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A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el...

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Page 1: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

A través de su:

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LE DAN LA MAS

CORDIAL BIENVENIDA

A SU SEMINARIO DE

IMPUESTOS

ENERO-MAYO DE 2016

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EXPOSITOR:

CONTADOR PUBLICO CERTIFICADO

JOSÉ FRANCISCO RUIZ MORENO

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ANÁLISIS

A LA PRIMERA

RESOLUCIÓN DE

MODIFICACIONES A LA

R.M.F. PARA 2016

D.O.F. 1 DE ABRIL DE 2016

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Las personas físicas y morales que presenten

su declaración del IVA a través del servicio

de declaraciones en el formato electrónico

correspondiente, utilizando la e.firma o

e.firma portable, “podrán obtener la

devolución de las cantidades a favor en un

plazo …

DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA DE IVA

HASTA $ 1’000,000.00, EN 5 DIAS

Regla 2.3.17. R.M.F. para 2016

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…máximo de 5 días, siempre que en la

declaración se señale la opción de

devolución y dichas cantidades no excedan

de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100

M.N.).”

No podrá aplicar la facilidad prevista en

esta regla el contribuyente que se ubique

en cualquiera de los siguientes supuestos:

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a) No tenga confirmado el acceso al buzón

tributario a través del Portal del SAT, el cual

se utilizará para darle seguimiento al

trámite de que se trate;

b) No haya enviado al SAT la información

relacionada con la contabilidad electrónica

por el periodo al que corresponda la

devolución,

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c) Se le haya cancelado el certificado emitido

por el SAT para la expedición de

comprobantes fiscales digitales, o no los

expida en el periodo por el que se solicita la

devolución;

d) Se le haya cancelado a sus proveedores el

certificado emitido por el SAT para la

expedición de comprobantes fiscales

digitales, o no los expidan en el periodo por

el que se solicita la devolución;

Page 9: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

e) Sus datos estén publicados en el Portal

del SAT al momento de ejercer la

facilidad, o estén incluidos en el listado

definitivo a que se refiere el artículo 69-

B del C.F.F., cuando se hubiere

publicado en el DOF y no se hubiere

desvirtuado la presunción motivo de su

publicación, y

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f) Los datos de sus proveedores estén

publicados en el Portal del SAT al

momento de ejercer la facilidad, o estén

incluidos en el listado definitivo a que se

refiere el artículo 69-B del C.F.F.,

cuando se hubiere publicado en el DOF

y no se hubiere desvirtuado la

presunción motivo de su publicación.

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Las devoluciones que se autoricen en los

términos de la presente regla, “ previo análisis

a través de un modelo automatizado de

riesgos”, se depositarán a los contribuyentes

dentro de los cinco días hábiles siguientes a

aquél en el que presentó la declaración

mensual del IVA que corresponda por el

periodo de que se trate”. Si la devolución no se

deposita en este plazo, no se entenderá negada,

por lo que la misma podrá solicitarse a partir

del sexto día por Internet a través del Formato

Electrónico de Devoluciones (FED)

correspondiente.

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Los contribuyentes que apliquen alguna

modalidad de certificación fiscal o de facilidad

específica para la devolución expedita del IVA

de conformidad con la presente resolución

(por ejemplo, la devolución de saldos a favor

del IVA para contribuyentes del sector

agropecuario, regla 2.3.3. “-Devolución en 20

días-”), respecto de trámites mensuales que no

excedan de $1’000,000.00 (un millón de pesos

00/100 M.N.), podrán aplicar la facilidad

prevista en la presente regla en sustitución de

aquellas.

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Los próximos lunes 4 y martes 5 de abril,

seis mil 804 pequeñas y medianas empresas

recibirán 280 millones de pesos en

devoluciones por IVA. Esto luego de reportar

saldos a favor en la declaración de IVA de

febrero que se presenta en marzo.

Devolverán a contribuyentes 280 mdp de IVACon este nuevo proceso se eliminó la solicitud de

devolución, ahora es automática

(El financiero 1º. de abril de 2016)

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Estos saldos serán devueltos a favor bajo el nuevo modelo de devoluciones automáticas,

mismo que tiene como base la confianza entre el contribuyente y la autoridad, informó Aristóteles

Núñez, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Los 6 mil 804 contribuyentes que calificaron el saldo a favor en este primer ejercicio, se

derivaron de un total de 14 mil 259 declaraciones presentadas con solicitud

automática de IVA. Aproximadamente en un año se presentan 33 mil.

