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La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Date post: 13-Aug-2015
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PRESENTADO A: PRESENTADO POR: PROFESOR: * ESTUDIANTES: *María Fabiana Machkourk *Oriana Lepinoux *Cristina Ramirez *Annie Perez *Richard Roman *Leidy Pérez UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ ESCUELA DE DERECHO DERECHO AMBIENTAL MINERÍ A ILEGAL EN BOLÍVA R
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Page 1: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

PRESENTADO A: PRESENTADO POR:

PROFESOR:

*

ESTUDIANTES:

*María Fabiana Machkourk

*Oriana Lepinoux

*Cristina Ramirez

*Annie Perez

*Richard Roman

*Leidy Pérez

Valencia, enero del 2013

INTRODUCCIÓN

UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ

ESCUELA DE DERECHO

DERECHO AMBIENTAL

MINERÍA

ILEGAL EN

BOLÍVAR

Page 2: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Desde que entró en vigencia el decreto 8413, que reserva al Estado las

actividades de explotación del oro, los indígenas fueron desalojados de sus

tierras, donde milenariamente han habitado. La ley contradice la disposición

institucional de reconocimiento de las tierras indígenas, las cuales tienen

exuberantes riquezas naturales; quienes tienen la supuesta potestad de

preservar el ambiente ejercen la minería que les fue negada a los indígenas,

a pesar de la tradición histórica y el marco legal.

A lo largo de la investigación se reflejará con mayores detalles la potestad de

quienes tienen la responsabilidad de preservar el ambiente en la zona minera

del Estado Bolívar, se verá si hay o no manipulaciones por parte de personas

que pretenden utilizar a los indígenas para la explotación ilegal del oro.

Pueblos autóctonos claman para que se realice un diagnóstico de la

situación, que las autoridades actúen para que no se continúe explotando el

oro, diamante, carbón y demás minerales de manera indebida y sin generar

un ápice de empleo a quienes verdaderamente pertenecen las tierras.

JUSTIFICACIÓN

Page 3: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

La actividad minera en nuestro País está atravesando una serie de

dificultades laborales, ambientales y económicas; problemática ocasionada

por la minería ilegal en las riveras del Alto Caroní, que afecta el ambiente y la

frágil biodiversidad de los ecosistemas que rodean la región. La minería

ilegal amenaza permanentemente, no solo a los ecosistemas, sino también la

diversidad cultural, ya que son innumerables las masacres de indígenas en el

país realizadas por el simple amor al Oro, y quienes tienen la potestad de

preservar el ambiente ejercen la minería que les fue negada a los indígenas,

a pesar de la tradición histórica y el marco legal.

UBICACIÓN DE LA PROBLEMÁTICA

Page 4: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Los pueblos autóctonos claman para que se realice un diagnóstico de la

situación, que las autoridades actúen para que no se continúe explotando el

oro, diamante, carbón y demás minerales, aunado a esto se encuentra la

masacre y la esclavización a las cuales han sido sometidas las comunidades

indígenas por mafias transnacionales y oligarquías locales; las personas

extranjeras involucradas, como los brasileños llamados Guarimpeiros

realizaron una masacre a los miembros de la etnia Yanomami para arrasar

con el metal precioso, aprovechándose indiscriminadamente de las riquezas.

Es importante saber que los daños causados al medio natural,

fundamentalmente a la vegetación y a las cuencas de la región, entre las que

descuellan el Caroní, que abastece a la mayor hidroeléctrica del país, y el

Caura, considerado el corazón de un paraje impoluto donde sobrevive una

selva primaria, protegida con la figura de reserva forestal.

Por otro lado En el río Paraguá existen unos ocho mil mineros ilegales,

quienes ponen en peligro la producción eléctrica, los recursos básicos, en

especial el agua, todo esto se debe a que no existe una política racional de

minería y tampoco se coordinan planes para a utilizar los recursos naturales

que se encuentran en peligro.

