerancia, es la de aserraderos, por la

naturaleza del trabajo, ya que éste sólo se realiza por temporadas, en primavera y

en verano. Teodoro Apablaza, Rodolfo Apablaza, Albertino Apablaza, Luciano

Apablaza, Arturo Cevallos, Orlando Pincheira, todos agricultores, demandan al

maderero Julio San Martín, donde el primero hizo una instalación de aserradero en

Carén, Melipeuco, trabajó a trato de $12.000, el segundo quien aserró 20.000 a

$2,25 pesos la pulgada, el tercero a quien le debe $24.954 por aserradura, al

cuarto $19.500 por aserradura a Cevallos como fletador en el bote con bueyes,

$12.091, y a Pincheira por $5.437, todos domiciliados en Melipeuco. El

demandado dice que nada adeuda, porque el encargado de cancelar los trabajos

es el contratista Aldo Cevallos, por lo demás la demanda está prescrita, ya que los

trabajos fueron efectuados hasta febrero, y el aserradero actualmente fue llevado

a Collamento144. También lo demuestra el siguiente caso:

Juan Pablo Seguel, mecánico, dice haber estado trabajando como

contratista aserradero bajo las órdenes de Juvenal Godoy, en el fundo Santa Ana

de Carahue desde noviembre de 1952 con una remuneración de $2,5 centavos la

pulgada de madera aserrada. Pagó los salarios pero ha quedado un saldo, se

aserraron $25.000 pulgadas, lo que hace un total de $62.500, recibiendo

$20.999,25 en salarios pagados a los obreros, $5.009 recibido en mercaderías y

$2.100 recibido en dinero en efectivo, por lo que el saldo sería de $34.391,75

centavos. Además habían hecho otro contrato para desarmar y rearmar en otro

lugar un banco aserradero, pero no se cumplió, por lo que pide una indemnización

de $7.000. El demandado rechaza la demanda en todas sus partes, ya que dice

que está preescrita, ya que los trabajos fueron efectuados en enero de 1953. Por

otra parte dice que el Señor Seguel, sólo aserró 10.760 pulgadas, que fueron

vendidas en Temuco a Victor Mora, quedándole debiendo el resto de pulgadas de

25.000 que se le había prometido, además los salarios a los trabajadores se le

144 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 248. Rol nº 16838, con fecha 7 de junio de 1956, en

materia de cobro de diferencia de sueldos, pp. 1 – 3

124

había cancelado. Y con respecto a la indemnización por el contrato, esta no se

puede hacer ya que el demandante no concurrió al lugar de la faena a realizarlo145

Tabla 26. Nómina de obreros y sus salarios en un aserradero, año 1954146

Nómina de los obreros que trabajaban en el aserradero y salarios pagados

Nombre del obrero nº de días trabajados

Salario diario

Total salario ganado

Luis Novoa 20 ¾ $200 $4.150 José Sotomayor 27 $100 $2.700 Rosendo Zapata 19 ¼ $100 $1.925 Raúl Zapata 21 ¼ $100 $2.125 Antonio Quezada 19 ¼ $80 $1.540 Heriberto Oñate 20 ¾ $100 $2.075 Manuel Alarcón 15 $100 $1.500 Ernesto Leal 1 ¾ $100 $175 Ernesto Leal 6 ¼ $65 $406,25 Vicente Zapata 13 ¼ $100 $1.325 Luis Salamanca 13 ¾ $70 $962,50 Guillermo Vives 12 ¼ $70 $857,50 Osvaldo Alveal 4 $100 $400 Osvaldo Alveal 1 ¾ $65 $118 Adalino Leal 1 ¾ $80 $140 Orlando Novoa 1 $80 $80 Julio Ramos 1 ½ $360 $540 Total $20.999,25

145 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 11. Rol nº 712, con fecha 26 de marzo de 1954, en

materia de incumplimiento de contrato pp. 1 – 5 146 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 11. Rol nº 712, con fecha 26 de marzo de 1954, en

materia de incumplimiento de contrato pp. 1 – 5

125

Gráfico 16. Actividades económicas de las relaciones laborales, más

demandadas en el Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960.

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Tabla 27. Actividades económicas más demandadas, en el Tribunal del

Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Tribunal del Trabajo de Temuco agricultura agroindustrial aserradero caminos carpintería construcción rural 133 1 5 4 1 4 urbano 0 0 0 5 8 30 chacarería forestal ganadería servicios industrial rural 1 19 2 58 0 urbano 0 1 0 369 16

Fuente: ARA. Fondo del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

Evidentemente, en el área urbana y especialmente en Temuco, emergen

demandas de un perfil de trabajador, que se desenvuelve en el sector servicios, en

áreas como el comercio, periodismo, docencia, transportistas. Son los más

recurrentes. Los tipos de trabajos son muchos más profesionales y expertos en

algún área, por lo cual se podría decir que hay una especialización productiva. Es

el caso de los periodistas, que trabajan en las empresas donde editan un diario, y

son considerados como empleados particulares: Adolfo Pineda, periodista dice

Porcentaje de actividades económicas en las demandas. Tribunal del Trabajo de Temuco. 1940 - 1960

21%

0%

1%

1%

1%

5%

0%

3%

0%66%

2%

agricultura

agroindustrial

aserradero

caminos

carpintería

construcción

chacarería

forestal

ganadería

servicios

industrial

126

que trabaja en esta sociedad Periodística del Sur, desde diciembre de 1952, para

desempeñar las funciones como reportero del Diario Austral, en la sección de

redacción de crónica policial, cuando fue despedido. Percibió diversos sueldos,

entre ellos, $3.000 a $8.000 pesos, pero la verdad es que el sueldo vital era de

$12.000 pesos, que corresponde al de los empleados particulares. Responde el

demandado que éste nunca fue empleado si no que solo un colaborador. Ha lugar

la demanda147.

Fotografía 2. Carnet profesional de periodista de Adolfo Pineda, de 1953.

Por otra parte en el ámbito agrícola, la proximidad de algunos empresarios

a las ciudades, hace que estos se articulen, aun en el ámbito agrícola, al mercado

nacional y extranjero, Es el caso de Lutz Claren, de Rucañanco, en las

proximidades de Temuco, quien compraba a pequeños productores, o tenía sus

propios medieros, para luego según las reglas impuestas por el Estado, venderle

su trigo, siendo no agricultor si no que dentista148. Es que es la hacienda es una

forma de organización productiva y cultura más dúctil que ha habido en la historia

y alcanza su desarrollo máximo con la vinculación permanente con el mercado

mundial, la cual resiste, no tan sólo a las exigencias de la vida moderna, sino que

147 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 226. Rol nº 15029, con fecha 24 de agosto de 1953, en

materia de salarios pp. 1 – 26 148 Ver anexo 2.

127

a las reivindicaciones sociales y políticas. Es el caso de una hacienda en

transición, por así llamarlo, que tiene aun modos tradicionales como los aparceros

o medieros, pero igualmente obreros agrícolas, pero que tiende a las relaciones de

producción capitalistas, con el aumento de la productividad del suelo y de la mano

de obra, donde el patrón no está necesariamente arraigado en ese lugar, y es

capaz de insertarse en el mercado nacional y extranjero.

V.2.7. Contratos de trabajo

Gráfico 17. Distribución de la presencia de contratos de trabajos en las

relaciones laborales de los Tribunales del Trabajo de Temuco y Nueva

Imperial, 1940 - 1960

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 - 1960

799

158

202

396

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

Nueva Imperial Temuco

Contrato del Trabajo escrito v/s su inexistencia según Tribunal

si

no

128

Tabla 28. Presencia de contratos, cantidad, según Tribunal, 1940 - 1960

Tribunal opción Nueva Imperial Temuco

no 799 202 si 158 396

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 - 1960

Gráfico 18. Distribución de la presencia de los contratos de trabajos en las

relaciones laborales de Temuco y Nueva Imperial, según ubicación

geográfica. 1940 – 1960

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 – 1960

Tabla 29. Contratos, según la situación geográfica y el Tribunal. 1940 - 1960

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 – 1960

Temuco Nueva Imperial contrato sin contrato contrato sin contrato rural 26 105 97 702 urbano 370 97 100 58

Distribución de contratos, por Tribunal, según la ubicación geográfica

0%10%20%30%40%50%60%70%80%90%

100%

contrato sin contrato contrato sin contrato

Temuco Nueva Imperial

urbano

rural

129

El contrato de trabajo, que es definido como la convención en que el patrón

o el empleador y el obrero o empleado, se obligan recíprocamente, donde el

segundo ejecuta cualquier labor o trabajo material e intelectual, y los primeros

obligados a cancelar un salario determinado. Serán empleados todos aquellos

quienes realicen una labor primordialmente intelectual, y los obreros donde

predomine el esfuerzo físico. Algunos juristas postulan que este contrato debe ser

descrito como de arrendamiento de algún servicio, sin embargo el trabajo no es

una cuestión inanimada, material, si no que esa fuerza de trabajo que se entrega

contiene preceptos eminentemente humanos y morales, y por lo demás de sus

implicancias dependen la vidas material no sólo del individuo, si no que también

de su familia, por lo cual éste no puede entrar en el juego, solo, del mercado. Es

por lo tanto una relación dialéctica de derechos y obligaciones. Puede ser

individual entre un empleador o conjunto de empleadores, y el obrero, como puede

ser colectivo, entre un empleado o un grupo de empleados, con un colectividad de

obreros, donde no sólo los patrones están obligados a entregarle salario, si no que

además cierta protección en cuanto a condiciones de trabajo. Para ello el contrato

debe ser escrito, aun cuando el acuerdo sea verbal, con la firma de ambas partes.

La gran dificultad de este es que por sobre todo en faenas agrícolas u otra

actividad temporal, e incluso en esta época las más permanentes, no se realiza

este tipo de procedimiento.

Claramente la presencia del contrato de trabajo es una forma de

aseguramiento por parte del patrón, para la producción, y por otro la importancia

del contrato, donde se estipulan claramente los deberes y derechos, del trabajador

y el empleador.

La presencia de contratos de trabajo en las relaciones laborales,

entendiendo éste como un modo moderno, se ve claramente que está más

presente en la ciudad, en el área urbana, en el Tribunal del Trabajo de Temuco.

130

IV.2.8. Resultados del juicio

Gráfico 19. Resultado de término de las causas, según Tribunal y área

geográfica

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 – 1960

Tabla 30. Situación de término de las causas, cantidad, según Tribunal y

sector geográfico.

Tribunal Sector abandonada desistida retardada ha

lugar no ha lugar prescrita avenimiento paralizada

urbano 27 4 8 155 83 0 91 1 Tribunal Trabajo Temuco rural 25 3 0 73 57 0 66 5

urbano 38 2 43 106 53 1 46 48 Tribunal Trabajo de Nueva Imperial rural 61 2 63 108 162 2 83 142

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 – 1960

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

abandonada

desistida

retardada

ha lugar

no ha lugar

prescrita

avenimiento

paralizada

abandonada

desistida

retarda

ha lugar

no ha lugar

preescrita

avenimiento

paralizada

Te

muc

o N

ueva

Impe

rial

Situación de término de las causas, según Tribunal y Área Geográfica

urbano

rural

131

En este gráfico es posible apreciar que en el Tribunal de Temuco, las

relaciones laborales son más resueltas, en comparación con las de Nueva

Imperial.

Aumentan también en Temuco las causas desistidas, es decir el

arrepentimiento por parte del demandante para terminar con el juicio, ya que

muchas veces este recurso es utilizado como medio de presión con otros fines.

Asimismo los niveles de avenimiento se ven mayores en este mismo

tribunal, lo que implica una voluntad de ambas partes por terminar con el pleito

judicial. En la ciudad es posible encontrar una actitud más conciliadora, y muchas

veces el demandado reconoce sus faltas y está dispuesto a cancelar: Los obreros

Eduardo Geldres y Mateo Geldres, entablan demanda en contra de la firma

industrial Maderas Hernández, representada por el administrador del fundo el

Trueno, Eric Kúrch. Entraron a trabajar el 20 de abril de 1944, para hacer hoyos

para plantaciones de piña de un cerro del fundo, en total 3.000, hasta el 30 de

abril, ganando $540, luego trabajaron en el pozo de lastre sacando ripio por $25

pesos, ganando $200 pesos, luego 4 ½ . en plantaciones de piñas, cobrando en

total 1.120 k. pero tienen una pulpería, $500 de harina cruda, grasa, yerba, azúcar,

tabaco, por lo que se les debe un saldo de $620. El demandado dice que fue

imposible pagarles por las grandes lluvias. Se llega a un avenimiento y le cancela

lo que piden149. No así en el área de Nueva Imperial, donde usualmente los

avenimientos son determinados por la voluntad del patrón y no siempre se cumple

con lo que se exige.

Otra de las instancias, son las no ha lugar las cuales generalmente se dan

por falta de pruebas, preescrita cuando los trabajos han sido realizados más de 60

días antes de una denuncia, o simplemente son abandonadas, paralizadas o

retardadas, cuando el demandante no sigue los cursos de la acción judicial:

149 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 159. Rol nº 9340, con fecha 31 de mayo de 1944, en

materia cobro de salario pp. 1 – 5.

132

Eduardo Monje, obrero – agrícola (mediero) domiciliado en el fundo San José, que

desde el 6 de abril de 1953 hasta los primeros días de marzo de 1957, ha

trabajado como mediero para De la Maza, en su fundo San José, y fue despedido

sin causa justificada, no habiéndole cancelado un trabajo de barbecho, que por

cuadra costaba $3.000 pesos, alcanzando a barbechar 6,86 cuadras, por lo que le

adeuda la suma de $20.580 pesos, los que se comprometió a pagar a la

Inspección del Trabajo. El demandado expone que lo echó del lugar por haber roto

unos cercos de su propiedad y por este mismo lugar sacaba la producción del

patrón y la vendía fuera del fundo. Acompaña un finiquito donde se comprueba el

pago del salario. Se archiva por abandonada150.

