Date post: | 14-Sep-2015 |
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CENTRO INTERUNIVERSITARIO DE
INVESTIGACIN E INTERVENCIN SOCIAL - CIIIS
COMUNIDADES EN MOVIMIENTO
ESTATUTO GENERAL
ARTCULO PRIMERO
CAPTULO I
DEFINICIN, CONCEPTUALIZACIN, DOMICILIO
ARTCULO 1: Se define el CENTRO INTERUNIVERSITARIO DE
INVESTIGACIN E INTERVENCIN SOCIAL - CIIIS como un espacio de
encuentro acadmico, social y cultural inter y transdisciplinario que se inscribe en
el marco del universo de sentido que supone el compromiso social al que estamos
sujetos los hombres y mujeres que en la academia nos formamos. Por su
naturaleza est al servicio de las comunidades bajo los parmetros de la
autogestin y desarrollo integral de los sentipensantes acadmica, investigativa,
cultural y polticamente; su actividad se orienta hacia el enriquecimiento del
pensamiento a la luz de la diferencia como posibilidad dinamizadora de las
acciones histricas concretas que como seres propositivos debemos encauzar.
ARTCULO 2: Conceptualizacin, lo carpediano es una construccin discursiva,
supone el volver a lo fundamental, llevar la mirada a lo esencial, recuperar el
sentido de la diferencia, retornar a la controversia; comprende el despertar de la
conciencia del s mismo como agente, como realidad integral, compleja,
dinmica, paradjica esencialmente humana.
Como construccin supone el develamiento y empoderamiento del sentido que
cada sujeto por el hecho de ser y provenir de contextos diversos, recrea en el
contacto relacional con sus sistemas de vida; los cuales como efecto de los
procesos de masificacin cientfica, moral, poltica e ideolgica econmica a
travs de las estructuras sociales ejercen coaccin favoreciendo un creciente
adoctrinamiento y alienacin social. Corresponde a una posicin existencial que
deviene de la pregunta por el sentido, dada una historia vital y los procesos de
concienciacin que favorecen la recuperacin de la esencia perdida en el devenir
de una sociedad mediatizada, la cual informa pero no crea; desde la academia lo
carpediano se edifica desde escenarios que permiten la cohabitacin de discursos
diversos, universales, ticos, ajenos o propios, fundamentalmente crticos.
Como empoderamiento implica el abandono de la receptividad pasiva hombre
objeto de la educacin y la implantacin del paradigma sujeto proceso. En el
marco universitario lo carpediano revierte y redescubre el potencial cognoscitivo e
investigativo del sujeto como actor, como indagador de la verdad, como eje
primario y participante del proceso de formacin en interrelacin directa sujeto
saber bajo la facilitacin de estrategias provistas por la Coordinacin de
Investigacin Crtica.
De ste modo, lo carpediano se constituye en un pilar del aprendizaje significativo,
supone la ruptura paradigmtica desde el ncleo acadmico preferente
(estudiante), en tanto le reconoce como real protagonista del proceso educativo
desde donde debe emerger todo el potencial formativo, recuperando en la
Academia la discusin epistmica necesaria para comprender la mirada de la
ciencia, el saber y las prcticas sociales a la luz de las epistemologas crticas y de
los sures.
ARTCULO 3: El domicilio del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS estar en
las regiones, Universidades pblicas y privadas del orden nacional e internacional
que hayan establecido Nodos o Unidades de Proceso.
CAPITULO II
FINES Y OBJETIVOS
ARTCULO 4: Misin,
El Centro Interuniversitario de Investigacin e Intervencin Social CIIIS desde la
concepcin de la naturaleza humana, en aras de generar espacios de interaccin
conocimiento - comunidades, se constituye como un escenario acadmico social
que contribuye al fomento, desarrollo y habilitacin de escenarios de investigacin
intervencin que permitan la formacin integral de la persona humana en el
desarrollo y promocin de procesos plurales y reivindicatorios, a partir de la
problematizacin interdisciplinar y crtica de las diversas reas del saber donde se
favorezca la articulacin entre teora y praxis.
ARTCULO 5: Visin,
El Centro Interuniversitario de Investigacin e Intervencin Social CIIIS en el 2020
ser reconocido por su contribucin a la formacin integral de la persona humana,
al dilogo interdisciplinar entre teora y praxis, a sus aportes a los procesos de
formacin profesional y al fortalecimiento de los lenguajes artsticos; siempre
comprometido con la produccin sociocultural y emancipadora de los estudiantes,
los profesionales, la academia y las comunidades. En este sentido nos
visualizamos como la red acadmica y social de trabajo interuniversitario ms
grande, dinmica y orgnica de Amrica Latina.
ARTCULO 6: El CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS se regir por los
siguientes principios generales:
a) Autogestin y autorregulacin formativa
b) Pluralidad y respeto a las diferencias
c) Dignificacin de la diversidad cultural, humano-social y natural.
d) Respeto a la vida y la dignidad humana.
e) Equidad y trasparencia.
ARTCULO 7: Imperativos ticos carpedianos,
a) Fraternidad.
b) Opcin radical por la accin social no violenta.
c) Proteccin del medio ambiente.
d) Solidaria activa y efectiva.
ARTCULO 8: OBJETO SOCIAL.
La fundacin Centro Interuniversitario de Investigacin e Intervencin Social CIIIS,
tendr como objeto social desarrollar proyectos sociales que ayuden mejorar la
calidad de vida de la poblacin vulnerada desde el ejercicio de la democratizacin
del conocimiento, la asistencia social, la participacin comunitaria y el dilogo de
saberes.
