REGLAMENTO ESPECÍFICO MODALIDADE DE GRADUACIÓN
INTERNADO CARRERA DE TURISMO
USFXCH
22/11/2017
FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN USFXCH
SUCRE - BOLIVIA
REGLAMENTO ESPECÍFICO MODALIDADE DE GRADUACIÓN INTERNADO
Carrera de Turismo, USFXCH, 2017 Página 2
FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
CARRERA DE TURISMO
REGLAMENTO ESPECÍFICO DE LA MODALIDAD DE GRADUACIÓN INTERNADO
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo. 1. El objetivo principal es complementar y concluir la formación académica del
postulante del Pre-Grado de la Carrera de Turismo a partir de la elaboración
del Informe Final de Internado, original, donde se evidencien la aplicación de
los conocimientos adquiridos a lo largo de la Carrera, y el desarrollo de
destrezas en el proceso de investigación, interacción y aportación de su
estudio al campo de conocimiento del turismo.
Artículo. 2. Las funciones, atribuciones y responsabilidades de los componentes del
proceso de organización, elaboración, evaluación y los tiempos de duración
del Informe Final de Internado, se desarrollarán en estricto cumplimiento del
Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana, (aprobados por el XII Congreso
Nacional de Universidades), al estatuto en actual vigencia de la Universidad
San Francisco Xavier de Chuquisaca, al Reglamento General de Modalidades
de Graduación de la Carrera de Turismo y al reglamento específico de la
modalidad de graduación de Internado.
Artículo. 3. La modalidad de graduación de internado puede desarrollarse en instituciones
públicas, comunitarias y privadas, debiendo contemplar aspectos relacionados
al vacío de conocimiento y/o a la identificación de problemas institucionales y
demandas actuales vinculadas con el Turismo y sus alternativas de solución.
TÍTULO II
MODALIDAD INTERNADO
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 4. De los Aspectos Legales: El Informe Final de Internado para la obtención
del Diploma Académico y Título en Provisión Nacional de Licenciado en
Turismo, está en sujeción del Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana,
(aprobados por el XII Congreso Nacional de Universidades), al estatuto en
actual vigencia de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca, al
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Reglamento General de Modalidades de Graduación de la Carrera de Turismo
y al reglamento específico de la modalidad de graduación de Internado.
Artículo 5. De las consideraciones Generales: Se establece el Internado, como una
modalidad para la obtención del Diploma Académico y Título en Provisión
Nacional de Licenciado en Turismo con la formulación, presentación y defensa
de un Informe académico, denominado Informe Final de Internado,
elaborado en forma individual, sujeto a la presente reglamentación específica.
a. El Informe Final de Internado se origina en el proceso de la práctica
laboral que desarrolla el (la) estudiante en una institución pública,
comunitaria o privada, relacionada con la actividad turística.
b. El Informe Final de Internado, es el documento que se presenta,
expone y defiende en forma pública ante un Tribunal de Grado
nominado por el Director de Carrera en ejercicio.
c. El postulante podrá habilitarse a la defensa de grado con esta
modalidad únicamente después de haber aprobado todas las
asignaturas del Plan de Estudios de la Carrera de Turismo de la
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la
Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca.
d. El postulante es el único responsable de programarse en la asignatura
de internado, como modalidad de graduación cumpliendo los requisitos
establecidos para tal efecto.
e. Para ser habilitado y programarse en la asignatura de la modalidad de
internado, como modalidad de graduación, el postulante debe aprobar
todas las asignaturas hasta el tercer año de la Carrera de Turismo.
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN DEL INFORME FINAL DE INTERNADO
Artículo 6. Para desarrollar la práctica laboral con la modalidad de internado, la Dirección
de carrera y el docente de la asignatura de la modalidad de internado, deberán
relacionarse y firmar convenios interinstitucionales con empresas privadas,
comunitarias e instituciones públicas del Departamento de Chuquisaca e
instituciones a nivel nacional, a fin de lograr las condiciones necesarias y
suficientes para el desarrollo de la práctica laboral.
Artículo 7. Los estudiantes inscritos oficialmente en la asignatura de modalidad de
internado, con programación específica, accederán a las plazas ofertadas en
función a su rendimiento académico hasta el tercer nivel.
