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Personas Morales Con Fines No Lucrativos Titulo III

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1 PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS LUCRATIVOS El derecho no tiene necesidad de ayuda. Proverbio Holandés
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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOSLUCRATIVOS

El derecho no tiene

necesidad de ayuda.

Proverbio Holandés

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DEFINICION DE PLANEACION FISCAL

Es el Conjunto de medidas de carácterFiscal que adopta un contribuyentepara cumplir con estricto apego a laley, con sus obligaciones fiscales almenor costo posible.

Lo anterior se logra mediante elgestablecimiento de objetivos y metas,fijar prioridades y tiempos deejecución, coordinar esfuerzos yevaluar resultados.

CARACTERISTICAS DE LA PLANEACION FISCAL

1.Es un proceso creativo que no tienelímites, busca evitar perjuicioseconómicos y obtener estos mismosbeneficios. Otorga la seguridad debeneficios. Otorga la seguridad deque se está cumpliendo en formaintegral con las obligaciones fiscales.

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CARACTERFISTICAS DE LA PLANEACION FISCAL

2.No es correctiva del pasado, espreventiva del futuro, evita caer enomisiones y sanciones, no pretendeeliminar el riesgo, sino asegura quese aceptan los riesgos propios de laplaneación tampoco es unaplaneación , tampoco es unasimulación de actos, ya que segenera en cada una de sus fases conun sentido de negocio.

CARACTERISTICAS DE LA PLANEACION FISCAL

3.Es una actividad legítima que respondeal derecho de libertad de trabajo y deasociación. Consiste en analizar, diseñare implantar las alternativas que permitenrealizar un negocio o llevar a cabo unarealizar un negocio o llevar a cabo unaoperación o grupo de operaciones, conel fin de lograr que :

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CARACTERISTICAS DE LAPLANEACION FISCAL

a) La carga fiscal sea la menos posible,

b) Disminuir su impacto hasta donde lasdisposiciones fiscales lo permitan,

c) Diferir el pago de los tributos a unperíodo posterior.

4 Se presenta cuando se evita la causación

CARACTERISTICAS DE LA PLANEACION FISCLA

4. Se presenta cuando se evita la causaciónde un gravamen por virtud del desplieguede diversos actos jurídicos permitidospor la ley. En otras palabras es laconducta que asume un contribuyenteque valiéndose de medios no prohibidos

l l i id l i i t d lpor la ley, impide el nacimiento de laobligación tributaria que de otra manerase generaría.

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CARACTERISTICAS DE LA PLANEACION FISCAL

5.“Es lícita porque emana del irrestrictoderecho que tiene el particular deseleccionar la manera que más leconvenga o acomode para llevar acabo sus actividades”cabo sus actividades .

6.“La planeación fiscal no se ocupa de

CARACTERISTICAS DE LA PLANEACION FISCAL

6. La planeación fiscal no se ocupa delas decisiones futuras, sino del impactofuturo de las decisiones actuales. Alplanear se trabaja siempre haciaadelante, es decir, que se debe haceren estos momentos dentro del marcoen estos momentos dentro del marcolegal, para lograr los máximos ahorrosfiscales o diferir en lo posible el pagode impuestos, en una determinadafecha futura”.

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

UBICACION EN LA LISR

TITULO I DISPOSICIONES GENERALESTITULO I DISPOSICIONES GENERALES.TITULO II DE LAS PERSONAS MORALES.TITULO III DEL REGIMEN DE LAS PERSONAS

MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS.TITULO IV DE LAS PERSONAS FISICAS.TITULO V DE LAS RESIDENTES EN EL

EXTRANJERO CON INGRESOS PROVENIENTES DE FUENTE DE RIQUEZA UBICADA EN TERRITORIO NACIONAL.

TITULO VI DE LOS TERRITORIOS CON REGIMENES FISCALES PREFERENTES Y DE LAS EMPRESAS MULTINACIONALES.

TITULO VII DE LOS ESTIMULOS FISCALESDISPOSICIONES TRANSITORIAS

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

F I L O S O F I A Las personas morales dedicadas

i l t ti id d l tiespecialmente a actividades no lucrativas ydistintas a las de título II, no soncontribuyentes del ISR.

Los contribuyentes del ISR son losintegrantes de las Personas Morales.

Son sujetos transparentes las PersonaMorales Con Fines No Lucrativos.

Se generan ISR por :No deducibles.Retiros (para los socios personas físicas).Enajenaciones diversas al objeto social.Intereses y premios.

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

Son el origen del Régimen Simplificado.g g p Hay obligaciones diversas (pero no como las

del título II). Los socios personas físicas por el remanente

les aplica el artículo 167 F X de la LISR y el 170cuarto párrafo ( retención del 33% o lainterpretación del % que corresponde a ladiferencia del ingreso y el Límite Inferior, pero

li bl di t t l iaplicable directamente al ingreso. Se requiere que fiscalicen a terceros, como

requisito de sus deducciones . De no caer en los supuestos de los artículos

93, 95 y/o 102 las Personas Morales serántitulo II (contribuyentes).

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

IMPUESTOIMPUESTO SOBRESOBRE LALA RENTA,RENTA, LEYLEY DELDEL.. SUSSUS ARTICULOSARTICULOS 6868 YY 7070,, FRACCIONFRACCION X,X, SONSON CONSTITUCIONALESCONSTITUCIONALES..No es exacto que los artículos 68 y 70, fracción X, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, violen el artículo 31,

fracción IV constitucional. el principio de justicia tributaria establecido en la Constitución no se proponesancionar, en materia de impuestos, un sistema determinado, ni es una regla inquebrantable por la cualsa c o a , e ate a de puestos, u s ste a dete ado, es u a eg a queb a tab e po a cuatodos los mexicanos deben contribuir con una cuota igual al sostenimiento de los gastos públicos, sino quetiende a que, en condiciones análogas, se impongan gravámenes idénticos. Por otra parte este principio nopriva al legislador de la facultad de crear categorías de contribuyentes afectados con impuestos distintos,siempre que ellas no sean arbitrarias y cuando tales categorías se apoyen en una base razonable y respondaa una finalidad económica o social. Por tanto, la determinación de las diversas categorías de contribuyentes,puede hacerse por motivos diversos de la sola medida económica de su capacidad contributiva, es decir,deben trascenderse las apariencias de la igualdad aritmética para discernirse desigualdades esenciales. Enestas condiciones, pretender que el legislador, al no considerar a las sociedades civiles como contribuyentesdel impuesto sobre la renta, fue injusto por si hacerlo respecto de las sociedades mercantiles deviene en unrazonamiento que no comprende, en la materia de que ahora se trata, todos los elementos necesarios paradar un trato desigual a quienes no están en la misma situación jurídica, y que si consideró el Congreso de losEstados Unidos Mexicanos al expedir la ley reclamada. Es posible que dos sociedades, una mercantil y unacivil posean la misma materia imposible, que obtengan las mismas garantías; pero, no es este el único factorque el legislador tomo en cuenta para hacer la distinción a que el presente problema se refiere. La sociedadmercantil se caracteriza por la práctica de actos mercantiles, es decir, que su fin es el lucro de actividadesempresariales; mientras que la sociedad civil solamente tiende a la práctica de actos entre personas cuyo finno alcanza al anterior, o sea, que no tiende, por naturaleza, el lucro, no obstante que tenga un carácter, , q , p , , q gpreponderantemente económico, según lo establece el artículo 2688 del Código Civil. La razón anterior es laque tuvo el legislador al considerar desiguales a las personas morales a que se ha venido haciendoreferencia, ya que consideró la finalidad esencial de las sociedades atendiendo a su formación conforme a laley, independientemente de la actividad a la que se dedican. En conclusión, a pesar de que en ocasiones unasociedad y otra aparezcan con idénticos datos en su estructura funcional y obtengan el mismo ingresosupuestamente imponible, porpor lala circunstanciacircunstancia dede obtenerobtener finesfines diversosdiversos yy serser personaspersonas moralesmorales cuyacuyanaturalezanaturaleza jurídicajurídica tambiéntambién eses diferente,diferente, eses porpor lolo queque resultaresulta lógicológico considerarconsiderar queque elel CongresoCongreso dede lala UniónUniónestimóestimó laslas dosdos categoríascategorías dede sociedadessociedades parapara loslos efectosefectos deldel impuestoimpuesto enen cuestión,cuestión, puespues aprecioapreciocorrectamentecorrectamente queque porpor lala diversidaddiversidad dede lala naturalezanaturaleza jurídicajurídica dede laslas personaspersonas antedichas,antedichas, unasunas sísí debendeben sersersujetossujetos deldel impuestoimpuesto cuestionadocuestionado yy otrasotras no,no, reconociéndolasreconociéndolas comocomo nono contribuyentescontribuyentes;; dandodando asíasí unun tratotratodesigualdesigual aa laslas personaspersonas queque nono sonson igualesiguales..

Amparo en revisión 4786/82. Idiomas, S. A. 12 de julio de 1983. Mayoría de 14 votos. *Disidentes: GonzálezMartínez y Carlos del Río Rodríguez. Ponente: Jorge Olivera Toro.

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

ORDENAMIENTOS JURIDICOS BASICOS PARA REGULAR A LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

(ALGUNOS)( )

1.- Código Civil Federal. Contiene las reglas relativas alas asociaciones y sociedades civiles, así comodisposiciones genéricas aplicables a las personasmorales y otras disposiciones que supletoriamentese aplican a todas las sociedades.Cabe observar que, atendiendo al carácter denuestro sistema jurídico-político (federación),existen tres códigos civiles como entidadesfederativas tenemos en consecuencia el estudio defederativas tenemos, en consecuencia, el estudio delas disposiciones aplicables a las formasasociativas debe considerar esta multiplicidad deordenamientos. En este estudio aludiremos siempreal Código Civil Federal cuyo contenido, por otraparte, ha sido el modelo de la generalidad de losCódigos Civiles de los Estados y el aplicable par elD.F.