Para el adecuado cumplimiento y sostenimiento de la Entidad, la Fundacin
desarrollar convenios interinstitucionales que ayuden a dar cumplimiento a las
siguientes actividades:
1) Favorecer el encuentro de saberes, individuos y culturas en torno a la diferencia
como alternativa primaria, dinmica y orgnica en la formacin de sujetos y
construccin de contextos de convivencia acadmico-social.
2) Gestionar (foros, simposios, congresos, seminarios) espacios acadmicos inter
y transdisciplinares alternos a los institucionales desde los campus universitarios,
impulsando encuentros de problematizacin prctico entre las diversas reas del
saber.
3) Facilitar un espacio de autocritica, autogestin y autorregulacin con base en un
espritu autodidacta.
4) Programar y ejecutar campaas didcticas, sociales, de formacin, recreativas
y de empoderamiento de los procesos comunitarios a favor de nios,
adolescentes, adultos y la tercera edad.
5) Desarrollar actividades sociales, acuerdos, convenios y contratos con
instituciones pblicas o privadas del mbito nacional e internacional que permitan
la financiacin de programas en coherencia con los fundamentos prcticos y
principios axiolgicos del Centro.
6) Favorecer el encuentro de saberes, sujetos y culturas en torno a la diferencia
como alternativa primaria, dinmica y orgnica en la formacin de sujetos y
construccin de contextos de convivencia acadmico-social.
7) Construir en la academia desde el anlisis critico, espacios vitales que integren
la diferencia al deber ser, al saber y hacer crticos de los profesionales y agentes
sociales en Amrica Latina.
8) Crear por iniciativa propia o en asocio con otras entidades centros de desarrollo
e integracin cultural, de rehabilitacin, capacitacin, proteccin animal,
recuperacin medio ambiental, educacin formal y no formal, formacin ciudadana
y de proteccin y acogida a desplazados, indgenas, afrodescendientes,
indigentes, mujeres y nios en situacin de maltrato, portadores del VIH,
adolescentes en situacin de conducta delincuencial, drogadiccin y campesinos.
9) Fomentar, desarrollar y participar espacios de integracin artstica, cultural,
recreativa y deportiva en los niveles local, regional.
10) Promover la capacitacin de profesionales idneos al servicio de los procesos
socio comunitarios reivindicatorios para la formacin, apertura, asociacin y
fundacin de procesos y programas comunitarios en favor de la proteccin
ambiental, la recuperacin de la cultura, la prctica de las artes y el respeto a la
diferencia como base la convivencia social.
11) Viabilizar el desarrollo de proyectos productivos que permitan la sostenibilidad
de los programas sociales, centros comunitarios y/o de las comunidades
beneficiarias.
12) Propender por el perfeccionamiento humano a travs de programas que
permitan la optimizacin del tiempo y el aprovechamiento del da.
13) Fomentar el intercambio cultural, cientfico y profesional en Amrica Latina
para garantizar la construccin integral de contextos sociales sostenibles.
14) Realizar estudios y proyectos de desarrollo econmico, social, comunitario e
institucional, administrarlos y ejecutarlos.
15) Facilitar escenarios de cualificacin formativa media, tcnica, profesional y
postgradual de acuerdo a los principios ticos consignados en los presentes
estatutos y en reas que contribuyan al perfeccionamiento humano y el desarrollo
territorial y ambiental sostenible.
16) Planteamiento, apoyo y ejecucin de proyectos de investigacin que faciliten el
desarrollo del pensamiento crtico, mejores condiciones de vida y la proteccin del
patrimonio cultural, ambiental y social de nuestra Amrica Latina.
17) Afiliar miembros y constituir grupos de trabajo a modo de Nodos universitarios
o regionales para el desarrollo de las presentes iniciativas y el cumplimiento de
objetivos misionales.
18) Toda gestin que engrandezca, viabilice la ejecucin de los fines, en
conformidad con la ley y el bienestar co-planetario.
CAPTULO III
FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO
ARTCULO 9: DESCRIPCIN GENERAL, la denominada Plataforma
Organizativa, se define como el conjunto de directrices organizacionales que en
adelante debern contemplarse para facilitar la estructuracin y ordenamiento del
CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS en Amrica Latina, la presente propuesta
se plantea en concordancia con la misin, la visin y los objetivos institucionales
que inspiran el quehacer del Centro Interuniversitario.
Esta red se encuentra conformada por los Nodos regionales o universitarios, que
se definen como una unidad operativa transdisciplinar organizada en torno a los
principios e imperativos axiolgicos del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS en
una regin o Institucin de Educacin Superior pblica o privada de Latinoamrica
y miembro adscrito es todo miembro oficialmente admitido vinculado a un nodo o
unidad de proceso.
ARTCULO 10: ESTRUCTURA ADMISTRATIVA, el CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS est organizado por la Direccin General y la
Plataforma Tcnica.
La Direccin General la preside el Director General y su equipo de trabajo
interseccional, en las coordinaciones operativas. 1) Coordinacin de
Investigaciones y Cualificacin Carpediana, 2) Coordinacin de Admisiones e
Integracin Acadmica 3) Coordinacin de Divulgacin Acadmica 4)
Coordinacin de Intervencin Social y Prcticas para el Buen Vivir. Y dos reas de
apoyo, 1) rea Jurdica y 2) rea financiera.