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Artículo 8. Para el asesoramiento y orientación de realización de la investigación en la
modalidad de Internado, el estudiante deberá elegir de acuerdo a la temática
de su investigación un DOCENTE TUTOR (A) GUIA ACADÉMICO (A), en
base al formulario de nominación de tutor académico (ANEXO Nº 1), la
elección deberá realizarse entre los docentes de la Carrera de Turismo en
primera instancia; en el caso de que no se pueda nominar a un docente de la
Carrera de Turismo, se podrá elegir a otro docente que se encuentre
ejerciendo la labor de la docencia en el Sistema de la Universidad Boliviana.
Artículo 9. La entidad patrocinadora, a través de sus reparticiones competentes y con su
metodología institucional establecida identificara los temas de su interés, así
como los ámbitos de acción en las que los estudiantes desarrollaran su
práctica laboral con la modalidad de internado, aspectos que deben ser
consensuados con el docente de la modalidad de internado y registrados en
un formulario específico. (ANEXO Nº 2).
Artículo 10. Los estudiantes programados en la modalidad de internado, deben
obligatoriamente permanecer en la institución patrocinadora durante 6 meses,
de marzo hasta agosto, cuatro (4) horas al día, en el turno de la mañana o el
turno por la tarde.
Artículo 11. Los estudiantes seleccionados en la modalidad de internado, determinaran el
contenido y alcance del trabajo y/o actividad, compatibilizando los
requerimientos de la institución, con los requisitos académicos. Esta labor
debe ser realizada con el seguimiento y control del docente de la asignatura
de la modalidad de internado y el asesoramiento del DOCENTE TUTOR (A)
ACADÉMICO (A).
Artículo 12. Los estudiantes de la modalidad de internado deberán realizar en cada
examen parcial y examen final, la exposición oral en el aula de los avances del
Informe Final de Internado, con el objeto de recibir sugerencias,
recomendaciones, críticas o enmiendas necesarias.
Artículo 13. Para la habilitación a la defensa final de la modalidad de internado, la
exposición oral en los exámenes de cada parcial y final de los avances
Informe Final de Internado, es requisito imprescindible.
Artículo 14. La asistencia de todos los estudiantes será controlada por el docente de la
asignatura.
Artículo 15. El estudiante que no hubiese satisfecho el porcentaje mínimo del 90%
(noventa por ciento) de asistencia en todas las exposiciones, será reprobado
en la asignatura, aunque tuviese avance efectivo en su trabajo.
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Artículo 16. La esencia del seguimiento docente por exposiciones es el control continuo y
supervisión del trabajo que se desarrolla en aula.
Artículo 17. La condición de asignatura PRACTICA, es de asistencia obligatoria, por
cuanto, la asistencia debe ser controlada por el docente de la asignatura, para
efectos de seguimiento individualizado, informe de habilitación para defensa
de grado y evaluación respectiva.
Artículo 18. La supervisión de la organización, programación y la exposición oral de los
avances del informe de internado para cada gestión, estará sujeto al rol de
exámenes emanados por la Dirección de Carrera.
CAPITULO III
DE LA ELABORACION DEL INFORME FINAL DE INTERNADO
Artículo 19. El Informe final de Internado, deberá estar elaborado en estricta observación a
los aspectos de forma y metodológicos reflejados en la Guía General para la
Elaboración de Trabajos de Investigación de la Carrera de Turismo.
Artículo 20. En base al consenso de la temática para realizar las actividades previstas en
el contenido de la estructura del Informe Final de Internado, por parte de la
entidad patrocinadora, el docente de la modalidad de Internado y el TUTOR (A)
ACADÉMICO (A), se iniciara el proceso de elaboración del Informe Final de
Internado correspondiente en función a los reglamentos y guías
metodológicas vigentes en la carrera de turismo.
Artículo 21. La Dirección de Carrera y el docente de la asignatura antes del inicio de la
práctica laboral en reunión programada, pondrán en con conocimiento los
derechos y obligaciones del estudiante y la institución, de acuerdo a los
Artículos 26 y 27 del Reglamento General de Modalidades de Graduación
Artículo 22. El docente de la modalidad de internado debe realizar el seguimiento y control
directo a los estudiantes de la modalidad de manera que se constituya en la
base para la posterior evaluación del Informe Final de Internado, de acuerdo
a los siguientes aspectos:
De manera mensual en la institución donde el estudiante realiza su
práctica laboral.