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

2.- Ley de Sociedades Cooperativas.Ordenamiento federal que regula lasq gsociedades de esta clase, dividiéndolasentre sociedades de producción y deconsumo.

3.- Ley Federal del Trabajo y Ley Federal de losTrabajadores al Servicio del Estado.Regulan la organización básica de lossindicatos, federaciones y confederacionesde trabajos y patrones.j y p

4.- Ley de Cámaras Empresariales y susConfederaciones. Regula lo relativo a lacreación y funcionamiento de estasorganizaciones y las incorporaciónobligatoria a ellas, de las empresascorrespondientes.

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

LISTA DE DISPOSICIONES APLICABLES A LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

Ley 93Personas Morales con Fines No Lucrativos.ISR 94 Casos en que no se es “Persona Moral Con Casos en que no se es “Persona Moral Con

Fines Fines No Lucrativos”.No Lucrativos”.95 Lista de P.M.C.F.N.L.96,97,98,99 Donatarias y programas escuela

empresa. 100 Sociedades de inversión. 101 Obli i101 Obligaciones.102 Partidos y asociaciones políticas.

Reg. 105 Deducciones de ingresos gravados.ISR 107 A.C. que pude representar a patrones.

112 Concepto de orientación social.

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CFF 32-A Dictamen obligatorio. R 44 BIS 1 N bli ió d l Di tReg. 44-BIS-1 No obligación del Dictamen.CFF 51-A Dictamen simplificado.

51-B Requisitos del dictamen simplificado.Res. 2.10.16 Firma del dictamen fiscal de donatarias.Mis. 2.10.9 Excepción en la obligación de

dictaminar donatarias.2.10.5 Dictamen para organismos descentralizados2.10.5 Dictamen para organismos descentralizados y los fideicomisos con fines no lucrativos, así como su posible NO DICTAMINACION.3.10.1, 3.10.2, 3.10.3, 3.10.4 Requisitos para obtener autorización de donativos deducibles.

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

3.13.2 Cajas de ahorros y fondos de ahorro para j y ptrabajadores. (RISR 127)(RISR 127)3.9.3 Opcion para algunas A.C. de 3.9.3 Opcion para algunas A.C. de tributar como tributar como TITILO III TITILO III (RISR 107)(RISR 107)4.5 y 4.6 Exención de IMPAC para no

contribuyentes5 Le son aplicables como a cualquier contribuyente del IVAcontribuyente del IVA.Criterios 29/2002/ISR SociedadesCooperativas de consumo. No estánobligadas a pagar el ISR cuando enajenenbienes distintos de su activo fijo.

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

52/2002/ISR Impuesto sobre la renta.Instituciones de enseñanza SonInstituciones de enseñanza. Son

personas morales con fines no lucrativoscuando obtengan el reconocimiento devalidez oficial de estudios.

53/2002/ISR Instituciones Educativascon autorización o reconocimiento devalidez oficial de estudios. No seencontrarán obligadas a pagar elImpuesto sobre la Renta.

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

IVA 1. Sujetos 3 Aceptación de la traslación y pago del3. Aceptación de la traslación y pago del IVA. 2-A Operaciones a tasa 0%1-A Efectuar la retención de IVA ( por algunas personas morales )4. Determinación del IVA acreditable9 Enajenaciones exentas9 Enajenaciones exentas15 Prestación de servicios exentas

IMPAC Artículo 1 Sujetos del IMPACArtículo 6 Sujetos exentos.

ART.ART.-- 95 LISR PERSONAS MORALES CON FINES 95 LISR PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS PREFERENCIALESNO LUCRATIVOS PREFERENCIALES

(No les aplica remanente ficto)(No les aplica remanente ficto)

Para los efectos de esta Ley, se consideran personas morales con fines no lucrativos, además de las señaladas en el artículo 102 de la misma las siguientes:102 de la misma, las siguientes:

I) Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.

II) Asociaciones patronales.

III) Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como los organismos que las reúnan.

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ART.ART.-- 95 LISR PERSONAS MORALES CON FINES 95 LISR PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS PREFERENCIALESNO LUCRATIVOS PREFERENCIALES

(No les aplica remanente ficto)(No les aplica remanente ficto)

IV) Colegios de profesionales y los organismos que los agrupenagrupen.

VIII) Organismos que conforme a la Ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores.

XII) asociaciones civiles sin fines de lucro y autorizadas a recibir donativosrecibir donativos.

XIV) Asociaciones de padres de familia constituidas y registradas en los términos del Reglamento

REMANENTE FICTO

Es una asimilación fiscal al remanente distribuible, el cual encontramos su fundamento en el artículo 95 penúltimo párrafo:p p

“Las personas morales a que se refieren las fracciones V, VI, VII,IX, X, XI, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX y XX de este artículo, así comolas sociedades de inversión a que se refiere este Título,considerarán remanente distribuible, aun cuando no lo hayanentregado en efectivo o en bienes a sus integrantes o socios, elimporte de las omisiones de ingresos o las compras no realizadasimporte de las omisiones de ingresos o las compras no realizadase indebidamente registradas; las erogaciones que efectúen y nosean deducibles en los términos del Título IV de esta Ley, salvocuando dicha circunstancia se deba a que éstas no reúnen losrequisitos de la fracción IV del artículo 172 de la misma; lospréstamos que hagan a sus socios o integrantes, o a loscónyuges, ascendientes o descendientes en línea recta de dichossocios o integrantes,”

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

Tipo de documento: Tesis aislada Novena época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicialde la Federación y su Gaceta Tomo: XVI, Agosto de 2002 Página: 195

RENTA. EL ARTÍCULO 70, PÁRRAFO PENÚLTIMO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, ALESTABLECER QUE LAS PERSONAS MORALES NO CONTRIBUYENTES CONSIDERARÁN COMOESTABLECER QUE LAS PERSONAS MORALES NO CONTRIBUYENTES CONSIDERARÁN COMOREMANENTE DISTRIBUIBLE LAS EROGACIONES QUE EFECTÚEN Y NO SEAN DEDUCIBLESCONFORME AL TÍTULO IV DE AQUEL ORDENAMIENTO, NO VIOLA EL PRINCIPIO DEPROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA. Al establecer el artículo 70, penúltimo párrafo, de la Ley delImpuesto sobre la Renta, que las personas morales no contribuyentes considerarán como ingreso(remanente distribuible) las erogaciones que efectúen y no sean deducibles, por no estar respaldadascon documentación comprobatoria a nombre de aquél por cuenta de quien se efectúa el gasto, salvocuando la no deducibilidad se deba a que los gastos no puedan comprobarse condocumentación que reúna los requisitos relativos a la identidad y domicilio de quien losexpide y de quien adquirió el bien o recibió el servicio. En principio, por ingreso ha deentenderse toda cantidad de dinero que modifique de manera positiva el haber patrimonial de unapersona, lo cual parece indicar que la capacidad económica se identifica con la capacidad contributiva.Sin embargo, dicha afirmación admite excepciones, ya que no existe identidad absoluta entre dichosg , p , y qconceptos, toda vez que la capacidad económica, en un sentido amplio, tiene correspondencia con elhaber patrimonial de la persona, de tal manera que todos los ingresos que obtiene se traducen encapacidad económica; mientras que la capacidad contributiva, que se determina conforme a las reglasdel derecho fiscal, guarda relación con lo que podría denominarse "haber patrimonial calificado", porqueen ese ámbito, ni todos los ingresos, ni todos los gastos, pueden ser tomados en cuenta por la Ley delImpuesto sobre la Renta, para determinar la capacidad de una persona de contribuir a los gastospúblicos. La hipótesis en estudio implica una evaluación a cargo de la propia persona moral nocontribuyente, para determinar, con base en la documentación comprobatoria recabada, si los gastosefectuados deben considerarse no deducibles, en términos del título IV, de la Ley del Impuesto sobre laRenta,

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

de tal manera que una vez determinada dicha circunstancia, necesariamente tendrá queestarse a la consecuencia lógica, a saber: a) si las erogaciones están debida y suficientementerespaldadas con documentación comprobatoria que reúna los requisitos fiscales, serándeducibles y, por ende, no tendrán que ser consideradas como ingresos; b) de lo contrario, lapersona moral deberá considerar dichos gastos, por disposición de la ley, como remanentep g , p p y,distribuible y, como consecuencia, estará obligada a pagar el impuesto correspondiente, entérminos del último párrafo del artículo 70 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. El hecho deque el legislador haya establecido una excepción o modalidad en el sentido de que sibien, en principio, se les cataloga como personas morales no contribuyentes, dichacircunstancia no es absoluta, ni es definitiva, toda vez que, por una cuestión de ordeny de seguridad jurídica, resulta imprescindible en todo Estado de derecho acatarciertas reglas y cumplir ciertos requisitos que, en la hipótesis en estudio, se reducen adocumentar, adecuada y suficientemente, desde el punto de vista fiscal, laserogaciones realizadas para el logro del objeto social de la persona moral nocontribuyente. Al materializarse la figura del "remanente distribuible", debido a la omisión derequisitos fiscales en su documentación comprobatoria, por parte de la persona moral nocontribuyente, el creador de la norma imputa, presume o determina un incremento a lacapacidad contributiva, no obstante que, estrictamente, ese incremento no corresponda conp q pun aumento en su patrimonio, es decir, a su capacidad económica, la cual no aumenta porquela consecuencia proveniente de la presunción legal sólo trasciende al ámbito fiscal, en cuyocaso, por disposición de la ley y por omisión de la elemental condición para disfrutar de unrégimen fiscal privilegiado, se considera incrementada la capacidad contributiva, con lainherente consecuencia que deriva de la propia ley reclamada.. Consecuentemente, la forma ytérminos en que el legislador ha establecido la sanción consistente en considerar los gastosno deducibles como remanente distribuible, no viola el principio de proporcionalidadtributariaAmparo en revisión 302/2001. Fundación Universidad de las Américas, Puebla. 8 de mayo de2002. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Pedro Arroyo Soto.