IV.2.9. Régimen de salario

El artículo 34 dictamina que el salario debe pagarse en moneda de curso

legal, en sitios y días de trabajo, dentro de la hora siguiente de la jornada,

quedando prohibido ejecutarlos en lugares de recreo, tiendas, almacenes o

pulperías, tabernas o cantinas, lo cual hace que el jornal efectivo del trabajador

disminuya. Puede ser fijo, por tiempo, por jornal, por pieza, medida u obra, y

temporada.

150 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 881, con fecha (-), en materia de cobro de

salarios pp. 1 – 4

133

Gráfico 20. Régimen del trabajo por Tribunal y situación geográfica.

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 – 1960

Gráfico 21. Porcentaje del régimen de trabajo según Tribunal

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 – 1960

0%

20%

40%

60%

80%

100%

servicio trato producto servicio trato producto

Temuco Nueva Imperial

Régimen de trabajo por Tribunal y situación geográfica

Urbano

Rural

Porcentaje de regimén de salario, según Tribunal

Tribunal del Trabajo de

Temuco

Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial

servicio

trato

producto

134

Para este estudio se consideraron, los salarios por servicio tiene que ver

con el trabajo remunerado por lo trabajado, según un horario, mientras que los

tratos, son aquellos que se pagan por un trabajo en especial, cancelando una cifra

global, y por producto, es el salario que se paga por lo producido, común por

ejemplo en las áreas rurales en la agricultura o en las industrias.

Tabla 31. Régimen de trabajo, según tribunal y área geográfica

Fuente: ARA. Fondos del Tribunal del Trabajo de Temuco y Nueva Imperial. 1940 – 1960

Se ve que los tratos son muchos más persistentes en el Tribunal del

Trabajo de Nueva Imperial, típico de relaciones laborales tradicionales y precarias

por lo demás, que por la hechura de algún bien se cancela al arbitrio generalmente

del patrón, quien determina el precio por lo pactado.

IV.2.10. Forma de salario

El salario es la renta percibida por el obrero o el empleado, es el precio del

trabajo cancelado por el patrón en virtud del contrato de trabajo, generalmente

tiene un monto fijo no subordinadas a las pérdidas o utilidades de la empresa, y es

la única entrada de dinero, por lo cual tiene un carácter alimentario para su familia,

que pude considerar el tiempo empleado por el trabajador o el producto o trato que

se haya efectuado. Pude ser nominal, es decir, que es la suma efectiva pagada al

obrero, mientras que el real es el bienestar que esta suma procura al trabajador.

En las primeras manifestaciones del trabajo no existió el salario, y el trabajo no era

remunerado, pero desde el siglo XVIII se ha impuesto como la característica del

Temuco Nueva Imperial servicio 65 216 trato 134 348

Rural producto 29 44 servicio 264 121 trato 91 187

Urbano producto 15 42

135

régimen capitalista y de la actual organización económica e industrial de la

sociedad que ha dado lugar al proletariado moderno151.

Tabla 32. Formas de pagar los salarios en el Tribunal del Trabajo de Nueva

Imperial 1943 - 1960

Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943-

1960

urbano rural

pesos 372 496

pesos y trigo 2 18

pesos y vestuario 2 3

pesos y carbón 0 3

pesos y alimentos 0 2

pesos y animales 0 2

pesos y cereales 0 7

pesos y chacarería 0 1

pesos y enseres 4 2

pesos y especies 0 1

pesos y madera 0 1

pesos y mercaderías 0 6

pesos y regalías 0 9

pesos y verduras 0 2

pesos, trigos y regalías 1 1

porotos 0 1

regalías 1 1

ropa 0 1

trigo 0 12

151 ARA. Walter, Francisco. Economía social y legislación del trabajo. Universidad de Chile. 1933 p.

130

136

trigo y chacarería 0 1

vestuario 0 2

pesos y harina 2 0

pesos y pan 1 0

La Dirección del Trabajo pide los siguientes sueldos en pesos a los

trabajadores rurales, en el año 1952: Siembras y cultivos, inquilinos con casas,

goce de una hectárea de terreno libre para siembra, $15 pesos diarios con

comida; voluntarios o peones, sólo con comida $20 pesos diarios; Camperos,

ovejeros, vaqueros, rondadores, queseros $500 mensuales con comida; Llaveros,

capataces y mayordomos $600 mensuales con comidas o ración de alimentos en

crudo, teniendo una hectárea libere para sembrar. En período de cosechas:

inquilinos con las regalías indicadas de $25 a $30 pesos diarios; Voluntarios o

peones, con comida $35 pesos diarios: Camperos, ovejeros, vaqueros,

rondadores, queseros $500 mensuales con comida; Llaveros, capataces, y

mayordomos $600 pesos mensuales con las mismas regalías indicadas;

Horqueteros de trilladoras, cargadores de sacos o pionetas ganan $50 o $40

pesos diarios, tractoristas, maquinista $60 pesos152.

Mientras que se presenta el típico caso de pago en productos de la tierra,

pesos y chacarería: Roberto Contreras, obrero – agrícola demanda a Francisco

Ciriaco, quien lo contrató desde el 9 de abril de 1951 hasta el 9 de noviembre de

1951 trabajando en total 172 días a razón de $25 pesos diarios, lo que hace un

total de $4.300 pesos, de los que no ha cancelado. Le adeuda además el producto

de medio saco de papas que se estiman en $600 pesos, el producto de 27 kg. de

lentejas, que se avalúan en $1.200 pesos153. Desiderio Mercado, obrero –

152 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 512, con fecha 8 de enero de 1952, en

materia de cobro de salarios pp. 1 – 4. 153 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 529, con fecha 21 de febrero de 1952, en

materia de cobro de salarios pp. 1 – 3.

137

agrícola, demanda Lutz Claren, ambos domiciliados en Rucañanco, porque le ha

retenido la cosecha de arvejas de 926 kilos. El demandado dice que le entregará

todo cuando termine el contrato que es el 31 de marzo de 1942, y le lleve a sus

bodegas la mitad de lo sembrado en trigo y papas154.

Tabla 33. Tabla de formas de pagar los salarios en el Tribunal del Trabajo de

Temuco 1940- 1960

Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 - 1960

urbano rural

cereales 0 2

cereales y chacarería 0 3

papas 0 1

pesos 370 202

pesos y mercaderías 1 4

pesos y regalías 0 2

trigo 0 5

En el Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial claramente se ve diversificado

los medios de pago, dando cuenta de relaciones salariales aun tradicionales,

también con pagos de pulpería, en trigo, etc. Mientras que en el de Temuco los

tipos de pago son mucho menos diversificados, y tienden al uso de pesos como la

forma de pago155.

154 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 142. Rol nº 8208, con fecha 11 de marzo de 1942, en

materia de cobro de salarios pp. 1 – 5. 155 Para ver más acerca de la cantidad de salarios en pesos, según Tribunal, año y oficio, ver el

anexo 3.

138

CAPÍTULO V. LA SINDICALIZACIÓN URBANA

El primer modelo normativo de las relaciones laborales en Chile fue

implantado en 1931, y tuvo como principal objetivo, el dar garantías individuales al

trabajador, consagrando sus derechos y ampliarlos progresivamente. Así

establecía dos tipos de trabajadores: el empleado era el que realizaba una labor

en la que predomina el esfuerzo intelectual sobre el físico (art. 2. n.2 del C.T.

1931). Mientras que el obrero, por descarte, era quien realizaba una labor en la

que predominaba el esfuerzo físico sobre el intelectual aunque el texto legal

utilizaba una redacción eufemística. Toda persona que, sin estar comprendida en

los números anteriores (es decir, patrón o empleador y empleado), trabaje por

cuenta ajena en un oficio u obra de mano o preste un servicio material

determinado156.

Por otra parte estableció una regulación rígida de las relaciones colectivas

sindicales, ya que enmarcó sus derechos, formas de organización y campos de

acción. Los sindicatos fueron legalizados sólo en el ámbito privado, fijó la esfera

del criterio de la sindicalización, y se le permitió derecho a la negociación sólo a

ciertas organizaciones. Se prohíbe la sindicalización de trabajadores públicos y de

los trabajadores agrícolas, exceptuando a aquellos trabajadores de las empresas

del Estado, aunque les imponía varias trabas para impedir su formación.

Un sindicato es un grupo de empleados organizados que constituyen uno

de los elementos más eficaces con que cuentan los trabajadores para la defensa

de sus intereses, por lo cual obtienen grandes beneficios. Al unirse terminan las

competencias entre ellos, a lo cual lleva la oferta y la demanda, favorece la

contratación colectiva, pero cuando ésta se politiza, se descuida la producción. Se

156 Rojas, Irene. Las relaciones laborales al modelo normativo de negociación colectiva del plan

laboral. Revista Ius et Praxis [online]. 2007, vol.13, n.2 [citado 2009-10-09], pp. 195-221 .

Disponible en: <http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-

00122007000200009&lng=es&nrm=iso>. ISSN . doi: 10.4067/S0718-00122007000200009.

139

reconoce el derecho a la huelga, y el fuero sindical, donde no pueden ser

despedidos libremente durante el tiempo que señale la ley, cuando son dirigentes

sindicales, a no ser que haya una autorización judicial.

La sindicalización, es un fenómeno que se da a la par y en constante

dialéctica y conexión al proceso de urbanización. A partir de 1930, la ciudad se va

configurando cada vez más en un espacio de convergencia de concentración de

población, y de soporte de las actividades que ésta conlleva. Es que ocurre por lo

general un aumento de la población, un crecimiento del producto urbano, la

expansión de los espacios urbanizados. Su necesaria concentración espacial

favorecía la interacción de una serie de interrelaciones, que cada vez se iban

haciendo más complejas, bajo la dinámica de la producción creciente de bienes y

servicios, producido por el aumento de sus demandas en la ciudad.

La región de la Araucanía, sorteó exitosamente los primeros años del siglo

XX, logrando crecer enormemente su población, y configurar las principales

ciudades de la región, hasta 1930, como lo fue Temuco, Nueva Imperial, Traiguén,

entre otras. La inserción de la región al Estado hasta aquí aparentemente había

sido exitosa. Sin embargo a partir de la crisis del 29` las diferentes ciudades

comenzaron a disminuir su crecimiento de población, debido a la hecatombe

profunda, surgida por el modelo exportador, que habían perfilado a la región como

el granero de Chile, siendo la base productiva la agricultura, la ganadería y lo

forestal157.

Pues ahora el crecimiento de la población dependería de la formación de

industrias, y de las consecuencias de la terciarización de la economía, que produjo

el modelo de desarrollo de Industrialización por Sustitución de Importaciones. Fue

157 Pinto, Jorge. La población de la Araucanía en el siglo XX. Crecimiento y distribución Espacial :

op. cit. pp.134 - 135

140

finalmente Temuco la ciudad que mantuvo sus tasas de crecimiento demográfico,

aun en el momento de crisis de población que vivía la región en los años 40`158 .

V.1. Panorama y la génesis de los sindicatos bajo el contexto de

reestructuración capitalista en Chile, mediados del siglo XX

(Industrialización por Sustitución de Importaciones).

A principios del siglo XIX a nivel internacional, existió un aumento de los

flujos de la comercialización de materias primas desde la periferia (América latina)

hasta el centro de manufacturas, Europa, debido a su especialización de nuevos

productos, por la diversificación de la demanda y las innovaciones técnicas. El

país se dedica profusamente a la producción de carbón, cobre, salitre y trigo,

vendiendo sus productos a estas potencias. Es así como este país retribuye

invirtiendo y trayendo manufactura, bienes de consumo, etc. Pero cuando

comienza la era de las catástrofes como lo llama Hobsbawm, tanto en 1914 con la

Primera Guerra Mundial y la crisis de 1929, hay un panorama caótico y difícil para

las transacciones materiales y comerciales, por lo que la periferia tuvo que

hacerse cargo de producir esos bienes. Pero no fue por sí solos, si no que con

ayuda de las mismas inversiones extranjeras, las cuales se reorientaron con flujos

de capital, dirigiéndose hacia el sector de producción de los bienes de consumo,

creando un panorama ilusorio de desarrollo endógeno159. Surge pues el proceso

de Sustitución de Importaciones.

El ancla de este desarrollo será la ciudad, donde se ejercerán actividades

económicas referentes al sector secundario y terciario de la economía, lo que

generó entre otras cosas grandes expectativas acerca de este espacio sobre todo

a esta mano de obra cesante que pululaba, tras la fuerte crisis de la agricultura y

la minería: A medida que aumenta el número de personas que llegan a la gran 158 Pinto, Jorge. La población de la Araucanía en el siglo XX. Crecimiento y distribución Espacial:

Ib. Id. pp. 140 – 141. 159 Pinto, Jorge. Apuntes de clases, cátedra de Poder, Control Social y la Marginalidad en Chile.

UFRO. 1er semestre 2008.

141

ciudad la diferencia compensadora induciría la llegada de más habitantes160.

Significa que la persona sedentaria de algún lugar del país al ver este fenómeno

migratorio, generaba expectativas acerca de la gran urbe, la que se supondría

ofrecería más oportunidades. Esto es la diferencia compensadora. Al mismo

tiempo, tras la masiva llegada de las personas, las condiciones de vida de éstas

en un corto plazo, se volvieron más inestables. Al haber una mayor suma de mano

de obra en la ciudad, los sueldos bajarían, precarización de las condiciones

laborales, y fuertes desigualdades sociales, poniendo casi en jaque la sociedad

de la época.

