RESPONSABILIDAD
Una persona es civilmente responsable cuando es obligada a reparar el daño causado a la persona o bienes de otra, por culpa o dolo.
“Por regla general todo daño que pueda imputarse a malicia (dolo) o negligencia de otra persona, debe ser reparada por ésta.” (Art. 2329 C. Civil)
ACCIDENTE RESPONSABILIDAD INDEMNIZACION
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Responsabilidad civilIndemnizar el daño material causado en la persona o bienes de otro.◦ Empleador◦ Mandante◦ Dueño de la obra◦ El responsable, persona natural (capataz, gerente, etc.)
Responsabilidad penalSe persigue un castigo estatal por la negligencia, imprudencia temeraria o infracción a reglamentos (cuasidelito de homicidio y/o de lesiones graves o mutilaciones de miembro importante o menos importante)
CLASES
ACCIDENTE RESPONSABILIDAD INDEMNIZACION
FUENTE DE RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR
Art. 184 (Código del Trabajo). El empleador estará obligado a tomar TODAS las medidas necesarias para PROTEGER EFICAZMENTE la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
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Proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores
condiciones adecuadas de higiene y seguridad
implementos de protección personal
acceso oportuno a atención médica
Tomar todas las medidas necesarias:
Deber de Seguridad y Protección
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Deber de Seguridad en el Trabajo
ASPECTOS
PREVENTIVO
CONDICIONES ADECUADAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. (Cuáles son?)
ELEMENTOS DE PROTECCION.
PREVENCION DE RIESGOS.
REPARATORIO
ACCESO A ATENCIÓN MEDICA
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Condiciones de Higiene y Seguridad, según normativa laboral:
• DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN. (L. 16.744, ART.66; DS 40, 1969)
• REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN. HIGIENE Y SEGURIDAD. (153 CT)
• COMITÉS PARITARIOS. (L. 16.744 ART. 66; DS 54,1969)
• TRASLADO DE FAENAS. (L. 16.744, ART. 82)
• DEBER DE INFORMAR. (DS 40)
• EXAMEN PREOCUPACIONAL. (186 CT)
• REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO. (DS 594)
• EXAMEN MÉDICO DE APTITUD. (Art. 186 CT.)
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Subcontratación y Deber de Seguridad
La Empresa Principal (Mandante) debe adoptar y aplicar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores de la obra o faena, sean trabajadores suyos del contratista o del subcontratista.
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1. Vigilancia.
2. Registro de faena, obra o servicios.
3. Comité Paritario de Higiene y Seguridad de la obra o faena-CPHS-.
4. Departamento de Prevención de Riesgos de la obra o faena –DPRP-OBRA-.
5. Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas.
6. Sistema de Gestión la Seguridad y Salud en el Trabajo –SGSST-.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
QUIENES PUEDEN DEMANDAR?
Ley N°16.744
Artículo 69b)La víctima y las demás personas a quienes el accidente o enfermedad cause daño podrán reclamar al empleador o terceros responsables del accidente, también las otras indemnizaciones a que tengan derecho, con arreglo a las prescripciones del derecho común incluso el daño moral.
CASO Nº1 JURISPRUDENCIA JUDICIAL
No obstante haber sido contratado como empalillador operaba la máquina cepilladora moldeadora en la que se produjo el accidente
CASOS RESUELTOS
No fue capacitado ni instruido para trabajar con o en dicha máquina
No tuvo ninguna advertencia sobre los peligros de la máquina que limpiaba y operaba
CASO Nº2 JURISPRUDENCIA JUDICIAL
Poca experiencia del actor, en la conducción de la máquina
No existe constancia que el actor haya recibido el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad
La máquina que presentaba problemas en su funcionamiento
CASO Nº3 JURISPRUDENCIA JUDICIAL
No se tomó por parte de los Supervisores o Jefes respectivos las medidas de coordinación y seguridad necesaria para que se realizara la labor ordenada sin riesgos de accidentes
No se le informó a ninguno de las personas que intervenían en la máquina la presencia del otro, ni se pusieron tarjetas de enclave ni letreros que indicaran la existencia de reparaciones
CASO Nº4 JURISPRUDENCIA JUDICIAL
Las normas de seguridad no se agotan ni se satisfacen con la sola existencia de un formal reglamento de seguridad ni de anuncios, exhortaciones ni prevenciones hechas a la sola buena voluntad de los trabajadores
El empleador debe mantener elementos materiales constantes y supervigilancia auténtica en cuanto a la forma como deba o haya de desarrollarse la actividad de los trabajadores
CASO Nº5JURISPRUDENCIA JUDICIAL
Que la mera existencia del Reglamento Interno y el eventual conocimiento que el trabajador pudiera tener de su contenido, no es suficiente, a juicio de la Corte, para considerar satisfecha la obligación de la parte empleadora de "tomar todas las medidas necesarias” para proteger eficazmente al trabajador
El sistema conforme la Reforma Procesal Penal◦ Fiscal◦ Abogado Defensor◦ El Juez de Garantía◦ Las medidas cautelares◦ Los acuerdos reparatorios (salidas alternativas)
Artículo 490 del Código Penal:“El que por imprudencia temeraria ejecutare un hecho que, si mediara malicia, constituiría un crimen o un simple delito contra las personas…”
Artículo 492 del Código Penal:“Las penas del artículo 490 se impondrán también respectivamente al que, con INFRACCIÓN DE LOS REGLAMENTOS Y POR MERA IMPRUDENCIA O NEGLIGENCIA EJECUTARE UN HECHO O INCURRIERE EN UNA OMISIÓN …”
El Juicio Penal
Representante Superior directo Gerentes Directorio Jefe faena Capataz
¿Quién responde penalmente al interior de la empresa?