Por tal motivo se afirma que la minería ilegal amenaza permanentemente, no

solo a los ecosistemas, sino también la diversidad cultural, ya que son

innumerables las masacres de indígenas en el país, colaborando en esta

minería ilegal militares de alto grado, políticos y autócratas unidos en la

Page 5: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

destrucción del país, en búsqueda de riqueza fácil, sin importar la

destrucción del patrimonio natural de nuestro País.

Descripción general del caso:

Desde hace 20 años se vienen realizando investigaciones sobre la minería

ilegal del Estado Bolívar, concebida como minería en pequeña escala; Darío

Bermúdez y Sergio Milano investigadores del Centro de Gestión y Desarrollo

Sustentable de la Universidad Nacional Experimental de Guayana (UNEG)

concuerdan en que la problemática radica en la ausencia de la política

minera por parte del Estado Venezolano ya que, dicha política debe estar

orientada hacia la elaboración y aprobación de un plan integral de desarrollo

minero con sujeción y lineamientos del Estado Venezolano; libre de vicios,

para evitar los posibles actos de corrupción.

Actualmente las múltiples denuncias presentadas ante los Organismos del

Estado por las 19 comunidades indígenas Yekuana y Kuyujaní lograron que

el Gobierno Nacional lanzara otro Plan de control de la minería no sólo en la

cuenca del Caura sino también en los ríos Caroní y Cuyuní.

El líder de la Etnia Pemón Ricardo Delgado menciona que los indígenas de

diferentes comunidades unieron sus fuerzas para retener y desarmar a 19

efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana los cuales, fueron sorprendidos

cuando explotaban minas de oro de manera ilegal en el sector Amanaimü de

Page 6: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Alto Paragua, yacimiento en el cual el Gobierno Nacional había desalojado

hacía poco tiempo a la comunidad indígena de Alto Paragua que allí residía.

Delgado explica que desde que entró en vigencia el decreto 8.413, que

reserva al Estado las actividades de explotación del oro, los indígenas fueron

desalojados de sus tierras, donde milenariamente han habitado.

Así mismo, se pude observar que quienes tienen la supuesta potestad de

preservar el ambiente ejercen la minería que les fue negada a los indígenas,

de una manera descontrolada contaminan las aguas acabando con la vida

animal que allí se encuentra, debido al uso indiscriminado de mercurio y la

sedimentación en el agua potable.

Cabe resaltar que Las zonas de mayor extracción aurífera y diamantífera

ilegal, se encuentran en la cuenca alta del río Caura, El Manteco, Tumeremo,

Icabarú, Alto Paragua, Caroní por Urimán, Aripichi, entre otros puntos. Esa

zona, ubicada en la cuenca hidrológica del río Caroní es protegida por las

leyes ambientales puesto que abastece las turbinas de las centrales

hidroeléctricas Simón Bolívar (Guri), Francisco de Miranda (Macagua) y

Caruach (Manuel Carlos Piar), que generan 70% de la energía que consume

el país.

Actividades generadoras de la problemática:

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Las balsas mineras, que las etnias de la región denominan misiles,

están contaminado los ríos y además los mismos se han convertido

“en ríos de lodo y no existe ningún proyecto para recuperarlos”.

No hay control por parte de la Guardia Nacional, porque ante su

mirada, las balsas mineras navegan por el río Paraguá y sus afluentes

libremente.

La falta de programas de producción agrícola, pesquera o turística, así

como a otras áreas de acuerdo con su preferencia, y según la

vocación productiva de cada zona, con acompañamiento de varios

organismos con recursos y proyectos.

fueron muchas las reuniones con organismos para tratar de buscar

una solución a la problemática, pero a los mineros los dejaron solos

para poder incorporarse al plan, ellos se salieron de las minas, y

cuando fueron a buscar los créditos y a los responsables de los

proyectos, no pudieron obtener nada. Esto sucede según Pastora

Medina, el Diputado Oscar Figuera, y el Ministro Rodolfo Sanz

encargado para ese entonces, porque “Nunca hicieron un chequeo

con los mineros de los listados para cruzar la información y en esa

relación quedó buena parte fuera de los listados, indefensos, porque

se salieron de sus zonas y se quedaron sin cobrar los recursos para

iniciar los nuevos proyectos”.