Se vive entonces un fuerte despertar de los trabajadores, que reaccionan

ante esta situación. Así la llamada cuestión social iba en ascenso. No es que la

pobreza o desigualdad social, fueran una novedad, pero atacarlas como producto

del sistema sociopolítico, era ir más allá de una mera lucha electoral, implicaba la

necesidad de reformas profundas. En las primeras instancias el Estado respondió,

con represión161: La cuestión social, son consecuencias sociales, laborales e

ideológicas de la industrialización y urbanización nacientes, una nueva forma

dependiente del sistema de salarios, la aparición de problemas cada vez más

complejos pertinentes a vivienda obrera, atención médica y salubridad; la

constitución de organizaciones destinadas a defender los intereses de la nueva

clase trabajadora; huelgas y demostraciones callejeras, tal vez choques armados

de los trabajadores y la policía y los militares, i cierta popularidad de las ideas

extremistas, con una consiguiente influencia sobre los dirigentes de los

trabajadores162. Esto demuestra que los modelos tradicionales de sujeción y

organización trabajadora cambiaron, el peón ya estaba fuera de la hacienda, lejos

del patrón, pero con la misma miseria. Más aun la ciudad presenta una 160 Hurtado, Carlos. Ib. Id.. p. 83 161 Loveman, Brian y Lira, Elizabeth. Las suaves cenizas del olvido. Vía Chilena de reconciliación

política 1814 – 1932. Editorial LOM. 1999. Santiago. p. 252 162James Morris. Las elites, los intelectuales y el consenso. Estudio de la cuestión social y el

sistema de relaciones industriales en Chile, Santiago: Editorial del Pacífico, 1976. p. 79 en

Loveman, Brian. Lira, Elizabeth. Las suaves cenizas del olvido ? op.cit. p. 253

142

inexistencia de redes establecidas de solidaridad y protección, o de normas

reconocidas para mediar conflictos, provocando dificultades para cohesionar esta

nueva sociedad.

La política de los hechos consumados ya no regía sin resistencia. La

sensibilidad de la cuestión social implicaba un rechazo al orden colonial y al orden

post – colonial portaliano, así como también al liberalismo clásico. Ya no se

aceptaba el predominio sin límites del propietario sobre sus bienes ni su capacidad

de contratar libremente. Resolver o aplacar los conflictos generados por la

cuestión social requería de la nueva definición de la relación entre el Capital y el

Estado, Estado y Fuerza Obrera y Estado y Sociedad, es decir cambios

constitucionales y legales163.

Entre 1924 y 1932, los antiguos y nuevos dirigentes políticos recurrían a los

estilos y medidas y símbolos de reconciliación política que se habían hecho parte

integral de la cultura política chilena en el siglo XIX, para intentar la

reconfiguración y la readecuación del sistema político, por medio de las

desavenencias, violencia, rupturas, conflictos amargos y violentos y llamados a la

reconciliación por la vía de los indultos, amnistías, impunidades y cambios del

sistema político para restablecer la gobernabilidad. Entre 1920 y 1932 este patrón

engendraría un nuevo marco formal para la sociedad chilena, a la vez que

reforzaría la vía chilena de reconciliación en la cultura política164, por lo que se

institucionaliza las relaciones laborales. Así los conflictos fueron incorporados al

ámbito político, y para ello se debieron adaptar las fronteras, laicizando el Estado,

implantando leyes, para hacerse cargo de esta masa en descontento y se

mantuviera el sistema165. Así un sector de la elite consideró como prioritario

articular mecanismos, a cambio de otorgar concesiones en el campo político –

163 Loveman, Brian y Lira, Elizabeth. Las suaves cenizas del olvido.. Ib. Id. p. 253 164 Loveman, Brian y Lira, Elizabeth. Las suaves cenizas del olvido.. Ib. Id p. 260 165 Pinto, Julio y Valdivia, Verónica. ¿Revolución proletaria o querida chusma? Socialismo y

Alessandrismo en la pugna : op.cit. p.9

143

social, anularon la eventualidad de un desborde masivo desde abajo, al estilo

bolchevique. Este fue el trasfondo de la propuesta social – legislativa, de Arturo

Alessandri de propender a una integración armónica entre el capital y el trabajo.

Así para 1930 poco quedaba de la vocación anarquista, revolucionaria y

antisistémica de algunos movimientos obreros. La legislación de 1931, les

reconoció una serie de demandas históricas166.

La modernización fue por partida doble, tanto del Estado como también en

la organización de los actores sociales. Ambos modificaron sus sistemas y

mecanismos para supervivir y mantener el equilibrio. Los obreros se organizaron

mediante una serie de reivindicaciones permanentes que se traducían en

organizaciones, movilizaciones, peticiones, generación de un discurso y una

identidad. Este movimiento además, levantó a lo largo de casi todo el siglo XX, las

banderas del proteccionismo a la industria nacional, la reforma o abolición del

servicio en la guardia nacional, la educación o "ilustración" del pueblo, además de

una aspiración genérica de justicia y redención social. Se organizan en partidos

políticos, sindicatos, mancomunales, sociedades mutuas, etc. Cada uno de los

movimientos obreros y populares en Chile del siglo XX, su influencia fue decisivo

en cada una de las etapas del progreso social y de la ampliación de la democracia

en el sistema político, para desde adentro reivindicar al pueblo167. No es

excluyente decir que el origen de los movimientos populares, fueron gracias a la

urbanización y la industrialización. Si bien desde siempre existieron las urbes y las

industrias, éstas no se desarrollaron plenamente hasta fines del siglo XIX

principios del XX y con más auge hacia los 60`. Ambos procesos de

transformación económica, provocaron un crecimiento de la inversión extranjera y

nacional, permitiendo que el aumento de la acumulación de capital expandiera el

166 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia de Chile Contemporáneo II: op. cit. p. 113 167 Grez, Sergio. Los artesanos chilenos del siglo XX: un proyecto modernizador- democratizador.

Revista electrónica Cyber Humanitatis. Verano 2007. En

http://www.cyberhumanitatis.uchile.cl/CDA/texto_simple2/0,1255,SCID%3D21035%26ISID%3D730

,00.html

144

mercado interno. Esta acumulación se concentró sólo en los grandes centros

urbanos -fundamentalmente Santiago-, por lo que éstos fueron creciendo a una

tasa más elevada que el resto del país. Fue así como su demanda por mano de

obra calificada para nuevos servicios, los transformó en polo de atracción laboral

en actividades tales como la construcción de obras públicas, el servicio doméstico,

el empleo público y el servicio militar168, generando consecuencias en la

organización de los trabajadores.

V. 2. Las condiciones industriales en la Araucanía y formación de sindicatos.

Algunas luces de las fuentes a partir de los expedientes del Tribunal del

Trabajo.

En la región de la Araucanía, la industria era considerada como una

actividad de importancia trascendental, pues al mismo tiempo que proporcionaba

un mejor nivel de vida a los brazos que ocupa, daba nuevas riquezas que

significaban la elaboración de las materias primas, que adquierieron nuevas

calidades y valores con la transformación en bienes de consumo. Los estudios de

la época demostraban que el aporte de la industria a la Renta Nacional ocupaba la

cifra principal. En efecto, mientras la minería contribuía en un 7% y la agricultura

en un 17%, la industria ostentaba un 21%, es decir el mismo porcentaje, que

sumaban ambas cifras anteriores. En la provincia de Cautín existían más menos

152 establecimientos industriales, con más de cuatro operarios cada uno. En ellos

laboraban 2.032 obreros y 314 empleados, o sea, un total de 2.346 personas.

Siendo la población activa 114.850 personas, sobre un total de 365.072 almas

168 Carlos Hurtado señala que durante 1900 – 1930 el servicio militar era una gran oportunidad

para el hijo del obrero campesino o el servicio doméstico para las mujeres solteras, los cual les

ayudaría a una cierta oportunidad de romper con al vida del campo la monotonía. Hurtado, Carlos.

Concentración de la población : op.cit. p. 98.

145

(censo 1952), resultando que en las labores industriales trabajaba alrededor de un

2% de la población activa169.

Tabla 34. Producción de las industrias de Cautín, por rubro y

porcentaje de participación en las ganancias, en 1954170.

Tipo de industria

Lo que

producen en

pesos

Porcentaje

de

participación

Industria molinera $ 786.622.958 50%

Industria madera elaborada $211.951.636 13,5%

Industria derivada de la ganadería $171.730.187 10,9%

Industrias varias, derivadas de los productos

agropecuarios

$169.820.636 10,8%

Total producción, derivados productos

agropecuarios

$1.340.125.417 85,4%

Total producción al servicio de las

actividades agropecuarias

$63.535.160 4%

Total producción de industrias varias $168.079.995 10,6%

Total producción industrial de Cautín $1.571.740.572

Una de las industrias más importantes fue sin duda la molinera, en menor

medida la asociada a la madera y otros rubros, pero principalmente aquellos

destinados al consumo.

169 Ferrando, Ricardo. SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN SOBRE EL DESARROLLO DE LA

PROVINCIA DE CAUTIN. En Posibilidades industriales de la provincia de Cautín. Francisco

Krause. Temuco, 23 de enero de 1956. pp. 70 - 90 170 Ferrando, Ricardo. SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN SOBRE EL DESARROLLO DE LA

PROVINCIA DE CAUTIN : op.cit. p. 75

146

Comparando los datos estadísticos, en el lapso de cinco años,

comprendiendo los años 1949 y 1954, comprobaremos lo siguiente:

Tabla 35. Capitales, obreros y establecimientos industriales, en 1949 a 1954,

en la Provincia de Cautín171

1949 1954 Diferencia

Capitales invertidos 247.008.514 384.825.204 +137.816.690

Nº de obreros ocupados 2.180 2.032 -148

Nº de establecimientos 176 151 -24

En resumen, los datos estadísticos demuestran una disminución en el

desarrollo industrial en esos cinco años, tanto en el número de establecimientos

como personal ocupado (los cuales pudieron ser reemplazados por maquinaria, ya

que los capitales invertidos son mayores, o bien éstos se concentraron en

industrias esenciales), mientras que los capitales invertidos eran más que en 1949

(lo que se puede deber a una desvalorización y alta inflación de la época, lo que

haría que esta cifra no fuera radicalmente significativa que la de 1949), pero las

fuentes advierten que la producción baja de un 20% a un 17%, mientras que en el

escenario nacional, la producción de la industria aumenta en un 47% (Índice

producción industrial en 1949 era de 170,1; en 1954 era de un 149,6).

Si bien el panorama general de la industria, demostraba excelentes índices

nacionales, mientras que las posibilidades de la provincia para la constitución de

establecimientos, asociados a los bienes de consumo, a la agricultura, la

ganadería estaban dentro de algunas voluntades, sugerencias, la industria hacia

los años 50` pasaba por una crisis con costos y consecuencias en los

trabajadores, que según las autoridades de la época eran atribuibles a la falta de

capitales y créditos adecuados, de energía barata y de centralismo económico.

171 Ferrando, Ricardo. SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN SOBRE EL DESARROLLO DE LA

PROVINCIA DE CAUTIN : op.cit. p. 76

147

De las demandas urbanas hechas en el Tribunal del Trabajo de Nueva

Imperial, sólo el 2,5% corresponden a realizadas por sindicatos o por una

organización de trabajadores que se asociaban ante la crisis que se estaba

viviendo, sobre todo en el ámbito molinero, una de las industrias más prominentes

de la región: Emilio Artigas, jornalero domiciliado en Villa Damas de Carahue,

Juan Alfaro, Jornalero domiciliado en Villa Damas, Supertino Baeza, Jornalero,

domiciliado en Villa Estación. Sebastián Fritz, fogonero mecánico, Juan Jimenes,

domiciliado en Villa Damas, Alberto Herrera, jornalero, Juan Bautista Paredes,

jornalero domiciliado en Villa Estación, Abdón Pezo, molinero 2º, Gabriel Pereira,

jornalero, Agustín San Martín, Héctor Herrera, jornalero, Alejandrino Herrera,

jornalero, Andrés Troncoso, jornalero, Gerardo Ríos, jornalero de villa estación,

Crispido San Martín, jornalero y Héctor Artigas, Jornalero, fueron obreros del

molino cilindros de la firma “Valck Hnos. Ltda..” de Carahue, siendo desahuciados

en forma legal el 3 de marzo, pero la situación económica, los salarios no han

guardado relación con la realidad de la vida y con la legislación que rige los

salarios, de acuerdo a lo suscrito el 12 de diciembre de 1949 entre la asociación

de Molineros de Cautín y Malleco y la Confederación de sindicatos de obreros

molineros de Chile y que fue aprobado por el Ministerio del Trabajo nº 348 el 11 de

mayo de 1950 con todos los obreros molineros de la zona, donde se percibiría un

salario minimun de $62 diario al igual a la asignación familiar de $65 por carga, un

quintal de harina mensual, un overol anual para los grados del molinero, guarda y

empaquetador, por lo que piden: “Valck Hnos. Ltda. Deberá cancelar la suma de

$173.678 por reajuste de salarios, $51.852,20 a todos, según se distribuye en la

planilla nº 2 por concepto de reajuste de sobretiempo, $1.980 según se distribuye

en la planilla nº 3 por asignación familiar, $3.700 según planilla nº 4 por concepto

de regalía, $682 por semana corrida172.

