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Creacin del Servicio Nacional del
Adulto Mayor
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Tipo Norma :Ley 19.828
Fecha Publicacin :27-09-2002
Fecha Promulgacin :16-09-2002 Organismo :MINISTERIO SECRETARIA GENERAL
DE LA PRESIDENCIA
Ttulo : CREACIN DEL SERVICIO NACIONALDEL ADULTO MAYOR
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Ttulo I
Disposiciones generales.
Artculo 1.- Las disposiciones de la presente ley tienen por
objeto establecer la creacin del Servicio Nacional del
Adulto Mayor, que velar por la plena integracin del
adulto mayor a la sociedad, su proteccinante el abandono
e indigencia, y el ejercicio de los derechos que la
Constitucin de la Repblica y las leyes le reconocen.
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Ttulo II
Del Servicio Nacional del Adulto
Mayor.Artculo 2.- Crase el Servicio Nacional del Adulto Mayor, en adelante el
Servicio, como servicio pblico, funcionalmente descentralizado, dotado
de personalidad jurdica y de patrimonio propios, sometido a la
supervigilancia del Presidente de la Repblica, a travs del Ministerio
Secretara General de la Presidencia.
El Servicio Nacional del Adulto Mayor tendr su domicilio en la ciudad deSantiago.
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Artculo 3.- El Servicio se encargar de
proponer las polticas destinadas a lograr la
integracin familiar y social efectiva del adulto
mayor y la solucin de los problemas que lo
afectan.
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Funciones:
a) Estudiar y proponer al Presidente de la
Repblica las polticas, planes y programas que
deban efectuarse para diagnosticar y contribuir ala solucin de los problemas del adulto mayor.
b) Proponer, impulsar, coordinar, hacer
seguimientos y evaluar programas especficos
para el adulto mayor.
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c) Incentivar la participacin del sector privado en
la atencin de aquellas necesidades y solucin de
los problemas derivados del proceso deenvejecimiento.
d) Fomentar la integracin del adulto mayor en el
seno de su familia y de la comunidad y promover
la insercin social de los adultos mayores-
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e) Estimular la coordinacin del sector privado con el sector
pblico en todas aquellas acciones que digan relacin con
mejorar la calidad de vida del adulto mayor.
f) Prestar asistencia tcnica y supervisar a organismos
privados con o sin fines de lucro que brinden acogida yatencin integral al adulto mayor que facilite su insercin a
la sociedad.
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g) Desarrollar y mantener un sistema voluntario de
informacin de carcter pblico relativo a los servicios que
se presten al adulto mayor.
h) Realizar, por s o a travs de terceros, programas de
capacitacin y difusin que tiendan a lograr el desarrollo
integral del adulto mayor en sus distintas reas y niveles.
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i) Realizar, por s o a travs de terceros, estudios que tengan por
objeto mantener un permanente diagnstico sobre la diversidadde situaciones que caractericen al adulto mayor.
j) Vincularse con organismos nacionales e internacionales, yen general con toda institucin o persona, cuyos objetivos se
relacionen con las materias de su competencia, y celebrar con
ellos contratos o convenios para ejecutar proyectos o accionesde inters comn.
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k) Incentivar la descentralizacin de las
polticas sociales en favor del adulto mayor.
l) Fomentar y promover la insercin del adulto
mayor en el mundo del trabajo.
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Ttulo III
De la Organizacin del Servicio.Artculo 4.- La administracin y direccin superior del Servicio correspondern al
Director Nacional.
Artculo 5.- Sern funciones y atribuciones del Director Nacional:
a) Contratar personal y poner trmino a sus servicios, de acuerdo con las
disposiciones vigentes.
b) Solicitar, en comisin de servicio, a funcionarios especializados de los distintos
rganos o instituciones de la Administracin del Estado.
c) Contratar, con personas naturales o jurdicas, pblicas o
privadas, nacionales, extranjeras o internacionales, estudios tcnicos relacionados
con los objetivos del Servicio.
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d) Adquirir, enajenar, gravar y administrar toda clase de bienes y ejecutar
o celebrar cualquier acto o contrato tendiente, directa o indirectamente,
al cumplimiento del objeto y funciones del Servicio.
e) Preparar el programa anual de accin y el proyecto de presupuesto del
Servicio y sus modificaciones, y
f) Presidir el Comit Consultivo del Adulto Mayor que se establece en el
artculo 6.
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Artculo 6.- Existir un Comit Consultivo del Adulto
Mayor, que tendr por objeto asesoraral Director Nacional
en todo lo relativo a las acciones, planes y programas del
Servicio sometidos a su consideracin, realizar las
sugerencias que estime convenientes, formular las
observaciones y proposicionesque considere necesarias y,
en general, dar su opinin acerca de las materias en que se
solicite su colaboracin.
