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Responsabilidad Ante Un Accidente Laboral

Date post: 19-Dec-2015
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Legislación laborar Civil y Penal en Chile ante los accidentes laborales.
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RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL ANTE UN ACCIDENTE LABORAL
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RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL

ANTE UN ACCIDENTE LABORAL

RESPONSABILIDAD

Una persona es civilmente responsable cuando es obligada a reparar el daño causado a la persona o bienes de otra, por culpa o dolo.

“Por regla general todo daño que pueda imputarse a malicia (dolo) o negligencia de otra persona, debe ser reparada por ésta.” (Art. 2329 C. Civil)

ACCIDENTE RESPONSABILIDAD INDEMNIZACION

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Responsabilidad civilIndemnizar el daño material causado en la persona o bienes de otro.◦ Empleador◦ Mandante◦ Dueño de la obra◦ El responsable, persona natural (capataz, gerente, etc.)

Responsabilidad penalSe persigue un castigo estatal por la negligencia, imprudencia temeraria o infracción a reglamentos (cuasidelito de homicidio y/o de lesiones graves o mutilaciones de miembro importante o menos importante)

CLASES

ACCIDENTE RESPONSABILIDAD INDEMNIZACION

FUENTE DE RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR

Art. 184 (Código del Trabajo). El empleador estará obligado a tomar TODAS las medidas necesarias para PROTEGER EFICAZMENTE la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.

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Proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores

condiciones adecuadas de higiene y seguridad

implementos de protección personal

acceso oportuno a atención médica

Tomar todas las medidas necesarias:

Deber de Seguridad y Protección

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Deber de Seguridad en el Trabajo

ASPECTOS

PREVENTIVO

CONDICIONES ADECUADAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD. (Cuáles son?)

ELEMENTOS DE PROTECCION.

PREVENCION DE RIESGOS.

REPARATORIO

ACCESO A ATENCIÓN MEDICA

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Condiciones de Higiene y Seguridad, según normativa laboral:

• DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN. (L. 16.744, ART.66; DS 40, 1969)

• REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN. HIGIENE Y SEGURIDAD. (153 CT)

• COMITÉS PARITARIOS. (L. 16.744 ART. 66; DS 54,1969)

• TRASLADO DE FAENAS. (L. 16.744, ART. 82)

• DEBER DE INFORMAR. (DS 40)

• EXAMEN PREOCUPACIONAL. (186 CT)

• REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO. (DS 594)

• EXAMEN MÉDICO DE APTITUD. (Art. 186 CT.)

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Subcontratación y Deber de Seguridad

La Empresa Principal (Mandante) debe adoptar y aplicar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores de la obra o faena, sean trabajadores suyos del contratista o del subcontratista.

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1. Vigilancia.

2. Registro de faena, obra o servicios.

3. Comité Paritario de Higiene y Seguridad de la obra o faena-CPHS-.

4. Departamento de Prevención de Riesgos de la obra o faena –DPRP-OBRA-.

5. Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas.

6. Sistema de Gestión la Seguridad y Salud en el Trabajo –SGSST-.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

QUIENES PUEDEN DEMANDAR?

Ley N°16.744

Artículo 69b)La víctima y las demás personas a quienes el accidente o enfermedad cause daño podrán reclamar al empleador o terceros responsables del accidente, también las otras indemnizaciones a que tengan derecho, con arreglo a las prescripciones del derecho común incluso el daño moral.