172 ARA. T.T.N.I. Unidad de conservación 6. Número de rol 459, con fecha 25 de marzo de 1951,

en materia cobro de pesos. pp. 1 - 42

148

Tabla 36. Planilla de reajustes de salarios de los obreros, del sindicato

molinero de Valck hermanos, de Carahue, en 1951.

Planilla nº 1

Nombre del obrero Profesión

Fecha de

iniciación

Fecha De

pago

nº de días

trabajados

Salario diario

pagado Salario Mínimo

Reajuste salario diario

Reajuste por nº de

días trabajados

Total salario debido

01/01/1950 08/04/1950 98 $30 $62 $32 $3.136

09/04/1950 31/12/1950 267 40 62 22 5.874 Juan Alfaro

Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 40 62 22 1.518 $10.528

01/01/1950 08/04/1950 98 20 62 42 4.116

09/04/1950 31/12/1950 267 30 62 32 8.544 Emilio Artigas

Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 30 62 32 2.208 14.868

01/01/1950 08/04/1950 98 25 62 37 3.626

09/04/1950 31/12/1950 267 35 62 27 7.207 Gupertino

Baeza Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 35 62 27 1.836 12.698

01/01/1950 08/04/1950 98 30 99,6 69,6 6.820,8

09/04/1950 31/12/1950 267 50 99,6 49,6 13.243,2 Sebastián

Fritz mecánico

01/01/1950 10/03/1951 69 50 99,6 49,6 3.422,4 23.486,4

01/01/1950 08/04/1950 98 25 62 37 3.626

09/04/1950 31/12/1950 267 35 62 27 7.209 Juan

Jiménez Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 35 62 27 1.863 12.698

01/01/1950 08/04/1950 98 30 62 32 3.136

09/04/1950 31/12/1950 267 40 62 22 5.874 Alberto Herrera

Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 40 62 22 1.518 10.528

01/01/1950 08/04/1950 98 20 62 42 4.116

09/04/1950 31/12/1950 267 30 62 32 8.544 Juan Bta. Paredes

Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 30 62 32 2.208 14.868

01/01/1950 08/04/1950 98 30 84 54 5.292

09/04/1950 31/12/1950 267 50 84 34 9.978 Abdón Pezo

Molinero 2º

01/01/1950 10/03/1951 69 50 84 34 2.840 16.416

01/01/1950 08/04/1950 98 25 62 37 3.626

09/04/1950 31/12/1950 267 35 62 27 7.209 Gabriel Pereira

Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 35 62 27 1.863 12.698

01/01/1950 08/04/1950 98 25 62 37 3.626

09/04/1950 31/12/1950 267 35 62 27 7.209

Agustín San

Martín Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 35 62 27 1.863 12.698

Héctor Jornalero 01/01/1950 08/04/1950 - - - - -

149

09/04/1950 31/12/1950 242 30 62 32 7.744 Herrera

01/01/1950 10/03/1951 69 30 62 32 2.208 9.952

01/01/1950 08/04/1950 - - - - -

09/04/1950 31/12/1950 20 30 62 32 640 Alejandro Herrera

Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 30 62 32 2.208 2.848

01/01/1950 08/04/1950 98 20 62 42 4.116

09/04/1950 31/12/1950 267 30 62 32 8.544 Andrés

Troncoso Jornalero

01/01/1950 10/03/1951 69 30 62 32 2.208 14.868

- - - - - - -

- - - - - - - Jerardo

Ríos Jornalero

21/01/1951 10/03/1951 47 30 62 32 1.504 1.504

- - - - - - -

- - - - - - -

Crispino San

Martín Jornalero

07/02/1951 10/03/1951 38 30 62 32 1.216 1.216

- - - - - - -

- - - - - - - Héctor Artigas

Jornalero

21/01/1951 10/03/1951 47 30 62 32 1.504 1.504

TOTAL: 173.678,40

Como se puede ver la existencia de sindicatos en el sector del

departamento de Imperial, se dan ante hechos puntuales, como lo fueron cierres

de los molinos, reaccionaban. Con esto no se quiere decir que no hay actividad

sindical, por parte de los trabajadores, seguramente ante otras instancias en el

devenir laboral, utilizaban otros mecanismos de reclamación, y no necesariamente

el Tribunal. Pero la industria también organizaba a los productores: gracias al

cuaderno de documentos presentes en la causa, es posible ver como el capital

también se asocia, para así negociar cuestiones de salarios en conjunto173. Casos

similares se ven con el cierre de la sucursal de la “Molinería el Globo”, y “la

Estrella” de Mariano Farandato, analizados en el capítulo anterior.

No obstante, la terciarización de la economía también da paso a que los

trabajadores se organicen en torno a sindicatos, incluso algunos organismos del

173 ver anexo 1.

150

Estado, pero los empleados son constantemente asediados, entonces mucho de

los empleadores recurren al tribunal para poder terminar con estos sindicatos, o

los mismos empleados lo hacen una vez que éstos los despiden: Joel Sánchez,

actualmente sin empleo interpone demanda en contra de la Caja de Seguro

Obligatorio de la ciudad, ingresando a trabajar como empleado particular el 23 de

abril de 1939 hasta julio de 1945, desempeñándose como Jefe de la sección canje

con un sueldo de $2.107,50, donde fue calificado como no competente para el

trabajo, por lo que fue despedido, lo cual es contraproducente según éste, ya que

fue elegido con el más alto voto para ser secretario del sindicato de trabajadores

de la Caja de Seguro Obligatorio de Malleco y Cautín, justamente, por sus

competencias como funcionario. Pero es sabido por la ley que los miembros del

directorio de sindicatos, delegados de personal y representante de las juntas de

conciliación y arbitraje no pueden ser removidos de sus puestos, pero así fue, por

lo que pide un fuero sindical de $41.628,50, y una indemnización de $14.209,50.

Se da ha lugar la demanda174. Otro caso similar es el de Eduardo Muñoz,

demanda a la Compañía Chilena de Comunicaciones, por haberlo desahuciado,

sin previo aviso, ya que era parte del sindicato de empleados particulares,

específicamente su secretario, por lo que pide una indemnización de $4.450

pesos, ya que según la ley art. 397, los empleados que están suscritos en un

sindicato, no pueden ser apartados de sus labores, hasta 6 meses después de

haber terminado con su cargo. El demandado argumenta que el sindicato no es

legitimo, ya que la ley plantea que el sindicato es legal cuando están agrupados

empleados que trabajan en un mismo rubro económico, en cambio el sindicato de

empleados particulares de Temuco, hay vendedores, oficinistas, o como en este

caso Muñoz, quien estaba a cargo de contratar personas, propaganda, y otras

funciones para la radio175.

174 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 165. Rol nº 9840, con fecha 3 de junio de 1945, en

materia de cobro de salario, pp. 1 – 2 175 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 169. Rol nº 10095, con fecha 8 de mayo de 1946, en

materia de cobro de salario, pp. 1 – 2

151

También están aquellos sindicatos de pavimentadotes, que ya hemos

recurrido a esos casos, y a otros servicios asociados a la construcción: Raúl

Passig, jefe administrativo de la firma constructora del puente sobre el río Imperial

en Carahue, el contratista Moisés Velasco contrató al obrero Osvaldo Ulloa, a

quien se le hicieron una serie de llamados de atención debido a su mal

comportamiento y el respondió en forma injuriosa y grosera por lo que se separó

de inmediato del puesto. Sin embargo como es parte del sindicato profesional de

constructores de Carahue según lo que contempla el artículo 378 de la ley de

trabajo se reintegró hasta que en este juicio se revoque tal situación176.

Pero también hay especial atención con respecto a aquellos obreros que

forman parte de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, juntas constituidas por

patrones y obreros, y es producto de la cultura moderna, ya que busca que los

trabajadores no se vayan a huelga y busca las mejores formas para solucionar los

conflictos, es una instancia mayor de organización177: Julio Castillo, empleado

particular de la tienda “La Esmeralda” solicita el desahucio correspondiente a

Casimiro Arias como su ex trabajador y miembro de la Junta de Conciliación y

Arbitraje del departamento de Imperial, la cual asciende a la suma $56.584,80178.

Según lo que las fuentes indican, el Tribunal busca avenimiento de las partes,

para poder lograr que el trabajador no quede sin su sueldo o correspondiente

indemnización. En definitiva no se presentan muchos juicios con respecto al tema,

lo cual puede indicar que la presión industrial, en otras áreas, hacia el trabajador,

como el de la manufactura o agroalimentaria no era tan fuerte, debido a su relativa

importancia económica en la región o que simplemente sus mecanismos de

conciliación era otros, y no necesariamente los Tribunales del Trabajo.

176 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 2. Rol nº 233, con fecha 14 de noviembre de 1946, en

materia (-), pp. 1 – 3 177 ARA. Martner, Daniel. Leyes del Trabajo y de previsión social. Economía política. Universidad

de Chile. Santiago. 1934. p. 261 178 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 7. Rol nº 479, con fecha 8 de mayo de 1951, en

materia cobro ejecutivo de pesos. pp. 1 – 4.

152

CAPÍTULO VI. RELACIONES LABORALES Y SALARIALES EN EL ÁMBITO

RURAL

VI.1. La sindicalización campesina

Hasta mediados del siglo XX el mundo rural no experimentó convulsiones.

Durante décadas los patrones supieron manejar bien los ataques de los sectores

urbanos que los acusaban de incompetentes en el plano de la producción y de

feudales en cuanto a sus relaciones sociales. En los años 30` el peso de los

hacendados (agrupados en la Sociedad Nacional de Agricultura y el partido

conservador) impidió extender hacia el campo las disposiciones del Código del

Trabajo. En los años 40` la lucha condicionó su apoyo al proyecto industrializador,

al compromiso de no permitir la sindicalización campesina. El movimiento

campesino asumió un carácter institucional, por lo que circunscribió las estrategias

de lucha a un marco legal impuesto por poderes que actuaban fuera del medio

rural179.

Si bien la ley por nº 8811, con fecha 29 de julio de 1947180, estipula la

sindicalización campesina, en el que éste es definido como instituciones de

colaboración mutua entre el trabajo y el capital, pudiendo entre otras cosas formar

cooperativas, y estarían en vigilancia, de la Inspección del Trabajo, donde se

podrán desvincular del trabajo a aquellos que lo abandonan, etc. y otra serie de

disposiciones, en el Tribunal del Trabajo, no existen registros alusivos al tema181,

179 Salazar, Gabriel y Pinto, Julio. Historia de Chile Contemporáneo II: op. cit. pp. 105 – 110. 180 ARA. Memoria de la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco. 1948 – 1951 pp. 207 - 210. 181 Sin embargo se tiene en conocimiento por ejemplo el fuerte conflicto campesino que surgió en

1934 en Ranquil, como antecedente de la primera revuelta campesina, la cual pudo generarse por

la crítica situación a que fueron arrastrados los campesinos de la zona latifundista quienes se

apoderaron de sus tierras, en el momento en que la economía regional experimentaba una enorme

contracción. En Pinto, Jorge. La población de la Araucanía en el siglo XX. Crecimiento y

distribución Espacial: Ib. Id. pp. 127. Igualmente la Sociedad Nacional Agrícola de Temuco,

declaró que en el año 1947, hubo una serie de iniciativas de sindicalización campesina, donde los

153

exceptuando una organización laboral asociada al ámbito maderero: Onofre

Salazar, obrero de Cherquenco, dice que el 28 de mayo su patrón Marcelo Duhart,

industrial, lo despidió sin pagarle desahucio, ni feriado legal, ni la diferencia de

salarios para completarle el mínimo que exige la ley 12.006, ni el fuero sindical

que lo ampara como director del sindicato Duhart de Cherquenco, y el salario

era de $400 pesos diarios182.

VI.2. La mediería y los obreros agrícolas.

Los medieros y obreros – agrícolas, fuerzas de trabajo del campo, que se

muestran claramente en la Araucanía. La mediería está asociada al trabajo de un

inquilino – mediero, mediero o aparcero, el cual generalmente el patrón le concede

una casa para vivir, y junto con ello el derecho de sembrar tanto para el patrón,

como para sí, y luego repartirse en medias. Mientras que el obrero agrícola, está

asociada a una figura de relación laboral mucho más moderna, que corresponde a

la figura de proletarización del obrero en el ámbito rural, trabajando en ciertas

temporadas, generalmente en época de cosechas y siembras, recibiendo en

pesos un sueldo, tras un trato verbal.

La mediería es una típica forma de producción de sociedades fronterizas, la

que está dotada de abundantes tierras vírgenes, y relativa escasa mano de obra.

En la región de la Araucanía fue la forma más fácil de abrir nuevos campos a los

cultivos183, en un contexto de concentración de la propiedad latifundista producto

de la colonización, dando paso a la formación del inquilinaje. El convenio que se

inquilinos habían presentado pliego de peticiones en el fundo El Campamento de Viola Schleyer de

Roth de Freire, el Fundo Lonlong se José Lamolliatte de Radal, Lomas Bajas de Kurt Fuchslocher

de Quepe, Huilio de Enrique Hott, Mololco de Juan Hiriart de Los Laureles, Rucañanco del señor

Enrique Diez de freire, Los Confines de Luís Mena de Choroico, entre otros. En ARA. Memoria de

la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco. 1948 – 1951 pp. 290 182 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 248 ? op.cit. pp. 3 - 4 183 Bengoa, José. Historia social de la Agricultura chilena. Tomo II. Haciendas y campesinos.