De manera permanente en cada clase de acuerdo al horario
establecido para la asignatura de la modalidad de internado
Artículo 23. El estudiante deberá elaborar un informe mensual de las actividades que viene
desarrollando, el cual debe ser entregado en secretaría de la Carrera de
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Turismo hasta el tercer día de cada mes, en base al formulario específico
(ANEXO Nº 3 INFORMES MENSUALES) dichos informes contienen las tareas
que ha desarrollado durante el mes correspondiente.
Artículo 24. La institución patrocinadora debe elaborar los informes mensuales y un
informe final, de acuerdo a los formularios correspondientes (ANEXO Nº 4
INFORME MENSUAL INSTITUCIONAL) y enviara a la Dirección de Carrera,
dichos informes contienen la evaluación cuantitativa sobre el rendimiento del
estudiante y la contribución realizada a la institución.
Artículo 25. El informe Final de Internado comprende dos partes:
I. Informe de práctica laboral
II. Propuesta de Investigación y/o interacción
Artículo 26. Concluida la modalidad de internado, el estudiante debe presentar los
documentos académicos requeridos y tres ejemplares anillados del informe
final de Internado a la Dirección de Carrera, para la designación de tribunal de
grado.
Artículo 27. El Informe Final de Internado, contiene dos partes que abarcan los
siguientes aspectos:
I. En la primera parte, se detalla las funciones cumplidas en la entidad
donde realizó su práctica laboral.
II. En la segunda parte, se identifica, prioriza y justifica el problema que se
desea investigar y en base a éste desarrollar la investigación y/o
interacción respectiva y concluye con la propuesta de investigación y/o
interacción.
Artículo 28. La organización, desarrollo y evaluación de las dos partes esta cargo del
docente de la asignatura de modalidad de internado.
Artículo 29. El alcance y contenido base del informe final de internado se detalla a
continuación:
ASPECTOS DE FORMA Caratula Dedicatoria Agradecimientos Índice general Índice de gráficos y tablas Resumen y abstract (en inglés 250 palabras)
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INTRODUCCIÓN (Estado del arte y resumen del informe final de
internado)
CAPITULO I ANTECEDENTES INSTITUCIONALES DONDE REALIZÓ EL
INTERNADO 1. ASPECTOS GENERALES
1.1. Reseña histórica de la institución y/o empresa 1.2. Razón Social y/o nombre 1.3. Actividad a la que se dedica 1.4. Misión 1.5. Visión 1.6. Objetivos institucionales 1.7. Principales actividades que desarrolla 1.8. Organigrama 1.9. FODA de la institución
CAPITULO II FUNCIONES DESARROLLADAS EN LA
INSTITUCION
2. ACTIVIDADES HABITUALES
2.1. Descripción de las actividades 2.2. Tareas desarrolladas 2.3. Productos de las actividades 2.4. Valoración de las actividades
2.4.1. Buenas prácticas (positivo) 2.4.2. Aprendizajes (negativo)
CAPITULO III ANALISIS Y OBJETIVO DE LA INVESTIGACIÓN Y/O
INTERACCIÓN
3. ANALISIS DE LA PROBLEMÁTICA Y EL OBJETIVO DE LA INVESTIGACION Y/O INTERACCIÓN
3.1. Identificación de la Problemática 3.2. Formulación del problema principal 3.3. Justificación 3.4. Objetivo de la investigación y/o interacción 3.5. Metodología
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CAPITULO IV PROPUESTA
4. PROPUESTA DE INVESTIGACION Y/O INTERACION
4.1. Antecedentes de la propuesta 4.2. Justificación de la propuesta 4.3. Objetivos de la Propuesta
4.3.1. Objetivo General 4.3.2. Objetivos específicos
4.4. Descripción de la propuesta
CAPITULO V ANALISIS Y REFLEXIONES
5. ANALISIS CRITICO Y REFLEXIONES DEL
DESARROLLO DEL INTERNADO
5.1. ANALISIS CRÍTICO DE LA EXPERIENCIA DE INTERNADO
5.1.1. Institucional 5.1.2. Facilidades (equipamiento, espacio de trabajo,
materiales, otros) 5.1.3. Relaciones humanas
5.2. REFLEXIONES DEL DESARROLLO DEL INTERNADO
5.2.1. Reflexión en torno a la aplicación de conocimientos y
habilidades adquiridas en su proceso de formación en la carrera.