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Por lo tanto parapara e itare itar caercaer enen elel conceptoconcepto dede RemanenteRemanente FictoFicto Por lo tanto parapara evitarevitar caercaer enen elel conceptoconcepto dede RemanenteRemanente FictoFicto,habrá que cerciorarse que el gasto en cuestión se considerecomo una partida deducible, para esto debe de observarse lodispuesto en cada una de las fracciones de los mencionadosartículos 172 y 173. Sin embargo se esta expresamenteexceptuado de cumplir con lo dispuesto en la frac. IV del artículo172 que textualmente señala:

“Que se compruebe con documentación que reúna los requisitosque señalen las disposiciones fiscales relativas a la identidad yd i ili d i l id í d i d i ió l bi ddomicilio de quien lo expida así como de quien adquirió el bien deque se trate o recibió el servicio, y que los pagos cuyo montoexceda de $ 2,000.00, se efectúen mediante cheque nominativodel contribuyente, tarjeta de crédito, debito o de servicios, o através de los monederos electrónicos que al efecto autorice elServicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichospagos se hagan por la prestación de un servicio personalsubordinado.

PERSONAS MORALESTITULO III

NO SON CONTIBUYENTES

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

NO SON CONTIBUYENTES

PERSONAS MORALES SI ENTREGAN O ASIMILAN REMANENTES,TITULO III POR NO DEDUCIBLES U OMISIONES

VARIAS, EXISTE UN ISR AL 33%

EN TITULO IV EN TITULO II

DEL CAPITULO IV ENAJ. DE INMUEBLES POR ENAJENAR BIENES DISTINTOSDEL CAPITULO VI INTERESES DE ACTIVO FIJO O PRESTAR SERVICIOSDEL CAPITULO VII PREMIOS A PERSONAS DISTINTAS DE SUS MIEMBROS“PAGO DEFINITIVO” Y EXCEDAN DEL TOTAL DEL 5% DE SUS ING.

NO SERA APLICABLE SI SE TIENE AUTORIZACION PARARECIBIR DONATIVOS

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

RENTA IV-P-2aS-275PERSONAS MORALES NO CONTRIBUYENTES.- INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 68 DE LALEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.- Conforme al artículo 68 de la Ley del Impuesto sobrela Renta, tratándose de las personas morales no contribuyentes, en los casos en que enajenenbienes distintos de su activo fijo, o presten servicios a personas distintas de sus miembros,j , p p ,existe un supuesto en el cual deben tributar como personas morales contribuyentes. Estesupuesto está estrechamente vinculado a que los ingresos provenientes de la enajenación o laprestación de servicios mencionados excedan del 5% de los ingresos totales del ejercicio de lapersona moral de que se trate. Es decir, aun cuando una persona moral encaje en lossupuestos de la Ley para ser considerada no contribuyente, se presenta una excepción a laregla que consiste en que siempre que se enajenen bienes distintos de su activo fijo, o sepresten servicios a personas distintas de sus miembros, y estas actividades reporten uningreso que exceda al 5% de los ingresos totales de la no contribuyente, ocasionará el que porlos mencionados ingresos la persona moral no contribuyente deba efectuar un cálculo delgravamen exactamente igual al que realice una persona moral contribuyente del Título II. De lamisma forma, el precepto que nos ocupa estatuye una excepción a la excepción, para aquelloscasos en que alguna persona moral no contribuyente se coloque en el supuesto paraconsiderarse como contribuyente, cuando esté autorizada para percibir donativos nodeducibles, no se le considerará como contribuyente. Por lo tanto, si una persona moral nocontribuyente se ubica en la regla general de excepción, por la obtención de determinadosingresos se le debe considerar como contribuyente únicamente por virtud de los referidosingresos, se le debe considerar como contribuyente únicamente por virtud de los referidosingresos (excepción), sin embargo si está autorizada para percibir donativos deducibles, nodeberá tributar en términos del Título II de la Ley (excepción a la excepción). (3)Juicio No. 16623/97-11-03-2/ac3/99-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la SalaSuperior del Tribunal Fiscal de la Federación, en sesión de 18 de enero del 2000, porunanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Francisco Valdés Lizárraga.- Secretario:Lic. Enrique Orozco Moles. (Tesis aprobada en sesión de 18 de enero del 2000) PRECEDENTE:IV-P-2aS-58 Recurso de Apelación No. 100(A)-II-804/96/13041/94.- Resuelto por la SegundaSección de la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, en sesión de 19 de junio de1997, por mayoría de 4 votos a favor y 1 en contra.- Magistrado Ponente: Francisco ValdésLizárraga.- Secretario: Lic. Enrique Orozco Moles. R.T.F.F., Año III, Cuarta Epoca, No. 26,Septiembre del 2000, p. 9, Precedente.

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

RENTA IV-P-2aS-58PERSONAS MORALES NO CONTRIBUYENTES. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 68DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Conforme al artículo 68 de la Ley delDE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Conforme al artículo 68 de la Ley delImpuesto sobre la Renta tratándose de las personas morales no contribuyentes, en loscasos en que enajenen bienes distintos de su activo fijo, o presten servicios apersonas distintas de sus miembros, existe un supuesto en el cual deben tributar comopersonas morales contribuyentes. Este supuesto está estrechamente vinculado a quelos ingresos provenientes de la enajenación o la prestación de servicios mencionadosexcedan del 5% de los ingresos totales del ejercicio de la persona moral de que setrate. Es decir, aun cuando una persona moral encaje en los supuestos de la Ley paraser considerada no contribuyente, se presenta una excepción a la regla que consisteen que siempre que se enajenen bienes distintos de su activo fijo, o se prestenservicios a personas distintas de sus miembros, y estas actividades reporten uningreso que exceda al 5% de los ingresos totales de la no contribuyente, ocasionará elque por los mencionados ingresos la persona moral no contribuyente deba efectuar uncálculo del gravamen exactamente igual al que realice una persona moralcontribuyente del Título II. De la misma forma, el precepto que nos ocupa estatuye unaexcepción a la excepción, para aquellos casos en que alguna persona moral nocontribuyente se coloque en el supuesto para considerarse como contribuyente,

d té t i d ibi d ti d d ibl l id ácuando esté autorizada para percibir donativos no deducibles, no se le considerarácomo contribuyente. Por lo tanto, si una persona moral no contribuyente se ubica en laregla general de excepción, por la obtención de determinados ingresos, se le debeconsiderar como contribuyente únicamente por virtud de los referidos ingresos(excepción), sin embargo si está autorizada para percibir donativos deducibles, nodeberá tributar en términos del Título II de la Ley (excepción a la excepción). (6)Recurso de Apelación No. 100(A)-II-804/96/13041/94.- Resuelto por la Segunda Secciónde la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, en sesión de 19 de junio de1997, por mayoría de 4 votos a favor y 1 en contra.- Magistrado Ponente: FranciscoValdés Lizárraga.- Secretario: Lic. Enrique Orozco Moles.(Tesis aprobada en sesión de 22 de octubre de 1998)R.T.F.F., Año II, Cuarta Epoca, No. 7, Febrero de 1999, p. 69, Precedente.

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SOCIOS PERSONAS MORALES TITULO II DE PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

Jurídicamente no existe impedimento alguno para que personasmorales sean socios de alguna Asociación Civil, de tal suerte quees posible que reciban UTILIDADESUTILIDADES. Ahora bien, ¿Cuál será sutratamiento fiscal?, desde luego que en estos casos no se aplicararetención alguna, ya que la retención se realizara solo cuando elsocio es persona física: la interrogante sería, si es o no ingresoacumulable; a este respecto el artículo 17 en su último párrafoestablece lo siguiente:g

“No serán acumulables para los contribuyentes de este

SOCIOS PERSONAS MORALES TITULO II DE PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

p ytítulo, los ingresos por dividendos o utilidades queperciban de otras personas morales residentes enMéxico. Sin embargo, estos ingresos incrementaran larenta gravable a que se refiere el Art. 16 de esta ley.”

Podríamos decir entonces que por disposición expresano es un ingreso acumulable. A este respecto habráque recordar lo dispuesto en el Art. 93 párrafo primero.

“….sus integrantes considerarán como remanentedistribuible únicamente los ingresos que estas lesentreguen en efectivo o en bienes”.

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SOCIOS PERSONAS MORALES TITULO II DE PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

LUEGOLUEGO ENTONCESENTONCES,, PORPOR LOLO,,EXPLICADOEXPLICADO ANTERIORMENTE,ANTERIORMENTE, SESEPUEDEPUEDE GENERARGENERAR CUFINCUFIN DEDE UNAUNAPERSONAPERSONA MORALMORAL DEDE TITULOTITULO IIIIII QUEQUELALA PUEDEPUEDE APROVECHARAPROVECHAR ELEL SOCIOSOCIOPERSONAPERSONA FISICAFISICA DEDE UNAUNA POERSONAPOERSONAPERSONAPERSONA FISICAFISICA DEDE UNAUNA POERSONAPOERSONAMORALMORAL DEDE TITULOTITULO IIII..