Ediciones sur. Santiago. 1990. p. 158

154

establece es dialéctico y de iguales proporciones, ya que los convenios de

mediería se basan en un menor riesgo empresarial que en la distribución de

incertidumbres entre el propietario y el campesino. Es por ello que se presentan

esencialmente en situaciones caracterizadas por condiciones climático-ecológicas

y sociales muy inciertas, debidas ya sea al estancamiento, al agotamiento de la

tierra o a la regulación del mercado, o a la falta de mano de obra y de capital en el

caso de mercados en expansión y en el marco de tierras aún no explotadas184.

Desde el punto de vista de los propietarios, estos convenios pueden ser

considerados "acuerdos de contratación laboral" diseñados con el objeto de

facilitar la movilización de la fuerza de trabajo y, desde una perspectiva marxista,

como una forma de apropiación de la plusvalía; como tales, a los medieros se les

puede emplear en las haciendas, junto con los braceros y los peones. El grado de

independencia de los campesinos, las distintas posibilidades de empleo y la

necesidad de peones por parte de los propietarios de las plantaciones en relación

al trabajo disponible, determinarán qué acuerdos son seleccionados y en qué

combinación son dispuestas las condiciones laborales.

Por parte del campesinado, los convenios de mediería suponen acceso a la

tierra (o al ganado). Sin embargo, este acceso a la tierra está limitado a pequeños

terrenos, insuficientes para garantizar el sustento y, pon lo tanto, debe combinarse

con algún otro acuerdo laboral, combinación ésta de gran importancia desde una

perspectiva política. Efectivamente, medieros o miembros de sus familias

generalmente buscan empleo estacional, trabajando en haciendas vecinas de

acuerdo a diversos arreglos, pagos, o simplemente optan por vagar durante

meses en otras regiones en busca de trabajo, tanto en la agricultura como en la

industria, y al mismo tiempo pueden ser minifundistas por derecho propio,

contratando ellos mismos trabajadores. Tales situaciones de empleos múltiples o

simultáneos, y de entrelazamiento de funciones e identidades ocupacionales,

184 Roniger, Luis. Mediería y fuerza de trabajo rural. Estudios Interdisciplinarios de América Latina y

el Caribe. Volumen 2, nº 1. 1991. En http://www.tau.ac.il/eial/II_1/roniger.htm

155

impiden el desarrollo de compromisos amplios de categorías sociales y la

organización de solidaridad de clase en el campo. El caso típico de mediería en la

región es: Lorenzo Castillo, agricultor, dice que es inquilino – mediero de Julio

Onell, en el fundo Los Andes con el que hicieron una siembra a medias de trigo en

12 cuadras, efectuando la trilla hace 10 días atrás, resultando de la cosecha 298

sacos de ochenta kilos de los cuales le corresponde la mitad para cada uno, pero

debe descontarle un 8% de la maquila, por lo que le corresponde 137 sacos. El

patrón argumenta que además se debe descontar los sacos de abonos comprados

y cancelar los fletes. El mediero, tiene la propiedad sólo de su fuerza de trabajo,

que pone a disposición de su patrón, quien tiene la tierra y los medios de

producción. Pedro Ortiz, agricultor, de la comuna de Freire, quien celebró con

Claren, médico – cirujano, un contrato de que haría trabajos de agricultura en

medias en el fundo Rucañanco desde el 31 de marzo de 1941 al 31 de marzo de

1942. Cosechó los cereales y papas, quedando todo a medias, además le debe le

talaje de dos bueyes, 1 vaca y un caballo. Tenía como regalías producción de la

cuadra libre de trigo, que son 35 qq. de 80 kilos a $100 pesos, y de la cosecha de

sus arvejas y lentejas, lo que hace un total de $1.973,40, además de una casa185.

Importantes era las regalías, típicas del sur de Chile, un goce libre de terreno,

casa y talaje para los animales186. Para poder cultivar el mediero estaba a cargo

de destroncar, limpiar el terreno, cercar y preparar los cercos para las siembras:

Nicolás Fuentes, mediero agrícola domiciliado en Chacazo, dice haber trabajado

para Emilio Venegas, agricultor domiciliado en el Fundo El Calvario desde el 15 de

noviembre de 1951, como mediero, con un salario del 50% de los productos, por

sembrar y cosechar, pero no le canceló los salarios correspondientes del roce y

barbecho quedando el terreno en condiciones de ser sembrado187. No todos

tenían la conciencia de que el salario de este trabajo, era también cancelado por la

185 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 142. Rol nº 8199, con fecha 15 de julio de 1952, en

materia cobro de salarios pp. 1 – 5. 186 Bengoa José. Historia social de la Agricultura chilena. Tomo II. Haciendas : p. 159 187 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 9. Rol nº 600, con fecha 15 de julio de 1952, en

materia cobro de salario pp. 1 – 5.

156

mediería. Al respecto hay muchos que cobran sus salarios por hacer estas

cuestiones, o algunos creen que con sólo atender la siembra y la cosecha basta

para cobrar la mediería. El Tribunal responde en estos casos como no ha lugar, ya

que según estos se entiende que los pagos de salarios en mediería, cubren todo

el proceso productivo de la agricultura: Delfín Martínez, obrero – agrícola

domiciliado en le fundo “El Alma”, en contra de Humberto Mella, agricultor, dice

que le debe $1.200 por 6 meses de trabajo. Se desecha la demanda por lo que

comprueba el contrato, éste es mediero, el que tiene vigencia desde, desde el 22

de marzo de 1944 hasta el 22 de marzo de 1945, donde se le cancelará la

cosecha 200 k. de trigo a medias y 500 kilos de avena, y como regalía viviría en la

casa del patrón188. Pero estaba aquel mediero, que no necesariamente tenía las

regalías expuestas anteriormente, pero se vivía una situación muy parecida: Juan

de la Cruz Sanhueza obrero - agrícola demanda a Dario Bernal por 3 días de

trabajo en hechura de caminos a $12, total $36, 51 metros labradura de basas a

$15 mt. $765, 28 metrado de hechura de leña para motor a $8 mt. a $224, 3 días

de trabajo en el banco aserrador a $10 total $30, 4 días de trabajo de roce para

siembras a $15 a $60, dos días de flete de madera a Huilio por el viaje $40, 2 días

de trabajo para abrir caminos a $10 total de $20, 2 días de tiradura de basas a

$10, total $20, haciendo un total de $1.195 pesos. Reclama la entrega de las

cosechas de las siguientes siembras: 7 sacos de avena, 80 kilos de trigo, 2 sacos

de arveja, 17 sacos de papas más trabajos a tratos anteriormente descritos,

haciendo un total de $14.235. El demandado reconoce los trabajos efectuados

pero éste no tenían precio ya que estaban incluidas como parte del salario de una

siembra de papas a medias, pero no reconoce que las medias de trigo, la avena

y las arvejas se hayan efectuado a medias189. Si bien al parecer en el campo se

avanzaría a un sistema más asalariado, con una evidente proletarización, al

parecer se volvería aun más tradicional. En esta época el sistema de las

188 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 78, con fecha 9 de octubre de 1944, en

materia cobro de salario pp. 1 – 6 189 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 2. Rol nº 203, con fecha 7 de mayo de 1946, en

materia cobro de salario pp. 1 – 6

157

relaciones laborales intensifica el paternalismo190, ante el evidente éxodo de la

mano de obra, ya fuese por su fuga a la ciudad, al servicio doméstico, a los cargos

militares, o migración hacia Argentina191, pero, a pesar de ello los índices de

crecimiento en la agricultura, entre los 40` y 50` se mantuvieron192.

Explicando el fenómeno de los obreros agrícolas, durante el proceso de

exportación de Chile hacia los mercados de California y Australia, el campo sufrió

transformaciones en al ámbito económico, social, cultural, etc. reorganizándose la

hacienda, al aumentar la superficie cultivada, y disminuir la ración de la tierra para

el campesino, ya no se distinguía el inquilino o jornalero, y que según Horance

Rumbold podían ser considerado como prolètaires193. Es en el siglo XIX ante el

proceso de expansión del mercado agrícola al extranjero, donde se forja la figura

del obrero – agrícola, que se caracterizaba por su desarraigo de la tierra, trabajo a

temporada, y por un salario cancelado en pesos. Éste tipo de trabajo, obviamente

trasciende hacia el siglo XX. Lorenzo Vásquez, obrero – agrícola, de la ciudad de

Nueva Imperial demanda a Arradín Narváez, agricultor, a quien le trabajó en su

fundo desde el 14 de enero de 1952 hasta el 29 de julio de 1952 en donde

además le fletó ripio haciendo 293 carretadas a razón de $5 pesos cada una, así

por 77 días de trabajo a razón de $80 diarios, hacen $6.160, 293 carretadas de

ripio $885, más 10 días de trabajo a $30 diarios, son $300 y el 2% de la maquila

en la trilladora (8 quintales ) $5.200, lo que en total le adeuda la suma de $12.545,

sin contrato de trabajo194. Durante la cosecha, existía una gran movilidad de mano

de obra, desde las ciudades se trasladaban temporalmente por el trabajo, o bien

rotaban de fundo en fundo, según fuese la ocasión. Es un sujeto que busca su

190 Bauer, Arnold. La sociedad rural chilena. Desde la conquista ? op. cit. p. 196 191 ARA. Arellano, Oscar. El problema del ausentismo en la Frontera. Aprobado por el concejo de

Adelanto de Cautín. 1949. pp. 1 – 5. 192 Pinto, Jorge. La población de la Araucanía en el siglo XX. Crecimiento : op.cit. p. 127. 193 Robles, Claudio. Hacendados progresistas y modernización agraria en Chile Central (1850 –

1880). Editorial Universidad de Los Lagos. 2007. p. 14 194 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 9. Rol nº 619 con fecha 1 de septiembre de 1952, en

materia cobro de salario pp. 1 – 7.

158

pago de salario en pesos. O bien son indígenas, que desde sus reducciones,

aprovechan las ventajas de la época para vender su trabajo: Juan Traipe

Catricura, Pedro Bulnes Cayuqueo, Honorindo Palacios, todos obreros agrícolas

domiciliados en la reducción de Rapahue, demandan a Carlos Greve, dueño del

fundo la “Picuta”, que no les ha cancelado sus salarios, tras la cosecha de trigo

que se inició en los primeros días de febrero. Traipe reclama por 25 días a $10

pesos con un total de $250, Bulnes por 5 días de trabajo $50 y a Palacios $140

por 14 días de trabajo195. Este fenómeno hace que las relaciones laborales sean

más modernas, donde el pago de salario se hace en pesos, con un trabajo en

temporada, sin mayor interacción entre el trabajador y el empleador. Sin embargo

lo hace precario, al no tener contrato de trabajo, etc. no teniendo más que la

palabra empeñada como garantía de una relación salarial, y sin arraigo al

territorio.

Ambas figuras configuraban el panorama de los trabajadores del ámbito

agrícola de la región, dibujando las relaciones laborales en un doble carácter:

tradicional y moderno, en el que participaban los patrones, que podían ser dueños

de sus fundos y estar presentes, ejerciendo una fuerte influencia e interacción, o

bien, empleadores, desligados de la administración de sus medios de producción,

provocando la inserción de un tercer actor en la relación laboral, el contratista,

administrador, capataz, etc., precarizando y/o despersonalizando el trabajo.

También enmarcará la relación laboral, el nivel de producción, y si ésta estaba

vinculada al mercado local, regional, o extranjero, pudiendo generar mayor o

menor carga laboral para el trabajador, mejoras o disminución del salario,

exigencia de cierta cualificación, o no, etc.

195 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 2. Rol nº 193 con fecha 4 de marzo de 1953, en

materia cobro de salario pp. 1 – 2

159

CAPÍTULO VII. RELACIONES LABORALES Y SALARIALES EN TRABAJOS

ESPECIALES: MAPUCHES, MUJERES Y NIÑOS.

Se le llaman relaciones laborales y salariales especiales, a aquellos

trabajadores que están generalmente fuera del ámbito formal de la producción,

esto es ligados a las fábricas u otro tipo de empresas, con contrato, pago de

salario en pesos, o por la naturaleza, sus lógicas y tipos de trabajo, son diferentes

a las habituales. Es lo que han evidenciado las fuentes: los expedientes judiciales

del Tribunal del Trabajo.

Uno de los casos especiales es el trabajo mapuche: Francisco Coña

Lonconao, Juan Cayumán Cayumán, Segundo Curivil Cayumán, Antonio Nahuel

Pichihuinca, Julio Huiaquivil Huinca, todos obreros agrícolas domiciliados en

Pillomallín, demandan a Manuel Bascur, agricultor por la deuda de salarios

insolutos y su desahucio por haber sido despedidos sin previo aviso y sin causa

justificada. Total cobran $2.880. Se presenta un contrato de trabajo entre Manuel

Bascur y Lisandro Correa, contratista de aserradero, donde se les pagaría $0,50

centavos la pulgada aserrada, y el desecho $0,30, se entiende que este pagará a

los trabajadores y le dará comida, y el patrón se compromete (Manuel Bascur) a

darle dinero cuando necesite para la gente196. El sector forestal forma parte de la

prominente actividad de la región. Los aserraderos en la temporada de verano,

generaban una demanda de trabajo, pero también precarización. De acuerdo a la

teoría de que luego del proceso de radicación indígena, éste reorientó su vocación

productiva, traspasando de una economía agroganadera, a otra más agrícola, y

comenzó a buscar trabajos fuera de su reducción, ya que se acotan sus espacios

de producción197, sus niveles de intercambio, también se reconfiguraron,

adoptando la migración hacia las ciudades, o la búsqueda trabajo en sus

196 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 2. Rol nº 190 con fecha 6 de febrero de 1946, en

materia cobro de salario pp. 1 – 2 197 Bengoa, José. Historia del pueblo mapuche. Siglo XIX y XX. Editorial LOM, sexta edición.