5.2.2. Reflexión a la organización y seguimiento del proceso de internado.
CAPITULO VI
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
6.1. Conclusiones 6.2. Recomendaciones
BIBLIOGRAFIA (de acuerdo a norma APA) ANEXOS
- Instructivos emanados por la autoridad y/o supervisor de la institución
- Actas de actividades de interacción y extensión - Registro fotográfico por actividad - Otros
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Artículo 30. El seguimiento y orientación del informe final de internado, está a cargo del docente de la asignatura de modalidad de internado, además del correspondiente apoyo del tutor académico asignado al estudiante, quienes deberán precisar los requisitos, alcance, contenidos y profundidad de cada fase. Así mismo, facilitaran el apoyo metodológico necesario en las diferentes actividades académicas programadas, complementadas en base a la guía metodológica diseñada para el efecto.
Artículo 31. El calendario de actividades y evaluaciones para cada uno de las fases, será
establecido de manera conjunta en cada gestión por el docente de la
asignatura de modalidad de internado y la Dirección de Carrera.
CAPITULO IV
DE LA EVALUACION DEL INFORME FINAL DE INTERNADO
Artículo 32. La evaluación y la calificación de seguimiento y avance cualitativo de la
asignatura se dividen en cuatro fases, en base la siguiente estructura:
FASE EXAMENES
Primera Fase Identificación priorización y justificación del problema de investigación o interacción
Primer parcial
Segunda Fase: Antecedentes institucionales donde realizó la práctica laboral
Segundo parcial
Tercera Fase propuesta de investigación y/o interacción.
Tercer Parcial
Cuarta Fase: Pre – defensa del informe final de internado
Examen Final
Artículo 33. Los estudiantes que han rendido el examen final y reprobaron, quedan
habilitados para la segunda instancia, que implica la pre-defensa del informe
final de Internado corregido.
Artículo 34. El estudiante estará habilitado para la defensa de grado, solo en caso de
haber aprobado la asignatura de la modalidad de Internado.
Artículo 35. La aprobación de la modalidad de internado en segunda instancia, implica que
el estudiante debe realizar su defensa final en la siguiente gestión académica
de forma obligatoria, con las enmiendas sugeridas.
Artículo 36. La reprobación de la asignatura de modalidad de internado, implica que el
estudiante puede programarse en otra modalidad de graduación, en la
siguiente gestión académica.
Artículo 37. La evaluación cuantitativa del documento del Informe Final de Internado por
parte del docente de modalidad de Internado, se desarrollará, en base al
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formulario EVALUACION CUANTITATIVA (ANEXO Nº 5) y según la siguiente
escala de valores y se considera como aprobada si es igual o mayor que 51
puntos.
Criterios Valor
La validez y vigencia de la temática. 20 puntos
Evaluación de los informes mensuales 20 puntos
La coherencia teórica y su aplicación directa en la investigación y/o interacción.
30 puntos
El grado de aporte práctico con la investigación y/o interacción
30 puntos
CALIFICACIÓN TOTAL 100 puntos
Artículo 38. La Dirección de Carrera conformará el respectivo tribunal de grado para la
evaluación del Informe Final de Internado.
Artículo 39. Los miembros del tribunal de grado, en un plazo máximo de 15 días hábiles
(contados a partir de la recepción del documento), deberán realizar las
observaciones correspondientes y sugerir las enmiendas pertinentes en base
a Criterios de EVALUACIÓN CUALITATIVA del documento Informe Final de
Internado (ANEXO Nº 6).