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Ttulo IV
Del Fondo Nacional del Adulto Mayor.
Artculo 7.- Crase un fondo concursable de
financiamiento de iniciativas de apoyo directo al adulto
mayor, el que ser provisto con las donaciones y legados en
dinero que para l acepte el Servicio y con los recursos que
anualmente le asigne la Ley de Presupuestos. Este fondo
ser administrado por el Servicio Nacional del Adulto
Mayor.
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El Servicio pondr dichos recursos a disposicin de cada una de las
regiones a travs de sus comits regionales, a los cuales se les transferirn
directamente estos fondos, los que se asignarn a organizaciones de
adultos mayores o a aquellas que trabajen con stos y que postulen
proyectos. La transferencia de fondos a cada Regin se sujetar a criterios
de objetividad, tales como concentracin de poblacin adulta mayor,
ndices de pobreza y carencia de la poblacin total, as como del grupo
etario adulto mayor y/o nivel de asociatividad de adultos mayores a nivel
regional.
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A nivel de cada Regin, la priorizacin de los proyectos deber llevarse a
cabo en conformidad a parmetros objetivos que consideren variables
tales como nmero de beneficiarios, sustentabilidad en el tiempo de los
proyectos presentados, capacidad de aprendizaje instalada, proyectos
cuyos objetivos tiendan a fomentar la gestin de las organizaciones de
adultos mayores, la asociatividad de stos, la intersectorialidad entre los
diversos servicios u organismos del lugar en que el proyecto se
desarrollar, entre otros.
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La seleccin definitiva de los proyectos la realizar cada
Comit Regional para el Adulto Mayor, de acuerdo con
el reglamento dictado al efecto.
Las instituciones beneficiarias de financiamiento
directo, debern estar previamente registradas en una
categora especial en el registro indicado en la letra g)
del artculo 3 de esta ley
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Ttulo V
Del patrimonio.
Artculo 8.- El patrimonio del Servicio
Nacional del Adulto Mayor estar constituido
por los bienes muebles e inmuebles que
adquiera a ttulo gratuito u oneroso
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Ttulo VIDel personal.
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Artculo 10
Requisitos para ingresar a la planta del Servicio.
Artculo 11
El personal administrativo estar afecto a las disposiciones
del estatuto administrativo, Ley 18.824.
Normas que rigen las remuneraciones del personal.
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Artculo 12.- Cranse los Comits Regionales para el Adulto Mayor, en
adelante los Comits, como rganos encargados de realizar todas aquellas
accionesencomendadas por el Servicio tendientes a la implementacin de
la poltica nacional del adulto mayor, administrar, de acuerdo al
Reglamento, el Fondo Concursable para el Adulto Mayor, y los dems
recursos que le sean donados o legados para fines especficos y asesorar al
Intendente en la promocin y aplicacin a nivel regional de los planes y
programas que beneficien al adulto mayor.
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Ttulo VIIOtras disposiciones.
Artculo 13.- El Servicio Nacional del Adulto Mayor se regir por la ley de
Administracin Financiera del Estado y sus disposiciones
complementarias, y estar sujeto a la fiscalizacin de la Contralora
General de la Repblica.
Artculo 14.- Para el cumplimiento de las funciones del Servicio, el Director
Nacional podr requerir de los ministerios, servicios y organismos de la
Administracin del Estado y de las municipalidades, la informacin y
antecedentes que estime necesarios relacionados con materias propias de
sus respectivas esferas de competencia.
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En conclusin, en la ley 19.828 no existe artculorelacionado con proyectos concursables,tendientes a la incorporacin de un
Establecimiento de Larga estada para el AdultoMayor.
Slo hace referencia a la participacin deconcursos para la asignacin de recursos a
instituciones, sean estas pblicas o privadas, sinfines de lucro; ya existentes en la comunidad.
Entre otras cosas.
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SENAMA.
Qu ofrece SENAMA?
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Misin
Fomentar el envejecimiento activo y el desarrollo de
servicios sociales para las personas mayores, cualquiera sea
su condicin.
Fortalecer su participacin y valoracin en la sociedad,
promoviendo su autocuidado y autonoma, y favoreciendo
el reconocimiento y ejercicio de sus derechos; por medio
de la coordinacin intersectorial, el diseo, implementacin
y evaluacin de polticas, planes y programas.
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Objetivos especficos.
Fomentar la integracin y participacin social efectivade las personas mayores.
Articular una red de servicios sociales dirigida a
personas mayores en situacin de vulnerabilidad y/odependencia.