PROBLEMAS AMBIENTALES

Page 8: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Las etnias indígenas que habitan en el Estado Amazonas y Bolívar son los

más perjudicados puesto que la deforestación causada por la minería ilegal

está afectando gravemente la biodiversidad en Venezuela, destruyen

nuestros ríos y bosques y por si fuera poco otra amenaza directa de la

minería ilegal contra las culturas indígenas, es la presión sobre sus tierras,

de tal modo que se desaloja a poblados indígenas de sus territorios,

ocasionando masacres de grupos de indígenas Además agravando la

situación y todo por la fiebre del oro, la búsqueda de diamantes y la

extracción de maderas.

Sin percepción alguna de lo que hacen, los recursos naturales dañados por

el hombre trae consigo irremediables consecuencias, tanto para el ambiente

como para el hombre mismo entre estas se puede mencionar las siguientes:

Erosión y arrastre de sedimentos

Contaminación de las aguas

Actividad minera sin control

Contaminación de mercurio que afecta directamente al hombre

Aumento de enfermedades tropicales (Paludismo)

Contaminación también de agua potable con mercurio y sedimentos

en suspensión

Contaminación de los peces

Precarias condiciones socioeconómicas de los pobladores

Deforestación.

Componentes ambientales afectados

Page 9: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

La minería ilegal ha afectado las riveras del Alto Caroní, además deteriora el

ambiente y la frágil biodiversidad de los ecosistemas que rodean la región.

Con los equipos utilizados para la extracción de oro y diamante preocupa el

desarrollo de una minería incontrolada y de envergadura, puesto que éste es

un ecosistema muy frágil que cuenta con tantos ríos caudalosos que llevan

agua al río Orinoco y el río Paragua que desembocan en el Caroní, donde se

genera la electricidad. La práctica está concentrada en la Cuenca Alta, Media

y Baja en el río Paragua, y en toda la zona de Icabarú, si se continúa con la

acción de la minería ilegal, puede arrojar fatales consecuencias para la

biodiversidad.

Cabe destacar que la cuenca del río Caura es una de las cuencas

hidrográficas del mundo tropical con mayor extensión inexplorada. Está

localizada en el sector occidental del Estado Bolívar y es el segundo afluente

más importante a lo largo de la margen derecha del río Orinoco.

Otros componentes ambientales afectados son la gran diversidad vegetal y

su fauna silvestre, además los bosques de la cuenca del río Caura aportan

una serie de servicios ambientales que incluyen el almacenamiento de

carbono, el mantenimiento de reservorios para la biodiversidad, la

conservación de suelos, la producción de agua, la regulación climática y la

preservación de recursos que sustentan a una población local en expansión.

En consecuencia, delitos como explotación ilegal de maderas, contrabando

de combustibles, extracción de oro, presencia de indocumentados brasileños

Page 10: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

y colombianos, contaminación por mercurio que afecta la salud de estos

bosques y la de sus pobladores, en quienes ya se comienzan a detectar las

enfermedades propias del envenenamiento, contribuyen al deterioro de

nuestro ambiente.

Actividades capaces de degradar el ambiente

Ley Orgánica del Ambiente

Artículo 80

Se consideran actividades capaces de degradar el ambiente:

1. Las que directa o indirectamente contaminen o deterioren la atmósfera,

agua, fondos marinos, suelo y subsuelo o incidan desfavorablemente sobre

las comunidades biológicas, vegetales yanimales.

2. Las que aceleren los procesos erosivos y/o incentiven la generación de

movimientos morfodinámicos, tales como derrumbes, movimientos de tierra,

cárcavas, entre otros.

3. Las que produzcan alteraciones nocivas del flujo natural de las aguas.

4. Las que generen sedimentación en los cursos y depósitos de agua.

5. Las que alteren las dinámicas físicas, químicas y biológicas de los cuerpos

de agua.