Artículo 40. El postulante a partir de la recepción de sus observaciones realizadas por el
Tribunal de Grado, deberá desarrollar las siguientes actividades y en los
tiempos establecidos:
a) Desde el día que el tribunal entrega las observaciones al documento, el
postulante tiene 30 días calendario para presentar en Dirección de
Carrera un ejemplar original con todas las correcciones y las
aclaraciones pertinentes que correspondan.
b) En un plazo de tres días, después de la entrega de las correcciones, los
miembros del tribunal, evaluaran cuantitativamente el informe final de
internado, en base a Criterios de EVALUACIÓN CUANTITATIVA del
documento Informe Final de Internado (ANEXO Nº 7).
c) La nota mínima de aprobación del informe final de internado para la
habilitación a la defensa oral es de 25 puntos. El Presidente del Tribunal
de Grado previa consulta con los demás miembros del tribunal de grado,
programaran y harán conocer la fecha y hora de la defensa oral, la que
deberá desarrollarse en el plazo establecido. La defensa se desarrollara
en acto público, y tendrá un tiempo de duración de 30 minutos como
mínimo y 1 hora como máximo.
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d) Sí, el informe final de internado obtiene menos de 25 puntos no se
programará la defensa orla del informe final de internado, se
comunicará al postulante para que dentro de 30 días calendario
presente nuevamente con las observaciones enmendadas
e) Sí, el postulante no entrega el informe final de internado con las
observaciones enmendadas para la segunda revisión, dentro de los 30
días establecidos, automáticamente el postulante esta reprobado para la
defensa de grado.
f) Sí, el postulante entrega el informe final de internado con las
observaciones enmendadas para la segunda revisión, dentro de los 30
días establecidos, el documento debe obtener como mínimo 25 puntos
para su aprobación. En caso de obtener menos de 25 puntos será
suspendido para una tercera y última revisión, que debe presentar
dentro de 30 días.
g) Sí, el postulante no entrega el informe final de internado con las
observaciones enmendadas para la tercera revisión, dentro de los 30
días establecidos, automáticamente el postulante esta reprobado para la
defensa de grado.
Artículo 41. Si se comprueba anomalía (plagio, uso de otro Informe Final de Internado
desarrollado para otros fines u otros actos ilegales) en la investigación, el
trabajo puede ser reprobado en forma definitiva en primera instancia en
cualquiera de las fases donde surja la observación que debe ser demostrada y
registrada con el argumento respectivo que respalda el rechazo.
CAPITULO VII
DE LA DEFENSA ORAL DEL INFORME FINAL INTERNADO
Artículo 42. Para la defensa oral del Informe Final de Internado con el tribunal de grado.
Es requisito indispensable la presentación a Dirección de Carrera, los
siguientes documentos:
I. Certificado de habilitación a la defensa oral de la modalidad de
internado, por parte del docente de la modalidad de graduación
Internado. (ANEXO Nº 8).
II. Certificado de habilitación a la defensa oral de la modalidad de
internado, por parte del tutor académico (ANEXO Nº 9).
III. Certificado de calificaciones de los cuatro cursos.
IV. Otros especificados en normativa vigente.
V. Tres ejemplares anillados del informe final de internado en formato
establecido.
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Artículo 43. El tribunal de grado debe conocer la calificación que el docente de modalidad
de internado asignó al documento, para verificar la habilitación a la defensa
oral. La nota mínima de habilitación es de 51 puntos. Esta calificación solo es
informativa y bajo ningún motivo se constituye en calificación de defensa de
grado.
Artículo 44. Para la calificación de la defensa oral del Informe Final de internado, cada miembro del tribunal de grado, en el formulario correspondiente a los criterios de evaluación de la defensa oral del informe final de internado (ANEXO Nº 10) EVALUACION DEFENSA ORAL), emitirá la correspondiente calificación.
Artículo 45. La evaluación final de la modalidad de Internado se ponderará de la siguiente
forma:
Nº CONTENIDO PARA LA EVALUACION TOTAL PUNTOS
1 Evaluación de la institución donde realizó su modalidad en base al formulario EVALUACION INSTITUCIONAL (ANEXO Nº 11)
10
2 Evaluación del documento Informe Final de Internado
40
3 Evaluación de la defensa oral 50
TOTAL PUNTAJE 100
Terminada la defensa oral, el tribunal de grado, procederá a evaluar la misma,
en base a la siguiente escala de valores:
Evaluación de la institución donde realizó su modalidad 10 pts.
Puntaje total de la ficha de evaluación institucional
CALIFICACIÓN SUB TOTAL 1 10
Criterios de evaluación del documento Informe Final de Internado
40 Pts.
El grado de aporte práctico con la investigación y/o interacción, hasta
CALIFICACIÓN SUB TOTAL 2 40
Criterios de evaluación de la defensa oral 50 Pts.
