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El sector industrial en Canarias. Nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias 2015-2020

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Jornada El sector industrial en Canarias: ayudas a la inversión y nuevo marco fiscal
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Page 1: El sector industrial en Canarias. Nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias 2015-2020

Jornada

El sector industrial en Canarias: ayudas a la inversión y nuevo marco fiscal

Page 2: El sector industrial en Canarias. Nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias 2015-2020

El nuevo REF de Canarias para el periodo 2015-2020

Santa Cruz de Tenerife, marzo 2015

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I. BONIFICACIÓN

II. RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS

III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES

IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

ÍNDICE

Page 4: El sector industrial en Canarias. Nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias 2015-2020

Bonificación(Requisitos Generales)

Las empresas tendrán derecho a una bonificación del 50% en la cuotaíntegra en el IS derivada del rendimiento de la venta de bienescorporales producidos en Canarias

Se pueden acoger empresas del sector agrícola, ganadería, pesca eindustria.

Se pueden beneficiar las sociedades domiciliadas en Canarias, como enotros territorios, si la producción es realizada en Canarias, y se realizadaa través de EP.

No es de aplicación a las actividades de construcción naval, fibrassintéticas, industria del automóvil, siderurgia e industria del carbón.

I. BONIFICACIÓN A EMPRESAS PRODUCTORAS

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Beneficio Procedente de Venta de Bienes Corporales 100

Tipo IS 28%

Cuota Integra 28

Bonificación empresas productoras 14

Cuota a ingresar 14

Tributación Efectiva=14%

I. BONIFICACIÓN A EMPRESAS PRODUCTORAS

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R.I.C.(Requisitos Generales)

Reducción de la B. Imponible del Impuesto sobre Sociedades hasta ellímite del 90% del beneficio (no distribuido), obtenido en losestablecimientos situados en Canarias.

La dotación crea una Reserva indisponible.

Compromiso implica, la materialización en activos, en el plazo máximode 3 años contados a partir del inicio del ejercicio siguiente al que sedota la RIC. La materialización se entenderá producida cuando los activosentren en funcionamiento.

Los activos en que se materialice la RIC deberán estar situados orecibidos en Canarias y afectos al desarrollo de actividadesempresariales de la entidad

II. LA RIC – ASPECTOS GENERALES

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R.I.C.(Requisitos Generales)

Los activos en que se materialice la reserva deberán permanecer enfuncionamiento en la empresa durante 5 años como mínimo. En el casode la adquisición de suelo el plazo será de 10 años

La RIC será incompatible con otras Deducciones para incentivardeterminadas actividades por ejemplo: I+D+i y con la Deducción porActivos Fijos en Canarias (DAF)

La regulación implica aspectos formales, para un mejor control por partede la administración tributaria

II. LA RIC – ASPECTOS GENERALES

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I. La Base de la dotación

II. LA RIC – DOTACIÓN

Beneficio procedente de establecimientos situados en Canarias

Inclusión de elementos patrimoniales no afectos (remisión reglamentaria)

¿Beneficios procedentes de participación en fondos propios de entidades?

¿resultado financiero procedente de valores representativos de deuda?

Efectos de la reserva de capitalización (general) y nivelación (ERD)

Page 9: El sector industrial en Canarias. Nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias 2015-2020

I. Materialización en suelo

Hasta 2014

Suelo afecto a la Promoción de VPO

Suelo afecto a Actividades Industriales

Suelo afecto Zonas Comerciales, situado en área cuya oferta turística se encuentreen declive.

Suelo afecto a Actividades Turísticas, regulada Ley 7/1995, adquirido para rehabilitarel establecimiento turístico:

a.- Rehabilitación, si está en una área cuya oferta turística se encuentre en declive, elimporte invertido si reúne condiciones para incorporar como mayor valor del inmueble.

b.- Rehabilitación resto de zonas, si el importe invertido es > 25 VC del inmueble (sin valordel suelo).

II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN - SUELO

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Novedad a partir de 2015

Suelo afecto a Zonas Comerciales que sean objeto de un proceso de rehabilitación.