ARTCULO 11: Director General,
a) Misin:
Coordinar, avalar, autorizar, delegar, supervisar y evaluar simultnea y
gradualmente la ejecucin de las actividades que se contemplan como
parte del Marco Gerencial Estratgico y que prevn el funcionamiento del
CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS en los niveles local, zonal y
seccional, promoviendo la unidad entre los diferentes Nodos y miembros
adscritos.
b) Responsabilidades
Representar al CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS ante las instancias
universitarias y dems entes que as lo requieran.
Vigilar el uso correcto de la Identificacin Institucional del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
Implementar y desarrollar el Marco Gerencial Estratgico que orienta la
labor del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS a nivel local y seccional,
coordinando y supervisando las acciones y procesos que se acuerden con
las diferentes reas.
Analizar, aprobar, modificar o rechazar las sugerencias, propuestas,
actividades e iniciativas que se generen desde las diferentes
coordinaciones operativas.
Autorizar la admisin y apertura de Nodos regionales o Universitarios desde
la emisin de actos administrativos que avalan su existencia.
Gestionar acuerdos que contribuyan a incrementar la eficacia acadmico
social del Centro y a alcanzar sus objetivos.
Asistir a las convocatorias que se reciban y que le compete en relacin con
su actividad directiva y representativa.
Propiciar la integracin y participacin de los Nodos y los miembros
adscritos al CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS de acuerdo a los
principios del sentipensar carpediano que se prevn en este estatuto.
Garantizar y exigir el cumplimiento de las normativas legales vigentes en
todas las acciones que tiene a su cargo y en las diferentes reas de gestin
que hacen parte de la Plataforma Organizativa del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
ARTCULO 12: REQUISITOS PARA OPTAR A DIRECTOR GENERAL
a) Formacin:
Haber cursado el 60% de su formacin profesional o ser egresado.
Haber concluido satisfactoriamente la Escuela General del Sentipensar
Carpediano.
b) Experiencia Previa
Pertenecer al Centro Interuniversitario con mnimo de tiempo superior a dos
aos.
Poseer experiencia previa desempeando un cargo directivo dentro de la
organizacin, bien a nodal, zonal o seccional.
c) Habilidades generales
Poseer un adecuado nivel de expresin oral.
Poseer un excelente nivel de expresin escrita.
Poseer buenas habilidades sociales, empata y asertividad.
Ser una persona proactiva y con espritu creativo.
Poseer habilidades para el manejo de redes virtuales, y canales de
comunicacin del Centro.
Poseer habilidades para la elaboracin de proyectos.
d) Nombramiento y perodo.
El Director General ser nombrado para perodos de 3 aos, en los tres meses
previos a la finalizacin del perodo, el Coordinador de Admisiones e Integracin
Acadmica abrir convocatoria pblica para la formacin de una terna de carnales
a asumir el cargo de Director General; de no haber, carnales postulados el
Director General, previa aceptacin renovar automticamente el perodo de
gobierno.
ARTCULO 13: REA JURDICA
1. Secretario Jurdico,
a) Misin
Analizar, establecer, facilitar y comunicar los lineamientos legales que se
fijen en el Estatuto General y aquellos que se requieran en funcin de la
implementacin de procesos y propuestas alternos a las acciones del
sentipensar carpediano previstas en el mismo.
b) Funcin Bsica y Responsabilidades
Acompaar y avalar las acciones y procesos que se adelanten garantizando
el cumplimiento de los lineamientos, directrices y principios contemplados
en el estatuto.
Velar por el cumplimiento de la normativa legal vigente en las acciones que
las diferentes coordinaciones operativas.
Presentar a consideracin del Director General y las dems reas de
Direccin, propuestas para crear, modificar, regular o suprimir normas, con
el fin de hacer efectivo lo establecido en el Estatuto.
ARTCULO 14: REA FINANCIERA
2. Coordinador Financiero,
a) Misin
Administrar, gestionar, proyectar y ejecutar el presupuesto del CIIIS, previa
autorizacin del Director General, siguiendo las directrices legales de cada
seccional.
b) Funcin Bsica y Responsabilidades
Llevar la contabilidad del CIIIS de acuerdo a las normativas legales vigentes en
la seccional.
Proyectar el presupuesto de gastos, salvaguardando la ejecucin de la
plataforma general del Centro Interuniversitario.
Administrar los recursos financieros autorizando los gastos, cuando estos
estn dentro de los rubros de la Institucin.
Gestionar en conjunto con Direccin General procesos acadmico sociales que
garanticen la sostenibilidad fiscal de los procesos acadmico sociales del
CIIIS.
Pargrafo: Cada seccional deber nombrar de manera autnoma y de acuerdo a
su legislacin nacional su Coordinador Financiero.
ARTCULO 15: Coordinacin de Admisiones e Integracin Acadmica
1. Coordinador de Admisiones e Integracin Acadmica
a) Misin
Planear, exponer, supervisar y acompaar la realizacin y desarrollo de la
actividad del sentipensar carpediano conforme a los lineamientos de
Direccin General.
b) Funcin Bsica y Responsabilidades
Registrar, administrar y regular la admisin de nuevos Nodos, la
documentacin y el trmite necesarios para tal efecto conforme a las
disposiciones convenidas en el Estatuto General y disposiciones de
Direccin General.
Promover la participacin de los integrantes de los diferentes Nodos a nivel
Seccional y Nodal en las actividades programadas por la Direccin General
para la integracin carpediana.
Implementar y apoyar la ejecucin de actividades de integracin y co-
construccin del sentipensar carpediano, desde marcos de fraternidad y
reconocimiento de las diferencias.