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Núñez explicó que hasta ahora el límite de las

devoluciones automáticas a cada uno de los

contribuyentes es de un millón de pesos, pero ya

se trabaja para elevar este monto de 3 a 5 millones

de pesos.

Con este nuevo proceso se eliminó la solicitud de

devolución, ahora es automática. Con ello

disminuirá el tiempo de atención a las

devoluciones. Se busca agilizar el flujo de efectivo

de los principales generadores de empleo.

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Aplicar reglas homogéneas y sistematizadas

usando la información que el SAT recibe.

Además se ahorrarán 60 toneladas de papel y

un millón de horas hombre al año, explicó

Adrián Guarneros Tapia, administrador

central de Planeación del SAT.

Page 18: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Para los efectos de los artículos 86,

fracción VIII de la Ley del ISR, vigente

hasta el 31 de diciembre de 2013, “los

contribuyentes podrán optar por no

presentar la información de las operaciones

efectuadas con clientes y proveedores

correspondiente al ejercicio fiscal 2015”.

NO OBLIGACIÓN DE PRESENTACIÓN DE

LA DECLARACION DE CLIENTES Y

PROVEEDORES DEL EJERCICIO 2015Regla 3.23.16. R.M.F. 2016

Page 19: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Los contribuyentes personas físicas que opten

por utilizar la herramienta de “Mis cuentas”,

conforme a la regla 2.8.1.5. para estar

exceptuados de llevar e ingresar de forma

mensual su contabilidad electrónica a través del

Portal del SAT, en términos de la reglas 2.8.1.6.

y 2.8.1.7., “deberán ejercer dicha opción a

través de la presentación de un caso de

aclaración en el Portal del SAT”.

OPCIÓN PARA UTILIZAR “MIS CUENTAS”

Regla 2.8.1.19. R.M.F. para 2016

Page 20: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Lo dispuesto en esta regla será aplicable

siempre y cuando los contribuyentes

mencionados en el párrafo anterior no se

hubieran encontrado obligados a llevar e

ingresar su contabilidad electrónica en el

Portal del SAT a partir del 1 de enero de

2015, por haber obtenido ingresos

acumulables superiores a $4´000,000.00

(cuatro millones de pesos 00/100 M.N.)

durante el ejercicio de 2013, o bien, que en

2014 o 2015 hayan excedido el citado monto.

Page 21: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Las Asociaciones Religiosas,

podrán ejercer lo dispuesto en el

primer párrafo de esta regla

(utilización de la herramienta

“Mis cuentas”), sin importar el

monto de los ingresos que

perciban.

EL LÍMITE DE LOS 4´000,000.00 NO

APLICARÁ PARA LAS ASOCIACIONES

RELIGIOSAS

Page 22: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Los contribuyentes que estén obligados a llevar

contabilidad y a ingresar de forma mensual su

información contable a través del Portal del SAT,

“excepto los contribuyentes que tributen en el RIF,

las personas físicas que tributen conforme al

artículo 100, fracción II de la Ley del ISR

“-Honorarios-” -, siempre que sus ingresos del

ejercicio de que se trate …

CONTRIBUYENTES EXCEPTUADOS DE

LLEVAR E INGRESAR DE FORMA

MENSUAL SU CONTABILIDAD

ELECTRÓNICA(Primer párrafo de la regla 2.8.1.6. R.M.F. para 2016

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…no excedan de $2´000,000.00 (Dos millones

de pesos 00/100 M.N.), las sociedades,

asociaciones civiles y fideicomisos autorizados

para recibir donativos deducibles, así como las

demás personas físicas y las Asociaciones

Religiosas que hayan optado por utilizar la

herramienta electrónica “Mis cuentas” …

Page 25: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Las empresas de participación estatal

mayoritaria deberán presentar el aviso de

inscripción o en su caso llevar a cabo su

actualización, ya sea de aumento o disminución

de obligaciones en el RFC, de las personas físicas

que enajenen los productos que correspondan a

la canasta básica que beneficie exclusivamente a

los beneficiarios …

INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN EN EL

RIF POR EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN

ESTATAL MAYORITARIARegla 2.4.18. de la R.M.F. para 2016

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… de programas federales, a más tardar dentro

de los 15 días hábiles posteriores a la fecha

en que se actualice el supuesto jurídico o el

hecho que motive la inscripción o

actualización al RFC, de conformidad con lo

establecido en la ficha de trámite

denominada 219/CFF “Inscripción o

actualización al RFC en el RIF a través de

Empresas de Participación Estatal

Mayoritaria de la Administración Pública

Federal”, contenida en el Anexo 1-A.