SOCIOS PERSONAS MORALES TITULO II DE PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

ADICIONALMENTEADICIONALMENTE ELEL ARTICULOARTICULO 9393 CUARTOCUARTOPARRAFOPARRAFO DEDE LALA LEYLEY DELDEL IMPUESTOIMPUESTO SOBRESOBRELALA RENTA,RENTA, ESTABLECEESTABLECE LALA OBLIGACIONOBLIGACION DEDEDETERMINARDETERMINAR ELEL REMANENTEREMANENTE DISTRIBUIBLEDISTRIBUIBLEENEN ELEL CASOCASO DEDE QUEQUE LOSLOS SOCIOSSOCIOS SEANSEAN

PERSONASPERSONAS MORALESMORALES DEDE TITULOTITULO II,II, PERO,PERO,ESTAESTA DISPOSICIONDISPOSICION ESES OMISAOMISA ENEN CUANTOCUANTO AAESTAESTA DISPOSICIONDISPOSICION ESES OMISAOMISA ENEN CUANTOCUANTO AAQUEQUE HAYHAY QUEQUE HACERHACER CONCON DICHODICHOREMANENTE,REMANENTE, ESTOESTO ES,ES, GENERARGENERAR ISRISRALGUNOALGUNO..

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PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

FIGURAS DE PLANEACION FISCAL1. Cooperativas de Consumo, para eliminar autofacturaciones

y/o problemas de deducciones de compras no deducibles.y/o problemas de deducciones de compras no deducibles.2. Universidades particulares con actividades empresariales y

autorización de recibir donativos.3. Universidades públicas con ingresos de participaciones del

presupuesto público y posibilidad de obtener saldos a favoren la Ley del IVA.

4. Sociedades mutualistas, con socios sean personas moralesy/o físicas para reinvertir utilidades en activos fijos concuotas de servicios.

5. Asociaciones Administradoras de fondos y cajas deahorros, y cooperativas de ahorro y préstamo (minibancos)., y p y p ( )

6. Asociaciones o cámaras patronales para reinvertirutilidades en activos y deducirlos como cuotas.

7. Creación de sindicatos para eliminar riesgos laborales enbase al criterio de la Suprema Corte de Justicia de laNación.

8. Cooperativas de Consumo con operaciones solo consocios o den posibilidad a el público en general de sersocios.

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Cooperativas de Consumo, paraeliminar autofacturaciones y/oproblemas de deducciones decompras no deducibles.compras no deducibles.

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Definición Legal de Sociedades Cooperativas.Dentro del artículo 2 de la Ley General de Sociedades

Cooperativas se definen como tal a, la forma dep ,organización social integrada por personas físicas conbase en intereses comunes y en los principios desolidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con elpropósito de satisfacer necesidades individuales ycolectivas, a través de la realización de actividadeseconómicas de producción, distribución y consumo debienes y servicios.

Definición Legal de Sociedades Cooperativas de ConsumoDefinición Legal de Sociedades Cooperativas de Consumo.Los artículos 21 y 22 de la Ley General de Sociedades

Cooperativas establecen que forman parte del sistemaCooperativo, las Sociedades Cooperativas de Consumo.A su vez las definen como, “aquellas cuyos miembros seasocien con el objeto de obtener en común artículos,bienes o servicios para ellos, sus hogares o susactividades productivas.”

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Con la unión y el esfuerzo común de los socioscooperativistas se logran:-Mejores precios,-Mejor calidad,-Oportunidad en las entregas, etc.

Evidentemente que para que las Cooperativas de Consumoincidan favorablemente en las empresas, se tiene que sersocio de la Cooperativa.

Por ultimo el artículo 26 complementa los beneficios de estassociedades al establecer que, “Las SociedadesCooperativas de Consumidores podrán dedicarse aactividades de abastecimiento y distribución, ahorro ypréstamo, así como a la prestación de serviciosrelacionados con la educación o la obtención de vivienda.

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En base a lo anteriormente comentado y alcriterio normativo del SAT “29/2002/ISRcriterio normativo del SAT “29/2002/ISRSociedades Cooperativas de consumo. Noestán obligadas a pagar el ISR cuandoenajenen bienes distintos de su activo fijo”,resulta ingenuo que en las empresas se optepor la autofacturación o cualquier otro mediode comprobación fiscal para determinadasde comprobación fiscal para determinadasoperaciones, ya que estan limitadas oexgeradamente reguladas.

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Novena Epoca Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de laFederación y su Gaceta Tomo: XVIII, Octubre de 2003 Tesis: 1a. LVII/2003Página: 16 Materia: Constitucional, Administrativa Tesis aislada.

RENTA. LOS ARTÍCULOS 93 Y 95, FRACCIÓN VII, DE LA LEY DEL IMPUESTORELATIVA, AL NO INCLUIR DENTRO DE LA EXENCIÓN DE QUE GOZAN,LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE CONSUMO A LAS SOCIEDADESCOOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN, NO VIOLAN EL PRINCIPIO DEEQUIDAD TRIBUTARIA.

Los referidos artículos que exentan de dicha contribución a las sociedadescooperativas de consumo no violan el principio de equidad tributariaestablecido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos. Ello es así porque la exención prevista afavor de esas sociedades se formula en atención a categorías abstractasde sujetos colocados en situaciones objetivamente distintas, pues porrazones de orden económico y social ameritan un tratamiento fiscaldiferente. Así, mientras la finalidad de las sociedades cooperativas deconsumo consiste en suministrar a sus miembros, a precios módicos, losartículos o servicios que requieren para la satisfacción de sus

id d l i t l d d ió di lnecesidades, la concerniente a las de producción radica en lacomercialización de bienes y servicios para obtener de ellos la mayorganancia posible, lo que demuestra que el ánimo de lucro y la capacidadcontributiva de dichos entes difiere sustancialmente y justifica el tratodistinto que el legislador federal les otorga, pues es claro que dichasentidades no se ubican en un plano de igualdad y, por ende, no debenrecibir el mismo tratamiento jurídico.

Amparo en revisión 489/2003. Cooperativa Proyectos Inmobiliarios deOaxaca, S.C. de R.L. 20 de agosto de 2003. Unanimidad de cuatro votos.Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: OlgaSánchez Cordero de García Villegas; en su ausencia hizo suyo el asuntoJuan N. Silva Meza. Secretario: Carlos Mena Adame.

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Universidades particulares conactividades empresariales yautorización de recibir donativos.autorización de recibir donativos.

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Con la patente de la autorización pararecibir donativos deduciblesrecibir donativos deducibles,automáticamente el realizar cualquieractividad empresarial queda en elesquema de las Personas Morales conFines No lucrativos, esto es, no sepaga el I.S.R. en la obtención deutilidades, sino al retiro de utilidades,utilidades, sino al retiro de utilidades,EN ALGUNOS CASOS NO APLICA (ENENTREGAS DE RENDIMIENTOSANUALES A OTRAS PERSONASMORALES).

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Universidades públicas coningresos de participaciones delpresupuesto público y posibilidadde obtener saldos a favor en laLey del IVA.

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Para efectos del Impuesto al ValorAgregado, estas instituciones son comocualquier otro contribuyente y si tienenactos o actividades afectas al IVA, puesprocede la recuperación de los saldos afavor de este impuesto.

De igual forma es aplicable a lasinstituciones particulares.

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Sociedades mutualistas, consocios sean personas morales y/ofísicas para reinvertir utilidadesen activos fijos con cuotas dejservicios.

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Con este tipo de sociedades se puedenredistribuir utilidades, o bien sustituir laspartidas que no reúnen requisitos paraser deducibles por lo dispuesto en elartículo 95 párrafo siguiente a la fracciónp gXX.

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Asociaciones Administradoras defondos y cajas de ahorros, ycooperativas de ahorro ycooperativas de ahorro ypréstamo (minibancos).

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U l ió i t l l f d d hUna planeación integral en el fondo de ahorro enlas empresas, es la creación de estassociedades para así garantizarle a lostrabajadores el ahorro y la posibilidad dealcanzar bienes y servicios que de otra manerano los tendrían.

De igual manera se pude accesar a unDe igual manera se pude accesar a unfinanciamiento barato para determinadaspersonas (ejecutivos) y bajar cotizaciones en elIMSS.

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En CooperativaEn cajas de

Ahorro (LACREP)

REGULACIONDEL

AHORRO

En Socied Civil

En cajas de Ahorro de

Trabajadores

En Autofinanciamiento

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PARA LA CODUSEF (las cajas populares)Nacieron hace casi 50 años y se han multiplicado de tal formaque hoy constituyen verdaderas instituciones.Una tradición muy arraigada en el pueblo mexicano,principalmente entre las personas de escasos recursoseconómicos, es la costumbre de realizar las llamadas“tandas”. En éstas, quien aporta una cantidad de dinero cadadeterminado tiempo, recibe el total de las aportacionescuando le toca su turno.Hace alrededor de cincuenta años en México seHace alrededor de cincuenta años, en México seestablecieron las primeras cajas populares de ahorro, cuyocomún denominador era el de haber nacido a la sombra dealguna parroquia.

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¿Qué es una caja de ahorro?Es una organización económica social de personas que seasocian con dos objetivos principales: ahorrar y prestarse entresí dinero con atractivas tasas de interés.En las operaciones que llevan a cabo las cajas de ahorro noexiste un beneficiario único que obtenga ganancias de éstas.Los depósitos en ahorro y el otorgamiento de préstamos tienenbajas tasas de interés porque las transacciones se realizan entresocios y no necesariamente se persigue un fin de lucro.En una caja de ahorro no existen los Usuarios, ni los clientes;todos los integrantes son socios, es por ello que comparten losriesgos de las operaciones.