Promover el establecimiento de acuerdos de cooperacin, facilitacin e
investigacin entre los Nodos y Seccionales.
Fomentar la apertura de nodos y el acompaamiento de las unidades de
proceso en Amrica Latina.
Gestionar acuerdos acadmicos entre el CENTRO INTERUNIVERSITARIO
CIIIS e Instituciones externas en facilitacin de procesos acadmico
sociales de los nodos.
Facilitar procesos de comunicacin e interlocucin nodal, zonal y seccional
en asocio con coordinadores nodales, facilitadores zonales y coordinadores
seccionales.
Garantizar la realizacin de la Escuela General del Sentipensar Carpediano,
la Escuela de Actualizacin y los Encuentros Internodales.
2. Secretario de Comunicaciones y Medios,
a) Misin
Administrar la imagen del Centro Interuniversitario CIIIS en los medios de
comunicacin y facilitar la interaccin e intercambios entre los Nodos.
Administrar y mejorar las redes de comunicacin, espacios web, plataformas
educativas y dems recursos virtuales que optimicen la interaccin nodal, zonal
y seccional.
ARTCULO 16: Coordinacin de Investigaciones y Cualificacin Carpediana
1. Coordinador de Investigaciones y Cualificacin,
a) Funcin Bsica y Responsabilidades
Promover, planear, organizar, avalar y supervisar la ejecucin de las
acciones investigativas dentro de los Centros de Estudio e Investigaciones
provistos en la dinmica del sentipensar carpediano; ofreciendo escenarios
de cualificacin permanente de los miembros adscritos y destinatarios
finales.
Fomentar el desarrollo acadmico social de los Centros de Estudio e
Investigacin.
Impulsar y acompaar la construccin participativa y colectiva del
sentipensar carpediano como una epistemologa de los sures.
Analizar la pertinencia y viabilidad de las propuestas y acuerdos de
investigacin, presentadas por miembros adscritos, nodos o seccionales.
Fomentar una cultura de integracin y articulacin de la prctica
investigativa del Centro, en sus diversos nodos, zonales y seccionales.
Supervisar y garantizar la ejecucin de los acuerdos de investigacin
interuniversitarios que garanticen la cualificacin de miembros adscritos, y
el desarrollo editorial del CIIIS.
Registrar a los investigadores, en los diversos Centros de Estudio e
Investigacin facilitando su interaccin permanente.
Elaborar los lineamientos especficos para investigacin y divulgacin
acadmica.
Capacitar a los miembros adscritos en el paradigma de investigacin
interdisciplinar propuesto desde el sentipensar carpediano.
ARTCULO 17: Coordinacin de Divulgacin Acadmica
1) Coordinador de Divulgacin Acadmica
a) Funcin Bsica y Responsabilidades
Promover, planear, organizar y ejecutar la agenda general de Divulgacin
Acadmica.
Fomentar el desarrollo de escenarios acadmico- sociales de
problematizacin y divulgacin dentro de los nodos, zonales y seccionales.
Impulsar y acompaar la construccin participativa y colectiva del proceso
editorial y de la revista sentipensARTE, como una estrategia de divulgacin
de la produccin terica e investigativa de la comunidad del CIIIS.
Promover y retroalimentar los escenarios acadmicos de divulgacin,
organizar los comits evaluadores de ponencias, y presidir el consejo
editorial.
Analizar la pertinencia y viabilidad de las propuestas de Divulgacin
Acadmica, presentadas por miembros adscritos, nodos o seccionales.
Difundir las convocatorias editoriales y de participantes a los escenarios de
divulgacin.
ARTCULO 18: Coordinacin de Intervencin Social y Prcticas para el Buen Vivir
1) Coordinador de Intervencin Social y Prcticas para el Buen Vivir
a) Funcin Bsica y Responsabilidades
Promover, planear, organizar, avalar y supervisar la ejecucin de
actividades de intervencin social, que articule la praxis del sentipensar
carpediano desde las unidades nodales.
Fomentar la formulacin de propuestas nodales que contribuyan a la
reivindicacin humana, social o ambiental de nuestros destinarios.
Impulsar y acompaar la construccin participativa y colectiva de proyectos
sociales.
Analizar la pertinencia y viabilidad de las propuestas de intervencin social
presentadas por miembros adscritos, nodos o seccionales.
Fomentar la articulacin de las universidades con sus contextos, en la
ejecucin de las planeaciones nodales, y las brigadas humanitarias
regionales.
Articular los diversos procesos de intervencin social dentro de los Centro
de Estudios e Investigacin del CIIIS.
Elaborar los lineamientos especficos para la intervencin social dentro de
las seccionales.
Capacitar a los miembros adscritos en el esquema de prcticas para el
buen vivir propuesto desde el sentipensar carpediano.
ARTCULO 19 Comisin tica de Regulacin y Control,
a) La comisin de regulacin y control ser el mximo ente de vigilancia y
control respecto a la vivencia del espritu del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS en el cumplimiento de los estatutos, y
excepcionalmente frente a los Nodos ejerciendo la funcin de cierre por las
causales previstas en el presente estatuto.
b) Se conformar por tres miembros: El representante de los coordinadores
nodales con permanencia activa en el CIIIS, no inferior a dos aos, el
Director General del CIIIS o el representante de la Direccin General, el
representante de las coordinaciones seccionales con permanencia en el
CIIIS no inferior a un ao.