Page 27: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Para estos efectos, las empresas de

participación estatal mayoritaria deberán

recabar y conservar un escrito con firma

autógrafa de las personas físicas que

enajenen sus productos, donde manifiesten su

consentimiento expreso para que se realice su

inscripción o actualización en el RFC,

asimismo, en su caso, deberán manifestar en

el citado escrito, bajo protesta de decir

verdad, los años que llevan tributando en el

RIF.

(Vigente a partir del 29 de febrero de 2016,

Artículo Primero Transitorio, fracción IV)

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ENAJENACIÓN DE PRODUCTOS DE LAS

EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL

MAYORITARIARegla 11.7.1.13. de la R.M.F para 2016

La distribución que los contribuyentes del RIF

realicen de los productos de las empresas de

participación estatal mayoritaria que

correspondan a la canasta básica que beneficie

exclusivamente a los beneficiarios de programas

federales, “se considerará enajenación para efectos

de la Ley del ISR”.

(Vigente a partir del 29 de febrero de 2016,

Artículo Primero Transitorio, fracción IV)

Page 29: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

CFDI DE RETENCIONES E INFORMACIÓN

DE PAGOS EMITIDOS POR LAS EMPRESAS

DE PARTICIPACIÓN ESTATAL

MAYORITARIA A CONTRIBUYENTES DEL

RIFRegla 11.7.1.14. de la R.M.F. para 2016

Las empresas de participación estatal

mayoritaria deberán expedir a cada uno de los

contribuyentes del RIF un CFDI de retenciones e

información de pagos, de acuerdo con las

especificaciones contenidas en el rubro II.A del

Anexo 20.

Page 30: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

El CFDI de retenciones e información de pagos

deberá emitirse de forma bimestral, a más tardar el

día 15 del mes inmediato posterior al bimestre de

que se trate, incluyendo el monto total de todas las

enajenaciones realizadas en dicho periodo.

Las empresas de participación estatal mayoritaria

tomarán como base para el cálculo de la retención,

la utilidad del contribuyente del RIF, aplicando la

tarifa y la reducción del impuesto de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley del

ISR.

Page 31: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Para efectos del párrafo anterior, se entenderá por

utilidad de los contribuyentes del RIF que realicen

las actividades contenidas en esta regla, la

diferencia que resulte de restar al monto del

importe total de las enajenaciones, el monto total

del costo de los productos enajenados.

La retención que se efectúe por parte de las

empresas de participación estatal mayoritaria

tendrá el carácter de pago definitivo y deberá ser

enterado a más tardar el día 17 del mes inmediato

posterior al bimestre de que se trate.

Page 32: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Las empresas de participación estatal

mayoritaria, siempre que emitan el CFDI de

retenciones e información de pagos. quedarán

relevadas de entregar la constancia de

retención correspondiente

Para estos efectos, las empresas de

participación estatal mayoritaria deberán

proporcionar el archivo XML que ampara el

CFDI de retenciones e información de pagos,

así como su representación impresa a los

contribuyentes del RIF a más tardar dentro de

los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su

expedición.

Page 33: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Las personas físicas a quienes les sea expedido

el CFDI, lo considerarán como constancia de

retención del ISR.

No obstante lo anterior, la declaración

informativa a que hace referencia el Artículo

Segundo, último párrafo de la fracción XVI

de las Disposiciones Transitorias de la LISR,

deberá presentarse por las empresas de

participación estatal mayoritaria …

Page 34: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

… a través del Anexo 2 “Información sobre

pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS”

de la forma fiscal 30 “Declaración

Informativa Múltiple”, a más tardar el 15

de febrero del 2017.

“-Vigente a partir del 29 de febrero de 2016,

Artículo Primero Transitorio, fracción IV-”

Page 35: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Las empresas de participación estatal

mayoritaria podrán expedir el CFDI

de retenciones e información de

pagos, y realizar el entero del ISR

retenido a contribuyentes del RIF,

“correspondientes al primer bimestre

del 2016, durante el periodo de

cumplimiento correspondiente al

segundo bimestre de 2016”.

ARTÍCULO NOVENO TRANSITORIO

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CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES POR

CONTRIBUYENTES DEL RIF QUE

REALICEN ACTIVIDADES DISTINTAS A LA

ENAJENACIÓN DE PRODUCTOS QUE

FORMAN PARTE DE LA CANASTA BÁSICARegla 11.7.1.15 de la R.M.F. para 2016

Los contribuyentes del RIF que además

enajenen bienes distintos a los productos de las

empresas de participación estatal mayoritaria, o

presten servicios por los que no se requiera

título profesional, deberán acumular a los

ingresos obtenidos ….