COOPERATIVA DE CONSUMO.“aquéllas cuyos miembros se asocien con el objetode obtener en común artículos, bienes y/o serviciospara ellos, sus hogares o sus actividades deproducción” . Art. 21, F.I, LGSC

COOPERATIVA DE PRODUCCION.“aquéllas cuyos miembros se asocien para trabajaren común en la producción de bienes y/o servicios,aportando su trabajo personal, físico o intelectual.Independientemente del tipo de producción a laque estén dedicadas, estas sociedades podránalmacenar, conservar, transportar y comercializarsus productos,”. Arts. 21, F.II y 27, LGSC.

COOPERATIVA DE AHORRO YPRESTAMO.

Arts. 21, F.III (DOF, 4 DE JUNIO DE 2001)

y 33, LGSC y LACREP

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De Reserva

FONDOSSOCIALES

DE LASCOOPERATIVAS

Art. 53, LSC y 12, LACREP

De PrevisiónSocial

,

De EducaciónCooperativa

ArtArt.. 99,, LISRLISR.. SonSon intereses,intereses, independientementeindependientemente dede cómocómosese lesles designe,designe, aa loslos rendimientosrendimientos dede créditoscréditos dede cualquiercualquierclaseclase SeSe entiendeentiende queque entreentre otrosotros sonson interesesintereses:: loslos

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claseclase.. SeSe entiendeentiende que,que, entreentre otros,otros, sonson interesesintereses:: loslosrendimientosrendimientos dede lala deudadeuda pública,pública, dede loslos bonosbonos uuobligaciones,obligaciones, incluyendoincluyendo descuentos,descuentos, primasprimas yy premiospremios;;loslos premiospremios dede reportosreportos oo dede préstamospréstamos dede valoresvalores;; elelmontomonto dede laslas comisionescomisiones queque correspondancorrespondan concon motivomotivo dedeaperturaapertura oo garantíagarantía dede créditoscréditos;; elel montomonto dede laslascontraprestacionescontraprestaciones correspondientescorrespondientes aa lala aceptaciónaceptación dedeunun aval,aval, deldel otorgamientootorgamiento dede unauna garantíagarantía oo dede lalagg ggresponsabilidadresponsabilidad dede cualquiercualquier clase,clase, exceptoexcepto cuandocuandodichasdichas contraprestacionescontraprestaciones debandeban hacersehacerse aa institucionesinstitucionesdede segurosseguros oo fianzasfianzas;; lala gananciaganancia enen lala enajenaciónenajenación dedebonos,bonos, valoresvalores yy otrosotros títulostítulos dede crédito,crédito, queque sese coloquencoloquenentreentre elel grangran públicopúblico inversionista,inversionista, conformeconforme aa laslas reglasreglasgeneralesgenerales queque alal efectoefecto expidaexpida elel SATSAT..

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ArtículoArtículo 9595.. LISRLISR.. SSee consideranconsideran personaspersonas moralesmorales conconfinesfines nono lucrativos,lucrativos, ademásademás dede laslas señaladasseñaladas enen elelartículoartículo 102102 dede lala mismamisma laslas siguientessiguientes::

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artículoartículo 102102 dede lala misma,misma, laslas siguientessiguientes::II aa VIVI..VIIVII.. SociedadesSociedades cooperativascooperativas dede consumoconsumo..VIIIVIII.. OrganismosOrganismos queque conformeconforme aa lala LeyLey agrupenagrupen aa laslas

sociedadessociedades cooperativas,cooperativas, yaya seasea dede productoresproductores oo dedeconsumidoresconsumidores..

IXIX.. aa XIIXIIXIIIXIII LL i tit ii tit i i d di d d i ili il tit idtit idXIIIXIII.. LasLas institucionesinstituciones oo sociedadessociedades civiles,civiles, constituidasconstituidas

únicamenteúnicamente concon elel objetoobjeto dede administraradministrar fondosfondos oo cajascajasdede ahorro,ahorro, yy aquéllasaquéllas aa laslas queque sese refierarefiera lala legislaciónlegislaciónlaboral,laboral, asíasí comocomo laslas sociedadessociedades cooperativascooperativas dedeahorroahorro yy préstamopréstamo aa queque sese refiererefiere lala LLACREPACREP..

ArtículoArtículo 9595.. LISRLISR.. LasLas personaspersonas moralesmorales aa queque sese refierenrefierenlaslas fraccionesfracciones V,V, VI,VI, VII,VII, IX,IX, X,X, XI,XI, XIII,XIII, XVI,XVI, XVII,XVII, XVIII,XVIII,XIXXIX yy XXXX dede esteeste artículo,artículo, asíasí comocomo laslas sociedadessociedades dedeinversióninversión aa queque sese refiererefiere esteeste TítuloTítulo consideraránconsiderarán

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inversióninversión aa queque sese refiererefiere esteeste Título,Título, consideraránconsideraránremanenteremanente distribuible,distribuible, aunaun cuandocuando nono lolo hayanhayanentregadoentregado enen efectivoefectivo oo enen bienesbienes aa sussus integrantesintegrantes oosocios,socios, elel importeimporte dede laslas omisionesomisiones dede ingresosingresos oo laslascomprascompras nono realizadasrealizadas ee indebidamenteindebidamente registradasregistradas;; laslaserogacioneserogaciones queque efectúenefectúen yy nono seansean deduciblesdeducibles enen loslostérminostérminos deldel TítuloTítulo IVIV,, LISR,LISR, salvosalvo cuandocuando dichadichacircunstanciacircunstancia sese debadeba aa queque éstaséstas nono reúnenreúnen losloscircunstanciacircunstancia sese debadeba aa queque éstaséstas nono reúnenreúnen loslosrequisitosrequisitos dede lala fracciónfracción IVIV deldel artículoartículo 172172,, LISRLISR;; loslospréstamospréstamos queque haganhagan aa sussus sociossocios oo integrantesintegrantes.. ....salvosalvo enen elel casocaso dede préstamospréstamos aa loslos sociossocios oointegrantesintegrantes dede laslas sociedadessociedades cooperativascooperativas dede ahorroahorro yypréstamopréstamo aa queque sese refiererefiere lala fracciónfracción XIIIXIII dede esteesteaartículortículo..

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ArtículoArtículo 9595.. LISRLISR.. EnEn elel casocaso enen elel queque sese determinedetermineremanenteremanente distribuibledistribuible enen loslos términostérminos deldel párrafopárrafoanterior,anterior, lala personapersona moralmoral dede queque sese tratetrate enteraráenterará

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anterior,anterior, lala personapersona moralmoral dede queque sese tratetrate enteraráenterarácomocomo impuestoimpuesto aa susu cargocargo elel impuestoimpuesto queque resulteresultedede aplicaraplicar sobresobre dichodicho remanenteremanente distribuible,distribuible, lalatasatasa máximamáxima parapara aplicarseaplicarse sobresobre elel excedenteexcedente deldellímitelímite inferiorinferior queque estableceestablece lala tarifatarifa contenidacontenida enen elelartículoartículo 177177,, LISRLISR,, enen cuyocuyo casocaso sese consideraráconsiderarácomocomo impuestoimpuesto definitivo,definitivo, debiendodebiendo efectuarefectuar elelenteroentero correspondientecorrespondiente aa másmás tardartardar enen elel mesmes dedefebrerofebrero deldel añoaño siguientesiguiente aa aquélaquél enen elel queque ocurraocurracualquieracualquiera dede loslos supuestossupuestos aa queque sese refiererefiere dichodichopárrafopárrafo..

ArtículoArtículo 101101,, LISRLISR..-- LasLas personaspersonas moralesmorales aa queque sese refiererefiere esteesteTítulo,Título, ademásademás dede laslas obligacionesobligaciones establecidasestablecidas enen otrosotrosartículosartículos dede estaesta LeyLey tendrántendrán laslas siguientessiguientes::

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artículosartículos dede estaesta Ley,Ley, tendrántendrán laslas siguientessiguientes::II.. LlevarLlevar loslos sistemassistemas contablescontables yy efectuarefectuar registrosregistros respectorespecto dede

sussus operacionesoperaciones..IIII.. ExpedirExpedir comprobantescomprobantes yy conservarconservar unauna copiacopia dede loslos mismosmismosIIIIII.. PresentarPresentar aa másmás tardartardar elel díadía 1515 dede febrerofebrero dede cadacada año,año,

declaracióndeclaración determinandodeterminando remanenteremanente distribuibledistribuible yy lalaproporciónproporción entregadaentregada aa cadacada integranteintegrante.. (No(No aplicaaplica paraparaquienesquienes nono entreguen)entreguen)g )g )

IVIV.. ProporcionarProporcionar aa sussus integrantesintegrantes constanciaconstancia enen lala queque seseseñaleseñale elel montomonto deldel remanenteremanente distribuibledistribuible (No(No aplicaaplica paraparaquienesquienes nono entreguen)entreguen)

VIVI.. Presentar,Presentar, aa másmás tardartardar elel díadía 1515 dede febrerofebrero dede cadacada añoaño,, lalainformación,información, dede laslas personaspersonas aa laslas queque enen elel añoaño dedecalendariocalendario inmediatoinmediato anterioranterior lesles hubierenhubieren efectuadoefectuadoretencionesretenciones deldel ISRISR..

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TratándoseTratándose dede laslas declaracionesdeclaraciones aa queque sese refierenrefieren loslos artículosartículos118118 fracciónfracción VV yy 143143 últimoúltimo párrafo,párrafo, LISR,LISR, lala informacióninformaciónsobresobre laslas retencionesretenciones efectuadasefectuadas yy laslas personaspersonas aa laslas

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sobresobre laslas retencionesretenciones efectuadasefectuadas yy laslas personaspersonas aa laslascualescuales laslas hicieron,hicieron, deberádeberá proporcionarseproporcionarse tambiéntambién enendispositivosdispositivos magnéticosmagnéticos

LasLas personaspersonas aa queque sese refierenrefieren laslas fraccionesfracciones VV aa XIXXIX deldelartículoartículo 9595 dede estaesta LeyLey,, presentaránpresentarán declaracióndeclaración anualanual enenlala queque informaráninformarán aa laslas autoridadesautoridades fiscalesfiscales dede loslosingresosingresos obtenidosobtenidos yy dede laslas erogacioneserogaciones efectuadasefectuadas..