Santiago.2000. pp. 329 - 330

160

alrededores, hacia otros fundos o ciudades, reorientando su inserción en el

mercado del trabajo nacional.

Miguel Navarrete, agricultor, dice que ha realizado trabajos en medias con

el indígena Domingo Lianan, las siembras consistían en la plantación de avena

rubia, en terrenos del indígena, y en abril realizó algunas inversiones, que Lianan

se niega a pagar. En el mingaco gastó $15.000, más $1.500 en limpia de terreno.

Y con el mingaco no alcanzó ha hacerse el trabajo, teniendo que trabajar una

semana más que avalúa en $2.580 pesos. Por concepto de semilla, gastó 660

kilos de avena rubia que avalúa en $3.200 pesos. Ahora el indígena quiere que se

reparta la cosecha con Cáceres, otro, quien no trabajó en nada, y además tiene

imposibilidad de hacerlo a lo menos económicamente de hecho facultó a

Navarrete para que participara de la siembra, y además Cáceres hace un mes

echó a sus animales a la siembra198. El mingaco es una forma cooperativa de

trabajo, tradicional mapuche, implica la asociación y compañerismo de varios lof,

las relaciones sociales adquieren un carácter intenso afianzando los vínculos de

confianza del grupo199. A pesar de su inserción al panorama regional, los modos

más tradicionales de relaciones laborales persisten y chocan con las dinámicas

más modernas.

Magdalena Llancaqueo, dice que es empleada doméstica de Lorenzo

Curiqueo y que le trabaja como tal con un sueldo mensual de $100 pesos. Con

consentimiento del patrón llevó unas cosas para su casa. Viene al tribunal a exigir

el pago de salario de $1.500 pesos más sus cosas que le corresponden. El

demandado argumenta que esta jamás ha sido su empleada ya que es un hombre

pobre y tiene quien le haga las cosas en el hogar. Dice que esta mujer es una

mujer de su hijo Daniel Curiqueo, los cuales están casados según la costumbres

198 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 13. Rol nº 803 con fecha 7 de octubre de 1955, en

materia establecer participación pp. 1 – 5 199 Inostroza, Iván. La agricultura en las comunidades mapuche de Chile 1850 – 1890. Universidad

de Santiago. Sin folio.

161

mapuches y tienen dos niños: una niña y un niño, su hijo los dejó encargados

porque el está en Santiago. Se llega a un avenimiento la demandante se desiste

de la demanda mientras que el demandado le entrega sus cosas que consisten en

9 ovejas, 1 chancho, 1 chanchito, 8 gallinas, 1 gallina con 7 pollitos, una cama de

10 cueros de oveja, 3 frazadas, 2 sacos de lana, 11 ovillos de hilo, 3 bateas, 1

granero de madera, 1 cajón, 2 chaihues (canastos de enredadera de copihue)

para mote, 1 llepo para harina, 1 plancha, 1 colador, 6 platos, 3 cucharas, 1

panera 1 máquina de coser200. No necesariamente los reclamos al Tribunal son

por relaciones laborales, algunas tienen que ver con problemas familiares, más

profundos, mientras que otras lo son, pero por lazos familiares, compadrazgos,

donde los papeles en las interacciones laborales se confunden: Carlos Colicheo,

obrero agrícola demanda a Juan Rapimán, el que le adeuda la suma de $5.000

por su ración de una cuadra de trigo y el rendimiento es de 20 sacos por cuadra.

Sin embargo la contraparte alega que Colicheo le ayudó por 15 días y en forma

casi voluntaria y como de familia, dándole un sueldo de $10 pesos en la reducción

donde reside, y declara que nunca sembró a medias201.

Otro tipo de trabajos es el de la mujer, que presentaba conflictos en su

desempeño como empleada doméstica y agricultora: María Curimán obrera

agrícola demanda a Tránsita Niculqueo porque le reclama salarios de 7 meses a

$200 mensuales, lo que hace un total $1.400, más 50 kilos de trigo limpio a $160

los 100 kilos lo que hace un total de $80, 350 cebollas y una rastra de ají a $160 y

la retención de un reboso, un pañuelo de seda, un canasto, un chamal y un

guirihue de ballena, todo lo que avalúa en $600, total de lo reclamado $1.640 por

los trabajos y los $600 en lo retenido. La demanda insiste que le debe sólo dos

meses de trabajo y que esta no la echó del trabajo si no que esta abandonó sus

200 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 8. Rol nº 565, con fecha 6 de mayo de 1952, en cobro

de salarios pp. 1 – 5 201 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 5. Rol nº 366, con fecha 10 de marzo de 1949, en

cobro de pesos pp. 1 - 4

162

labores. Luego se retracta y dice que sólo es una allegada atorrante que

andaba de cantina en cantina y que jamás fue su sirvienta202 .

La mujer se desempeñó en todo ámbito de la economía, con una creciente

inserción: Hermelinda Lagos, mediera – agrícola, demanda a Herminia Jaque,

agricultora, ya que plantaron y cultivaron frutillas en medias, pero ella sin razón

arrancó las plantas, por lo que pide una indemnización de $50.000. La demandada

dice que en primera instancia le dio 600 mts. para que plantara y cosecharon, sin

embargo no autorizó nuevamente plantar. Se da no ha lugar la demanda por falta

de pruebas203. Otra de las funciones de las mujeres en el campo es el de cocinera:

Ida Zambrano, obrera, demanda al agricultor Manuel Concha, a quien le trabajó

como cocinera de los trabajadores del fundo Santo Domingo, correspondiéndole la

suma de $8.381 pesos por la temporada de trabajo forestal204. Era usual que las

mujeres, esposas de los mismos trabajadores, contribuyan en estos servicios,

sobre todo en las épocas de cosecha205.

No obstante, en su calidad, entre otras cosas, de empleada doméstica,

estaba en indefensión, el Código del Trabajo, regula de forma tímida el trabajo de

los empleados domésticos, por tal los define como personas que se dedican

exclusivamente a su patrón a trabajos propios del servicio de un hogar tales como

los chóferes, llaveros, sirvientes, cocineras, niñeras, etc206, en el párrafo VII del

título II, no teniendo más obligación el empleador de remunerar y dar descanso

semanal, siendo muy difícil regular por parte del tribunal los deberes y

obligaciones en este tipo de relación laboral: Juana Portiño, empleada doméstica

202 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 2. Rol nº 212, con fecha 8 de junio de 1946, en cobro

salario pp. 1 – 6. 203 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 897, con fecha 2 de julio de 1957, en cobro

salario pp. 1 – 5. 204 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 12. Rol nº 893, con fecha 1 de junio de 1957, en cobro

salario pp. 1 – 4. 205 Bauer, Arnold. La sociedad rural chilena? op.cit. p. 188 206 ARA. Valenzuela, Fernando. Ensayo sobre el abuso.. op.cit.. p. 157

163

demanda a Valentín Fuentes, agricultor, desde el 26 de diciembre de 1949 hasta

el 17 de octubre de 1951, con un salario de $150 mensuales. En calidad de

anticipo le pagó solamente $600 y le adeuda por concepto de salario $2.700, más

los feriados que son $75 y $30 por desahucio. No ha lugar la demanda ya que por

lo exigido debió contratar un abogado, no evidenció lo reclamado y por lo demás el

seguro obrero es muy débil con respecto a las empleadas domésticas, no

habiendo más que las leyes sociales que las amparen, por lo que se decide de

esta manera207. Los trabajos son esencialmente a trato, y los salarios son pagados

en pesos.

El último trabajo especial analizado es el infantil. Estos trabajan

principalmente en el área rural, como ovejeros, o cuidadores, y se les paga por lo

general un bajo salario, pero con regalías, como la educación, comida, y vestuario.

La nueva legislación laboral les reconoció a los niños el derecho a ser protegidos

de ciertos abusos patronales, como imponer excesivas horas de trabajo o

condiciones ambientales peligrosas. Pero era el Estado el encargado de aplicar la

respectiva fiscalización, ya que a los propios niños no se les reconoció capacidad

para hacerse representar directamente, si no hasta los 14 años208.

Elvira Carvajal, labores del sexo, domiciliada en Temuco en la población “El

Esfuerzo”, por su hija menor Juana Chávez, dice que realizó labores como

empleada doméstica en Nueva Imperial, en la casa del señor Travieso, empleado

particular desde el 20 de mayo de 1953 al 5 de julio de 1953 con un salario de

$700 pesos mensuales. Los primeros días en parte de pago le dio la esposa del

señor Travieso, un abrigo y un par de zapatos usados, que se estiman en unos

$500 pesos. Pero esta misma señora luego la acusó de robo, donde fue llevada la

cárcel pública, pero fue dada en libertad por falta de pruebas, por lo que se viola el

207 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 7. Rol nº 504, con fecha 13 de noviembre de 1951, en

materia cobro salario pp. 1 – 3. 208 Rojas, Jorge. Los derechos del niño en Chile. Una aproximación histórica 1910 – 1930.

http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0717-71942007000100005&script=sci_arttext

164

artículo 68 del código del trabajo que expone la actitud inmoral de sus patrones,

por los malos tratamientos del patrón o de personas de su familia, exigiendo

$1.050 por los salarios, y $700 por un mes de desahucio209. Este es el caso de los

niños empleados domésticas. También están aquellos que trabajan en el ámbito

de la ganadería: Francisco Puén, agricultor demanda a Juan Manquén, agricultor

domiciliado en Mañío, le exige que se le cancele el salario correspondiente a $600

por los servicios prestados por su hija menor Domitila Puén, como ovejera durante

un año. El demandado alega que la tiene en su casa como parte de la familia por

lo que no le pagará nada, donde le da educación, comida y vestuario210.

En definitiva el trabajo de los menores y mujeres, y su regulación era visto

en ese entonces, como una forma de tutelaje para seres débiles, y es una obra de

auto – conservación de la sociedad, porque los niños serán las futuras

generaciones por lo cual no habría que alterar el desarrollo de sus organismos con

trabajos muy pesados, además las mujeres, serán las madres de esas

generaciones. Por lo que a la mujer la protege por su sexo débil y por ser madre

trabajadora. La ventaja productiva sobre todo en economías más familiares,

agrícolas, eran muy importantes, bastaba la protección más que el salario, para

retribuir el trabajo. Pero, por su condición, en otros panoramas laborales, su

indefensión, y tras el vacío en las leyes laborales, generó los conflictos.

209 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 10. Rol nº 680, con fecha 30 de julio de 1953, en

materia cobro salario pp. 1 – 5. 210 ARA. F.T.T.N.I. Unidad de Conservación 3. Rol nº 98, con fecha 1 de diciembre de 1944, en

materia cobro salario pp. 1 – 7.

165

CAPÍTULO VIII. PROPUESTA PEDAGÓGICA. LO QUE FALTA POR HACER.

LA INSERCIÓN DE LA TEMÁTICA DE LAS RELACIONES LABORALES EN

LOS PLANES Y PROGRAMAS FORMALES DE LA EDUCACIÓN CHILENA.

A lo largo de toda la evolución de las sociedades, se han buscado

mecanismos para la reproducción de los saberes culturales para asegurar su

supervivencia, entre ellos encontramos, por ejemplo, la transmisión de los ritos,

tradiciones, relatos, fiestas típicas, comidas, religión, etc. que responden a un

contexto de la historia, al espacio donde éstos se asientan, y a su desarrollo

intrínseco. Para tener la contingencia de ellos y la seguridad de que todos los

participantes de la organización social pertenecen efectivamente a ella, los

códigos culturales deben ser enseñados.

Por ende la enseñanza estaría ligada entonces al proceso en que un

“experto”, en la cultura, traspasa este conocimiento, contextualizado, aplicando

diferentes metodologías y estrategias, dándole las directrices y pautas

primordiales al “inexperto” sobre esta capital cultural de la sociedad, que por lo

demás ya tiene experiencia en ella, pero no de manera formal y estructurante.

Posee, asimismo, sus propias disposiciones cognitivas, que le van hacer

aprehender ese conocimiento de forma personal y única, construyendo finalmente

su saber cultural, logrando una integración efectiva en la sociedad, pudiendo

resistir, adaptar o modificar estos códigos.

Si la sociedad en la que se está, ha cambiado, lo que se enseña también

debe ser reestructurado, para la inserción efectiva de los estudiantes a la

sociedad.

Es así como las relaciones laborales y en particular el trabajo productivo,

han experimentado ostensibles transformaciones en las últimas décadas, lo que

ha traído importantes consecuencias tanto para el trabajo en sí y para quienes lo

desempeñan como para su organización dentro de la estructura de la empresa.

166

Esta primera aproximación a un fenómeno de innegables y serias repercusiones

económicas, sociales y, por supuesto, jurídicas. En relación con lo anterior, se

suele señalar tradicionalmente que, en sus orígenes, la legislación que fue

configurando paulatinamente al Derecho del Trabajo como una rama especial del

Derecho se dictó con una finalidad muy precisa, cual fue poner fin a las

situaciones de abuso y de explotación que afectaban a los trabajadores

asalariados que prestaban servicios en fábricas u otros recintos industriales. Estos

abusos se derivaban de la diferencia del poder negociador de empresarios y

trabajadores, lo que colocaba a los primeros, en razón de su superioridad

económica, en condiciones de dictar unilateralmente los términos del contrato que

determinaba el monto de la remuneración, la extensión del tiempo de trabajo y la

naturaleza de los servicios a realizar, mientras que, por el contrario, la

manifestación de voluntad del trabajador se limitaba en gran medida a aceptar o a

rechazar el empleo ofrecido, dependía, en muchos casos, su propia subsistencia

y la de su grupo familiar. Por tanto, el libre juego de la oferta y la demanda de

empleo en un escenario de abundancia de mano de obra y de escasez de puestos

de trabajo, como asimismo la insuficiencia de las normas propias del Derecho Civil

- basadas en el presupuesto de la igualdad jurídica de las partes contratantes y en

el principio de la autonomía de la voluntad- ocasionaron un complejo problema

social que reclamó la intervención estatal para paliar estos efectos, la que se

tradujo, en definitiva, en la dictación de normas protectoras a favor de la parte más

débil de la relación laboral y, de manera más general, en un proceso paulatino de

desprendimiento de esta nueva normativa de la gran rama del Derecho Civil211.