ARTCULO 20: Son funciones de la Comisin tica de Regulacin y Control,
a) Vigilar y sancionar a los miembros adscritos y unidades nodales por el no
cumplimiento de los principios e imperativos axiolgicos del sentipensar
carpediano.
b) Cerrar los nodos cuando a bien lo considere y pruebe, nicamente por las
causales planteadas en el presente estatuto.
c) Sancionar a los miembros de la Direccin General cuando encuentre en sus
actuaciones o conductas, tentativas a los presentes estatutos o
extralimitaciones en las funciones estipuladas.
d) Servir de rgano consultor y asesor tanto para la Direccin General como
para las coordinaciones nodales y seccionales.
Pargrafo 1: Cuando el proceso sancionatorio sea frente al Director General, la
asamblea de facilitadores zonales har de Comisin de tica de Regulacin y
Control, y su decisin ser de obligatorio cumplimiento.
Pargrafo 2: La asamblea de facilitadores zonales deber contar con un qurum
de mnimo el 70% de facilitadores presentes.
ARTCULO 21: Coordinador(a) Nodal
a) Misin
Acompaar la gestin acadmico social de una unidad nodal, en coherencia
con los postulados del pensamiento carpediano, los lineamientos
administrativos del CIIIS, y las iniciativas sociales y reivindicatorias de los
miembros adscritos en sus nodos.
b) Funcin Bsica y Responsabilidades
Representar al CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS y al Nodo ante las
directivas y dependencias Universitarias, Entes Pblicos y Privados de su
contexto acadmico.
Presentar semestralmente la planeacin nodal donde se articulen procesos
de divulgacin, investigacin, intervencin e integracin carpediana.
Brindar espacios de movilizacin del sentipensar que contribuyan con la
cualificacin de los miembros adscritos.
Participar activamente en los encuentros propuestos por Direccin General
y Facilitacin Zonal.
Reportar a la Coordinacin de Admisiones las novedades respecto a
miembros adscritos nuevos, vigentes o retirados.
ARTCULO 22: Facilitador(a) Zonal
a) Misin
Acompaar la gestin acadmico social de un conjunto de nodos,
promoviendo la integracin carpediana, la vivencia del sentipensar y la
fraternidad como principio fundamental en la estructura orgnica del Centro
Interuniversitario.
b) Funcin Bsica y Responsabilidades
Presidir procesos de cualificacin y fortalecimiento de la dimensin
socioafectiva de los miembros adscritos suscritos a su zonal.
Promover la apertura de Nodos regionales o universitarios al interior de su
zonal.
Acompaar los procesos de constitucin nodal, orientando procesualmente
la gestin de los coordinadores de unidades de proceso.
Presentar a Direccin General y en concertacin con los coordinadores
nodales la planeacin zonal, donde se integran escenarios de formacin, de
integracin y construccin colectiva.
Convocar mensual o bimensualmente reuniones de seguimiento con los
coordinadores nodales.
Mediar dentro de su unidad regional por la resolucin dialgica de de
conflictos entre miembros adscritos.
Organizar la brigada humanitaria regional, promoviendo la participacin de
todas las unidades nodales a su cargo.
ARTCULO 23: Coordinador(a) Seccional
a) Misin
Presidir la gestin acadmico social del Centro Interuniversitario CIIIS al
interior de un Estado diferente al colombiano, promoviendo la integracin
carpediana, la vivencia del sentipensar y la articulacin acadmico-social
dentro de sus pases.
b) Funcin Bsica y Responsabilidades
Asumir la representacin legal del CIIIS dentro de su estado.
Promover la apertura de nodos y zonales al interior de su pas.
Diseminar los procesos acadmico sociales, orientados desde la plataforma
CIIIS.
CAPTULO IV
ARTICULACIN ACADMICA
ARTCULO 24: Acuerdos de Cooperacin, Facilitacin e Investigacin,
La configuracin de los acuerdos entre los Nodos del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS encarnan la necesidad de articular los procesos
entre los mismos, desde donde se busca propiciar relaciones de retroalimentacin
y colaboracin en torno a las prcticas de autogestin formativa que desde los
procesos se vengan desarrollando.
Los acuerdos son la condicin inherente al carcter red de colaboracin
interdisciplinar del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS, por medio de los
mismos se realizarn los convenios necesarios entre los diferentes Nodos a nivel
zonal o seccional. Estos tienen por objetivo articular iniciativas y procesos de
autogestin, divulgacin, intervencin e investigacin entre los Nodos.
ARTCULO 25: Acuerdos de Cooperacin,
Estos se establecen entre dos o ms Nodos que encuentran en sus prcticas de
autogestin formativa, temticas o lneas de inters comn. El acuerdo de
cooperacin tiene como finalidad articular acciones acadmico sociales, las cuales
tienen un esquema de aplicacin comn. Dos nodos se colaboran mutuamente
para el cumplimiento de un objetivo comn.
ARTCULO 31: Acuerdos de Facilitacin,
El acuerdo tiene la funcin de ofrecer y facilitar herramientas de un Nodo a otro
que lo solicita, para fortalecer el proceso o actividad que desarrolla a nivel local o
regional. En este un Nodo facilita herramientas metodolgicas o materiales con las
que cuenta a otro Nodo para que este cumpla un fin que se ha propuesto.
ARTCULO 32: Acuerdos de investigacin,
Busca viabilizar el trabajo conjunto entre miembros adscritos de diversos nodos en
nimo de sistematizar, facilitar, acompaar, fortalecer y dinamizar procesos
investigativos interuniversitarios dentro de los Centros de Estudio e Investigacin
del CIIIS.