LasLas asociacionesasociaciones civilesciviles aa queque sese refiererefiere elel artículoartículo 9595 dede estaestaLey,Ley, queque nono enajenenenajenen bienes,bienes, queque nono tengantengan empleadosempleados yyqueque únicamenteúnicamente prestenpresten serviciosservicios aa sussus asociados,asociados, nonotendrántendrán obligaciónobligación algunaalguna..

LasLas asociacionesasociaciones aa queque sese refiererefiere elel párrafopárrafo anterior,anterior, quequetengantengan unun máximomáximo dede 55 trabajadorestrabajadores yy queque nono enajenenenajenenbienes,bienes, podránpodrán llevarllevar registrosregistros contablescontables simplificadossimplificados..

ReglaRegla 22..1717..22,, MISFMISF0303.. ObligaciónObligación dede presentarpresentar laslas DeclaracionesDeclaracionesAnualesAnuales

ReglaRegla 22..1717..11,, MISFMISF0303.. ProcedimientoProcedimiento dede presentaciónpresentación::AA.. Obtendrán,Obtendrán, elel ProgramaPrograma parapara PresentaciónPresentación dede DeclaracionesDeclaraciones

AnualesAnuales 20032003 dede personaspersonas moralesmorales enen lala direccióndirección electrónicaelectrónica

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AnualesAnuales 20032003,, dede personaspersonas moralesmorales enen lala direccióndirección electrónicaelectrónicawwwwww..satsat..gobgob..mxmx oo enen dispositivosdispositivos magnéticosmagnéticos enen laslas ALACALAC..

BB.. CapturaránCapturarán loslos datosdatos solicitadossolicitados enen loslos programasprogramas citados,citados,correspondientescorrespondientes aa laslas obligacionesobligaciones fiscalesfiscales aa queque esténestén sujetos,sujetos,debiendodebiendo manifestarmanifestar bajobajo protestaprotesta dede decirdecir verdadverdad queque loslos datosdatosasentadosasentados sonson ciertosciertos..

CC.. ConcluidaConcluida lala captura,captura, sese enviaráenviará alal SATSAT lala informacióninformación víavía InternetInternet..LaLa citadacitada dependenciadependencia enviaráenviará aa loslos contribuyentescontribuyentes porpor lala mismamismavía,vía, elel acuseacuse dede reciborecibo electrónico,electrónico, elel cualcual deberádeberá contenercontener elel,, ,,númeronúmero dede operación,operación, fechafecha dede presentaciónpresentación yy elel sellosello digitaldigitalgeneradogenerado porpor dichodicho OrganoOrgano..

EE.. CuandoCuando existaexista impuestoimpuesto aa cargocargo porpor cualquieracualquiera dede loslos impuestosimpuestosmanifestados,manifestados, loslos contribuyentescontribuyentes ademásademás deberándeberán accesaraccesar aa laladireccióndirección electrónicaelectrónica enen InternetInternet dede laslas institucionesinstituciones dede créditocréditoautorizadasautorizadas aa queque sese refiererefiere elel AnexoAnexo 44,, rubrorubro E,E, MISFMISF0303,, paraparaefectuarefectuar susu pago,pago, debiendodebiendo capturarcapturar aa travéstravés dede loslos desarrollosdesarrolloselectrónicoselectrónicos diseñadosdiseñados parapara taltal efectoefecto..

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33..1313..55..,, MISFMISF0303.. DuranteDurante elel plazoplazo establecidoestablecido enen elel ArtículoArtículoTerceroTercero TransitorioTransitorio dede lala LACREP,LACREP, laslas personaspersonas físicasfísicaspodránpodrán aplicaraplicar lolo establecidoestablecido enen elel incisoinciso b)b) dede lala fracciónfracción

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podránpodrán aplicaraplicar lolo establecidoestablecido enen elel incisoinciso b)b) dede lala fracciónfracciónXVIXVI deldel artículoartículo 109109 dede lala LeyLey deldel ISRISR porpor loslos interesesinteresespagadospagados porpor laslas sociedadessociedades dede ahorroahorro yy préstamopréstamoautorizadasautorizadas porpor lala ComisiónComisión NacionalNacional BancariaBancaria yy dede Valores,Valores,siempresiempre queque cumplancumplan concon loslos requisitosrequisitos establecidosestablecidos enen elelincisoinciso citadocitado..

ArtículoArtículo 109109.. LISRLISR.. NoNo sese pagarápagará elel ISRISR porpor lala obtenciónobtencióndede loslos siguientessiguientes ingresosingresos::XVIXVIb)b) PagadosPagados porpor sociedadessociedades cooperativascooperativas dede ahorroahorro yypréstamopréstamo yy porpor laslas sociedadessociedades financierasfinancieras populares,populares,provenientesprovenientes dede inversionesinversiones cuyocuyo saldosaldo promediopromedio diariodiario nonoexcedaexceda dede 55 SMGSMG deldel áreaárea geográficageográfica deldel DF,DF, elevadoselevados alalañoaño..

ArtículoArtículo 1515,, LIVALIVA.. NoNo sese pagarápagará elel impuestoimpuesto porpor lala prestaciónprestación dedeloslos siguientessiguientes serviciosservicios::

XX.. PorPor loslos queque derivenderiven interesesintereses queque::

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XX.. PorPor loslos queque derivenderiven interesesintereses queque::b)b) RecibanReciban oo paguenpaguen laslas institucionesinstituciones dede crédito,crédito, laslas unionesuniones dede

crédito,crédito, laslas sociedadessociedades financierasfinancieras dede objetoobjeto limitado,limitado, laslassociedadessociedades dede ahorroahorro yy préstamopréstamo yy laslas empresasempresas dede factorajefactorajefinanciero,financiero, enen operacionesoperaciones dede financiamiento,financiamiento, parapara laslas quequerequieranrequieran dede autorizaciónautorización yy porpor conceptoconcepto dede descuentodescuento enendocumentosdocumentos pendientespendientes dede cobrocobro.. .. ..

NoNo seráserá aplicableaplicable lolo dispuestodispuesto enen elel párrafopárrafo anterior,anterior, tratándosetratándosedede créditoscréditos otorgadosotorgados aa personaspersonas físicasfísicas queque nono desarrollendesarrollendede créditoscréditos otorgadosotorgados aa personaspersonas físicasfísicas queque nono desarrollendesarrollenactividadesactividades empresariales,empresariales, oo nono prestenpresten serviciosservicios personalespersonalesindependientes,independientes, oo nono otorguenotorguen elel usouso oo gocegoce temporaltemporal dedebienesbienes inmueblesinmuebles.. TratándoseTratándose dede créditoscréditos otorgadosotorgados aapersonaspersonas queque realicenrealicen laslas actividadesactividades mencionadas,mencionadas, nono sesepagarápagará elel IVAIVA cuandocuando loslos mismosmismos seansean parapara lala adquisiciónadquisición dedebienesbienes dede inversióninversión enen dichasdichas actividadesactividades oo sese tratetrate dedecréditoscréditos refaccionarios,refaccionarios, dede habilitaciónhabilitación oo avíoavío..

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ReglaRegla 55..44..44.. LosLos interesesintereses queque derivenderiven dede créditoscréditos otorgadosotorgadosporpor laslas sociedadessociedades cooperativascooperativas dede ahorroahorro yy préstamopréstamo yy porporlaslas sociedadessociedades financierasfinancieras popularespopulares aa sussus sociossocios quedanquedan

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laslas sociedadessociedades financierasfinancieras populares,populares, aa sussus socios,socios, quedanquedancomprendidoscomprendidos enen loslos supuestossupuestos previstosprevistos enen elel artículoartículo 1515,,fracciónfracción X,X, incisosincisos b)b) yy d)d) dede lala LeyLey deldel IVA,IVA, siempresiempre queque sesecumplacumpla concon loslos requisitosrequisitos siguientessiguientes::AA.. LaLa sociedadsociedad dede queque sese tratetrate tengatenga porpor actividadactividad exclusivaexclusivaelel otorgarotorgar créditocrédito aa sussus sociossocios..BB.. QueQue todostodos loslos préstamospréstamos otorgadosotorgados porpor lala sociedadsociedad dedequeque sese tratetrate esténestén pactadospactados aa unun plazoplazo nono mayormayor aa dosdos añosañosyy siempresiempre queque elel pagopago totaltotal dede cadacada unouno dede loslos préstamos,préstamos,incluidosincluidos loslos interesesintereses devengadosdevengados yy demásdemás accesorios,accesorios, seserealicenrealicen enen dichodicho plazoplazo..CC.. LaLa tasatasa dede interésinterés queque sese pactepacte porpor todostodos loslos créditoscréditos quequeotorgueotorgue lala sociedadsociedad dede queque sese tratetrate durantedurante todotodo elel plazoplazo dedevigenciavigencia seasea cuandocuando menosmenos igualigual aa lala tasatasa dede interésinterés dedemercadomercado enen operacionesoperaciones comparablescomparables..