Suelo afecto a Actividades Turísticas, regulada Ley 7/1995, adquirido para rehabilitarel establecimiento turístico.

Rehabilitación, si el importe invertido reúne condiciones para ser incorporado comomayor valor del inmueble.

Desaparece toda referencia a las áreas cuya oferta turística estén en declive.

II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN - SUELO

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“…efectuada en el periodo impositivo…”: Comparación ejercicio N con ejercicio N-1.

“…que no pueda ser considerada como inversión inicial por no reunir alguno de los requisitosestablecidos en la letra B anterior”: ¿el mantenimiento del empleo 5 años (3 ERD) no es unrequisito de la letra B anterior?

Límite 50 por 100 “de las dotaciones a la Reserva efectuadas por el contribuyente en elperiodo impositivo” ¿50 por 100 de la dotación “de cada periodo impositivo”, “del ejercicio enel que se realiza la inversión”, o “del ejercicio anterior al que se realiza la inversión”?

Materialización 2 ejercicios por el coste medio de salarios y SS que corresponda al incremento

Límite 36.000 euros por trabajador ¿y ejercicio?

II. LA RIC - EMPLEO

II. Creación de empleo no asociada a inversiones iniciales

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Posibilidad de materialización en cualquiera de las letras A, B, B bis y C del art. 27.4 Ley19/1994.

Materialización en empresas ZEC:

La materialización indirecta de la RIC no podrá destinarse a las inversiones mínimas de la ZEC.

Eliminación del importe mínimo de la ampliación de 750.000 euros.

Eliminación del mínimo del 10 por 100 de la ampliación por suscriptores que no materialicenRIC con desembolso inmediato.

III. Materialización indirecta

II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN INDIRECTA

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Materialización en Instrumentos Financieros

Hasta 2014: Materialización Indirecta en Soc. Cap. Riesgo o Fondos de Inversión.

Novedad a partir del 2015: Materialización Indirecta en cualquier Instrumento financieroemitido por entidad financiera:

Fondos para financiar proyectos privados aptos para RIC.

Emisiones supervisadas por el Gobierno de Canarias e informe vinculante la AEAT (reglamento).

EMPRESA CON

PROYECTO RIC

ENTIDAD FINANCIERA

FINANCIACIÓN

CAPTACIÓNFONDO

INVERSOR RIC

INVERSOR RIC

INVERSOR RIC

INFORMACIÓNINVERSIÓN

INFORMACIÓNDOTACIÓN

II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN INDIRECTA

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II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN- SUSTITUCIÓN DE ELEMENTOS

IV. Materialización Sustitución de Elementos

Hasta 2014:

Los elementos deben permanecer en funcionamiento en el activo de la empresa durante 5años como mínimo (terrenos 10 años).

Si vida útil es < 5 años se debe adquirir otro elemento que lo sustituya con iguales requisitosy que permanezca en funcionamiento en el activo de la empresa el tiempo para completarel periodo establecido ( 5 o 10 años).

El nuevo elemento solo sirve para materializar nueva RIC por el importe que exceda delvalor del bien sustituido.

Novedad a partir de 2015:

El nuevo elemento sustituirá al inicial por su valor neto contable, se establece plazo de seismeses.

El nuevo elemento sirve para materializar RIC por el importe que exceda del valor netocontable del bien sustituido.

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II. LA RIC – ANTICIPADA – REG. TRANSITORIO

V. RIC Anticipada

Continuidad normativa, se adapta al límite temporal de la norma, por tanto, las inversiones anticipadas solo podrá afectarse como límite a la RIC dotada en el 2020.

VI. Régimen Transitorio

Se establece un régimen transitorio idéntico al de 2006 donde:

Las dotaciones de beneficios de ejercicios impositivos anteriores al 1 de enero de 2015 seregulan con la normativa vigente a 31 de diciembre de 2014.

Inversiones anticipadas de un periodo impositivo iniciado antes de 1 de enero de 2015podrán afectarse a materializaciones RIC, dotadas con beneficios de periodos impositivosiniciados antes de dicha fecha.