ARTCULO 33: PROCEDIMIENTO PARA LA FIRMA DE ACUERDOS DE
COOPERACION Y FACILITACIN ACADMICA,
Los acuerdos de cooperacin acadmica del CENTRO INTERUNIVERSITARIO
CIIIS, se regirn y estarn sujetos a los siguientes procedimientos:
a) Que por mayora absoluta de los miembros adscritos a un Nodo exista
consenso en torno al tipo de acuerdo a establecerse.
b) Los Coordinadores Nodales en carta escrita solicitarn la apertura del
proceso de acuerdo ante el Asesor Jurdico o Coordinacin de Admisiones
e integracin Acadmica.
c) Los Coordinadores Nodales negociarn los trminos del acuerdo, una vez
finalizada los Nodos enviarn el borrador del documento a la Direccin
General para una primera revisin.
d) Luego de esta segunda ronda de negociaciones los miembros adscritos de
cada Nodo sern enterados sobre los trminos del acuerdo y votarn sobre
la continuidad del proceso.
e) Una vez aprobada por los Nodos se remitir el documento a la Secretaria
Jurdica para que d concepto de viabilidad, de ser negativo, el proceso de
negociacin queda viciado absolutamente.
f) Si la Secretaria Jurdica da el visto bueno en la revisin el documento pasa
a firma de los coordinadores nodales.
CAPTULO V
PLATAFORMA TCNICA
ARTCULO 34: En las universidades y regiones de Amrica Latina el CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS est organizado por seccionales, zonales y nodos.
a) Definicin, Nodo
El Nodo es la unidad operativa del CIIIS, que integra a mnimo tres miembros
adscritos para el desarrollo acadmico social de acciones y procesos en el marco
del Sentipensar carpediano, dentro de una Universidad o Regin en Amrica
Latina.
Pargrafo: Existen dos clases de nodos, los regionales que renen a
sentipensantes de una regin comn sin ningn vnculo universitario especfico
(Ej. Nodo Manizales), los universitarios, los cuales slo pueden abrirse cuando
haya dos o ms procesos nodales al interior de una regin, tienen como radio de
accin una Universidad, contando con mnimo tres participantes con vinculacin
directa con la misma, la nominacin que asumen es Nodo y el nombre de la
Universidad donde es fundado.
b) Definicin, Zonal
Conjunto de nodos integrados por un facilitador zonal y que tienen radio de accin
un comn campo regional de influencia.
Pargrafo: Podr constituirse como zonal una ciudad que cuente con dos o ms
nodos Universitarios; o dos o ms nodos regionales.
c) Definicin, Seccional
Son unidades administrativas que se desarrollan en los diversos estados
latinoamericanos, las seccionales tienen la responsabilidad de constituir nodos y
seccionales al interior de su territorio nacional, y son presididas por el coordinador
seccional.
Pargrafo: Dado que cada Estado tiene su propia legislacin, en aras de posibilitar
un eficiente desarrollo acadmico social del sentipensar carpediano, cada
seccional deber una vez constituida operativamente alcanzar su personera
jurdica que le reconozca como persona jurdica de acuerdo a la legislacin de su
pas.
ARTCULO 35: PERFIL Y REQUISITOS PARA EL INGRESO DE UN POSIBLE
MIEMBRO AL CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS,
Un posible candidato al CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS tendr el
siguiente perfil y deber cumplir los siguientes requisitos para pertenecer y
hacerse acreedor al ttulo de miembro adscrito:
a) Un candidato a miembro del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS , debe
tener y demostrar inters y vocacin de permanencia, vinculacin y
compromiso para con el proceso que inicia o al que ingresa, donde en
concordancia con los artculos precedentes, demuestre la capacidad de
asumir como suyos, la misin, visin, principios, valores y objetivos
estipulados en los presentes estatutos.
b) Un posible miembro adscrito debe acatar y actuar conforme a los valores e
imperativos axiolgicos del sentipensar carpediano.
Pargrafo:
Podrn ser miembros adscritos al CIIIS, estudiantes universitarios de pregrado y
postgrado, docentes, estudiantes de media, agentes comunitarios.
ARTCULO 36: PROCESO DE INGRESO E INSCRIPCION AL CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS,
a) El protocolo de inscripcin de miembros adscritos, constituye el
diligenciamiento de la ficha de identificacin general de miembros, aval del
coordinador nodal, facilitador zonal o coordinacin de admisiones e
integracin acadmica del CIIIS.
b) Una vez diligenciada la ficha, el coordinador nodal o el secretario de
admisiones deber reportarlo cada 20 de mes par, como novedad en los
miembros adscritos al CIIIS.
c) Slo tendr estatus de miembros adscrito el carnal que asuma
responsabilidades nodales dentro de la planeacin acadmico social del nodo
al cual se encuentra adscrito.
ARTCULO 37: APERTURA DE NODOS REGIONALES O UNIVERSITARIOS,
a) Para que en un grupo de sentipensantes se constituyan como Nodo deben
seguir las siguientes orientaciones. Deber inicialmente contar con mnimo
de tres personas que cumplan con el perfil estipulado para ser miembro
adscrito. Los cuales deben pertenecer a una misma ciudad, municipio,
regin o universidad segn sea el caso.
b) Debern radicar antes la Coordinacin de Admisiones e Integracin
Carpediana, el acta de constitucin nodal firmada en fsico y escaneada, la
ficha de identificacin de miembros adscritos y una carta de intencin
dirigida a Direccin General donde hagan expreso los motivos por los cules
desean constituirse como Nodos.
c) Una vez radicada la documentacin el Director General previo visto bueno
del Coordinador de Admisiones, emitir un acto administrativo de apertura
del nodo regional o universitario.