CASO Nº1 JURISPRUDENCIA JUDICIAL

No obstante haber sido contratado como empalillador operaba la máquina cepilladora moldeadora en la que se produjo el accidente

CASOS RESUELTOS

No fue capacitado ni instruido para trabajar con o en dicha máquina

No tuvo ninguna advertencia sobre los peligros de la máquina que limpiaba y operaba

CASO Nº2 JURISPRUDENCIA JUDICIAL

Poca experiencia del actor, en la conducción de la máquina

No existe constancia que el actor haya recibido el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad

La máquina que presentaba problemas en su funcionamiento

CASO Nº3 JURISPRUDENCIA JUDICIAL

No se tomó por parte de los Supervisores o Jefes respectivos las medidas de coordinación y seguridad necesaria para que se realizara la labor ordenada sin riesgos de accidentes

No se le informó a ninguno de las personas que intervenían en la máquina la presencia del otro, ni se pusieron tarjetas de enclave ni letreros que indicaran la existencia de reparaciones

CASO Nº4 JURISPRUDENCIA JUDICIAL

Las normas de seguridad no se agotan ni se satisfacen con la sola existencia de un formal reglamento de seguridad ni de anuncios, exhortaciones ni prevenciones hechas a la sola buena voluntad de los trabajadores

El empleador debe mantener elementos materiales constantes y supervigilancia auténtica en cuanto a la forma como deba o haya de desarrollarse la actividad de los trabajadores

CASO Nº5JURISPRUDENCIA JUDICIAL

Que la mera existencia del Reglamento Interno y el eventual conocimiento que el trabajador pudiera tener de su contenido, no es suficiente, a juicio de la Corte, para considerar satisfecha la obligación de la parte empleadora de "tomar todas las medidas necesarias” para proteger eficazmente al trabajador

El sistema conforme la Reforma Procesal Penal◦ Fiscal◦ Abogado Defensor◦ El Juez de Garantía◦ Las medidas cautelares◦ Los acuerdos reparatorios (salidas alternativas)

Artículo 490 del Código Penal:“El que por imprudencia temeraria ejecutare un hecho que, si mediara malicia, constituiría un crimen o un simple delito contra las personas…”

Artículo 492 del Código Penal:“Las penas del artículo 490 se impondrán también respectivamente al que, con INFRACCIÓN DE LOS REGLAMENTOS Y POR MERA IMPRUDENCIA O NEGLIGENCIA EJECUTARE UN HECHO O INCURRIERE EN UNA OMISIÓN …”

El Juicio Penal

Representante Superior directo Gerentes Directorio Jefe faena Capataz

¿Quién responde penalmente al interior de la empresa?

Fiscal, imputado y víctima proponen al Juez de Garantía el pago de una indemnización. El Juez es quien puede aprobarlo en los siguientes casos:

¨ Cuasidelitos,

¨ Lesiones menos graves, incapacidad menor a 30 días,

¨ Delitos patrimoniales (bienes materiales).

Acuerdos Reparatorios

CONSECUENCIAS PENALES:IMPUTADOS Y MONTOS

Acuerdo reparatorio por accidente con 5 muertos en mina el año 2004.

Los trabajadores murieron en el interior de un pique de la mina El Soldado, que pertenece a la empresa Anglo American

El Mercurio Online

VALPARAÍSO.- Los dos ingenieros imputados como responsables de la tragedia minera que costó la vida de 5 trabajadores al interior de la mina El Soldado, en Nogales, V Región, en agosto de 2004, llegaron a un acuerdo reparatorio con los familiares directos de las víctimas en una audiencia realizada ayer en el tribunal de garantía de La Calera.

Los supervisores Nelson Torres Castro (43) y Adolfo Pizarro Bravo (45), si bien no reconocieron su responsabilidad en el hecho, se comprometieron a cancelar la suma total de 40 millones de pesos, monto que se repartirá en montos iguales, aproximadamente 8 millones, para cada grupo familiar.

CONSECUENCIAS PENALES:IMPUTADOS Y MONTOS

Enap pagará a familia Refinería Aconcagua S.A. logra acuerdo indemnizatorio y Fiscalía concluye el proceso.