6. Las que afecten los equilibrios de los humedales.

7. Las vinculadas con la generación, almacenamiento, transporte, disposición

temporal o final, tratamiento, importación y exportación de sustancias,

materiales y desechos peligrosos, radiactivos y sólidos.

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8. Las relacionadas con la introducción y utilización de productos o

sustancias no biodegradables.

9. Las que produzcan ruidos, vibraciones y olores molestos o nocivos.

10. Las que contribuyan con la destrucción de la capa de ozono.

11. Las que modifiquen el clima.

12. Las que produzcan radiaciones fonizantes, energía térmica, energía

lumínica o campos electromagnéticos.

13. Las que propendan a la acumulación de residuos y desechos sólidos.

14. Las que produzcan atrofización de lagos, lagunas y embalses.

15. La introducción de especies exóticas.

16. La liberación de organismos vivos modificados genéticamente, derivados

y productos que lo contengan.

17. Las que alteren las tramas tróficas, flujos de materia y energía de las

comunidades animales y vegetales.

18. Las que afecten la sobrevivencia de especies amenazadas, vulnerables o

en peligro de extinción.

19. Las que alteren y generen cambios negativos en los ecosistemas de

especial importancia.

20. Cualesquiera otras que puedan dañar el ambiente o incidir

negativamente sobre las comunidades biológicas, la salud humana y el

bienestar colectivo.

Page 12: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Si bien es cierto que los veinte numerales que tiene este artículo tienen

competencia con los desastres que naturales provocados por la minería

ilegal en el Estado Bolívar, también es cierto que el numeral 20 engloba el

foco negativo a la cual ha estado sometida la diversidad vegetal, animal y

ambiental de las minerías en el Estado antes mencionado.

Leyes ambientales que aplican al caso:

Ley Orgánica del Ambiente (22/12/2006):

Artículo 2A los efectos de la presente Ley, se entiende por gestión del ambiente el proceso constituido por un conjunto de acciones o medidas orientadas a diagnosticar, inventariar, restablecer, restaurar, mejorar, preservar, proteger, controlar, vigilar y aprovechar los ecosistemas, la diversidad biológica y demás recursos naturales y elementos del ambiente, en garantía del desarrollo sustentable.

Artículo 34La educación ambiental tiene por objeto promover, generar, desarrollar y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos, aptitudes y actitudes para contribuir con la

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transformación de la sociedad, que se reflejará en alternativas de solución a los problemas socio-ambientales, contribuyendo así al logro del bienestar social, integrándose en la gestión del ambiente a través de la participación activa y protagónica, bajo la premisa del desarrollo sustentable.

Ambos artículos tienen vital importancia coincidiendo en el mismo punto,

sobre las medidas que debe desarrollar y consolidar los ciudadanos para

contribuir al logro y aprovechamiento de los ecosistemas, y así poder lograr

la garantía de un desarrollo sustentable, en el cual se mantiene una utopía

debido a los acontecimientos que aquejan desde hace 20 año a las zonas

mineras en el Estado Bolívar, debido a la ambición y avaricia de los agentes

externos a dicha localidad.

No cabe duda que los organismos competentes han realizado leyes,

reformas en las mismas para poder controlar la situación de ilegalidad en los

campos mineros, pero es una ardua tarea a la cual se le verán los frutos a

largo plazo. Para tener referencias se mencionan algunas leyes que plasman

la pertinencia con las actividades mineras y el medio ambiente.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Ley Penal del Ambiente (03/01/1992)

Ley de Diversidad Biológica (24/5/2000)

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo

(30/06/2005)

Page 14: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Ley de Residuos y Desechos Sólidos, (21/10/2004)

Ley de Bosques y Gestión Forestal (5/6/2008)

Ley de Aguas (2/10/2007)

Normas Técnicas Ambientales

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela No. 36.860 del

30 de Diciembre de 1999. Capítulo IX de los derechos ambientales.

Artículo 129

Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural.

Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 4.358 Extraordinario del 03 de Enero de 1992.