ARTCULO 38: CAUSALES DE CIERRE DE UN NODO,
Para el cierre o cancelacin de un Nodo, se tendrn en cuenta las siguientes
causales que sern consideradas como graves en relacin a constituirse como
actos contradictores de los presentes estatutos:
a) Actuar y generar acciones propias que contraren y afecten la visin, misin,
principios valores y los objetivos del CENTRO INTERUNIVERSITARIO
CIIIS.
b) Desobedecer, desacatar y/o incumplir lo expresado en los presentes
estatutos.
c) Incumplir las directrices que la Direccin General realice en pro del buen
desarrollo y dinamismo del Centro y su objeto misional.
d) No acatar las recomendaciones del Director General y Facilitadores Zonales
del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
e) Desviar y desligar los Nodos del objetivo principal de los mismos,
modificando la misin y objetivos hacia donde estn dirigidos.
f) Realizar convenios o acuerdos basados en prcticas clientelistas y
burocrticas ajenas a lo reglamentado en estos estatutos.
g) Atentar y desconocer las dimensiones del ideario carpediano como parte
del perfil teleolgico de sentipensante carpediano.
ARTCULO 39: DERECHOS DE LOS MIEMBROS ADSCRITOS DEL CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS,
Los miembros del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS, tendrn como
derechos, adems de los que la constitucin nacional y la ley nos brindan, las
caractersticas y consideraciones que el ideario carpediano dicta, y los presentes
estatutos, a saber:
1. A ser tratado como un ser humano bajo el principio de igualdad y, con
respeto, en concordancia con los valores del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS , y los derechos fundamentales consagrados
en la declaratoria universal de Derechos Humanos.
2. A ser informado de cualquier investigacin o proceso disciplinario en el que
se encuentre inmerso, con miras a no vulnerar el debido proceso.
3. A un juicio justo ante los Estamentos de Vigilancia y Control en lo
concerniente a procesos disciplinarios con miras a su expulsin, suspensin
o sancin.
4. Elevar peticiones respetuosas, sugerencias o recomendaciones a los
estamentos de Direccin Seccional, Zonal o Nodal del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
5. A que oportunamente se le de respuesta a las peticiones estipuladas en el
artculo anterior.
6. Participacin plena y trato igualitario en cualquier escenario donde tenga
presencia el CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
7. Todo sentipensante carpediano, podr elegir y ser elegido
democrticamente, a los diferentes cargos que en la organizacin existen,
cuando cumpla con los requisitos normativos y estatutarios que stos
exigen.
8. A solicitar informacin a los Estamentos de Direccin General u a otros
Nodos de distintas ciudades que le sean de importancia para el desarrollo
de su proceso de autogestin, con el objetivo de realizar, retroalimentar
experiencias y llevarlas a la prctica en su regin.
9. A tener un acompaamiento y asesora por parte de las Directivas nodales,
zonales y seccionales.
10. A que se le brinden todas las oportunidades y mecanismos necesarios,
para el desempeo positivo de sus labores como miembro adscrito del
CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
11. A pertenecer a su gusto y disposicin a cualquier Nodo creado en
instituciones universitarias dentro de su ciudad, as sea distinta a la que
este pertenece.
12. A ejercer libremente funcin fiscal y de inspeccin sobre la actuacin de los
diferentes directivos del Centro, elevando a la Comisin tica de
Regulacin y Control la queja pertinente si encuentra accionar indebido.
13. A presentar los recursos de apelacin y anulacin debidamente justificados
y argumentados ante el Director General y la Comisin tica de Regulacin
y Control, en los casos que sean competencia de dichos rganos.
ARTCULO 40: OBLIGACIONES Y DEBERES DE LOS MIEMBROS ADSCRITOS
AL DEL CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
Los miembros del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS, tendrn como
obligaciones y deberes las que como ciudadanos co-planetarios, la ley y la
constitucin le exigen, adems de los siguientes:
a) Acatar, cumplir, obedecer y respetar los presentes estatutos.
b) Asumir como propios y respetar los principios del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
c) Respetar, actuar y defender la misin, visin y los objetivos del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
d) Informar al rgano de Direccin competente y siguiendo el debido proceso
sobre actuaciones de miembros adscritos que estn actuando de manera
indiscriminada sobre los presentes estatutos y los principios del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
e) Desempear idnea y con altura los cargos a los cuales fueron elegidos.
f) Cumplir con las obligaciones pactadas en trminos de imparcialidad e
igualdad, en la firma de acuerdos con diferentes instituciones u
organizaciones.
g) Notificar a las Directivas Seccionales, Zonales y Nodales del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS las actuaciones suyas respecto al Marco
General Estratgico en lo concerniente a las actividades, responsabilidades
y cumplimiento de objetivos del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
h) Acatar las recomendaciones y directrices que como miembro adscrito se le
hagan por parte de las Directivas nodales o seccionales.
i) A participar y cumplir con las agendas de trabajo trazadas por cada Nodo a
la planeacin del mismo.
j) Asistir a las reuniones y encuentros que el Nodo programe de acuerdo a las
convocatorias formales del coordinador nodal o facilitador zonal.
k) Ser miembro activo del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS,
manteniendo participacin activa y responsabilidad en al direccin de
actividades conducentes al cumplimiento de objetivos y tareas en el Nodo.