Page 37: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

por las citadas actividades, los ingresos de

las empresas de participación estatal

mayoritaria, en la declaración bimestral a

que se refiere el artículo 111, sexto párrafo

de la Ley del ISR, y determinar el impuesto

conforme al mismo, “pudiendo acreditar

las retenciones efectuadas por la empresas

de participación estatal mayoritaria contra

el impuesto a pagar que resulte en la

declaración bimestral”.

Page 38: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

“En caso de que el monto de la

retención que se acredite en los

términos del párrafo anterior, sea

mayor que el impuesto a pagar, la

diferencia no dará lugar a devolución,

compensación, acreditamiento o saldo

a favor alguno”.

“-Vigente a partir del 29 de febrero de 2016,

Artículo Primero Transitorio, fracción IV-”

Page 39: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

RELACIÓN DE CONTRIBUYENTES QUE

ENAJENAN PRODUCTOS DE LA

CANASTA BÁSICA DE EMPRESAS DE

PARTICIPACIÓN ESTATAL

MAYORITARIARegla 11.7.1.16. de la R.M.F. para 2016

Las empresas de participación estatal

mayoritaria enajenado…deberán enviar al SAT

a más tardar el 15 de marzo del 2016, la relación

de los contribuyentes del RIF que hasta el 31 de

diciembre de 2015 hayan enajenado…

Page 40: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

…sus productos que correspondan a la

canasta básica que beneficie

exclusivamente a los beneficiarios de

programas federales, conforme a lo

establecido en la regla 2.4.18.

“-Vigente a partir del 29 de febrero de 2016,

Artículo Primero Transitorio, fracción IV-”

Page 41: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

PRORROGA PARA LA PRESENTACIÓN DE

LA DIM DEL EJERCICIO 2015

(ARTÍCULO SEXTO TRANSITORIO)

Los contribuyentes que tengan la obligación

de presentar la información correspondiente

al ejercicio de 2015 mediante el programa

DIM (Declaración Informativa Múltiple),

“tendrán por presentada en tiempo dicha

declaración cuando la envíen a más tardar el

19 de febrero de 2016”.

Page 42: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Los contribuyentes que estén obligados a

llevar contabilidad y a ingresar de forma

mensual su información contable a través

del Portal del SAT, podrán enviar la

información contable correspondiente al

mes de enero de 2016 a más tardar el 7 de

marzo de 2016.

PRORROGA PARA EL ENVIO DE LA

CONTABILIDAD-E DEL MES DE ENERO

DE 2016

(ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO)

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DECRETO POR EL QUE SE

REFORMAN Y ADICIONAN

DIVERSAS DISPOSICIONES

DEL CÓDIGO DE COMERCIO

Y DEL CÓDIGO PENAL

FEDERAL.

D.O.F. JUEVES 7 DE ABRIL DE 2016

Page 44: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Cualquiera que sea el sistema de registro

que se emplee, “los comerciantes deberán

llevar un libro mayor y, en el caso de las

personas morales, el libro o los libros de

actas”; sin perjuicio de los requisitos

especiales que establezcan las leyes y

reglamentos fiscales para los registros y

documentos que tengan relación con las

obligaciones fiscales del comerciante.

LIBROS A LLEVAR

(Artículo 34 del Código de Comercio)

Page 45: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

“Los comerciantes podrán optar por

conservar el libro mayor y sus libros de actas

en formato impreso, o en medios

electrónicos, ópticos o de cualquier otra

tecnología, siempre y cuando, en estos

últimos medios se observe lo establecido en la

norma oficial mexicana sobre digitalización y

conservación de mensajes de datos que para

tal efecto emita la Secretaría”.

Page 46: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

“Tratándose de medios impresos, los libros deberán

estar encuadernados, empastados y foliados. La

encuadernación de estos libros podrá hacerse a posteriori,

dentro de los tres meses siguientes al cierre del

ejercicio”.

Page 47: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

El comerciante deberá conservar,

debidamente archivados, los comprobantes

originales de sus operaciones, en formato

impreso, o en medios electrónicos, ópticos o de

cualquier otra tecnología, siempre y cuando,

en estos últimos medios, se observe lo

establecido en la norma oficial mexicana sobre

digitalización y conservación de mensajes de

datos que para tal efecto …

CONSERVACIÓN DE COMPROBANTES

(Artículo 38 del Código de Comercio)

Page 48: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

…emita la Secretaría, de tal manera que

puedan relacionarse con dichas

operaciones y con el registro que de ellas

se haga, “y deberá conservarlos por un

plazo mínimo de diez años”.