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I. Eliminación del Plan de Inversiones

II. LA RIC - CUESTIONES FORMALES

¿En las materializaciones indirectas no hay que informar en la Memoria de nadarelacionado con las inversiones en creación de empleo (Letras B y B bis del art.27.4 dela Ley 19/1994)? Ver último párrafo apartado 13 del artículo 27 de la Ley 19/1994.

Art. 27.14: ¿Las inversiones de la Letra D. 1º son ayuda a la inversión cuando laparticipada invierte en elementos patrimoniales de la letra C del apartado 4?

Se reduce la cuantía de las sanciones formales:

Por incumplimientos relacionados con la información a suministrar en la Memoria (de500 a 100 euros por dato, con un mínimo de 1.000 euros –antes 5.000-).

Por incumplimientos en suministro de datos de inversiones en materialización indirecta(de 150 a 100 euros por dato, con el mismo mínimo anterior de 500 euros).

II. Otras cuestiones formales

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III. NUEVAS DEDUCCIONES (I)

I. Deducción por inversiones en territorios de África Occidental y por gastos de propaganda y publicidad

Modalidad 1 Deducción

INCN ≤ 10.000.00015%

Plantilla Media < 50

Modalidad 2 Deducción

INCN ≤ 50.000.00010%

Plantilla Media < 250

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III. NUEVAS DEDUCCIONES (II)

II. Requisitos Subjetivos

Entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades con domicilio fiscal en Canarias

Personas Físicas que realicen actividades económicas en Canarias

No sobrepasar los límites de INCN y de Plantilla Media exigidos en periodo impositivoanterior

Grupo Mercantil: Análisis a nivel de Grupo Mercantil,con independencia de la residencia y de la obligación deformular cuentas anuales consolidadas

Entidades de nueva creación: INCN del primer año en elque se desarrolle la actividad

Periodos inferiores a un año: se eleva al año INCN

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III. INVERSIONES EN TERRITORIOS DE ÁFRICA OCCIDENTAL (I)

II. Requisitos Objetivos

Reino de Marruecos

República Islámica de Mauritania

República de Senegal

República de Gambia

Republica de Guinea Bissau

República de Cabo Verde

I. Ámbito Geográfico

Inversión en constitución de filiales o establecimientos permanentes

Que realicen actividades económicas en el plazo de 1 año desde el momento de lainversión

Porcentaje de participación, solo o con otras sociedades domiciliadas en Canarias ≥ 50%

Mantenimiento inversión: 3 años

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III. INVERSIONES EN TERRITORIOS DE ÁFRICA OCCIDENTAL (II)

III. Aplicación de la deducción

Se aplica en el periodo impositivo en que la entidad participada o el establecimientopermanente inicie su actividad económica

1º) Incremento de plantilla media en Canarias en eseperiodo impositivo respecto del periodo impositivoanterior

2º) Mantenimiento incremento plantilla media: 3 años

Condiciones de aplicación:

Aplicación en cuota del IS Régimen General 25% - 50%

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III. GASTOS DE PROPAGANDA Y PUBLICIDAD

I. Requisitos Objetivos

Gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual para lanzamiento deproductos

Gastos de propaganda y publicidad de apertura y prospección de mercados en elextranjero

Gastos en concurrencia a ferias, exposiciones y manifestaciones análogas incluyendoen este caso las celebradas en España con carácter internacional

II. Aplicación de la deducción

Ejercicio en el que se satisface el gasto

Aplicación en cuota del IS Régimen Canarias 60% - 90%

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III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES (MEJORADAS)

I. Deducción por actividades de innovación tecnológica

Canarias: 45% Resto del territorio: 12%

No resultan de aplicación los % incrementados sobre la generación de la deduccióndel artículo 94 de la Ley 20/1991

II. Deducción por activos fijos

Ampliación del plazo aplicación: Pasamos de 5 años a 15 años

El plazo también se aplicará a las DAF pendientes de aplicación a 1 de enero de 2015

Page 23: El sector industrial en Canarias. Nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias 2015-2020

III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES (RESUMEN)

I. Porcentajes de Deducciones

Deducciones Régimen General Canarias

I + D + i(I + D)