Fiscal, imputado y víctima proponen al Juez de Garantía el pago de una indemnización. El Juez es quien puede aprobarlo en los siguientes casos:
¨ Cuasidelitos,
¨ Lesiones menos graves, incapacidad menor a 30 días,
¨ Delitos patrimoniales (bienes materiales).
Acuerdos Reparatorios
CONSECUENCIAS PENALES:IMPUTADOS Y MONTOS
Acuerdo reparatorio por accidente con 5 muertos en mina el año 2004.
Los trabajadores murieron en el interior de un pique de la mina El Soldado, que pertenece a la empresa Anglo American
El Mercurio Online
VALPARAÍSO.- Los dos ingenieros imputados como responsables de la tragedia minera que costó la vida de 5 trabajadores al interior de la mina El Soldado, en Nogales, V Región, en agosto de 2004, llegaron a un acuerdo reparatorio con los familiares directos de las víctimas en una audiencia realizada ayer en el tribunal de garantía de La Calera.
Los supervisores Nelson Torres Castro (43) y Adolfo Pizarro Bravo (45), si bien no reconocieron su responsabilidad en el hecho, se comprometieron a cancelar la suma total de 40 millones de pesos, monto que se repartirá en montos iguales, aproximadamente 8 millones, para cada grupo familiar.
CONSECUENCIAS PENALES:IMPUTADOS Y MONTOS
Enap pagará a familia Refinería Aconcagua S.A. logra acuerdo indemnizatorio y Fiscalía concluye el proceso.
Luego de un largo proceso, y pese a que aún quedaban diligencias pendientes, la Empresa Nacional del Petróleo (Enap), y su filial Refinería Aconcagua S.A., llegó a un acuerdo indemnizatorio con la familia de Jorge Eduardo Rivas Hernández, trabajador que falleció en un accidente ocurrido al interior de la planta de Concón el 9 de octubre del año pasado. En virtud del acuerdo, la viuda y los hijos de la víctima recibirán 130 millones de pesos, y de esta forma, la Fiscalía dio por finalizado el proceso.GERENTE FORMALIZADOLa formalización de Daniel Martínez se produjo en su calidad de responsable de las políticas de prevención y mantención de la planta de Enap. El Ministerio Público estimó prudente formalizarlo pese a que aún faltaban diligencias, para posibilitar la aprobación, por parte del tribunal, de un acuerdo reparatorio al que previamente habían llegado las partes y que consideraba el pago de los 130 millones de pesos a la familia.
CONSECUENCIAS PENALES:RESUMEN
1. Acuerdos reparatorios han servido como herramienta para forzar indemnizaciones.
2. La posibilidad de concretar un acuerdo reparatorio reside únicamente en la voluntad de la víctima.
3. Se imputa responsabilidad a quien tiene el mando directo sobre el trabajador accidentado.
4. Se arriesgan penas de presidio efectivo.
BUENAS PRACTICAS LABORALES
¿Objetivo?
Evitar Accidentes
Acreditar Diligencia
Convencer al Ministerio
Público(No Perseverar)
Rechazo de Demandas
LO OBVIO NO EXISTEEn un paquete de una plancha Rowenta:
NO PLANCHAR LA ROPA SOBRE EL CUERPO.
En una sierra eléctrica sueca: NO INTENTE DETENER LA SIERRA CON LAS MANOS O
LAS PIERNAS
En un secador de pelo de Sears: NO USAR MIENTRAS SE DUERME
En la etiqueta de la caja de un coche para bebés:
RETIRE AL NIÑO ANTES DE DOBLAR
RESPONSABILIDAD LEGAL
CULPA DOLO
SININTENCIÓN
CONINTENCIÓN
CUASIDELITO
ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL
DELITODAÑO
SANCIÓN PENALCIVIL
PRIVACIÓNDE LIBERTAD
QUIEN(ES) RESULTE(N)RESPONSABLE(S)
REPARACIÓNECONÓMICA
MODELO CAUSAL DE ACCIDENTES
Programasinadecuados
EstándaresInadecuados
CumplimientoInadecuado delos estándares
FactoresPersonales
Factores delTrabajo
Acciones yCondiciones
subestándares
Accidentes
Incidentes
TRABAJADORlesionesingresos
preocupación
EMPRESAdaños
productividadprestigio
FALTA DECONTROL
CAUSASBÁSICAS
CAUSASDIRECTAS
SUCESO PÉRDIDAS
La línea de mando debe recordar que es de su responsabilidad el
Planificar y Organizar sus actividades en su área de trabajo y por
ello debe tener bajo control todo cuanto ocurre con su personal
equipos y materiales.Para este efecto la Prevención de Riesgos ofrece sus
técnicas, dirigidas tanto al individuo como al ambiente.
Observaciones de Seguridad Inspecciones de Seguridad Análisis de seguridad en el trabajo Análisis e investigación de accidentes Reuniones de seguridad
ROL DE LA LINEA DE MANDOEN PREVENCION DE RIESGOS
Que se debe realizar para evitar que sus trabajadores se accidenten.
Asegurarse que ha recibido su inducción al cargo Haberle informado de los riesgos existentes en su lugar detrabajo( Derecho a Saber) Preocuparse de que trabaje con equipos en buenas
condiciones Controlar y/o eliminar la presencia de riesgos potenciales
parasus trabajadores Asegurarse que su trabajador conoce realmente su trabajo
y que éste no lo esta haciendo solamente por que el jefe lo mandó
Reconocer cuando un trabajo se realiza en forma segura y productiva
No omitir los sistemas de seguridad para llevar adelante la producción
ROL DE LA LINEA DE MANDOEN PREVENCION DE RIESGOS