Luego de un largo proceso, y pese a que aún quedaban diligencias pendientes, la Empresa Nacional del Petróleo (Enap), y su filial Refinería Aconcagua S.A., llegó a un acuerdo indemnizatorio con la familia de Jorge Eduardo Rivas Hernández, trabajador que falleció en un accidente ocurrido al interior de la planta de Concón el 9 de octubre del año pasado. En virtud del acuerdo, la viuda y los hijos de la víctima recibirán 130 millones de pesos, y de esta forma, la Fiscalía dio por finalizado el proceso.GERENTE FORMALIZADOLa formalización de Daniel Martínez se produjo en su calidad de responsable de las políticas de prevención y mantención de la planta de Enap. El Ministerio Público estimó prudente formalizarlo pese a que aún faltaban diligencias, para posibilitar la aprobación, por parte del tribunal, de un acuerdo reparatorio al que previamente habían llegado las partes y que consideraba el pago de los 130 millones de pesos a la familia.

CONSECUENCIAS PENALES:IMPUTADOS Y MONTOS

CONSECUENCIAS PENALES:RESUMEN

1. Acuerdos reparatorios han servido como herramienta para forzar indemnizaciones.

2. La posibilidad de concretar un acuerdo reparatorio reside únicamente en la voluntad de la víctima.

3. Se imputa responsabilidad a quien tiene el mando directo sobre el trabajador accidentado.

4. Se arriesgan penas de presidio efectivo.

BUENAS PRACTICAS LABORALES

¿Objetivo?

Evitar Accidentes

Acreditar Diligencia

Convencer al Ministerio

Público(No Perseverar)

Rechazo de Demandas

LO OBVIO NO EXISTEEn un paquete de una plancha Rowenta:

NO PLANCHAR LA ROPA SOBRE EL CUERPO.

En una sierra eléctrica sueca: NO INTENTE DETENER LA SIERRA CON LAS MANOS O

LAS PIERNAS

En un secador de pelo de Sears: NO USAR MIENTRAS SE DUERME

En la etiqueta de la caja de un coche para bebés:

RETIRE AL NIÑO ANTES DE DOBLAR

RESPONSABILIDAD LEGAL

CULPA DOLO

SININTENCIÓN

CONINTENCIÓN

CUASIDELITO

ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL

DELITODAÑO

SANCIÓN PENALCIVIL

PRIVACIÓNDE LIBERTAD

QUIEN(ES) RESULTE(N)RESPONSABLE(S)

REPARACIÓNECONÓMICA

MODELO CAUSAL DE ACCIDENTES

Programasinadecuados

EstándaresInadecuados

CumplimientoInadecuado delos estándares

FactoresPersonales

Factores delTrabajo

Acciones yCondiciones

subestándares

Accidentes

Incidentes

TRABAJADORlesionesingresos

preocupación

EMPRESAdaños

productividadprestigio

FALTA DECONTROL

CAUSASBÁSICAS

CAUSASDIRECTAS

SUCESO PÉRDIDAS

La línea de mando debe recordar que es de su responsabilidad el

Planificar y Organizar sus actividades en su área de trabajo y por

ello debe tener bajo control todo cuanto ocurre con su personal

equipos y materiales.Para este efecto la Prevención de Riesgos ofrece sus

técnicas, dirigidas tanto al individuo como al ambiente.

Observaciones de Seguridad Inspecciones de Seguridad Análisis de seguridad en el trabajo Análisis e investigación de accidentes Reuniones de seguridad

ROL DE LA LINEA DE MANDOEN PREVENCION DE RIESGOS

Que se debe realizar para evitar que sus trabajadores se accidenten.

Asegurarse que ha recibido su inducción al cargo Haberle informado de los riesgos existentes en su lugar detrabajo( Derecho a Saber) Preocuparse de que trabaje con equipos en buenas

condiciones Controlar y/o eliminar la presencia de riesgos potenciales

parasus trabajadores Asegurarse que su trabajador conoce realmente su trabajo

y que éste no lo esta haciendo solamente por que el jefe lo mandó

Reconocer cuando un trabajo se realiza en forma segura y productiva

No omitir los sistemas de seguridad para llevar adelante la producción

ROL DE LA LINEA DE MANDOEN PREVENCION DE RIESGOS


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