Inducir un cambio cultural que promueva la valoracin
positiva de las personas mayores.
Fortalecer la gestin territorial de SENAMA.
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Ejes estratgicos del SENAMA.
Proteger y garantizar los derechos de las personas mayores.
Fomentar la participacin social de quienes pertenecen a este
grupo etario.
Fortalecer el sistema de proteccin social dirigido a los mayores.
Avanzar hacia un cambio cultural que reconozca a la persona
mayores como sujeto de derechos.
Fortalecer la gestin territorial y descentralizacin de SENAMA.
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ARAUCANIA: Promoviendo una
imagen positiva de la vejez El desafo es la participacin e inclusin social de los mayores de establecimientos
de larga estada.
Trabajar por potenciar la incorporacin de nuevos proyectos de ELEAM,
atendiendo a caractersticas y necesidades que signifiquen mayor equidadterritorial.
Asimismo, apoyar y orientar a instituciones con experiencia en el trabajo
con mayores en la presentacin de proyectos al Fondo de Ejecutores Intermedios
y otros fondos concursables de carcter regional, orientados al mejoramiento de
las condiciones sociales, sicolgicas y sanitarias de los ELEAM.
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Principales programas sociales deSENAMA.
FONDO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR: Programa queentrega recursos a organizaciones de personas mayorespara que desarrollen sus proyectos, promoviendo as suparticipacin social, autonoma y autogestin.
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ASESORES SENIORS: Programa de voluntariosmayores que brinda apoyo escolar a nios y
nias de familias en riesgo social.
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VNCULOS: Programa que entrega herramientas a personas mayores en
situacin de vulnerabilidad social para que logren vincularse con la red
de apoyo social de su comuna y con sus pares.
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TURISMO SOCIAL: Programa que financia viajes por un da a lugares de
inters histrico, cultural y turstico, para personas mayores en situacin
de vulnerabilidad social y con diferentes grados de dependencia.
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SERVICIOS Y VIVIENDA PARA EL ADULTO MAYOR: Programa que
brinda soluciones habitacionales y servicios de apoyo a personas
mayores vulnerables y con diferentes grados de dependencia.
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ESCUELA DE FORMACIN PARA DIRIGENTES DE ORGANIZACIONES DE MAYORES:
Programa que forma a lderes mayores y que desarrolla las competencias de los
dirigentes y el acceso a la informacin de la oferta pblica nacional y regional,
posibilitando as la inclusin y participacin activa de este grupo etario.
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PROGRAMA POR EL BUEN TRATO ALADULTO MAYOR
Objetivo General:
Contribuir a la promocin y ejercicio de los derechos de las personas mayores, a travs de la
prevencin, asesora y coordinacin con las redes locales para abordar el Maltrato que afecta a
dicho grupo etario.
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PROGRAMA TE ACOMPAO: Programa de mentoras para adolescentes
de 5, 6 y 7 ao de enseanza bsica que busca aumentar los factores
protectores que los ayuden en la prevencin del consumo de drogas y
alcohol.
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NUEVOS PROGRAMAS:
SENAMA implementar tres medidas relevantes: Programa Centros
Diurnos, Programas Cuidados Domiciliarios, Fondo Concursable para
Establecimientos de Larga Estada para Adultos Mayores.
A) Programa Centros Diurnos
Objetivo: Atender en recintos de jornadadiurna a adultos mayores en riesgo dedependencia o en situacin dedependencia leve yvulnerabilidad, prestndoles serviciossocio sanitarios y de apoyo familiar
preventivo, atencin a necesidadespersonales bsicas, actividadessocioculturales y de promocin para unenvejecimiento activo, favoreciendo suautonoma, independencia y permanenciaen su entorno habitual.
B) Programa Cuidados Domiciliarios
Objetivo: Contar con asistentes domiciliarioscapacitados para entregar un conjunto deservicios de apoyo socio sanitarios a losadultos mayores en su hogar, mantenindolosen sus casas el mayor tiempo posible, insertosen su comunidad y ejerciendo sus roles
familiares y sociales, con el fin de mejorar sucalidad de vida y de su cuidador/a principal.
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C) Fondo Concursable para Establecimientos de Larga Estada para adultos mayores
Objetivo: Destinar recursos para apoyar a adultos mayores en situacin devulnerabilidad o dependencia que residan en Establecimientos de Larga Estada paraAdultos Mayores (ELEAM), administrados por personas naturales, Institucionespblicas (incluidos los municipios) y privadas sin fines de lucro, orientadas a acoger ya brindar atencin especializada a personas mayores que la requieran.
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FIN