UNIDAD DE ORIGENPROCESO DE CERTIFICACIÓN
Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea
El AACUE
* Regla que se rompe en RD-CAFTA
• “Acuerdo por el que se establece una Asociación entre
Centroamérica, por un lado, y la Unión Europea y sus Estados
miembros, por otro”, Ley No. 9154 del 03 de julio de 2013,
publicada en el Alcance Digital No. 120 del Diario Oficial La Gaceta
No. 133 del 11 de julio de 2013 (en adelante, Acuerdo)
• Vigente para Costa Rica a partir del 1 de octubre de 2013
• En materia de origen hay que revisar el Anexo II, relativo a la
definición del concepto de productos originarios y métodos de
cooperación administrativa. Pagina www.comex.go.cr
Son los requisitos que se
negociaron en el marco del
AACUE, para determinar que
mercancías tienen derecho a
recibir un tratamiento arancelario
preferencial:
De proceso productivo
Sobre el tránsito
por otros países
Documentales
Sobre la
emisión de
certificados
¿Qué es?
El origen de una mercancía
¿Cómo se
considera una piña
originaria ?
El proceso de siembra y
cosecha en nuestro territorio,
confiere origen.
Esto es lo que hay que
comprobar para obtener las
preferencias arancelarias
La Certificación de origen
¿Qué pretende?
Comprobar documentalmente que una mercancía califica como originaria en el
marco del AACUE.Permite al importador solicitar a sus autoridades aduaneras las preferencias arancelarias, para las
mercancías sujetas a importación.
Posibilita a la autoridad aduanera del país importador, a verificar durante el control inmediato o “a posteriori”, si la
mercancía cumple con los requerimientos de origen negociados en el Acuerdo.
La certificación: ¿Objetivo?
* Regla que se rompe en RD-CAFTA
Solo las mercancías originarias tienen derecho a recibir el trato arancelario preferencial negociado en el Tratado
Históricamente en Costa Ricase han utilizado dos sistemaspara certificar el origen delas mercancías:
Proceso de auto-certificación
Certificación controlada: es aquella certificación emitida o avalada por una autoridad pública o privada
A partir de la publicación del Decreto 36651-COMEX (14/07/2011)
Certificación controlada Auto-certificación
PROCOMER Exportador / productor
SGP Unión Europea Centroamérica
SGP Rusia México
SGP Japón Chile
SGP Australia Rep. Dominicana
CARICOM Canadá
Venezuela Panamá
China
Peru
AACUE
EFTA DR-CAFTA*
En el sistema de auto-certificación, el exportador (e importador en DR-CAFTA) llena, firma y, de ser requerido, sella el certificado de origen, procediendo a remitirlo de forma directa a su cliente en el país de importación, sin
necesidad de obtener autorización o aval de ninguna entidad en el país de exportación.
Auto-certificación
Acuerdos basados en el principio de buena
fe
¿Qué es la certificación controlada?
Proceso realizado antes de una exportación, que permite comprobar sí una mercancía cumple con las normas establecidas en el Acuerdo o Tratado.
Si la mercancía cumple con las disposiciones del Acuerdo o Tratado, puede considerarse originaria, y PROCOMER certifica la declaración de origen presentada por el exportador.
¿Pruebas de Origen?
Certificado Circulación de Mercancías EUR1
Declaración en Factura por Exportador Autorizado
Declaración en Factura para exportaciones con un valor inferior a € 6000 (Euros)
¿Por qué
PROCOMER?
-» Articulo 1»-
(Definiciones), del Anexo II
Relativo a la Definición del
Concepto de “Productos
Originarios” y Métodos de
Cooperación Administrativa:
Autoridad pública competente:
“Para Costa Rica la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica
(PROCOMER), o su sucesor”
¿En donde se pueden
encontrar los
procedimientos
utilizados para la
certificación de Origen?
www.procomer.com
Proceso de verificación de origen (1)
Empresa
exportadoraNotario público Unidad de Origen
Inicio
Consultar
Procedimiento
Descargar
cuestionario
Autenticación
firma Repr. Legal
Remitir a Unidad
de Origen
Completar
cuestionario
Análisis del
cuestionario
Visita
Notificar intención
y fecha de visita
Sí
No
Visita de
inspección
Proceso de verificación de origen (2)
Empresa
exportadoraNotario público Unidad de Origen
Empresa exportadoraOriginario
Oficio
Conclusión
Fin
Notificación a
empresa
Empresa
exportadoraUnidad de Origen / VUCE
Inicio
Completa
EUR 1 (incluye solicitud)
Verifica información
del EUR 1 en el sistema
Confirma datos de la
factura contra EUR 1
Se firma
y sella EUR 1.