Pero la revolución científico-tecnológica y las nuevas dimensiones de la

globalización han asentado una economía capitalista de nuevo cuño, poniendo en

jaque las antiguas relaciones laborales y el papel del Estado ante ellas, ahora el

trabajo se caracteriza por la flexibilidad. Corolario de esta tendencia han sido la

211 Caamaño, Eduardo. Las transformaciones del trabajo, la crisis de la relación normal y el

desarrollo del trabajo atípico. Revista de Derecho. Universidad de Valdivia. [online]. 2005, vol.43,

n.1 [citado 2009-10-09], pp. 195 - 221. Disponible en: <http://www.scielo.cl/

167

erosión de la relación laboral hasta ahora considerada normal, la crisis de las

políticas e instituciones laborales y sociales vigentes, y la consiguiente emergencia

de nuevas formas de empleo y de relaciones laborales y sociales. Las sociedades

capitalistas actuales se encuentran, entonces, colocadas ante la siguiente

paradoja: para un número cada vez mayor de personas, el empleo ha dejado de

ser empleo típico o normal, mientras que las políticas públicas -particularmente las

laborales, las de seguridad social y de familia- siguen siendo pensadas en clave

de empleo estándar.

Ante el nuevo escenario el currículum educacional chileno en el ámbito de

la Historia y las Ciencias Sociales, no aborda las relaciones laborales como

disciplina, tal vez lo realiza de forma implícita, pero no evidente como debiera

hacerlo.

Acerca del curriculum, se entiende generalmente como el conjunto de

conocimientos que hay que transmitir en el alumnado. Contiene los lineamientos

del quehacer educativo, con sus objetivos fundamentales verticales y

transversales y los contenidos mínimos obligatorios, los cuales enmarcan los

programas de estudio212. El subsector de Historia y Ciencias Sociales está

contenido allí, debiendo responder y entregar una serie de saberes, entre ellos se

encuentra: la idea de la impronta que ha dejado la acción de la sociedad, de

hombres y mujeres, con poco y mucho poder. Igualmente tiene un sentido de

continuidad y cambio: el conocimiento del pasado tiene importancia por cuanto

permite saber los orígenes de una determinada sociedad o de sus instituciones,

también posibilita encontrar explicaciones para el presente y avizorar tendencia o

proyecciones a futuro, aunque el actual fenómeno del cambio nos plantea la

incertidumbre ante el futuro y la escasa posibilidad de tener éxito con

212 Milos, Pedro. Ossandón, Luis. Bravo, Liliana. La relación entre el marco curricular y programas:

la implementación del curriculum del sector Historia y Ciencias Sociales en la educación media

chilena. Universidad Alberto Hurtado, Instituto Latinoamericano de Doctrina y Estudios Sociales

ILADES. Persona y Sociedad. 2000. p. 5

168

planificaciones a largo plazo. Da en evidencia la causalidad de los hechos

históricos, éstos no se dan al azar, si no que forman parte de un complejo

entramado que dio paso al suceso, estos pueden ser fenómenos de larga,

mediana o pequeña duración, pero se presenta en un tiempo y espacio

determinado, que también influirán en su despliegue en la historia213. Por lo

demas este subsector no trata sólo de la historia, o geografía, si no que del

estudio, de las ciencias del hombre y todo su devenir.

Por lo tanto la pertinencia, exactitud y coherencia de abordar en los planes

y programas el tema de las relaciones laborales, es necesario y realistas. Los

cambios actuales en estas interacciones, han dibujado y exigido nuevas

competencias, pero igualmente es debido poder comprender el fenómeno, como

se ha dado en el tiempo, para concebir individuos preparados para los

requerimientos actuales, con conciencia de lo que son y lo que fueron, y que rol

como futuro trabajadores tendrían, en sus organizaciones, las condiciones

laborales y salariales, el papel del estado como agente regulador de éstas, para

lograr un desarrollo íntegro de la sociedad chilena, en igualdad y democrática. Un

ejemplo cercano, el caso de Argentina que a nivel universitario constituye una

carrera de pregrado, y es tocado igualmente en una unidad en los planes y

programas oficiales.

213 Pérez, Elisa. La enseñanza de la Historia y las Ciencias Sociales. Documento de Trabajo.

Universidad de la Frontera, Departamento de Educación. 2007. p. 4

169

CONCLUSIONES

• Las relaciones laborales y salariales en la Araucanía, transitan entre las

relaciones modernas y tradicionales, son de doble carácter, operando

distintamente tanto en el campo como en la ciudad. Comprueban los

rasgos modernos, la utilización de contratos de trabajos, la concurrencia y

terminación de los procesos judiciales, admitiendo que uno de los poderes

del Estado medie entre el capital y el trabajo. Otro de los rasgos modernos

son la organización de los trabajadores, la inserción de los organismos del

Estado en las relaciones laborales, haciendo que las leyes se cumplan, con

roles de fiscalización, junto con las condiciones laborales, y el pago de

salarios en pesos.

• Los fenómenos más modernos se dan primordialmente en el área urbana,

donde la sociedad juega un papel de agente contenedor de las nuevas

relaciones de trabajo y concentración de las redes capitalistas, permeando

mejor las leyes laborales. En tanto que en el campo persisten las relaciones

tradicionales de resolución de conflictos y formas de trabajo, las que son

reemplazadas por interacciones de compadrazgo y solidaridad. Pero

igualmente en el campo, el fenómeno modernizante se da, a medida que el

patrón utilice una actitud de racionalidad en la producción.

• El Tribunal del Trabajo cumplió su rol de individualizar los conflictos

laborales, existiendo una falta de acuerdo sobre la necesidad de fortalecer

la autonomía colectiva de las relaciones laborales es decir potenciar a los

actores sociales para que fueran éstos los que fijaran las condiciones de

trabajo. Se vio favorecido al parecer por la no profusa formación de

sindicatos, los que se formaron sólo en el área, donde el capital más

presionaba en la producción o falta de ella, la molinería, la construcción,

servicios y caminos.

170

BIBLIOGRAFÍA

Fuentes primarias y de archivo

• Expedientes del Tribunal del Trabajo de Temuco 1940 – 1960

• Expedientes de Tribunal del Trabajo de Nueva Imperial 1943 – 1960

Arellano, Oscar. El problema del ausentismo en la Frontera. Aprobado por el

concejo de Adelanto de Cautín. 1949

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para optar al Grado de Licenciado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

de la Universidad de Chile. Ediciones Ercilla. Santiago. 1939

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DE LA PROVINCIA DE CAUTIN. Temuco, 23 de enero de 1956

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Trabajo. Memoria de prueba para optar al grado de Licenciado en la Facultad de

Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile. Santiago. 1945

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176

ANEXOS

Anexo 1. Estatutos de la Asociación de Molineros de Cautín y Malleco

Extracto del Cuaderno de estatutos de la Estatutos de la Asociación de Molineros

de Cautín y Malleco, en ARA. T.T.N.I. Unidad de conservación 6. Número de rol

459, con fecha 25 de marzo de 1951, en materia cobro de pesos. pp. 1 – 42

En que se fusionaron las asociaciones de Molineros de Cautín y Bío Bío,

Malleco y Cautín de acuerdo a lo dispuesto por el artículo transitorio del Decreto nº

940 de 3 de septiembre de 1946 del Ministerio de Agricultura. Fs. 691, nº 564. En

Temuco, el día Jueves veintidós de abril de mil novecientos cuarenta y ocho, ante

mí, Zenén González Rebolledo, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces

de este departamento y testigos que suscriben, comparecen: don Germán Becker

Bachler, soltero, comerciante, chileno, domiciliado en Lautaro y accidentalmente

en ésta, carnet número dieciocho mil setecientos noventa y dos de Lautaro,

Sociedad Grob y Compañía Limitada, según se acreditará, don Pablo Ruedi

Branger, viudo, chileno, industrial, carnet número tres mil quinientos cuarenta y

nueve de Cura Cautín, domiciliado en Cura Cautín y accidentalmente en ésta, por

sí, don Manuel Montiel Haro, chileno, casado con doña Carlina Haupt carnet

número veinticuatro mil trescientos noventa y nueve de Temuco, industrial

domiciliado en es ciudad, calle Manuel Montt número mil ciento cincuenta y siete,

también por sí, don Alberto Sanguinetti Cartes, casado con doña Elba Molina.

carnet número treinta y siete mil cuatrociento diecisiete de Temuco, don Armando

Sanguinetti Cartes, soltero, carnet número cincuenta y nueve mil novecientos

veintiséis de Temuco, ambos industriales, domiciliados en la ciudad, calle

Miraflores número mil doscientos y tres, por don Constantino Sanguinetti Fulle

según se acreditará; don Nicanor Allende Urrutia, carnet número ochenta y un mil

trescientos sesenta y nueve de Valdivia, chileno, empleado, casado, doña Marilita

Haverbeck, domiciliado en Valdivia y accidentalmente en esta, por la Sociedad

Agrícola Comercial Allipén, S. A., según se acreditará; Don Eugenio Chesta

177

Chateau, comerciante, casado, con doña Lucerina Negron, carnet número once

mil noventa y siete de Pitrufquén, y don Sergio Chesta Peigna, soltero, carnet

número veintitrés mil cuatrocientos nueve de Pitrufquen, ambos chilenos,

domiciliados en Pitrufquén, departamento del mismo nombre y accidentalmente en

ésta, por don Juan Bautista Chesta, según se acreditará, ambos chilenos,

domiciliados en Pitrufquén; don Emilio Hauri Brunner, carnet número quinientos

doce de Lautaro, chileno, industrial, casado con doña Carlota Bullamy, por sí,

domiciliado en Lautaro, accidentalmente en ésta, Héctor Viñuela Lacalle, casado

con doña Blanca Arcil, carnet número siete mil seiscientos noventa y siete de

Temuco, industrial, chileno, domiciliado en Vilcún de este departamento

accidentalmente en esta también por sí, don Jurgen Pertersen Schultz, chileno,

carnet número once mil quinientos cuarenta y dos de Lautaro, casado con doña

Alicia Etchegaray, domiciliada en Temuco, calle Manuel Montt esquina

Caupolicán, por doña Anita Schultz viuda de Petersen, según también se

acreditará; don Arguimiro García Tascón, casado con doña Ludovina Fernández,

industrial, carnet número seis mil ochocientos sesenta y dos de Nueva Imperial,

domiciliado en Nueva Imperial y accidentalmente en ésta, industrial, por sí, don

Juan Tuma Masso, casado con doña María Zedan, carnet número cincuenta y

nueve mil treinta y ocho de Temuco, domiciliado en la ciudad, calle Manuel Montt,

esquina Aldunate, comerciante, también por sí, don Carlos Weber Koenig, casado

con doña Marta Schilling, industrial, número cuatro mil treinta y siete, Alemán,

domiciliado en Villarrica y accidentalmente en ésta, por la Sociedad Compañía

Molinera Villarrica Limitada, según se comprobará; don Domingo Suárez

González, casado con doña Inés Fernández, chileno, industrial, domiciliado en

Nueva Imperial y accidentalmente en ésta, carnet número trescientos noventa de

Imperial, por doña Constantina González viuda de Suárez, don Luis Sepúlveda,

Casado con doña Aurora Salas, industrial, carnet número treinta y seis cientos

ochenta y cuatro, de Temuco, domiciliado en Temuco, calle General Mackenna

número mil ciento veinte, por sí, don Alberto Schalchli Baecti, agricultor,

domiciliado en Traiguen, y de ésta, carnet número tres mil veinticinco de casado

con doña Magdalena Schaeles, por la Sociedad Alberto Schalchli Hermanos,

178

según se acreditará, don Manuel Galilea García, carnet número dos mil

seiscientos cincuenta y cuatro de Traiguén casado con doña Berta Widmer

Berhett, industrial, domiciliado en Traiguén, departamento del mismo nombre y

accidentalmente en ésta, por sí Eduardo Navarrete Senn, carnet número doce mil

veintitrés de Imperial, Chileno, agricultor, casado con doña María Suárez,

domiciliado en Nueva Imperial y de tránsito en esta, por sí don Pedro Massera

Donet, casado con doña María Luvece, carnet número ochocientos veintitrés del

Gabinete de Lautaro, industrial domiciliado en Pillanlelbún, Dpto. de Lautaro y

accidentalmente en esta, también por sí, y don Erhard Krziwan Fasching, chileno,

industrial, casado con doña Julia Franck, carnet número veinticinco mil setecientos

ochenta de Temuco, domiciliado en esta Ciudad, calle Vicuña Mackenna

quinientos ochenta y cuatro, por la Sociedad Krziwan y Cía. Ltda., según se

acreditará, todos los parecientes mayores de edad a quines conozco y dicen: que

los parecientes representan la totalidad del Directorio provisorio de la Asociación

de Molineros de Cautín y Malleco, y además la totalidad de los miembros de la

Asociación de Molineros de Cautín y Malleco, y además la totalidad de los

miembros de la Asociación de Molineros de Bío-Bío, Malleco y Cautín. –

SEGUNDO.- Que el artículo transitorio del Decreto novecientos cuarenta del

Ministerio de Agricultura de fecha tres de Septiembre de mil novecientos cuarenta

ordenó la fusión de las asociaciones de Molineros de Bío-Bio, Malleco y Cautín y

de Cautín en una sola Asociación. - TERCERO.- Que este decreto les impone la

obligación de fusionarse y para realizar esta fusión, los Directores de ambas

asociaciones se reunieron extraordinariamente el diecinueve de agosto de mil

novecientos cuarenta y siete y atendido y ordenado en dicho Decreto y las

facultades y obligaciones que los Estatutos de las Asociaciones de que se trata

señalan a sus Directores, procedieron a dar cumplimiento a la fusión refundiendo

ambas asociaciones en una (:.).