Organización de la presentación, hasta 5
Claridad en la exposición, hasta 10
Dominio del tema, hasta 15
Pertinencia y profundidad en las respuestas al tribunal, hasta 20
CALIFICACIÓN SUB TOTAL 3 50
SUB TOTAL 1 + 2 +3 = CALIFICACIÓN TOTAL 100
Artículo 46. La calificación final del informe final de internado, resultara de la suma de
puntos correspondientes a la valuación de la institución donde realizó la
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modalidad de Internado, al documento del Informe Final de Internado y la
defensa oral, cuya nota tendrá carácter definitivo e irrevisable, la misma que si
es igual o mayor de 51 puntos, significara la aprobación del informe final de
internado, y que habilita al estudiante para obtener el título de licenciado en
Turismo.
Artículo 47. Concluida la defensa pública, el tribunal de grado sesionará en forma
reservada para emitir la calificación individual sobre una escala de 1 a 100
puntos El presidente de tribunal de grado sistematizara las notas de cada
miembro del tribunal y emitirá la nota global, de acuerdo a la siguiente escala:
PUNTAJE VALORACIÓN OBSERVACIONES
De 0 a 50 No apto Reprobado
De 51 a 79 Buena Aprobado
De 80 a 89 Sobresaliente
Aprobado con felicitaciones y
recomendación para entrega a la
institución donde realizó la práctica
laboral.
De 90 a 100 Excelente
Aprobado con mención honorífica y
recomendación para entrega a la
institución donde realizó la práctica
laboral y para su publicación.
Artículo 48. Una vez que el tribunal de grado cuente con la nota global de la defensa del informe final de internado, se registrará debidamente en el acta correspondiente y se convocará al postulante y al público en general, para proceder a la lectura del Acta de Evaluación Final. El Tribunal recomendará a Dirección de Carrera se emita la “Certificación de Excelencia”, si la calificación global obtenida es excelente.
Artículo 49. En caso de que la nota global de la defensa del informe final de internado,
sea igual o inferior a 50 puntos (No apto), el o la postulante debe revisar el informe y dentro de noventa días, se debe programar la segunda defensa oral con el mismo tribunal de grado. Si, en este lapso de tiempo el o la postulante no se programa la segunda defensa oral, automáticamente el informe final de internado queda reprobado y el estudiante debe devolver el total del monto percibido por derecho de BECA internado.
Artículo 50. En caso de que en la segunda defensa oral, la nota global de la defensa del
informe final de internado, sea igual o inferior a 50 puntos (No apto), el o la postulante queda reprobada definitivamente.
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CAPITULO V
DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS Y EL ACTO DE DEFENSA
Artículo 51. El informe final de internado, debe ser concluido en el lapso máximo de 1
año académico, desde la asignación de una institución, donde el o la
estudiante realizará su práctica laboral.
Artículo 52. El postulante de la modalidad de Internado debe defender su informe final de
internado en la gestión de su programación o después de los seis meses de
haber concluido la formación en la Carrera de Turismo. En caso de no realizar
la defensa en el plazo previsto, debe devolver a la universidad el dinero
recibido de la beca internado y podrá acogerse al programa de antiguos
egresados.
Artículo 53. Los derechos de autoría corresponden al postulante que elaboró el Informe
Final de Internado, la propiedad intelectual corresponden a la Carrera de
Turismo.
Artículo 54. Los casos especiales y que no hubieran sido contemplados en la presente
reglamentación, serán atendidos bajo las normativas de la universidad y del
reglamento general de tipos y modalidades de graduación del Comité de la
Universidad Boliviana y con carácter extraordinario por la Dirección de Carrera
de Turismo y en última instancia por la Comisión Académica del Honorable
Consejo de Carrera.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA
Única. Se abrogan el anterior reglamento a esta y otras disposiciones que deriven de
la misma.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación en
Consejo de Carrera y Facultativo. Su implementación será a partir de la
gestión 2017.
Segunda. Es dado en la Sala de Sesiones de la carrera de Turismo, en el mes de
noviembre de dos mil diecisiete años.