25% -42% 17 %8 %

45% - 75,6%37%28%

(i) 12% 45%

Inversiones en África - 10% - 15%

Publicidad y propaganda - 10% - 15%

DAF - 25%

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III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES

Deducciones Régimen General Canarias

I + D + i(I + D)

25% - 50%60% - 90% (i)

Publicidad y propaganda -

Inversiones en África - 25% - 50 %

DAF - 50% - 70%

II. Aplicación en cuota

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EntidadZEC

Entidad de nueva creación (o sucursal) con domicilio y sede de direcciónefectiva en el ámbito geográfico de la ZEC

Inversión mínima de 100.000 Euros en activos fijos afectos a la actividaddentro de los 2 primeros años desde el momento de su autorización enGran Canaria y Tenerife. 50.000 Euros en el resto.

Constituir como objeto social la realización, en el ámbito de la ZEC, deuna de las actividades permitidas

Al menos uno de los Administradores deberá residir en Canarias

Crear, al menos, 5 puestos de trabajo dentro de los 6 meses siguientes almomento de la autorización, y mantener este promedio durante los añosque esté adscrita a la ZEC (3 empleos en las islas no capitalinas).

IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

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IS Tipo impositivo reducido del 4%

Las ventaja fiscal que ofrece la ZEC y que se encuadra en el Impuesto sobreSociedades (IS)

IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

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I. Plazo de Vigencia

Se amplia periodo de aplicación del régimen hasta el 2026.

II. Ámbito Geográfico

Se amplia a todo el territorio de Canarias la posible localización de las empresa ZEC, se elimina las restricciones a las empresas de producción, transformación, manipulación y comercialización.

III. Ámbito Subjetivo

Se amplia la aplicación del régimen a las sucursales de nueva creación.

IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

Page 28: El sector industrial en Canarias. Nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias 2015-2020

IV. Limites a la Base Imponible

Se incrementan los importes sobre los que se puede aplicar el gravamen especial del 4%

IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

Tope BASE IMPONIBLE “ZEC” Número de empleos

Islas de Gran Canaria y Tenerife

1.800.000 €

500.000 adicionales por empleo (máximo 24.300.000 €)

Base imponible ilimitada

5 empleos

6 – 50 empleos

Más de 50 empleos

Restantes Islas Canarias

1.800.000 €

500.000 adicionales por empleo (máximo 25.300.000 €)

Base imponible ilimitada

3 empleos

4 – 50 empleos

Más de 50 empleos

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V. Deducción por doble imposición interna

IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

SOCIEDAD “A”

SOCIEDADZEC

DIVIDENDO96

100 %

SOCIEDAD ZEC

Beneficio: 100

B. Imponible 100

Tipo: 4%

Cuota: 4

SOCIEDAD A

Beneficio: 96

D.D.I. 0

B. Imponible 96

Tipo: 30 %

Cuota: 28,8

TRIBUTACIÓN TOTAL: 32,8

2014

SOCIEDAD “A”

SOCIEDADZEC

DIVIDENDO96

100 %

SOCIEDAD ZEC

Beneficio: 100

B. Imponible 100

Tipo: 4%

Cuota: 4

SOCIEDAD A

Beneficio: 96

Exención D.D.I. <96>

B. Imponible 0

Tipo: 28 %

Cuota: 0

TRIBUTACIÓN TOTAL: 4

2015

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VI. Nuevas Actividades

IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)

Fabricación de tejidos textiles.

Fabricación de envases y embalajes de madera; Fabricación de otros productos de madera.

Fabricación de neumáticos y cámaras de caucho; Fabricación de otros productos de caucho.

Fabricación de cemento, cal y yeso; Fabricación de elementos de hormigón, cemento yyeso.

Construcción de embarcaciones de recreo y deporte; Fabricación de vehículos aéreos decontrol remoto.

Reparación de productos metálicos; Reparación y mantenimiento naval; Reparación ymantenimiento aeronáutico y espacial.

Transporte y distribución de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.

Desalinización y desalación de agua a partir de energías renovables.

Recogida de residuos; Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos.

Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.


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