Artículo 1 Estas Normas tienen por objeto establecer los procedimientos conforme a los cuales se realizará la evaluación ambiental de actividades susceptibles de degradar el ambiente.

Decreto No. 1.804 de fecha 20-01-83, por el cual se dicta el Reglamento Parcial de la Ley Forestal de Suelos y de Aguas sobre la Regulación de las Actividades que impliquen destrucción de Vegetación con fines agropecuarios. Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 32.652 del 25 de Enero de 1983.

Page 15: La Minería ilegal en el Estado Bolívar

Resolución No. 239 de fecha 27-07-98, emanada del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, por la cual se atribuye a la Dirección de Vegetación de la Dirección General Sectorial de Información Ambiental, la facultad para la tramitación y el otorgamiento de los permisos de recolección de especies botánicas que en él se señala. Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 5.249 Extraordinario del 11 de Agosto de 1998.

Decreto No. 1.569 de fecha 11-05-76, por el cual, en los terrenos calificados por la Ley Forestal de Suelos y de Aguas como Parques Nacionales, Reservas Forestales, Monumentos Naturales, Zonas Protectoras, Cuencas Hidrográficas y Reservas de Regiones Vírgene.

Conclusión

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La actividad minera que se desarrolla de manera irracional en las principales

cuencas del estado Bolívar, contribuye decididamente al deterioro ambiental

y a la disminución de la producción del agua de las cuencas que nutren al

embalse de Guri, por lo tanto es importante destacar la importancia que tiene

el antes mencionado plan para el medio ambiente.

A raíz de las diversas situaciones de ilegalidad en la zona minera del Estado

Bolívar, el Gobierno Nacional promueve un plan llamado “Plan Caura” con el

objetivo general de establecer los mecanismos que se deberán aplicar a

todos aquellos entes públicos involucrados, para dar respuesta adecuada al

incremento desmedido de minería ilegal, extracción de madera, contrabando

de combustible, devastación ambiental, tráfico de personas y la proliferación

de enfermedades endémicas, con la finalidad de contrarrestar y revertir

todas estas amenazas y daños.

El programa incluye la erradicación de esa actividad económica ilícita que

pone en peligro los recursos naturales del país y la deportación de los

extranjeros que participan en el proceso de extracción de oro, diamantes y

coltán, muy apreciado en la industria electrónica, es importante detallar que

dentro de este plan debe incluirse la presencia científico-Educativa debido a

que hacen falta muchos establecimientos in situ en toda esa región para

acometer las tareas relativas al conocimiento de los recursos biogenéticos

(biodiversidad) y de nuestras potencialidades etnoculturales. Tales iniciativas

le darían consistencia, sustentabilidad y fortaleza a todo cuanto concierne a

la política de Estado de desarrollo endógeno. Es pues necesario incorporar

en el plan Caura la presencia dinámica del sector universitario nacional.

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Recomendaciones

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Desarrollar un proyecto de reconversión minera, para ofrecer opciones

de empleo en otros sectores como la agricultura, junto a la destrucción

del equipamiento usado para esos fines.

Establecer diálogos con el pequeño minero que se encuentra en

condiciones legales para saber su realidad y así proponer cambios.

Ampliar programas para estimular la actividad cooperativa y el acceso

a créditos para ampliar la actividad económica.

Impulsar formas de actividades económicas complementarias donde

se incluya la opción agrícola y turística.

Por último pero no menos importante, la capacitación académica en el

desarrollo de programas de investigación para el desarrollo de

tecnologías, impacto ambiental y manejo de riesgo para en lo sucesivo

obtener mejores resultados.

Anexos

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Referencias Bibliográficas

Constitución Bolivariana de Venezuela (1999). Reedición actualizada marzo 2009. Ediciones Juan Garay. Caracas Venezuela.

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www.circuloambiental.net/gestion/nacional_leyes.html

http://noticias.masverdedigital.com/2010/rio-caura-devastacion-minera-en-venezuela/

http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_leyesficha&Itemid=213&lang=es&pagina=2

http://www.cienciaguayana.com/2010/04/el-desafio-de-controlar-la-mineria.html


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