Se archiva solicitud y
fot .de factura
Proceso de certificación de origen
Certificado EUR 1
El exportador lo completa,
junto al formulario de solicitud,
y PROCOMER lo refrenda.
Debe ser emitido en
cuando se efectúe, o esté
asegurada, la exportación.
Validez hasta doce
meses, a partir de la
fecha en que es
expedido.
Se puede emitir en el idioma
del país exportador pero las
autoridades aduaneras
pueden exigir una traducción.
Debe ser emitido en
territorio de CR.
Certificado EUR 1
Puede ser emitido
después de realizada
la exportación
únicamente:
a) Si no se expidió en el momento de la exportación por
errores, omisiones involuntarias o circunstancias
especiales.
b) Se demuestra que no fue aceptado en el momento
de la importación por motivos técnicos.
PROCOMER solo podrá expedir un EUR.1 a posteriori, después de verificar
que la información suministrada en la solicitud del exportador, coincide con la
figura del expediente correspondiente.
Declaración en
facturaPuede ser emitido
por un exportador
autorizado por
autoridad
competente
Ver Apéndice IV del Anexo
II al AACUE.
Declaración en
factura
El exportador de los productos incluidos en el presente documento (autorización aduanera o de la autoridad pública competente nº ... (1)) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial ... (2).
(1) Cuando la declaración en factura se efectúe por un exportador autorizado en el sentido de lo dispuesto en el artículo 20 del anexo II, el número de autorización del exportador autorizado deberá consignarse en este espacio. Cuando la declaración en factura no la efectúe un exportador autorizado deberán omitirse las palabras entre paréntesis o deberá dejarse el espacio en blanco.(2) Indíquese el origen de los productos. Cuando la declaración en factura se refiera, en su totalidad o en parte, a productos originarios de Ceuta y Melilla en el sentido del artículo 34 del anexo II, el exportador deberá indicarlo claramente en el documento en el que efectúe la declaración mediante el símbolo «CM».(3) Estas indicaciones podrán omitirse si el propio documento contiene ya la información .(4) Véase el artículo 19, apartado 5, del anexo II. En los casos en que no se requiera la firma del exportador, la exención de firma también implicará la exención del nombre del firmante
…..…….…............................................. (3)
(Lugar y fecha)
….………................................................ (4)
(Firma del exportador; además deberá
indicarse de forma legible el nombre de
la persona que firma la declaración)
ResponsabilidadExportador
Artículo 15, Anexo II del AACUE
Artículo 12 Decreto N° 36651-COMEX
1. La autoridad pública competente de la Parte exportadora expedirá un certificado de circulación EUR.1 a petición escrita del exportador o, bajo la
responsabilidad de este, de su representante autorizado.
Para todos los efectos, el exportador será el único responsable frente al importador en
caso de suministro de datos incorrectos, falsos o no reales en cualquiera de los documentos, declaraciones o cuestionarios otorgados para
emitir el certificado de origen de las mercancías
ResponsabilidadExportador
De comprobar el origen
ProductorIntermediario
Agencia aduanasTransportista
Cooperación administrativa
PROCOMER, como autoridad pública competente,
deberá prestar asistencia mutua en la verificación de
origen solicitada por las autoridades aduaneras de la UE.
PROCOMER, está facultada para exigir
cualquier tipo de prueba e inspeccionar la
contabilidad del exportador, o llevar a cabo
cualquier otra comprobación relacionada
con el origen, y de conformidad con los
procedimientos de la legislación
costarricense.
Deberes de la
empresa ante una
investigación:
Tener claro que aunque no sea
productor, toda la responsabilidad
por certificación y verificación de
origen, recaen sobre el
exportador.
Si utiliza proveedores de servicios
(agentes de aduanas, navieras,
transportistas), tener control sobre las
operaciones que estos desarrollan.
Minor Corrales
(506) 2505-4808Fabián Monge
(506) 2505-4718
Luis Chacón
(506) 2505-4719
Ventanilla Única de Comercio Exterior
Unidad de origen