179

Anexo 2. Reglamento de precios y condiciones para las transacciones del

trigo cosechas 1941 – 1942, Junta de exportación agrícola.

Cuaderno principal de contrademanda de Lutz Claren a Pedro Ortiz, pidiendo

caducidad de contrato, con fecha 6 de marzo de 1942, y rol nº 8203.

ART. 1.º- Para los efectos de lo dispuesto en el Art. 3º de la Ley N.o 4912,

Art. 1º de la Ley Nº 5713 y Ley Nº 6421 fíjase los siguientes PRECIOS MINIMOS

PARA EL TRIGO en las bases que se indican, para la cosecha 1941-1942. A)

CANDEALES: Base Ovalle $110.-- Base Mapocho $110.- Base Puertos $110.

BLANCOS: Base Ovalle $118.- Base Mapocho $118.- Base Talcahuano $112.50

Base Valdivia $111,75. Estos precios regirán para los trigos de las siguientes

variedades: "OREGON", "AUSTRALIANO", "PRIMAVERA DE OSORNO",

"FAUSTO" y “MANITOBA”. Los trigos "FLORENCE" y "LINCOYAN" tendrán un

valor de $ 121.- base Mapocho y su equivalencia en las demás bases. Los demás

trigos, con excepción de las variedades "EGIPTO" y "LORO", tendrán un valor do

$117.- base Mapocho y su equivalencia en las demás bases. Los precios de las

variedades "EGIPTO" y "LORO" serán de libre convenio. B) Estos precios se

refieren a los 100 kilogramos de trigo a granel producido en el país, puesto en Es-

tación de Ferrocarril; descargado, cuando la movilización haya sido hecha por

ferrocarril; en bodegas del comprador, cuando la movilización haya sido hecha di-

rectamente del fundo productor; puesto en los muelles de descarga, cuando la

movilización haya sido hecha por vía fluvial o marítima; siendo en todo caso de

cuenta del vendedor el gasto de acarreo hasta el punto de entrega y debiendo el

comprador proporcionar los sacos. C) Los precios serán aumentados para los

trigos libres, en $ 1,20 mensuales por los 100 kilos, a partir del 1 de Abril hasta el

30 de Octubre; y en sólo $0,60 mensual para los trigos depositados o a fijar precio,

que estén por cuenta de productores en bodegas de compradores o molineros,

siendo en este último caso los gastos de bodegaje y conservación del trigo de

cuenta del depositario. En caso de retiro del trigo, el depositario no podrá cobrar

más de $ 0,60 mensual por concepto de todo gasto, con excepción de los que

180

ocasione el retiro del trigo de la bodega, que serán de cuenta del depositante,

como también el gasto de uso de saco, que no podrá ser superior a un peso

ochenta centavos ($1,80) si el depositario hubiere facilitado el envase. Es

obligación para los molinos que reciban trigo a fijar precio, hacerla mediante un

análisis de calidad, firmado por el depositante. Los molinos que hayan molido el

trigo están obligados a devolver al propietario, trigo de igual calidad, o en su

defecto abonar, de acuerdo con las estipulaciones del presente Reglamento, la

diferencia de precio correspondiente a la distinta calidad. D) Los precios del trigo

sobre carro en estaciones distintas de las bases indicadas, se calcularán

deduciendo de los precios a que se refiere el Art. 1.0 (letra a) el flete ferroviario,

según tarifa de carro completo, desde la estación de procedencia del trigo hasta la

base de compra que se convenga y, además, el valor de la descarga. E) Estos

precios regirán para toda clase de transacciones, incluso para los trigos a fijar

precios. Se exceptúan de la disposición anterior sola las siguientes transacciones:

1º- Las compras que efectúen los bodegueros a proveedores de trigo, a quienes le

reciban el cereal en bodegas del comprador; y 2º) las que efectúen los molinos

cuando reciban el trigo en una localidad distinta de aquella en que está ubicado el

establecimiento. Autorizase en ambos casos una rebaja de $ 1,60 por cien kilos.

ART. 2º- Los precios indicados en el Art. 1º se refieren a trigos de calidad

corriente, sanos, secos, limpios, enteros y de peso específico (peso del hectolitro)

de 80 kilogramos por hectolitro. A) Se entiende por trigo sano aquel que no está

agorgojado, enmohecido (apercancado), atacado de polvillo negro o brotado

(nacido) B) Secos son aquellos trigos cuya humedad no es superior a 15% C)

Limpio es el trigo que no contiene más de dos por ciento de impurezas, malezas y

semillas extrañas. D) Entero es el trigo cuya proporción de granos partidos no es

superior a dos por ciento. E) Los porcentajes de humedad, impurezas y granos

partidos, se calcularán por el promedio de cada partida, entregada. En igual forma

se procederá respecto del peso específico (peso del hectólitro). ART. 3º- Si el

trigo, objeto de la compra, no se ajusta a .1as condiciones establecidas en el

artículo precedente, se castigará el precio en la siguiente forma: A) CASTIGO

POR PESO ESPECIFICO: En 1/4 % para trigos de peso específico (peso del

181

hectólitro) entre 79.99 a 79 kgms�. En 1 ½ % para trigos de peso específico (peso

del hectólitro) entre 78.99 a 78 kgms. En I % para trigos de peso específico (peso

del hectólitro) entre 77.99 a 77 kgms. En 2 % para trigos de peso específico (peso

del hectolitro) entre 76.99 a 76 kgms. En 3 ½ % para trigos de peso específico

(peso del hectolitro) entre 75.99 a 75 kgms. En 5 % para trigos de peso específico

(peso del hectólitro) entre 74.99 a 74 kgrns. En 6 ½ % para trigos de peso

específico (peso del hectólitro) entre 73.99 a 73 kgms. En 8 % para trigos de peso

específico (peso del hectólitro) entre 72.99 a 72 kgms. B) CASTIGO POR

HUMEDAD: Se castigará el precio del trigo cuya humedad exceda de la tolerancia

del 15% en la siguiente forma: Humedad entre 15,01 y 15,99% son 1%, 16 y

16,99% son 3%, 17 y 17,99% son 5%. C) CASTIGO POR IMPUREZAS: Se

castigará el trigo que tenga una proporción de impurezas mayor de dos por ciento,

en uno por ciento por cada uno por ciento o fracción de exceso sobre esta

tolerancia. D) CASTIGOS POR GRANOS PARTIDOS: Se aceptará la proporción

de dos por ciento de granos partidos, y el exceso sobre esta tolerancia se

castigará con una rebaja, en el precio, de medio por tiento por cada uno por ciento

o fracción de exceso. E) El trigo "CANDEAL" cuando tenga un porcentaje de

granos degenerados inferior al 15 por ciento se regirá por las normas del presente

Reglamento; cuando tenga más de 15 por ciento será de libre convenio. ART. 4º-

Para determinar el peso específico (peso del hectólitro) se usará la balanza

SCHOPPER. Si el trigo que se examine contuviere más de 15% de humedad y

fuere, a la vez, de peso específico (peso del hectólitro) menor de 80 kgs. por

hectólitro, el comprador, a su opción, podrá aplicar a ese trigo al castigo

establecido para el menor peso específico (peso de hectólitro) o bien, para el

exceso de humedad; pero no podrá aplicar ambos castigos en conjunto. ART. 5º-

Se venderán según muestra, y a precio de libre convenio, aquellos trigos cuyo

peso específico (peso del hectólitro) sea menor de 72 kilogramos por hectólitro, o

cuya humedad será superior a 18 por ciento, o cuya proporción .de impurezas,

semillas y cuerpos extraños, sea superior a 10 por ciento o que tenga una

proporción mayor de ocho por ciento de granos partidos. ART. 6º- Los

compradores de trigo bodegueros y molineros, quedan obligados a llevar al día

182

sus libros auxiliares de contabilidad, en que deberán anotar las recepciones,

despachos y moliendas de trigo, mismo que sus libros de compras y ventas de

trigos y harinas, a fin de facilitar la fiscalización de los inspectores de la Junta de

Exportación Agrícola debiendo llevar, además, un formulario que contenga los

detalles de cada transacción. ART. 7º- Las dificultades que surjan con motivo de

la aplicación del presente Reglamento, serán resueltas, por el Ingeniero Agrónomo

Provincia o por el funcionario que indique la Junta de Exportación Agrícola. ART.

8º El presente Reglamento, aprobado por la Junta de Exportación Agrícola, en

sesiones Nº 930, celebrada con fecha 1° de Diciembre de 1941, y Nº 935,

celebrada con fecha 18 de Diciembre de 1941, regirá para todas las transacciones

de trigo de la cosecha 1941-42. Santiago, 20 de Diciembre de 1941. La Junta

Exportación Agrícola dice que un flete ferroviario de Mapocho a Freire son $19,50

por quintal, el trigo Colorado lo cancelan a $117 menos el flete $97,50 pesos.

Opazo, Peers Jones & cía. Ltda. (Frutos del país, techos fonolitas, maquinarias,

propiedades y semillas (trébol y ovillo, cueros y animales y cal para abonos), dice

que las arvejas grano de oro, donde los 100 kilos a granel, son pagados por $110

pesos; Bodega Casa Blanca de Julián Lanchares, que las arvejas grano de oro

son canceladas en $110 pesos en bodega de Temuco; Richard Krziwan, que el

precio es de $105 a $110 puestos en bodega de Freire, por 100 kilos.

183

Anexo.3. Tablas de elaboración propia acerca de los salarios cancelados en

la Araucanía, según el sector donde se realiza el trabajo, oficio, Tribunal y

Año.

Diferentes sueldos, según oficio, de trabajadores de un hotel en Temuco, año 1954214.

Nombre Oficio Jornales al mes Esteban Cifuentes Garzón $7.100

Hernán Garrido Ayudante de Garzón $4.500

Humberto Pincheira Cocinero $4.000

Carmen Villagrán Ayudante de cocina $1.500

Aurelio Cárdenas Ayudante de copero $1.200

Víctor Garrido Ayudante Pastelería $2.500

Leopoldo Ross Mecánico $4.000

José Catalán Nochero $2.000

Ernesto Avilés Control $2.400

Luís Gregorio Carpintero $3.000

Alfonso Gregorio Aseador $1.100

Alicia Irribarra Ayuante recepcionista $3.200

Enriqueta Fuentealba Camarera $3.700

Aurelio Vera Mensajero $2.300

Luisa Jiménez Lavandera $1.200

Alberto Donoso Electricista $10.400

Fernando Riquelme Control Cocina $10.400

Mario Fernández Barman $10.400

Bruno Trejos Músico $10.400

Son sueldos tentativos, que pueden estar excedidos, ya que siempre el

demandante para conseguir el sueldo real y llegar a un posible avenimiento tiende

a pedir más en la demanda. En todo caso la evolución de los salarios y

diferencias, según departamento, se presentan por el aumento en el costo de la

vida, la demanda por los trabajos y disponibilidad de mano de obra, siendo

mayores los precios en las ciudades, por la demanda que generan. Por lo demás

214 ARA. F.T.T.T. Unidad de Conservación 243. Rol nº 16053, con fecha 20 de septiembre de 1954,

en materia autorización de desahucio pp. 1 – 5

184

en el ámbito rural, el salario puede que no constituya el único ingreso mensual,

existe otro tipo de dinámicas, como regalías, relaciones de compadrazgos,

producción campesina - familiar, que hacen abaratar de alguna medida los

salarios, ya que éste se complementa con otros ingresos.

Sueldo promedio de una empleada

doméstica, mensual

Año Departamento de

Temuco Departamento de Nueva Imperial

1940 $50 - 1941 $60 - 1942 $80 - 1943 $90 $60 1944 $100 $70 1945 $135 $75 1946 $165 $85 1947 $200 $90 1948 $250 $100 1949 $300 $150 1950 $350 $250 1951 $400 $350 1952 $500 $400 1953 $850 $600 1954 $1.250 $850 1955 $1.500 $1.000 1956 $2.000 $1.300 1957 $2.500 $1.500 1958 $3.500 $2.500 1959 $4.500 $3.500 1960 $8.000 $5.000

185

Sueldo promedio de un obrero - agrícola mensual

Año Departamento de

Temuco Departamento de Nueva Imperial

1940 $60 - 1941 $100 - 1942 $200 - 1943 $320 $90 1944 $380 $200 1945 $450 $350 1946 $500 $400 1947 $650 $500 1948 $700 $650 1949 $850 $750 1950 $1.200 $1.000 1951 $1.550 $1.350 1952 $1.700 $1.500 1953 $1.950 $1.650 1954 $3.600 $2.250 1955 $4.500 $4.000 1956 $6.200 $5.500 1957 $7.800 $7.500 1958 $9.800 $8.500 1959 $11.500 $10.000 1960 $15.000 $11.000


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