Page 49: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

Los comerciantes podrán realizar la conservación

o digitalización de toda o parte de la

documentación relacionada con sus negocios, en

formato impreso, o en medios electrónicos, ópticos

o de cualquier otra tecnología, siempre y cuando,

en estos últimos medios, se observe lo establecido

en la norma oficial mexicana sobre digitalización y

conservación de mensajes de datos que para tal

efecto emita la Secretaría.

CONSERVACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

IMPRESA O DIGITALIZADA(Artículo 46 bis del Código de Comercio)

Page 50: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

CONCEPTOS VARIOS

(Artículo 89 del Código de Comercio)

DIGITALIZACIÓN:

Migración de documentos impresos a

mensaje de datos, de acuerdo con lo

dispuesto en la norma oficial mexicana sobre

digitalización y conservación de mensajes de

datos que para tal efecto emita la Secretaría.

Page 51: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

CONCEPTOS VARIOS

(Artículo 89 del Código de Comercio)

PRESTADOR DE SERVICIOS DE

CERTIFICACIÓN:

La persona o institución pública que preste

servicios relacionados con firmas electrónicas,

expide los certificados o presta servicios

relacionados como la conservación de mensajes de

datos, el sellado digital de tiempo y la digitalización

de documentos impresos, en los términos que se

establezca en la norma oficial mexicana sobre

digitalización y conservación de mensajes de datos

que para tal efecto emita la Secretaría.

Page 52: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

CONCEPTOS VARIOS

(Artículo 89 del Código de Comercio)

SELLO DIGITAL DE TIEMPO:

El registro que prueba que un dato existía

antes de la fecha y hora de emisión del citado

Sello, en los términos que se establezca en la

norma oficial mexicana sobre digitalización y

conservación de mensajes de datos que para

tal efecto emita la Secretaría.

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MEDIO PROBATORIO EN CUALQUIER

DILIGENCIA ENTE AUTORIDAD

LEGALMENTE RECONOCIDA

(Artículo 89 bis del Código de Comercio)

No se negarán efectos jurídicos, validez o

fuerza obligatoria a cualquier tipo de

información por la sola razón de que esté

contenida en un Mensaje de Datos. “Por

tanto, dichos mensajes podrán ser utilizados

como medio probatorio en cualquier diligencia

ante autoridad legalmente reconocida,…

Page 54: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

… y surtirán los mismos efectos

jurídicos que la documentación

impresa, siempre y cuando los

mensajes de datos se ajusten a las

disposiciones de este Código y a los

lineamientos normativos

correspondientes”.

Page 55: A través de su - RUIZ MORENO · Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla (utilización de la herramienta “Mis cuentas”),

CAPÍTULO I BIS

DE LA DIGITALIZACIÓN

(Artículos 95 bis 1 a 95 bis 6, adicionados

al Código de Comercio)

En estos seis artículos se contemplan

todas las normas y reglamentaciones

para efectos de la digitalización de la

contabilidad, comprobantes y demás

información.

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DELITOS ADICIONADOS

AL CÓDIGO PENAL FEDERAL

(Artículo 246)

VII. El prestador de servicios de certificación

que realice actividades sin contar con la

respectiva acreditación, en los términos

establecidos por el Código de Comercio y

demás disposiciones aplicables, y

VIII.El que a sabiendas hiciere uso de un

documento falso o de copia, transcripción o

testimonio del mismo, sea público o

privado.

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ENTRADA EN VIGOR

(Artículo Primero Transitorio)

El presente Decreto entrará en

vigor el día siguiente al de su

publicación en el Diario Oficial

de la Federación.

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PLAZO PARA QUE LA SECRETARÍA

DE COMERCIO EXPIDA LOS

LINEAMIENTOS A SEGUIR

(Artículo Segundo Transitorio)

La Secretaría expedirá, en un plazo de 360

días naturales, contados a partir de la entrada

en vigor del presente Decreto, los lineamientos

de carácter general que sean necesarios, a fin

de establecer los procedimientos que hagan

tecnológica y operativamente viable la

implementación de las presentes reformas.

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DESTAPAN RED DE

EVASIÓN FISCAL

DONDE APARECEN

VARIOS MEXICANOS

….será???

El Financiero (Abril 4 de 2016)

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Por su atención:

¡ mil gracias !


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