ARTCULO 41: SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES,
DEBERES Y A LOS PRESENTES ESTATUTOS
El incumplimiento de lo estipulado en los principios del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS y de sus estatutos, contraer las siguientes
sanciones las cuales quedan a definicin, anlisis y estudio de la Comisin tica
de Regulacin y Control del CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
a) Cuando un Circulista, por ms de tres veces reiterativas incurra en
conductas que atenten contra los presentes estatutos y los principios del
CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS, ser puesto a disposicin de la
Comisin tica de Regulacin y Control, siempre y cuando el proceso
administrativo de reconvencin no haya funcionado en la instancia de la
Direccin General. La Comisin definir, luego de escuchar al investigado,
el tipo de sancin a aplicarse.
ARTCULO 42: El proceso que se seguir para sancin de los estamentos ser
de dos tipos:
a) Cuando un miembro de la Direccin General o Seccional del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS se extralimite en sus funciones, actuando como
organismo institucional de administracin e integracin, y no se pueda
establecer responsabilidad individual del cargo, deber juzgarse como un todo
estamental, de esta forma se pondr en duda toda actuacin que haya llevado
a cabo a partir de ese proceder temerario contra los principios del CENTRO
INTERUNIVERSITARIO CIIIS. La sancin recaer principalmente en el rgano
de responsabilidad seccional, zonal o nodal segn sea el caso.
Pargrafo: para el caso sancionatorio del Director General o los Coordinadores
Seccionales, la Comisin de Regulacin y Control deber convocar a la asamblea
de facilitadores zonales y coordinadores seccionales para la eleccin del nuevo
Director General o Coordinador Seccional, convocatoria que deber hacerse a los
3 das de destituido, teniendo como plazo mnimo para posesionar y elegir nuevo
Director o Coordinador, treinta das hbiles a partir de la destitucin.
b) Cuando un miembro adscrito cualquiera sea su naturaleza, incumpla
reiterativamente sus obligaciones y deberes, o en su actuar contradiga los
principios e imperativos ticos carpedianos; perder su calidad de miembro
adscrito previo proceso de comprobacin de la querella.
ARTCULO 43: RELACION CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS -
ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA DE LAS UNIVERSIDADES:
La relacin que debe existir entre el CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS a
nodal con las reas administrativas de las universidades es requisito fundamental
para el sano desarrollo y fortalecimiento de los procesos propios que del
sentipensar carpediano.
a) Los Nodos han de tener independencia y autonoma respecto de la
administracin y direccin de los claustros universitarios, evitando de esta
forma que el CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS se convierta en una
organizacin clientelista y burocrtica.
b) El CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS ha de estar focalizado a la mutua
construccin y gestin del conocimiento, a travs de acuerdos pertinentes
basados en los presentes estatutos y las normativas propias de la Universidad.
c) Es requisito fundamental para la apertura de Nodos Universitarios que la
Universidad brinde el aval a la apertura y legalizacin del Proceso de
Sentipensar, mximo en un ao de gestin acadmico social dentro del
campus.
d) La Direccin Nodal, como representante administrativo de la Direccin General
ante los procesos locales deber tener comunicacin con cualquier rgano de
administracin de la Universidad constantemente para dinamizar y viabilizar los
procesos que ambas partes acuerden.
e) Todo tipo de relacin, acuerdo, convenio, proceso, proyecto que entable un
Nodo regional o universitario con un rgano administrativo deber contar con el
aval del rea Jurdica del CIIIS, siempre y cuando involucre la persona jurdica
del CIIIS.
f) Los diferentes procesos adelantados debern consignarse en documento
escrito y reposar en el archivo central del CENTRO INTERUNIVERSITARIO
CIIIS, para ello los coordinadores nodales estn obligados a enviar copia
escaneada de todos los acuerdos o documentos formales que relacionen al
nodo con las autoridades universitarias.
CAPTULO VI
DISPOSICIONES FINALES
ARTCULO 44: El presente Estatuto es de obligatorio cumplimiento para los
Nodos y Miembros adscritos al CENTRO INTERUNIVERSITARIO CIIIS.
ARTCULO 45: La reglamentacin normativa de la Plataforma Jurdica y
Disciplinaria est consignada en el manual de procesos y en el reglamento de
sanciones, los cuales son de obligatoria observancia de acuerdo a los presentes
Estatutos.
ARTCULO 46: El presente Estatuto podr ser reformado de manera parcial en la
reunin ordinaria o extraordinaria de miembros adscritos con el 60% de
participacin del total de los miembros convocados.
ARTCULO 47: Slo sern reconocidos como delegados los miembros adscritos
que se encuentren registrados en la base de datos de la Coordinacin de
Admisiones e Integracin Acadmica, de quien se conserve en el archivo central el
formulario de inscripcin diligenciado y aprobado por la Coordinacin Nodal y
avalado por el Director General.
ARTCULO 48: El presente Estatuto podr ser reformado totalmente slo en la
Reunin General de Delegados Ordinaria, la cual se realiza con periodicidad
bianual y con participacin mnima del 80% de los miembros convocados.
En constancia se firma a los 20 das del mes de enero de 2012, por el
Representante Legal, el Delegado de la Carnales Fundadores, y el Secretario
Jurdico en representacin general de los Miembros Adscritos al Centro.
Jonnathan Narvez Alex Urrego Cardona Representante Legal Coordinador de Admisiones y Registro
David Espeleta Secretario Jurdico