DD.. QueQue elel montomonto totaltotal dede loslos adeudosadeudos aa cargocargo dede cadacada unouno dedeloslos sociossocios acreditadosacreditados concon lala sociedadsociedad dede queque sese tratetrate nonoexcedaexceda enen ningúnningún momentomomento dede 2525 milmil pesospesos parapara sociossocios

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excedaexceda enen ningúnningún momentomomento dede 2525 milmil pesospesos parapara sociossociospersonaspersonas físicasfísicas yy dede 4545 milmil pesospesos parapara sociossocios personaspersonasmorales,morales, oo queque dichosdichos adeudosadeudos nono superensuperen cuatrocuatro vecesveces elelmontomonto queque resulteresulte dede dividirdividir elel saldosaldo totaltotal dede ahorrosahorros dededichasdichas sociedadessociedades entreentre elel totaltotal dede socios,socios, ambosamboscorrespondientescorrespondientes alal mesmes enen queque sese otorgueotorgue elel créditocrédito..CuandoCuando lala sociedadsociedad dede queque sese tratetrate nono cumplacumpla concon loslosrequisitosrequisitos anteriores,anteriores, sese entenderáentenderá queque loslos interesesinteresesd i dd i d dd ll éé dd f if i ll IVAIVAderivadosderivados dede loslos préstamospréstamos dede referenciareferencia causancausan elel IVAIVA..ParaPara loslos efectosefectos dede estaesta regla,regla, sese consideraconsidera queque lala actividadactividadeses exclusivaexclusiva cuandocuando másmás deldel 7070%% dede loslos ingresosingresos dede lalasociedadsociedad cooperativacooperativa dede ahorroahorro yy préstamopréstamo oo dede lala sociedadsociedadfinancierafinanciera popular,popular, derivenderiven dede interesesintereses yy demásdemás conceptosconceptosrelacionadosrelacionados concon elel otorgamientootorgamiento dede préstamospréstamos aa sussussociossocios..

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Importante precisión es que:

A) Las Sociedades Cooperativas son personasmorales.

B) Las cajas de ahorro de trabajadores puedenno ser personas morales.

C) Las Sociedades de Solidaridad Social tambiénpueden funcionar como captadoras de ahorropueden funcionar como captadoras de ahorroy préstamo, pero contravendrían a lalegislación bancaria de no obtener autorizaciónrespectiva.

ArtículoArtículo 1212.. LSSLSS.. SonSon sujetossujetos dede aseguramientoaseguramiento deldelrégimenrégimen obligatorioobligatorio::

II.. LasLas personaspersonas queque dede conformidadconformidad concon loslos artículosartículos 2020

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yy 2121 dede lala LLFTFT,, presten,presten, enen formaforma permanentepermanente ooeventual,eventual, aa otrasotras dede caráctercarácter físicofísico oo moralmoral oo unidadesunidadeseconómicaseconómicas sinsin personalidadpersonalidad jurídica,jurídica, unun servicioservicioremunerado,remunerado, personalpersonal yy subordinado,subordinado, cualquieracualquiera quequeseasea elel actoacto queque lele dédé origenorigen yy cualquieracualquiera queque seasea lalapersonalidadpersonalidad jurídicajurídica oo lala naturalezanaturaleza económicaeconómica deldelpatrónpatrón aunaun cuandocuando éste,éste, enen virtudvirtud dede algunaalguna leyleypatrónpatrón aunaun cuandocuando éste,éste, enen virtudvirtud dede algunaalguna leyleyespecial,especial, estéesté exentoexento deldel pagopago dede contribucionescontribuciones;;

IIII.. LosLos sociossocios dede sociedadessociedades cooperativas,cooperativas, yy

IIIIII.. LasLas personaspersonas queque determinedetermine elel EjecutivoEjecutivo FederalFederal,,bajobajo loslos términostérminos yy condicionescondiciones queque señalaseñala estaesta LeyLey yyloslos reglamentosreglamentos correspondientescorrespondientes..

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1. ISR PROPIO DE LA PERSONA MORAL, EN CASO DEINCUMPLIR EL SER NO CONTRIBUYENTE (YA QUE DE LOINCUMPLIR EL SER NO CONTRIBUYENTE (YA QUE DE LOCONTRARIO NUNCA PAGAN), ASI COMO POR LOSDIVIDENDOS ENTREGADOS O ASIMILADOS A LOS SOCIOS.

2. Retenedora de ISRA. Retenedora de ISR por salarios.- Las personas morales deben

efectuar el calculo de Impuesto Sobre la Renta de sustrabajadores en los términos del artículo 113 de la LISR yretenerle en su caso, el impuesto correspondiente, el queenterará conjuntamente con sus demás impuestos.

B. Retenedora de ISR por honorarios y arrendamiento.- Laspersonas morales que paguen a personas físicas por

t d h i d i t d b t l 10%concepto de honorarios y arrendamiento deben retener el 10%del importe de dicho pago y enterarlo conjuntamente con susdemás impuestos, de conformidad con los artículos 127 y 143de la LISR.

C. Retenedora de ISR por los intereses pagados.- El capítulo VIdel Título IV de la LISR se refiere a la retención por losintereses que perciben las personas físicas de personasmorales.

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3. IVA PROPIO, POR LA REALIZACION DE ACTOS O ACTIVIDADESAFECTOS A LA LEY.En materia de IVA. estas cajas de ahorro están obligadas aEn materia de IVA. estas cajas de ahorro están obligadas atrasladar el Impuesto a sus acreditados (IVA Trasladado), sobre elmonto de los intereses que cobren a los mismos, así como a pagardicho traslado a sus inversionistas y ahorradores (IVA Acreditable),sobre el monto de los intereses que les paguen por dichasinversiones y ahorros. Enterando la diferencia que exista entre elIVA trasladado y el IVA Acreditable conjuntamente con sus demásimpuestos.

4. Retenedora de IVAa). Retenedora de IVA por honorarios y arrendamiento.- De

conformidad con el Art 1-A de la LIVA están obligadas a retener elconformidad con el Art. 1-A de la LIVA están obligadas a retener elimpuesto que se les traslade las personas morales que recibanservicios personales independientes o usen o gocentemporalmente bienes, prestados u otorgados por personasfísicas.

b). Retenedora de IVA por intereses pagados.- El artículo 14 de la LIVAda el tratamiento de servicios personales independientes al cobrode intereses, por lo que es aplicable la retención que establece elartículo 1-A de la LIVA.

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5 IMPUESTO AL ACTIVO POR EL VALOR DEL ACTIVO QUE5. IMPUESTO AL ACTIVO, POR EL VALOR DEL ACTIVO QUETENGAN SIEMPRE Y CUANDO SEAN CONTIBUYENTES ENRENTA.

6 EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION ESTABLECE LAOBLIGACION DE DICTAMINAR LOS ESTADOSFINANCIEROS Y RENDIR INFORME SOBRE LA SITUACIONFISCAL AL UBICARSE EN LOS SUPUESTOS DELFISCAL, AL UBICARSE EN LOS SUPUESTOS DELARTICULO 32-A, DE NO DICTAMINARSE EXISTENSANCIONES.

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CAJAS DE AHORRO

ARTÍCULO 58 (LISR).- Las instituciones que componen elsistema financiero que efectúen pagos por intereses,d b á t t l i t li d l tdeberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasaque al efecto establezca el Congreso de la Unión para elejercicio de que se trate en la LIF sobre el monto delcapital que de lugar al pago de los intereses, como pagoprovisional. La retención se enterará ante las oficinasautorizadas, a más tardar el día 17 del mes inmediatosiguiente a aquel al que corresponda.

N f á l ió fi l á fNo se efectuará la retención a que se refiere el párrafoanterior, tratándose de:

V. Los intereses que se paguen a fondos de ahorro ycajas de ahorro de trabajadores o a las personas moralesconstituidas únicamente con el objeto de administrardichos fondos o cajas de ahorro.

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Será aplicable únicamente cuando se cumpla con lo siguiente:

a) Que dichos fondos y cajas de ahorro, cumplan con los requisitosque al efecto se establezcan en el RLISR y que quien constituya elfondo o la caja de ahorro o la persona moral que se constituyaúnicamente para administrar el fondo o la caja de ahorro de que setrate, tenga a disposición de las autoridades fiscales ladocumentación que se establezca en dicho Reglamento.

b) Que las personas morales a que se refiere esta fracción, a mástardar el 15 de febrero de cada año, presenten ante el SATinformación del monto de las aportaciones efectuadas a los fondos ycajas de ahorro que administren, así como de los intereses nominalesy reales pagados, en el ejercicio de que se trate.

Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable a los intereses que sepaguen a las personas morales a que se refiere la presente fracciónpor inversiones distintas de las que se realicen con los recursos delos fondos y cajas de ahorro de trabajadores que administren.

DECRETO por el que se otorgandiversos beneficios fiscales a loscontribuyentes que se indican. (DOFdel 30 de octubrede 2003).

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DECRETO

Artículo Primero.- Se condonan totalmente los adeudos porconcepto del impuesto al valor agregado y sus accesoriosconcepto del impuesto al valor agregado y sus accesorios,generados por los servicios relativos a las operaciones definanciamiento realizados con anterioridad a la entrada envigor del presente Decreto, por las sociedades de ahorro ypréstamo, las sociedades cooperativas, las sociedades yasociaciones civiles y las sociedades de solidaridadsocial formadas por personas físicas, que tengan porobjeto y actividad, todas ellas, exclusivamente la captaciónj y , , pde recursos de sus integrantes para su colocación entreéstos.

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Tratándose de las sociedades de ahorro y préstamo, lacondonación únicamente procederá respecto de los adeudosp pgenerados por los servicios de financiamiento realizadosantes del 1 de enero de 2000, y siempre que dichassociedades hayan cumplido con sus obligaciones fiscalespor el impuesto mencionado en los años de 2000, 2001, 2002,así como las correspondientes a las declaracionesdefinitivas del año 2003 que deban presentarse hasta laentrada en vigor del presente Decreto.

La condonación a que se refiere el primer párrafo de esteLa condonación a que se refiere el primer párrafo de esteartículo, será aplicable siempre que el impuesto al valoragregado no haya sido trasladado y cobrado a sus deudorespor los contribuyentes mencionados

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A tí l S d S d t t l tArtículo Segundo.- Se condonan totalmentelos adeudos de las sociedades de ahorroy préstamo que, por concepto delimpuesto sobre la renta propio y susaccesorios, se hubieran causado conanterioridad a la entrada en vigor de estegDecreto.

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Artículo Sexto.- Los intereses que reciban o paguen las personasautorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito popularautorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito popularderivados de operaciones financieras de ahorro y crédito popular,sese sujetaránsujetarán alal tratamientotratamiento queque sese estableceestablece enen elel incisoincisob)b) dede lala fracciónfracción XX deldel artículoartículo 1515 dede lala LeyLey deldel ImpuestoImpuestoalal ValorValor AgregadoAgregado.. Este tratamiento se aplicará a partir delmomento en el que dichas personas obtengan la autorización paraproporcionar los servicios financieros con el carácter mencionado,de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ahorro y CréditoPopular.

También quedan comprendidos en los supuestos mencionados,los intereses que cobren las sociedades y asociaciones civilesque tengan por objeto exclusivamente la captación de recursosde sus integrantes para su colocación entre éstos, siempre quecumplan con los requisitos que establece el artículo 4 bis de laLey de Ahorro y Crédito Popular.

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Artículo Séptimo.- Los intereses que se deriven de los créditosotorgados a sus socios por las sociedades cooperativas queestén registradas ante la Comisión Nacional Bancaria y deValores de conformidad con lo dispuesto en el Artículo SegundoTransitorio del “Decreto por el que se expide la Ley de Ahorro yCrédito Popular y se reforman y derogan diversas disposicionesde la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares delCrédito y de la Ley General de Sociedades Cooperativas”,publicado en el Diario Oficial de la Federación del 4 de junio de2001, quedarán comprendidos en los supuestos previstos en elartículo 15, fracción X, inciso b) de la Ley del Impuesto al ValorAgregado, siempre que cumplan con los requisitos que elAgregado, siempre que cumplan con los requisitos que elServicio de Administración Tributaria establezca mediante reglasde carácter general.

También quedan comprendidos en los supuestos mencionados,los intereses que cobren las sociedades y asociaciones civilesque tengan por objeto exclusivamente la captación de recursosde sus integrantes para su colocación entre éstos.

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TRANSITORIOS

Tercero.- Lo dispuesto en el Artículo Séptimo delpresente Decreto estará en vigor hasta queconcluya el plazo a que se refiere el ArtículoQuinto Transitorio del “Decreto por el que sereforman, adicionan y derogan diversasdisposiciones de la Ley de Ahorro y Créditodisposiciones de la Ley de Ahorro y CréditoPopular”, publicado en el Diario Oficial de laFederación el 27 de enero de 2003.

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VALOR AGREGADO. LA EXENCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 2o.-C DELA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO (VIGENTE EN 2001), TRANSGREDE ELPRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA El artículo 2o C de la LIVAPRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA. El artículo 2o.-C de la LIVAtransgrede el principio de equidad tributaria consagrado en el artículo 31,fracción IV, de la CPEUM, al dar injustificadamente un trato desigual acontribuyentes que se encuentran en igual situación jurídica. Lo anterior,porque tanto los contribuyentes que de acuerdo con dicha disposiciónestán obligados a pagar el impuesto, como los que se encuentran exentosde su pago, son personas físicas con actividades empresariales que sóloenajenan bienes o prestan servicios al público en general, y el hecho deque hayan percibido ingresos distintos no constituye una circunstanciaque justifique un tratamiento fiscal distinto, ya que el ingreso de lossujetos pasivos es un elemento ajeno a la imposición del tributo, además,j p j p , ,si se atiende a la naturaleza del impuesto, su incidencia económica no laresiente el enajenante de bienes o prestador de servicios, sino elconsumidor final. Novena Epoca, Primera Sala de la SCJN, SJF y suGaceta, Tomo: XVIII, Tesis: 1a. LXXVI/2003,Diciembre de 2003 Página: 88,

RESUMEN.

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1.- Las Sociedades Cooperativas de Ahorro que noas Soc edades Coope at as de o o que ose apeguen a los lineamientos de la Ley deAhorro y Crédito Popular, cuentan con seriosproblemas fiscales (Contingencias fiscales).

2.- Las Sociedades Cooperativas de Ahorro que nose encuadren en los beneficios del decreto del 30de octubre de 2003 estan en los supuestos deincumplimiento a la Legislación Fiscal Actual.

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3.- Las Sociedades Cooperativas de Ahorro al serPersonas Morales se ubican dentro de la LISRPersonas Morales se ubican dentro de la LISR,como Personas Morales con Fines NoLucrativos, y por ende no paga ISR por susINGRESOS propios, sino por retenciones opartidas asimiladas a dividendos.

4.- Las Sociedades Coopearativas de Ahorro alser Personas Morales se ubican dentro de laser Personas Morales se ubican dentro de laLIVA tanto por los Actos o Actividades propiasasi como por las de retención.

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5.- Las Sociedades Coopearativas de Ahorro al serPersonas Morales se ubican dentro de laLIMPAC como contribuyentes.

6.- Las Sociedades Cooperativas de Ahorropueden ubicarse en los supuestos depueden ubicarse en los supuestos dedictaminarse para efectos fiscales.

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7.- Existen otras opciones para funcionar comoun ente que capte el ahorro y otorgueprestamos actuando dentro del total apego aprestamos actuando dentro del total apego ala Legislación Vigente.

8.- Por virtud de los medios de defensafiscales se puede lograr abandonar elestado de incumplimiento de lasdisposiciones fiscales por adeudosp panteriores al 2004.

9.- Los socios de las SociedadesCooperativas son sujetos de afiliaciónal IMSS.

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Asociaciones o cámaraspatronales para reinvertirutilidades en activos y deducirlosutilidades en activos y deducirloscomo cuotas.

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, UNA ALTERNATIVA EN LA PLANEACION FISCAL

Con este tipo de sociedades se pueden redistribuirtilid d bi tit i l tidutilidades, o bien sustituir las partidas que no

reúnen requisitos para ser deducibles por lodispuesto en el artículo 95 párrafo siguiente a lafracción XX.

Adicionalmente tenemos la regla 3.9.3 (RISR 107)que hace que sea mas accesible lograr elq q gbeneficio de estas figuras con A.C. que tenganestatutos iguales a los de las cámaras oconfederaciones empresariales.

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Creación de sindicatos paraeliminar riesgos laborales en baseal criterio de la Suprema Corte deal criterio de la Suprema Corte deJusticia de la Nación.

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Las prestaciones sociales depcarácter sindical no integran elsalario base de cotización paraefectos del IMSS, así como de queno son objeto de la Ley delImpuesto Sobre la Renta, SAR,INFONAVIT e Impuestos Estatales.

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Regto: 183,686 Tesis aislada Materia(s): Laboral Novena Epoca Instancia:Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación ysu GacetaTomo: XVIII, Julio de 2003 Página: 1222 Tesis: III.1o.T.74 L, gSINDICATOS. DEBE PROCEDERSE AL REGISTRO SOLICITADO SI SESATISFACEN LOS REQUISITOS LEGALES CORRESPONDIENTES. De lasdiversas disposiciones que integran la Ley Federal del Trabajo y que serelacionan con las agrupaciones gremiales de trabajadores, se desprende que laconstitución de un sindicato tiene por objeto la defensa de los intereses de lostrabajadores que lo integran (artículo 356 de la ley de la materia); que el registrode un sindicato únicamente puede negarse porque no se proponga la finalidadprevista por el artículo 356 del propio código obrero; que no se constituya porveinte trabajadores en servicio activo por lo menos, y que no se exhiban losdocumentos a que se refiere el artículo 365 de la citada legislación. Satisfechoslos requisitos anteriores ninguna de las autoridades correspondientes podránnegar el registro sindical solicitado; de donde deviene inconcuso que una vezcolmados los requisitos legales que se traducen en los elementos de fondo yforma que para su constitución exige el ordenamiento jurídico en consulta, la

óq p g j ,

agrupación solicitante debe registrarse.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCERCIRCUITO.Amparo en revisión 146/2002. Sindicato de Trabajadores en Artículos Metálicos,Aluminio, Zamac, Plásticos y sus derivados de la Empresa Dica, S.A. de C.V. 19de marzo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ramos Salas. Secretaria:María Lozoya González.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 175-180,Sexta Parte, página 201, tesis de rubro: "SINDICATOS, REGISTROS DE LOS.REQUISITOS.".

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Cooperativas de Consumo conoperaciones solo con socios oden posibilidad a el público engeneral de ser socios.

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Es la forma mas antigua de hacerMULTINIVELES así como círculos deconsumo, con la garantía de laproducción de empresas de bienes yserviciosservicios.

Un hombre es sabiomientras busca sabiduría;

si llega a creer que la ha encontrado,se convierte en un idiota.se convierte en un idiota.

Proverbio Árabe

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CONCLUSIONES:1. La planeación Fiscal no esta PROHIBIDA.2. La costumbre y la falta de innovación

hacen que las empresas generen una cargahacen que las empresas generen una cargafiscal excesiva.

3. Todo grupo de empresas debe contardentro de su organización con uncontribuyente que sea Persona Moral conFines No lucrativos, para así obtener elmáximo de los beneficios fiscalesestablecidos en las disposiciones legales yfiscales.

GRACIAS G C SPOR SU

ATENCION.


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